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Judicial

Sala de lo Constitucional declara improcedente demanda de amparo de Davivienda y ordena pago de $49.3 millones a José Antonio Salaverría

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La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró improcedente la demanda de amparo que el bufete Sáenz y Asociados interpuso para tratar de revertir el fallo del pago de $49.3 millones que el banco Davivienda debe hacer a José Antonio Salaverría, tras un viejo litigio que sigue el cafetalero con esa institución financiera y que ahora llega a su fin.

El Juzgado Primero de lo Mercantil ha ordenado que Davivienda antes HSBC pague esa cantidad de dinero a Salaverría en concepto de indemnización, por daños y perjuicios ocasionados al embargarle de forma arbitraria beneficios de café y otras propiedades, por un supuesto incumplimiento de pago por parte del empresario.

Salaverría inició un juicio civil mercantil en contra del banco luego que le suspendieran un préstamo de forma unilateral, pese a que en el contrato se mencionó que para ello debía existir un acuerdo de las tres instituciones financieras con las que había suscrito el convenio.

Este lunes la Sala de lo Constitucional ordenó: «Declárase improcedente la demanda de amparo presentada por los abogados Mario Enrique Sáenz y Luis Gerardo Hernández Jovel, en calidad de apoderados de la sociedad Banco Davivienda Salvadoreño, Banco Davivienda, Banco Salvadoreño o Bancosal, todos Sociedad Anónima contra la Sala de lo Civil, en virtud de que el reclamo formulado con relación a los actos impugnados se basa en cuestiones de estricta legalidad ordinaria y de simple inconformidad con las actuaciones impugnadas».

Consta que en junio de 2019 la Sala de lo Civil admitió un recurso de casación que Salaverría interpuso para obligar al banco Davivienda a pagar los $49.3 millones. Tras estudiar lo planteado por los apoderados legales del empresario, los magistrados por unanimidad determinaron ciertos los alegatos de José Antonio Salaverría y por este motivo se ordenó que la financiera debe hacer efectivos el desembolso.

Sin embargo, los abogados del banco Davivienda tratan de interponer algunos recursos para evitar el pago y dilatar el caso, por lo cual todos los recursos son anulados por la Sala de lo Constitucional porque ya no hay nada que hacer, según comenta Salaverría y añade que únicamente le han hecho un abono hasta este momento.

El pasado mes, la Sala de lo Constitucional de nuevo se pronunció y rechazó los señalamientos que este mismo grupo de abogados hicieron al mencionar que los magistrados no habían agilizado el trámite para admitir una demanda de amparo y que habían interpuesto con miras a revertir el fallo del Juzgado Primero de lo Mercantil. Alegaron que había una demora en dar una respuesta de solicitud de amparo y de nuevo la Sala dijo a Davivienda que “no hay ninguna inactividad judicial y que el caso se ha mantenido en constante actividad procesal”.

Se dijo que los abogados de Davivienda han tratado de coaccionar a los magistrados de la Sala, amenazando que llevarían el caso a instancias internacionales como el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), para demandar al Estado salvadoreño para resarcir los daños por retardación de justicia, pero la Sala les dijo que no hubo atraso en este proceso.

José Antonio Salaverría explicó en su oportunidad que el banco de forma arbitraria inició un proceso ejecutivo en contra de sus propiedades y que con el cese de los préstamos que tenía, inició con el embargo de propiedades, entre ellas beneficios de café.

“De manera ilegal el banco inició los embargos sin tener sustentos legales y sin tener mora. Ellos incumplieron todo lo que se ha venido ventilando en este proceso, como también, los convenios que se habían pactado con el banco en su debido momento, por ese motivo se presentaron tres demandas en el 2009 y que llegaron a su fin. El banco no ha tenido un sustento legal para decir que no puede pagar ese dinero y simplemente se han hecho los desentendidos para el no pago”, puntualizó Salaverría.

“Nos quebraron totalmente”

“Había suscrito un convenio con HSBC hoy Davivienda y luego me embargaron indebidamente. Ellos tenían un pagaré por 160 mil dólares y lo llenaron como quisieron a fin de provocar un incumplimiento. Nosotros tratamos de pagar al día siguiente todo el dinero que exigían, pero se opusieron a ello y nos quebraron totalmente”, afirmó el cafetalero.

“Nosotros dábamos empleos a unas cinco mil familias y al menos teníamos 1,260 productores de café, entre ellos había tres presidentes de bancos y seis directores porque confiaban en nosotros”, indicó el cafetalero que ahora pide justicia y que se le pague los más de 49 millones de dólares.

Se dijo que todas las instancias están agotadas y que el banco Davivienda trata de dilatar el caso y de utilizar todo tipo de argucias para evitar hacer ese desembolso.

Judicial

Prisión para sujetos que cometieron el delito de robo agravado

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Cuatro personas identificadas como José Eliseo Mejía, Juan Rodolfo Mejía Hernández, Inmer Alexis Méndez Consuegra, y Oswaldo Eliseo Ávalos Hernández fueron encontrados responsables de haberle robado a una persona una fuerte cantidad de dinero en efectivo el pasado cinco de agosto del año 2024.

