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Sala declara inconstitucional Decreto Ejecutivo que regula las fases de la reapertura económica
Este viernes, la Sala de lo Constitucional emitió una sentencia de inconstitucionalidad en contra del Decreto Ejecutivo número 32, el cual regula las fases de la reapertura económica.
A su vez, la sentencia habilita al ministerio de Salud a tomar todas las medidas necesarias («incluso extraordinarias») para prevenir el contagio de COVID-19.
La Sala argumenta que el Decreto 32 contradice una sentencia anterior, en el que el Ejecutivo asume competencias que no le corresponden.
«Declárase inconstitucional el Decreto Ejecutivo número 32, de 29 de julio de 2020, que contiene los ‘Protocolos sanitarios para garantizar los derechos a la salud y a la vida de las personas, en el proceso de reactivación gradual de la economía, durante la pandemia por COVID19, aplicables en las zonas occidental, central y oriental de la República de El Salvador’”, dice la sentencia.
Además, aclara que su contenido contradice los parámetros constitucionales establecidos en la sentencia emitida, relacionados con la suspensión y limitación de derechos fundamentales; «sin embargo, por lo explicado, este producirá efectos jurídicos hasta el 23 de agosto del corriente año, dicha fecha inclusive», dice el documento.
Al mismo tiempo, los magistrados hacen un llamado a la Asamblea Legislativa y al Órgano Ejecutivo «a estar atentos a la evolución de la pandemia» y colaborar entre ambos poderes para gestionar «de manera técnica y concertada» leyes en beneficio de los habitantes de la República.
Sin embargo, reitera a dichos órganos que «están inhabilitados para replicar los aspectos señalados como inconstitucionales en la sentencia emitida en el presente proceso», es decir, no pueden violentar los derechos constitucionales de la población.
Agrega la sentencia que el Ejecutivo, en el ramo de la Salud, está habilitado para emitir los protocolos que establezcan medidas, «incluso extraordinarias, a tener en cuenta de manera obligatoria por las personas y empresas en los centros de salud, lugares de trabajo, negocios, centros educativos y recreativos, hogares, medios de transporte, etc., para prevenir el peligro, combatir el daño y evitar la propagación del COVID-19; siempre y cuando dichos protocolos no supongan una limitación o suspensión, de hecho, de los derechos fundamentales de las personas, tal como se explicó en la sentencia en cuestión y en el presente pronunciamiento».
Por su parte, el presidente Nayib Bukele reaccionó ante la sentencia, y afirmó que «en todos los países del mundo, los Gobiernos ordenan las reaperturas, gradualmente, para controlar la pandemia. «En El Salvador, hoy eso también es inconstitucional. ¿Ya no les importa nada?», dijo.
Seguidamente, el mandatario adujo que detrás de la sentencia hay una estrategia electoral. «¿Caos antes de las elecciones? ¿Esa es la estrategia? ¿No les importa ver más salvadoreños morir, para proteger a los partidos que les dieron sus cargos?», cuestionó.
El pasado 29 de julio, Bukele publicó el Decreto Ejecutivo número 32 ante el rechazo de los diputados a aprobar un Régimen de Excepción que confinara a la población durante 15 días. Según el jefe de estado, con esta medida se frenaría la curva de contagio de covid-19 y se reduciría el número de casos y muertes en el país.
Según el Decreto, la fase uno estaría vigente hasta el 19 de agosto; la fase 2, que implica el reinicio del transporte colectivo, comenzaría el 20 de agosto y se mantendrá hasta el 3 de septiembre; la fase tres iniciaría el 4 de septiembre y estaría vigente hasta el 18 de septiembre. Y las fases cuatro y cinco iniciarían el 19 de septiembre y el 4 de octubre respectivamente.
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Denuncian al rector y vicerrectora de la UES por presunto nepotismo, sobornos y malversación
Una denuncia interpuesta ante el Tribunal de Ética Gubernamental (TEG) coloca bajo escrutinio a las dos principales autoridades de la Universidad de El Salvador (UES). El escrito señala al rector Juan Rosa Quintanilla Quintanilla y a la vicerrectora académica Evelyn Beatriz Farfán Mata por la presunta comisión de actos de nepotismo, soborno y malversación de fondos públicos desde el inicio de su gestión en octubre de 2023.
En su primer apartado, la denuncia solicita esclarecer una posible relación marital entre ambos funcionarios. Según el documento, serían pareja desde hace varios años y estarían casados desde aproximadamente 2023, lo de confirmarse, podría representar un conflicto de interés, debido a la relación jerárquica entre los cargos que ocupan dentro de la institución.
