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FOTOS – Motociclistas en la mira de la Policía de Tránsito
En las últimas horas, los accidentes de motocicletas se han incrementado por imprudencia de los conductores, según informan las autoridades.
Solo el día de ayer, hubo cinco accidentes de motociclistas, que dejaron cuatro lesionados y dos personas fallecidas. Y esta mañana se registró un accidente más, sobre la cuarta calle poniente y 19 avenida Sur en San Salvador, en el que un vehículo particular impactó con una moto; resultando heridos el motociclista y su acompañante.
Las autoridades continúan con el objetivo de contrarrestar los accidentes y también, piden a los conductores que tomen responsabilidad a la hora de conducir. Es por eso, que el subcomisionado Saúl Ernesto Tobar Portillo, jefe del departamento de Educación Vial, recomendó, esta vez a los motociclistas no invadir el carril, pues es una de las principales causas de percances viales que dejan lesionados y muertos, reiteró.
La Policía de Tránsito, insiste a los conductores de este medio de transporte, no hacer un tercer carril; el cual es antireglamentario. De acuerdo a la ley, quien no respete la fila cuando haya congestionamiento o invada y penetre con el vehículo a alguna intersección o paso de peatones; se hará acreedor de una infracción considerada como grave, cuyo costo es de $34.29.
A su vez, reiteran otras recomendaciones básicas para los motociclistas, como usar un casco protector, llevar nada más un acompañante y respetar los límites de velocidad.
Fotos Policía Nacional Civil






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Cinco partidos ya prevén aspirar a la presidencia
El 28 de febrero de 2027, los salvadoreños elegirán presidente, vicepresidente, diputados y concejos municipales.
Cinco de los 11 partidos inscritos ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE) han contemplado ya la presentación de candidaturas para presidente y vicepresidente de la república para las elecciones de febrero de 2027.
De acuerdo con las convocatorias a elecciones internas, los partidos FMLN, PDC, PCN, GANA y Fuerza Solidaria prevén competir con sus fórmulas para dirigir el Ejecutivo durante el sexenio 2027-2033.
El secretario general del FMLN, Manuel Flores, confirmó esta semana que competirán en la elección presidencial.
«Vamos a participar, claro que sí. Hay cientos de miles de salvadoreños que no quieren este régimen y lo van a demostrar en las urnas. Nosotros somos una opción», manifestó Flores.
Guillermo Gallegos, del partido GANA, aseveró en la entrevista El Urbano que evalúan tener candidato para la presidencia de la república.
En tanto, el Partido Demócrata Cristiano (PDC), a través de su secretario de Asuntos Jurídicos, Nelson Alvarado, informó que no competirían en la elección presidencial; sin embargo, en su convocatoria para el proceso interno indicaron que elegirán candidatos para el referido cargo.
De igual manera, el Partido de Concertación Nacional (PCN) en su convocatoria indicó que hará proceso de elección para aspirar al Ejecutivo.
Fuerza Solidaria también tendrá representación presidencial, legislativa y municipal en los comicios. Mientras que VAMOS descartó su participación en la carrera por la presidencia.
Otros partidos aún no informan su proceso interno y las candidaturas por las que entrarían en la contienda. Todos los institutos políticos interesados en competir deberán tomar en consideración la última fecha para elegir a sus candidatos: 29 de julio de 2026. El martes 7 de abril finalizará el período establecido para que convoquen a dicho proceso interno.
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Criminólogo aclara que en El Salvador no había pena perpetua
La reforma del inciso segundo del artículo 27 de la Constitución de la República entrará en vigencia hasta que la CSJ adecúe las enmiendas de las leyes secundarias.
El experto en criminología Ricardo Sosa aclaró, en la entrevista Las cosas como son, que en El Salvador no existía la pena perpetua como algunas personas han opinado en distintos medios de comunicación, incluyendo redes sociales.
«Es lamentable que un profesional de las ciencias del derecho diga que lo que se ha hecho es elevar a rango constitucional algo que ya existía, porque no es cierto», afirmó Sosa, agregando que con dicho argumento «lo único que logran es confundir a la población».
De acuerdo con el experto, en la ley que estaba vigente «la pena máxima de prisión era de 60 años, de ahí todo lo que ha ocurrido en el presente siglo son condenas que acumulan delitos que no tienen relación entre ellos, y el juez establece una condena por cada delito».
