Judicial
Sala de lo Civil condena a Lina Pohl en caso cerro El Águila
El caso de tala del cerro El Águila no ha concluido en los tribunales; pues la Sala de lo Civil condenó a Lina Pohl, exministra de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN), por “omisión de sus funciones”, en la protección del bosque nebuloso ubicado en el cerro El Águila, en Juayúa, Sonsonate.
El daño ocurrió en 2010, 2013, 2016 y 2018 según el peritaje del mismo ministerio de Medio Ambiente.
La Sala revocó parcialmente el fallo de la Cámara Ambiental emitido en abril de 2021. En ese momento, la Cámara condenó a Orestes Ortez, exministro de Agricultura y Ganadería (MAG), por “omisión de sus funciones”, pues no controló la explotación del bosque nebuloso; y al Estado-representado por la Fiscalía- como garante subsidiario, es decir, si los exministros no paguen por el resarcimiento de daños, el Estado pagará los costos económicos que implican el reparo ambiental de la finca El Águila, donde se originó la tala. En el mismo fallo, la Cámara Ambiental absolvió a la exministra de Medio Ambiente, Lina Pohl, argumentando que el cumplimiento de la Ley Forestal es exclusivo del MAG.

Sin embargo, el 22 de diciembre de 2021, la Sala de lo Civil confirmó la condena de Ortez. Además, condenó a la exministra Pohl por “omisión de sus deberes legales de coordinación, control, supervisión y de adopción de medidas cautelares en las actividades forestales, que derivaron en daños ambientales”, plantea la Sala en su fallo.
“¿Cómo es posible que sos ministro, y tu mismo ministerio te dice aquí hay daños ambientales y vos no hagas nada. Eso es una omisión clara”, explica Gerardo Landaverde, representante de la firma de abogados ambientales Asociación Ecológica Para la Protección y Acción del Medio Ambiente Tierra Verde (AEPROTERRA), que mantuvo el caso durante dos años en tribunales.
La sentencia será firme en cuanto la Corte Suprema de Justicia resuelva si acepta o rechaza el recurso de casación interpuesto por la Fiscalía General de la República. Lo que prolongará el caso por lo menos dos años más. Si la casación es aceptada, el caso pasaría a discusión de la Corte Plena de la Corte Suprema de Justicia. Pero, “actualmente está condenada (Pohl)”, dice Landaverde. Esta es la primera vez que en este país centroamericano se condena a exfuncionarios por “los daños ambientales que propició su negligencia”, añade.
Actualmente, Lina Pohl es la representante en México de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, FAO. Desde sus redes sociales promueve la protección de los bosques. Mientras que, la Fiscalía ha girado orden de captura contra Pohl por el lavado de 177 mil dólares en la gestión del expresidente Salvador Sánchez Cerén.
La MalaYerba solicitó entrevista con Lina Pohl, a través de su representante legal, el abogado Luis Nieto, pero la exfuncionaria rechazó la entrevista. Además, el abogado dijo que no ha sido “notificado sobre ninguna resolución emitida por la Sala de lo Civil”, señaló Nieto.
La impunidad detrás de la tala
Según la Ley Forestal en El Salvador, creada en 1973 y modificada en 2002, el aprovechamiento forestal “es la cosecha de los productos forestales maderables y los no maderables hasta la cosecha final, todo de conformidad con normas de manejo que garanticen su sostenibilidad”. La definición establece un mecanismo “sostenible” para la extracción de los árboles, algo que no ocurrió en el aprovechamiento de la Finca Forestal El Águila, como lo determinaron los fallos de la Cámara Ambiental y la Sala de lo Civil.