El fiscal del caso dijo que los cuatro sujetos interceptaron a la víctima cuando caminaba sobre la calle principal en cantón Pacun, del municipio de Santa Ana Centro.

Según la investigación los sujetos le dijeron que no lo quieren ver en la zona y le dieron 24 horas para irse o le quitarían la vida, luego lo lesionaron en diferentes partes de su cuerpo y le quitaron una fuerte cantidad y un celular.

Los sujetos huyen al escuchar que por la zona se acercaba un vehículo.

El Tribunal Primero de Sentencia de Santa Ana impuso la condena por el delito de robo agravado. Dichos sujetos no pertenecen a alguna mara o pandilla.

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Judicial

Ordenan captura de red de jóvenes acusados de extorsionar a empresarios de la en La Libertad

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En un esfuerzo conjunto entre la Fiscalía General de la República y la Policía Nacional Civil, se capturó a un grupo de jóvenes que, durante el año 2025, extorsionaron a un empresario del departamento de La Libertad.

La estructura estaba conformada por un menor de edad y Ana Gladis Lemus, Javier Alexander Zepeda Morales, Nayeli Yasenia Mejía Flores y Nelson David Inocente Leonor, quienes fueron capturados durante el operativo.

De acuerdo a las investigaciones, el menor de edad contactaba a la víctima vía telefónica para amenazar y exigir el pago de efectivo; las otras cuatro personas eran las encargadas de retirar el dinero exigido el quince de cada mes y dar seguridad en ese momento.

Posteriormente, el dinero recibido lo depositaban a cuentas bancarias y lo enviaban por remesas a través de farmacias y supermercados.

Los imputados fueron perfilados bajo entregadas controladas con cobertura policial.

A los imputados se les procesará por los delitos de agrupaciones ilícitas y extorsión agravada.

El operativo se desarrolló en los distritos de Jayaque y Colón en el departamento de La Libertad y de igual manera en San Antonio del Monte, jurisdicción de Sonsonate y se incautó abundante evidencia que fortalecerá el caso y la acusación contra los imputados.

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Condenan a 27 criminales por feminicidio y tentativa entre enero y marzo de 2026

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Entre el 1 de enero y el 27 de marzo de 2026, un total de 27 criminales fueron condenados por feminicidio y tentativa de feminicidio, según informes de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y la Fiscalía General de la República (FGR).

De acuerdo con las autoridades, los Juzgados Especializados de Sentencia para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres impusieron penas de hasta 30 años por feminicidio y 50 años por feminicidio agravado, conforme a lo establecido en la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres (LEIV).

En uno de los casos, el Tribunal Quinto contra el Crimen Organizado de San Salvador condenó a 11 pandilleros de la 18 por el asesinato de tres mujeres. Los jueces aplicaron los artículos 45 y 46 de la LEIV, que establecen penas de entre 20 y 35 años, y de 30 a 50 años, respectivamente.

Las investigaciones fueron desarrolladas por diversas unidades fiscales con enfoque de género, garantizando la persecución penal de los delitos. Los procesos iniciaron en juzgados de paz y avanzaron hacia tribunales especializados, bajo reserva conforme lo establece la ley.

Durante los juicios, la Fiscalía presentó peritajes, pruebas documentales, testimonios, así como informes técnicos de geolocalización, registros de llamadas y evidencia dactilar que vinculan a los imputados con los hechos. Los jueces valoraron estos elementos para emitir las condenas.

Las autoridades señalaron que en varios casos se comprobó la existencia de violencia psicológica, verbal y física, así como contextos de vulnerabilidad en las víctimas. En crímenes vinculados a estructuras criminales, se determinó que los responsables ejercieron distintos tipos de violencia contra las mujeres.

Uno de los fallos más severos fue contra 11 pandilleros de la 18, quienes recibieron condenas de 50 años por cada feminicidio, acumulando penas superiores a los 400 años por múltiples delitos. Según la Fiscalía, los hechos corresponden a un triple feminicidio ocurrido en 2010 en Ilopango.

Entre los condenados se encuentran Alejandro Ernesto Rodríguez, sentenciado a 408 años de prisión; Juan Antonio Marroquín Portillo, a 205 años; Celestino Vásquez Benítez, a 195 años; y Douglas Alirio Alfaro Amaya, a 105 años. Asimismo, fue condenado Erick Saúl Villalobos, cabecilla nacional de la pandilla 18, a 144 años de cárcel.

En otros casos, un ciudadano nicaragüense fue condenado a 50 años de prisión por asesinar a su compañera de vida en San Miguel, mientras que en San Salvador, un hombre recibió 37 años de cárcel por intentar asesinar a su pareja, a quien le causó graves lesiones con arma blanca.

Además, en Ahuachapán, un hombre fue condenado a 50 años por el feminicidio agravado de su expareja, y en Santa Ana, otro imputado recibió 50 años por intentar asesinar a su excompañera de vida y a su hija de dos años.

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