Ariana Valeria Henríquez, de 19 años, estudiante de Psicología de la Universidad de El Salvador (UES), murió atropellada el 28 de mayo de 2026, cuando intentaba abordar un bus de la ruta 1 en la avenida Don Bosco, contiguo a la UES.
De acuerdo con la información proporcionada, la joven sufrió un desequilibrio mientras intentaba subir a la unidad. El conductor del autobús aceleró antes de que Henríquez lograra abordar y, durante la marcha, la unidad la atropelló con las llantas delanteras.
Henríquez forma parte de las 315 personas que han fallecido tras ser arrolladas por unidades de transporte entre el 1 de enero y el 25 de agosto de 2026, según estadísticas del Observatorio Nacional de Seguridad Vial (Onasevi). En ese mismo periodo también murieron 23 ciclistas y 433 motociclistas en accidentes viales.
El conductor de la ruta 1 involucrado en el hecho fue detenido y acusado por el delito de homicidio culposo, por lo que deberá responder ante las autoridades por lo ocurrido.
Durante 2025, un total de 499 personas murieron tras ser atropelladas. Entre las causas de estos hechos se encuentran la excesiva velocidad de las unidades de transporte, la distracción de los conductores, problemas mecánicos y la conducción en estado de ebriedad. No obstante, también se registran casos en los que existe responsabilidad atribuible a los peatones.
Según las cifras oficiales, durante 2025, en 60 casos de personas fallecidas tras ser atropelladas se determinó que la causa estuvo relacionada con imprudencia del peatón.
Los datos del Onasevi también indican que en 2024 murieron 507 personas atropelladas a nivel nacional, mientras que en 2023 se registraron 487 fallecidos. La cifra más alta se reportó en 2022, con 549 personas muertas tras ser atropelladas.
Responsabilidad del peatón
El Reglamento General de Tránsito y Seguridad Vial establece disposiciones tanto para los conductores como para los peatones.
El artículo 95 obliga a los ciudadanos a actuar con precaución y prohíbe bajar o subir pasajeros de vehículos en movimiento, así como viajar en estribos, portezuelas, capotas o parrillas.
La normativa también establece que los conductores del transporte colectivo deben respetar las paradas de buses en los lugares establecidos.
En las áreas urbanas, el artículo 96 señala que los peatones deben transitar únicamente por las aceras y cruzar por las zonas de seguridad. Cuando existan pasarelas, deben utilizarlas.
Para las zonas rurales, el artículo 97 establece que los peatones deben transitar por las calzadas de las carreteras y hacerlo por el lado izquierdo, según la dirección de su marcha.
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