Sin embargo, el propietario de la finca, el agrónomo Wilbert Figueroa Sándoval, quedó libre de cargos gracias al blindaje que le dio la Ley Forestal, que permite que fincas privadas, ubicadas en zonas de recarga hídrica, se utilicen para la explotación de madera.
El exmagistrado de la Cámara Ambiental, Samuel Lizama, explica que “la ley prácticamente no les exige nada” a las plantaciones forestales privadas. Él describe lo que vio en la inspección en el cerro “cuando uno va subiendo en las faldas son cafetales, en la parte intermedia es el bosque originario y cuando llega a la cima plantaciones forestales, esa es una locura total. Esa era y es, en algunos puntos, una zona de gran biodiversidad que nunca debió ser alterada en esos términos”, narra.
Pero el Estado no solo ha dejado en impunidad las actividades “sin control” del agrónomo Figueroa Sandoval en el cerro El Águila, sino que lo ha beneficiado con contratos en diversas entidades del gobierno.
Según datos del Centro Nacional de Registro, el agrónomo es representante legal de la inmobiliaria Proyectos Múltiples de Occidente, S.A. de C.V., con la que ha sido contratista del Estado: en la alcaldía de El Congo, en la CEL, y del Ministerio de Agricultura. En 2017, construyó para el Ministerio de Medio Ambiente -dirigido por Lina Pohl- dos kioscos en el Parque Nacional Los Volcanes, sector San Blas, zona que integra la Reserva de Biósfera Apaneca-Ilamatepec.
El agrónomo Figueroa Sandoval, también, es presidente y representante legal de la Fundación Enrique Figueroa Lemus; que se auto promueve como una organización para la educación y protección ambiental del área boscosa Montecristo que une a Honduras, Guatemala y El Salvador, ubicada en el municipio de Metapán, Santa Ana.
La MalaYerba buscó al agrónomo Figueroa Sandoval a través de su empresa Productos Forestales, S.A. de C.V., pero la secretaria explicó que está “muy enfermo” y “no podrá” responder la solicitud de entrevista. Quien aceptó hablar en representación de la Fundación Enrique Figueroa Lemus, fue su hermana, Silvia Figueroa. Ella explica que la fundación fue creada por tres hermanos para conservar tres áreas protegidas que tienen a su cargo.
Al hablar sobre la finca El Águila, Silvia Figueroa aclara que es un inmueble que no conoce y que su hermano compró siendo una plantación forestal. Y resume que una plantación forestal “es un cultivo, no es un bosque” que tiene la función “de producir madera, no es la de tener biodiversidad, no es de producir agua”, argumenta.
Sobre la falta de criterio de sostenibilidad en la Finca El Águila, Silvia Figueroa reclama que: “Cualquiera puede decir mire, pero ahí vivía un sapito, pero estamos ocupando diez manzanas de 200, y ¿qué más quiere? Si no estamos ocupando ni siquiera un 10% del terreno y lo demás lo estamos dejando de bosque ¿y ese no es un sacrificio personal? ¿A cuenta de qué tenemos nosotros que hacer eso?”
La ambientalista apela a la labor que han realizado desde la Fundación Enrique Figueroa Lemus en comparación a las actividades de extracción de madera. “Tienen que hacer un balance del trabajo que nosotros hemos estado haciendo, tienen que ver que el aporte que hemos estado haciendo, el sacrificio, el trabajo y el amor con el que lo hacemos, no lo hace nadie, quizás, ni en Centroamérica”, sostiene.
La exmagistrada de la Cámara Ambienta, Cesia Romero, considera que en El Salvador no hay una legislación acorde a lo que requiere la protección ambiental. Y “se necesita actualizar la legislación, específicamente en el tema forestal. El enfoque que actualmente se tiene es más de aprovechamiento, que de protección y creo que a estas alturas decir proteger el medioambiente no es estar en contra del desarrollo”, añade Romero.
Pese a la importante generación de agua y a la rica biodiversidad que alberga, el municipio de Juayúa, a donde se ubica el cerro El Águila, perdió 684 hectáreas de cobertura boscosa, entre 2001 y 2020. Lo que es equivalentes a la producción de 365 millones de toneladas de CO2, revela la aplicación de monitoreo de bosques Global Forest Watch.
La misma página detalla que tan sólo en el año 2020 Juayúa perdió 30.7 hectáreas de bosque, iguales a la liberación de 17.4 millones de toneladas de emisiones de CO2. La pérdida no se compara con la ganancia, pues Global Forest Watch ha registrado entre 2001 y 2012 una cobertura boscosa ganada de 14 hectáreas en Juayúa.
- Con reportes de: Julia Gavarrete.
- Este reportaje fue realizado gracias al apoyo de: International Women’s Media Foundation
Judicial
Prisión para esposos por tráfico ilícito de drogas en San Miguel
La Fiscalía General de la República (FGR) informó que David Reynaldo Umaña y Carmen Beatriz Ortiz de Umaña fueron sentenciados a 13 y 10 años de prisión, respectivamente, por un caso relacionado con tráfico de drogas.
De acuerdo con el Ministerio Público, los esposos fueron capturados en enero de 2024 en San Miguel por agentes de la Policía Nacional Civil (PNC).
Las autoridades interceptaron a Umaña cuando realizaba una transacción de droga. Posteriormente, durante un registro realizado en su vivienda, fueron incautadas más porciones de cocaína y se procedió con la detención de Carmen Beatriz Ortiz de Umaña.
En su momento, la PNC informó que la cocaína incautada tenía un valor de $945.01.
La Fiscalía detalló que las condenas fueron impuestas por el Tribunal de Segundo de Sentencia de San Miguel.
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PNC El Salvador captura a dos personas con marihuana en La Libertad Costa

