Nacionales
3 años de servicio comunitario para ciudadano alemán por adopción ilegal de una bebé
El Tribunal 4° de Sentencia de San Salvador condenó al alemán Nils Sjard Schultz, en procedimiento abreviado, a tres años de prisión, los cuales serán suplantado por 144 jornadas de utilidad pública, por los delitos de suplantación y alteración del estado familiar en perjuicio del Estado Familiar de una niña y por falsedad ideológica, en la Fe Pública.
Por este mismo caso ya fue condenada su esposa Claudia Esperanza Aguilar Garza, a tres años de prisión por los mismos hechos.
En 2016, él y su esposa tuvieron contacto con Nicole Guerrero, de nacionalidad costarricense, mediante una página de adopción de bebés, en la que al tener contacto con Guerrero les indicó que no quiere tener a su bebé, porque su mamá se molestaría si se daba cuenta de su estado por lo que quería darla en adopción, a lo que Aguilar Garza le manifestó que era empleada de Relaciones Exteriores en El Salvador y que junto a su esposo, le podrían dar un hogar estable a su hija.
Guerrero manifestó que Aguilar Garza le envió una carta en la que el Estado de El Salvador, le otorgaba una pasantía, lo que según su dicho era falsas, con dicha carta le dijo a su madre que viajaría a El Salvador y que el Estado salvadoreño pagaría su estadía.
Posteriormente, el ahora condenado dijo que le alquilaron un apartamento para ella y su novio, que también viajó desde Costa rica; la pusieron en control de embarazo y los mantuvieron el tiempo que estuvieron en el país.
En agosto de 2016, la trasladan hacia el hospital Pro Familia donde dio a luz a su hija, sin embargo dijo llamarse Claudia Esperanza Aguilar Garza porque es lo que supuestamente habían acordado con la imputada y el esposo de ésta.
Ocho días después. El alemán hizo el retiro de la niña de dicho nosocomio, haciéndose s pasar como el padre biológico de la menor, debido a que la madre de la niña estaba en depresión postparto y bajo medicamentos.
El juzgador en su falló dijo que se la acción de los dos delitos cometidos por el ahora condenado había sido una sola, pero que respetaba el acuerdo establecido por las partes, por lo tanto fue condenado por los dos delitos, pero dicha condena la cumplirá realizando 144 jornadas de utilidad públicas, las cuales serán interpuestas por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria.
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Ordenan a COASPAE la devolución de $462 mil a 25 socios
El Tribunal Sancionador de la Defensoría del Consumidor ordenó a la Asociación Cooperativa de Ahorro y Crédito de Profesionales en Administración de Empresas y Carreras Afines (Coaspae de R.L.) que devuelva a un grupo de 25 socios la cantidad de $462 mil 914.53, al considerar que la institución financiera ha cometido una falta grave al no permitirles retirar sus ahorros y sus depósitos a plazos fijos ya vencidos.
La resolución del Tribunal es de diciembre de 2025, pero varios de los afectados han sido notificados a lo largo del primer trimestre de 2026. Además, la devolución no se ha hecho aún efectiva porque COASPAE contrarrestó con una demanda ante un Juzgado de lo Cotencioso Administrativo, lo cual pone en pausa el proceso hasta que exista una sentencia definitiva.
Los 25 socios antes citados presentaron sus reclamos ante la Defensoría del Consumidor a finales de 2024, después que COASPAE se negara a devolverles el dinero que tenían en la institución. Durante el proceso de conciliación, según la resolución, la cooperativa no se presentó a dos citatorios, pero sí lo hizo en la fase sancionatoria, donde argumentó que la entidad tenía falta de liquidez y que por esa razón no podía reintegrar el dinero a los ahorrantes.
El Tribunal sostutvo que el argumento de COASPAE era insuficiente y determinó que la cooperativa había cometido una infracción grave, según el artículo 43 literal e de la Ley de Protección al Consumidor, que consiste en “No entregar los bienes o prestar los servicios en los términos contratados”.
La resolución dicta que debe devolver $462 mil 914.53 a los 25 socios afectados, más una multa de poco más de $200 mil que también debe ser repartida entre los socios.
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Ebrio que portaba arma es condenado a 10 años de cárcel
A 10 años de prisión fue condenado Lucio Antonio Castellanos, por el delito de tenencia, portación o conducción ilegal o irresponsable de armas de fuego.
La pena se la impuso el Juzgado Sexto de Paz de San Salvador en un juicio sumario [proceso judicial corto] que definió la situación jurídica del imputado de forma ágil.
Fue capturado el 7 de noviembre de 2025, en la Avenida Isidro Menéndez y 10a. Calle Poniente, en San Salvador, tras una denuncia que recibió la Policía Nacional Civil (PNC), en la que se alertaba que un hombre se desplazaba a pie portando un arma de fuego en la cintura.
Los agentes verificaron que no portaba licencia, y además estaba ebrio, con 255 grados de alcohol.
Condenan a diez años de cárcel a hombre por tenencia ilegal de arma de fuego
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Acusada de hurtar más de $29,000 enfrentará vista pública
El Juzgado de Instrucción de Soyapango resolvió que Flor Marina Romero Orellana, acusada del delito de hurto en perjuicio de una empresa financiera, enfrente vista pública.
De acuerdo con la acusación de la Fiscalía General de la República, la mujer, quien fungía en la empresa como jefa de la agencia del distrito de Soyapango, municipio de San Salvador Este, se aprovechó de su cargo para sustraer una alta cantidad de dinero.
«Aprovechándose de su cargo, el 10 de octubre de 2025 la mujer sustrajo al menos $29,030 de la caja fuerte de la sociedad. Además, la imputada contrató un servicio de transporte, por medio de aplicación móvil, para mandarle una parte del dinero a otra persona, quién se presume es cómplice; el resto del monto total lo depositó en una cuenta de criptomonedas», mencionó el ministerio público.
La imputada fue detenida en flagrancia, luego de la denuncia de las autoridades de la empresa financiera. Posteriormente, este caso fue judicializado por el ministerio público en 2025.




