Nacionales
Magistrado Carlos Sánchez Escobar, Primer nominado y mejor evaluado para CSJ , Sala de lo Constitucional. Pregunta Abierta y Pública sobre tema Constitucional
Soy Sergio Portillo, Abogado y Notario también ex Fiscal auxiliar de la República.
Con mucho respeto y admiración, he leído la mayoría de sus ponencias y es ejemplarizante la claridad y contundencia como usted defiende los principios Constitucionales y ahora como candidato y seguramente próximo Magistrado a la Sala de lo Constitucional y seguramente Presidente de la Corte Suprema le solicito con mucho respeto y de manera decorosa como lo exige nuestra ética profesional,
Pido su posición pública ante un hecho gravísimo que por varios años ha mantenido ilegalmente e injustamente a mi defendida la Señorita Hilda Trigueros con una orden de captura, ordenada por su persona en el caso Ref. 49-UCCO-2016
Mi defendida no tenía ninguna investigación previa en el presente caso y de la nada, sin estar denunciada ni formar parte de la investigación del caso escuchas telefónicas caso :
8-DIT-2014, el día 22 de agosto 2016 fue capturada en su lugar de trabajo.
El artículo 24 de nuestra Constitución dice: “La correspondencia de toda clase es inviolable, interceptada no hará fe ni podrá figurar …..Se prohíbe la interferencia y la intervención de las telecomunicaciones. De manera excepcional podrá autorizarse judicialmente,…..La información proveniente de una intervención ilegal carecerá de valor. La violación comprobada a lo dispuesto en este artículo, por parte de cualquier funcionario, será causa justa para la destitución inmediata de su cargo y dará lugar a la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados.
Lic. Carlos Sánchez Escobar, usted como futuro Magistrado es de opinión que este artículo Constitucional puede ser inaplicado por un Juez de cualquier instancia ?
La ley LEIT en su articulo 23 dice que transcurrido el plazo de 6 meses… :
“Destrucción de Oficio
Art. 23. Finalizado el procedimiento de intervención, si la Fiscalía no hubiese presentado requerimiento en el plazo de seis meses, el juez autorizante, previo informe que deberá remitirse sobre esa situación, ordenará la destrucción de toda la grabación y sus transcripciones.”
En vista que la Cámara Primera de lo Penal, engañada por los fiscales auxiliares diciendo que todas las personas involucradas incluyendo mi representada, todos sin excepción tenían autorización del Juez 7 de Instrucción para intervenir sus números telefónicos, lo cual ya se ha comprobado que no fue cierto y que los fiscales utilizaron el engaño para lograr que se les decretara ordenes de capturas y en base a que el Juez 8 de Instrucción Mario Osmín Mira Montes, también hace caso omiso a esta ley Constitucional, se solicitó a la Honorable Asamblea Legislativa una
“ Interpretación Autentica de la Ley “, la Asamblea Legislativa con 57 votos, confirmó exactamente el mismo texto plasmado en el articulo 23, el cual no deja la más mínima duda.
Inconforme con dicha Interpretación Auténtica, el Fiscal General, interpuso un recurso de Inconstitucionalidad, la antigua Sala admitió de forma Express dicho recurso y dictó una medida precautoria y dictó la suspensión del auto reclamado, el cual no ha sido resuelta.
El Juez Mira Montes, basado en dicha resolución de la Sala, dictaminó que no se podía pronunciar sobre la nulidad de las escuchas telefónicas mientras no resuelva el recurso la nueva Sala, mas sin embargo ha autorizado la divulgación y entrega de los audios a los fiscales y querellantes, muy a pesar que si la Sala resuelve conforme a derecho y la destrucción seria obligatoria , el daño a la intimidad que esta consagrado en el art. 24 de nuestra Constitución será irreparable y creería que la responsabilidad penal de este acto recaería sobre El Juez autorizante y los Fiscales que ilegalmente han hecho uso de las escuchas vencidas.
Como es un caso emblemático de actualidad que es de incumplimiento Constitucional, le solicito su postura Jurídica Profesional, en vista que estamos próximos a contar, esperamos esta vez con una Sala de lo Constitucional que sea Proba y que no pase por encima de nuestra Constitución.
Con el más grande de los respeto le solicito su pronunciamiento Público .
Atentamente
- Abogado y Notario Sergio Portillo Toruño
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Nacionales
El Salvador cierra el jueves 4 de junio con cero homicidios
Las autoridades de seguridad informaron que El Salvador cerró el jueves 4 de junio sin registrar homicidios, convirtiéndose en el cuarto día consecutivo del mes con cero asesinatos reportados a nivel nacional.
La información fue compartida por la Policía Nacional Civil (PNC) a través de la red social X, donde indicó: «Finalizamos el jueves 04 de junio, con 0 homicidios en el país».
De acuerdo con los datos oficiales, estos cuatro días sin homicidios registrados durante junio se suman a las 26 jornadas con cero asesinatos contabilizadas en mayo.
Con esta nueva jornada, El Salvador acumula 131 días sin muertes a causa de la violencia en lo que va de 2026, según el reporte de las autoridades.
Nacionales
Sismo de magnitud 5.3 sacude El Salvador la mañana de este viernes
Un sismo de magnitud 5.3 en la escala de Richter fue registrado a las 6:27 de la mañana de este viernes en el territorio salvadoreño, según informó el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN).
La institución detalló que el movimiento telúrico tuvo su epicentro frente a la costa de La Libertad, a 47 kilómetros al suroeste de playa Las Hojas, y se originó a una profundidad de 36 kilómetros.
Tras la actualización de la magnitud y la revisión de los datos, el MARN indicó que no existe amenaza de tsunami para El Salvador. A través de la red social X, el ministro de Medio Ambiente, Fernando López, señaló que desde el Observatorio de Amenazas se mantiene un monitoreo constante de la actividad sísmica frente a la costa salvadoreña para garantizar la seguridad de la población.
Luego del sismo, personal de las instituciones de primera respuesta de Protección Civil realizó trabajo de campo para verificar posibles afectaciones. Asimismo, la alcaldía municipal de San Salvador informó que sus equipos de emergencia permanecían atentos y puso a disposición números telefónicos para brindar asistencia a la ciudadanía.
Por su parte, el Fondo de Conservación Vial (FOVIAL) y el Viceministerio de Transporte (VMT) mantienen un monitoreo constante de calles y carreteras mediante sistemas de videovigilancia, con el objetivo de atender cualquier incidente relacionado con el sismo o con la circulación vial.
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VIDEO | Sancionan a conductores por utilizar el celular mientras manejaban
El Viceministerio de Transporte (VMT) informó sobre la sanción impuesta a dos conductores que fueron detectados utilizando teléfonos celulares mientras conducían, una conducta que representa un riesgo para la seguridad vial.
Entre los sancionados se encuentra el motorista de un autobús de la ruta 328, que realiza su recorrido entre Perquín y San Miguel, quien fue sorprendido haciendo uso de su dispositivo móvil mientras manejaba. Asimismo, las autoridades impusieron una sanción al conductor de un camión repartidor de agua por la misma infracción.
Según el VMT, el uso del teléfono celular al volante constituye una de las principales causas de distracción al conducir, lo que incrementa el riesgo de accidentes de tránsito y pone en peligro a pasajeros, peatones y demás usuarios de la vía.