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143 integrantes de la clica Cinco Cedros Locos Salvatruchos de la MS-13 fueron condenados hasta con 75 años de prisión
La Fiscalía General de la República (FGR) logró que 143 integrantes de la clica Cinco Cedros Locos Salvatruchos de la MS-13, del programa Libertad, fueran condenados a penas que van desde los 20 hasta los 75 años de prisión por su vinculación y pertenencia a la estructura criminal y por otros delitos.
Todos los pandilleros delinquían en el cantón Lourdes, del distrito de Colón, en en las colonias Cinco Cedros, San Mateo, El Chapernal, Bazzini, Las 600 y zonas aledañas del departamento de La Libertad y fueron sentenciados según el grado de participación o rango en la estructura criminal. Todos fueron capturados a partir de la implementación del régimen de excepción.
Entre las sentencias más altas está la 75 años de prisión impuesta a Cristian Dagoberto Alas García, alias Chory o Espía; al imputado se le condenó por los delitos de agrupaciones ilícitas, siembra y cultivo de marihuana y tenencia, portación o conducción ilegal o irresponsable de armas de fuego. El imputado fue capturado en agosto de 2022, en una finca de Talnique, donde almacenaba dos armas de guerra y cultivaba plantas de marihuana.


67 años de prisión fue la condena impuesta a Miqueas Misael Hernández Rodríguez, alias Miqueas, por agrupaciones ilícitas, tenencia ilegal de armas, posesión de drogas con fines de tráfico y amenazas agravadas. Al momento de la captura el imputado amenazó verbalmente a elementos de la Fuerza Armada y se le incautaron sustancias ilícitas y un arma de fuego sin documentación legal.
El corredor de clica, Carlos Gerardo Escobar, alias Drupi, fue condenado a 66 años de prisión por agrupaciones ilícitas, tenencia ilegal de armas de fuego y posesión de drogas; el imputado fue detenido en noviembre de 2022 en San Juan Opico, cuando intentó ocultar un arma de fuego y huir de las autoridades.

Otro de los condenados es el corredor de clica Jonathan David Doradea, alias Bacha o Mafioso, a quien se le impusieron 51 años de prisión por agrupaciones ilícitas y posesión de drogas.
Los corredores de clica Fidel Antonio Ramos Flores, alias Viejo Tigre, y Nelson Enrique Larios Saget, alias Duende, recibieron 45 años de prisión por agrupaciones ilícitas.
A esa misma pena y por el mismo delito fueron condenados los homeboys: Juan Carlos López Serrano, alias «Chacal»; Edwin Alexander Monterroza Arévalo, alias «Sayco»; Víctor Manuel Miranda Rosales, alias «Wizar», Elvis Jovanny Henriquez Montes, alias Espiri; Óscar Alfredo Alas Corea, alias «Black» o «Kilo»; Pedro Antonio Urbano Menjívar, alias «Vago»; Marvin Joel Gómez Portillo, alias «Slow»; Jairo Adonay Molina Paz, alias «Sparky»; Samuel Enrique Nieto Flores, alias «Zombie»; Andrés Rivas Menéndez, alias «Timón»; Juan Antonio García Cortez, alias «Humilde» o «Juan»; Juan Ramón Hernández Estrada, alias «Little Boy»; Samuel Eduardo Martínez Salazar, alias «Dauner»; Roberto Antonio Bermúdez Santamaría, alias «Pulga»; Dagoberto de Jesús Quintanilla, alias «Shorty»; Nelson Edgardo Aguirre Martínez, alias «Sombra»; Pedro José Sánchez Leiva, alias «Zonte»; Dany Wilson Ávalos Abrego, alias «Vigion»; Marcos Salvador López Martínez, alias «Gato de la Belén»; Manfredy Marcos Vanegas Durán, alias «Flaco» o «Scrapy»; Luis Alonso Gómez de Paz, alias «Pega»; Edwin Osmín Ruiz Aguilar, alias «Maníaco»; Francisco López Hernández, alias «Sapo»; Hayser Antonio Madrid Argueta, alias «Hayser», Carlos Antonio Ramírez, alias «Mico» y Elmer Shunico Shunico.


El resto de penas oscilan entre 36, 30 y 20 años de prisión. Según el fallo se condenó a 4 corredores de clica, 27 homeboys, 61 chequeos, 4 observaciones y 47 paro o colaboradores.
Estas condenas fueron impuestas en presencia de los imputados por el Tribunal Segundo contra el Crimen Organizado de San Salvador, luego de valorar la abundante prueba documental, pericial y testimonial que presentó el ente fiscal durante la audiencia única.







