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¡Tome nota! Año escolar inicia el próximo 31 de enero y será en forma semipresencial
Debido a que la situación de la pandemia por la COVID-19 continúa siendo una amenaza en El Salvador, el Ministerio de Educación (MINED) ha decidido que el año escolar 2022 continúe desarrollándose de forma semipresencial, opcional y multimodal para los centros educativos públicos y privados y en todos los niveles educativos.
El MINED también señaló que, para el sector público, el año escolar 2022 iniciará el próximo 31 de enero, mientras que en los privados y universidades las fechas varían según la planificación de cada centro educativo.
De igual forma, el máximo ente rector de la educación en El Salvador aseguró que no es obligatoria la cartilla de vacunación para el proceso de admisión de los estudiantes a cualquier centro educativo en el país. Sin embargo, hizo un llamado a que los padres de familia hagan parte a sus hijos del Plan Nacional de Vacunación y les apliquen la dosis contra el coronavirus.
Para evitar los contagios en este regreso a clases, el Ministerio de Educación también mantendrá sus diversos protocolos de bioseguridad en cada escuela o colegio. De igual forma, reiteró el llamado a los padres de familia a no enviar a sus hijos a clases presenciales en caso presenten síntomas relacionados al Covid-19.
La institución también señaló que mantendrán el trabajo continuo con el Ministerio de Salud (MINSAL) y las dependencias estatales involucradas en el control de la pandemia para desarrollar un año escolar sin focos de contagios en los centros educativos.
Finalmente, invitó a las escuelas, colegios y universidades a mantener el cumplimiento estricto de los protocolos de bioseguridad para que el desarrollo del año escolar 2022 no se vea afectado por brotes de la enfermedad.
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Acusado de feminicidio enfrentará juicio en San Salvador
Gabriel López Meléndez fue enviado a juicio por el delito de feminicidio agravado en perjuicio de su compañera de vida, así decidió el Juzgado Especializado Segundo de Instrucción para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres de San Salvador.
De acuerdo con la investigación de la Fiscalía General de la República, los hechos ocurrieron el 3 de agosto de 2025 en el distrito de Apopa a raíz de una discusión que se prolongó durante varias horas hasta que el sujeto comenzó a agredir físicamente a la víctima.
«Mientras la pareja se encontraba en una habitación de su vivienda junto a uno de sus hijos, López, motivado por celos, habría comenzado una discusión y golpeó a la víctima en el estómago y el resto del cuerpo hasta quitarle la vida», se detalló en la acusación.
Posteriormente, López acudió a socorristas para solicitar ayuda, sin embargo, cuando estos llegaron, la víctima ya había muerto por las múltiples lesiones.
En el peritaje forense, que fue parte del desfile de pruebas de la Fiscalía, se determinó que la causa de muerte fue un trauma cerrado de abdomen de tipo contuso.
La investigación determinó que López Meléndez y la víctima mantenían una relación sentimental marcada por violencia psicológica y física ejercida por él. Además, el imputado intentaba controlarla y la maltrataba tras constantes episodios de celos.
Al valorar la oferta probatoria del ministerio público, el juzgado identificó elementos suficientes y relevantes para admitir la acusación y remitir el proceso a la etapa de sentencia. Asimismo, ratificó la medida cautelar de detención provisional contra el procesado, que se enfrenta a una posible condena de más de 30 años de prisión.
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Imponen 10 años de cárcel a cuatro hombres por amenazar a persona para que abandonara su casa
Luis Armando Márquez Tovar, Jonathan Alexander Veliz Umaña, Jorge Alberto Landaverde Rivas y José Samuel Lima Flores fueron condenados a 10 años de cárcel cada uno por el delito de limitación ilegal a la libertad de circulación. La pena carcelaria fue impuesta por el Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador.
Los hechos ocurrieron el 27 de diciembre de 2021, en el distrito de Apopa, municipio de San Salvador Oeste.
La Fiscalía logró comprobar que ese día, aproximadamente a las 8:30 p. m., los ahora condenados llegaron a la vivienda de la víctima, quien tenía abierta la puerta balcón del inmueble para amenazarla con que debía abandonar el lugar.
En el desarrollo de la vista pública, la víctima declaró que uno de los sujetos hablaba por teléfono y, entre insultos, le exigió que tomara el celular porque querían hablar con él, además de pedirle que se dejara tomar una fotografía.
«La víctima al ver el semblante intimidante de los imputados, tomó el teléfono celular y escuchó que la persona al otro lado de la llamada le advirtió que, si no accedía a tomarse la fotografía, enviaría a otras personas para dispararle», detallaron las fuentes. Ante la negativa de la víctima, los procesados lo amenazaron para que abandonara el lugar. Por temor a que las amenazas se concretaran, la víctima se vio obligada a dejar su vivienda.
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Cómplice de homicidio en Ciudad Delgado purgará 37 años de cárcel
Carlos Eloy Castañeda Hernández fue condenado a 37 años de prisión por homicidio simple en calidad de cómplice no necesario, así resolvió el Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador.
El hecho ocurrió el 15 de marzo de 2021, en Ciudad Delgado, San Salvador Centro, en perjuicio de la víctima identificada como C. J. E.
Según la acusación, ese día, tras una fuerte discusión, el hijo del procesado, identificado en el caso únicamente como Samuel, «disparó con un arma de fuego contra la víctima. En ese mismo hecho, el imputado le arrebató el arma y disparó contra las otras tres víctimas, causándoles lesiones. Posteriormente, el autor del homicidio (Samuel) se dio a la fuga», detallaron fuentes judiciales.
La condena impuesta a Castañeda Hernández incluye la responsabilidad en los tres casos de homicidio tentado (intento), cuyas víctimas permanecen bajo reserva de identidad, así como por el delito de tenencia, portación o conducción ilegal o irresponsable de arma de fuego.
En el fallo, el tribunal determinó que el imputado participó en el homicidio en calidad de cómplice no necesario, al no auxiliar a la víctima, lo que facilitó la fuga del asesino Samuel.
Por el delito de homicidio simple en modalidad de complicidad no necesaria, el tribunal le impuso diez años de prisión. Por cada uno de los homicidios tentados (intentos), ocho años; y por el delito de tenencia, portación o conducción ilegal o irresponsable de armas de fuego, tres años de prisión