El escrito también menciona que dicha relación no habría sido informada oficialmente, lo que, a criterio de los denunciantes, podría afectar la imparcialidad en la toma de decisiones administrativas en la universidad.
En un segundo punto, la denuncia pide investigar posibles beneficios otorgados por la empresa Huawei, en el marco de contratos vinculados a proyectos tecnológicos en la UES. Entre los señalamientos se incluyen viajes y otros gastos que habrían sido asumidos por la compañía, por lo que se solicita determinar si estos constituyen dádivas prohibidas por la legislación vigente.
Finalmente, el documento expone posibles irregularidades en el uso de fondos públicos asignados a la universidad. Se señala que recursos destinados a investigación científica y fortalecimiento docente no habrían sido ejecutados conforme a lo establecido, por lo que se pide trasladar el caso a la Corte de Cuentas de la República para una auditoría especial que permita verificar el manejo de estos fondos.
Hasta el momento, las autoridades mencionadas no han emitido una postura oficial sobre los señalamientos contenidos en la denuncia.
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Avanzan en levantamiento de información para ejecutar Plan Maestro La Bretaña, en San Martín
El Ministerio de Vivienda informó que equipos técnicos y sociales, con acompañamiento del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), realizan el levantamiento de información para la elaboración del Plan Maestro La Bretaña, en el distrito de San Martín, en San Salvador Este.
De acuerdo con la titular de la institución, Michelle Sol, el proceso incluye un censo comunitario y de vivienda mediante formularios georreferenciados que permitirán recopilar datos clave para la planificación del territorio.
El levantamiento de información se desarrolla en tres niveles:
– Hogar: se evalúan condiciones de habitabilidad y el acceso a servicios básicos.
– Manzana: se analiza la infraestructura urbana, equipamientos y espacios públicos disponibles.
– Asentamiento: se revisan aspectos como conectividad, riesgos y cobertura de servicios.
Las autoridades señalaron que estos datos permitirán priorizar futuras intervenciones para fortalecer el desarrollo urbano, con un enfoque más ordenado, resiliente y sostenible para las comunidades del sector.
Además, el Sistema de Vivienda destacó que en la zona ya se han impulsado diferentes acciones, entre ellas la construcción de un proyecto de apartamentos, procesos de legalización de comunidades y la edificación de viviendas, como parte de los esfuerzos para mejorar las condiciones habitacionales de las familias.
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Sala de lo Constitucional fija criterios legales y éticos para el uso de inteligencia artificial en instituciones públicas y tribunales
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador emitió una resolución que fija criterios éticos y legales para el uso de la inteligencia artificial generativa en instituciones públicas y en el sistema judicial.
La decisión se adoptó el 13 de marzo de 2026 dentro del proceso de inconstitucionalidad 57-2025. El caso surgió después de que ciudadanos utilizaron inteligencia artificial para redactar una demanda.
Ante esa situación, el tribunal analizó el alcance del uso de esta tecnología. Además, explicó qué se entiende por inteligencia artificial, cuáles son sus tipos y cómo funciona.
Análisis de la relación entre inteligencia artificial y derechos fundamentales
Durante el proceso, la Sala revisó normas nacionales e internacionales sobre el desarrollo y uso de inteligencia artificial.
El tribunal también examinó cómo estas herramientas interactúan con los derechos fundamentales de las personas.
Según la resolución, la inteligencia artificial puede ofrecer beneficios en la gestión pública. Sin embargo, también puede generar riesgos si no existen controles adecuados.
Por ello, la Sala subrayó la necesidad de aplicar criterios éticos y jurídicos en su implementación.
Uso de inteligencia artificial en la administración pública
La resolución indicó que la inteligencia artificial puede agilizar trámites, mejorar la eficiencia institucional y apoyar la gestión pública.
No obstante, el tribunal advirtió que el uso de sistemas automatizados debe evitar riesgos como la discriminación algorítmica causada por sesgos en los sistemas.
Por esa razón, las instituciones deben aplicar controles que garanticen transparencia y respeto a los derechos ciudadanos.
Límites al uso de IA en la administración de justicia
En el ámbito judicial, la Sala señaló que toda persona tiene derecho a un juez humano y a un procurador humano.
Por lo tanto, el uso de inteligencia artificial en tribunales debe mantenerse bajo supervisión humana obligatoria.
El tribunal estableció varios principios para el uso responsable de esta tecnología. Entre ellos destacan transparencia, responsabilidad, privacidad, control humano y prevención de riesgos.
Además, incluyó criterios de igualdad, verificación, ética, buenas prácticas y adaptación constante.
Con esta resolución, la Sala busca equilibrar el avance tecnológico con las obligaciones del Estado y la protección de los derechos de los ciudadanos.


