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Nacionales

MIDES denunciará a alcaldesa de Apopa por los delitos de malversación de tasas municipales y desobediencia a orden judicial

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De acuerdo al apoderado legal de MIDES, la municipalidad de Apopa dirigida por la alcaldesa Jennifer Esmeralda Juárez, no sólo sigue sin cumplir con el pago por el servicio de disposición final de basura al que fue condenada por sentencia del Tribunal Arbitral la cual asciende a más de $1,7 millones de dólares, sino que también continúa acrecentando la deuda pues tampoco paga la totalidad de la factura mensual, de manera que ya debe $100 mil dólares más y la deuda se sigue acrecentando. 

A pesar del total adeudado, el apoderado expresa que MIDES sigue prestando diariamente el servicio de disposición de la basura recolectada en el municipio que es depositada en el relleno sanitario.

La deuda de la Alcaldía de Apopa inició en la administración anterior y ante el incumplimiento de pagos se ejerció el reclamo por la cláusula de arbitraje, el cual fue ganado por MIDES, que inició las diligencias para hacer efectivo el total del monto, de manera que el juzgado de lo civil de Apopa declaró su ejecución forzosa y ordenó a la alcaldesa incorporar el pago del monto total en el presupuesto 2022 lo que fue incumplido por la alcaldesa, lo mismo ocurrió en el presupuesto 2023 donde tampoco acató la resolución judicial, por lo que se ha pedido al juzgado de Apopa que certifique la “desobediencia” de mandato judicial en que ha incurrido la titular del municipio.

“De acuerdo al monto adeudado es claro que la municipalidad de Apopa, de la cual es titular la alcaldesa Jennifer Esmeralda Juárez, ha estado desviando los fondos recaudados en concepto de la tasa que es exclusiva para la disposición final para otros fines, lo que constituye una malversación, es por esa razón que hemos decidido también interponer una denuncia por este delito”, apuntó el abogado.

Judicial

FGR acusa a más de 560 pandilleros de la «18» por miles de crímenes

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El Tribunal contra el Crimen Organizado recibió la acusación presentada por la Fiscalía General de la República contra 563 pandilleros del Barrio 18, a quienes se les vincula con 14,488 delitos cometidos entre 2012 y 2022.

Los imputados son señalados por delitos como rebelión, pertenencia a estructura criminal, homicidio agravado, extorsión agravada, tráfico ilícito y actos de terrorismo. De acuerdo con la Fiscalía, 275 de los acusados pertenecen a la fracción sureña y 288 a la fracción revolucionaria.

Según el fiscal adjunto contra el Crimen Organizado, Max Muñoz, a los cabecillas se les atribuyen los delitos de pertenecer a una estructura criminal y rebelión, por presuntamente intentar imponer un Estado criminal, además de estar vinculados a otros 269 casos.

La Fiscalía detalló que entre los hechos que se les imputan figura la masacre de 11 trabajadores en San Juan Opico y otra masacre ocurrida en el centro penal de Quezaltepeque.

Asimismo, se les atribuyen ocho casos de terrorismo cometidos en 2015, entre ellos atentados contra la delegación policial de Quezaltepeque y contra el Centro Judicial Isidro Menéndez, hecho en el que murió un agente de seguridad.

Entre los casos señalados también se encuentran atentados con explosivos contra el Ministerio de Seguridad y Justicia y contra una sede de la Fiscalía General de la República en Santa Tecla.

De acuerdo con las investigaciones del Ministerio Público, entre los imputados figuran presuntos miembros históricos de esa estructura criminal, entre ellos César Daniel Renderos Díaz, alias “Muerto de las Palmas”, y Carlos Alberto Rivas Barahona, alias “Chino Tres Colas”, identificados como fundadores de las facciones revolucionaria y sureña, respectivamente.

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Judicial

50 años de prisión para padre que causó la muerte de su hijo de cinco meses

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La prueba pericial reveló el grado de violencia extrema al que la víctima fue sometida por su padre.

El Tribunal Tercero de Sentencia de San Salvador condenó a 50 años de prisión a Roberto Martínez Guzmán por el homicidio agravado de su hijo de cinco meses.

Los hechos ocurrieron en la vivienda de la familia de la víctima, ubicada en el cantón y calle Palo Grande, en el distrito de Rosario de Mora, San Salvador Sur.

Según la información acreditada en el juicio, la víctima nació de forma prematura y con condiciones críticas de salud. Tras permanecer un tiempo hospitalizado, recibió el alta médica el 26 de septiembre de 2024. El personal médico instruyó a los padres para llevar al recién nacido al Hospital Nacional Saldaña para sus controles de seguimiento y mantener cuidados especiales en el hogar, indicaciones que no fueron atendidas.

De acuerdo con las investigaciones, las agresiones ocurrieron luego de que la madre se ausentara de la vivienda durante un día y dejara a su hijo bajo el cuidado de Martínez Guzmán. Horas más tarde, el procesado se comunicó con ella para informarle que el menor tenía la cabeza inflamada. Al regresar a la casa, la mujer trasladó a su hijo de inmediato a un centro médico.

En la Unidad de Salud de Rosario de Mora, el personal médico detectó que la víctima presentaba, entre otros signos, abombamiento de la fontanela (mollera), una fractura en el brazo izquierdo y un shock hipovolémico. Debido a la gravedad de las lesiones, fue trasladado de urgencia al Hospital Nacional Saldaña, donde falleció el 20 de noviembre de 2024.

El peritaje médico-legal confirmó que la causa de muerte se debió a múltiples complicaciones derivadas de agresiones físicas, entre ellas hemorragias cerebrales, hematomas internos y externos, así como traumatismos craneoencefálicos contusos. Tras determinarse que la víctima estaba bajo la custodia del padre, las autoridades procedieron con la captura de Roberto Martínez Guzmán.

En su fallo, el juez a cargo del caso concluyó que el maltrato físico sufrido por la víctima inició meses antes de su muerte y fue cometido inequívocamente por Roberto Martínez Guzmán en calidad de autor directo. Asimismo, estableció que los hechos fueron ejecutados con alevosía, mediante el uso de violencia extrema y abuso de superioridad, aprovechando la vulnerabilidad y las condiciones de salud del menor.

 

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Judicial

Prisión para pandillero que privó de libertad a una menor de edad

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El Tribunal Quinto Contra el Crimen Organizado de San Salvador, juez tres, condenó a 52 años de prisión a Diego Alejandro Romero de Paz, alias Little Happy, por los delitos de privación de libertad, limitación ilegal a la libertad de circulación y organizaciones terroristas en perjuicio de la seguridad del Estado.

De acuerdo con la resolución judicial, alias Little Happy tenía el rango de segundo palabrero dentro de la hengla Tiny Locos Sureños de la pandilla 18 Sureños, que operaba en la urbanización Jardines de Sel Sutt.

La juzgadora estableció que alias Little Happy participó en la privación de libertad de una menor de edad, a quien obligaban a sostener una relación sentimental con un pandillero que se encontraba detenido. Asimismo, amenazó de muerte a dos personas para que no denunciaran la desaparición de la víctima, por lo que ambas huyeron de sus hogares.

Junto a él, también fueron condenados José Dimas Romero Torres, alias Dimas, y José Alberto Martínez García, alias Chepe, a diez años de prisión por el delito de organizaciones terroristas, mientras que Hugo Adonay Miranda Romero, alias Black, fue condenado a ocho años de prisión por el mismo delito.

Los hechos ocurrieron entre 2015 y 2017.

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