Sosa aclaró que, bajo ese marco normativo, si la persona condenada sigue con vida después de cumplir los 60 años en prisión, debe salir libre.
A su juicio, el motivo para que algunos abogados estén enviando el mensaje de que la pena perpetua ya existía es porque necesitan mantener un discurso que le haga pensar a las personas condenadas que podrán salir de la cárcel; y seguir ofreciéndoles sus servicios de jurídicos.
«Engañan a la gente diciéndole que en la primera audiencia le van a sacar a su pariente», indicó, y reiteró que algunos abogados mantienen ese discurso y prometen que en la segunda audiencia sacarán libre al procesado, pero terminan culpando a los familiares de no presentar los arraigos a tiempo.
El jueves 26 de marzo, la Asamblea Legislativa ratificó la reforma constitucional que permite la cadena perpetua para asesinos, violadores y terroristas, la cual entrará en vigencia una vez sea publicada en el «Diario Oficial» y se haya capacitado al personal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que ha solicitado un mes para adecuación de leyes secundarias.
Sosa también se refirió al informe sobre derechos humanos en El Salvador que presentó recientemente Gipes, encabezado por Santiago Cantón, Susana Sácouto, Claudia Marín, José Antonio Guevara y Gino Costa.
«Usted cree que estas cinco personas con sus hojas de vida, títulos universitarios y cantidad de cursos de ese sistema, de esa ideología, van a redactar capturas arbitrarias, 89,000, y luego se confunden y dan otra cifra. ¿De qué estamos hablando? ¿Qué tipo de rigurosidad tiene?», dijo.
Sosa aprovechó para invitar a miembros de Gipes para que vengan a El Salvador y se muestren como querellantes de los 89,000 reclusos que aseguran fueron detenidos de forma arbitraria.
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Código Procesal Penal establece los mecanismos para la pena perpetua
El Código Procesal Penal es parte de las cinco leyes secundarias que fueron homologadas para la imposición de la condena perpetua para homicidas, violadores y terroristas, tras la ratificación en el congreso de la reforma al artículo 27 de la Constitución de la República.
La modificación al Código se aprobó el jueves anterior, para que no riña con el marco constitucional, tal como se hizo con el Código Penal, la Ley Especial contra Actos de Terrorismo, la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, y la Ley Penal Juvenil.
Para que el Código Procesal Penal tenga los alcances requeridos se intercaló entre los artículos 51 y 52 el artículo 51-A, creando los Juzgados de lo Criminal, que serán los encargados de procesar los casos de adultos y menores.
«Los Juzgados de lo Criminal tendrán la competencia exclusiva para el conocimiento y decisión de los procesos que se inicien en contra de los adultos y menores de edad, por la comisión de delitos de homicidio simple, homicidio agravado, feminicidio, feminicidio agravado, violación, violación en menor o incapaz y violación agravada», establece parte del 51-A.
Añade que estos tribunales «serán los encargados de vigilar y garantizar el estricto cumplimiento de las normas que regulan la ejecución de las penas que impongan en el ejercicio de sus competencias, así como la revisión de la pena perpetua y al régimen de libertad controlada», las cuales serán atribuciones designadas por la Corte Suprema de Justicia a jueces de Vigilancia penitenciaria y ejecución de la pena.
La reforma también hace referencia a la creación de Cámaras de lo Criminal, cuya función será conocer «los incidentes de impugnación» que surjan de un procedimiento especial.
Como parte de las modificaciones se reguló el artículo 331 para evitar medidas alternas a la detención en el caso de homicidas, violadores, terroristas y otro tipo de criminales.
«No se procederá a aplicar medidas alternas ni sustituir la detención provisional en los delitos: homicidio simple, homicidio agravado, feminicidio, feminicidio agravado, secuestro, delitos contra la libertad sexual (…) y delitos cometidos por miembros de grupos de terroristas, maras, pandillas o cualquier otra agrupación criminal», quedó normado en el segundo inciso.
Para Rafael Góchez, escritor y docente, las reformas tienen como finalidad que homicidas, violadores y terroristas no salgan a delinquir.
«Se establece más que como un mecanismo disuasivo, pensado en incapacitar a esta persona (delincuente) para que en un futuro no pueda volver a la sociedad», sostuvo Góchez en la entrevista A:M de canal 10






