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Sala de lo Constitucional emite medidas de protección a favor de abogado al que una fiscal “fabricó” pruebas para acusarlo falsamente
Al conocer este día de un proceso de Hábeas Corpus, interpuesto por un Abogado, que por cuestiones de seguridad se omite su nombre, la Sala de lo Constitucional de forma unánime accedió a su petición y además dictó medidas cautelares con la finalidad de proteger su derecho a la libertad física, el cual se encontraba en riesgo ante la posibilidad que de forma arbitraria la Fiscalía General de la República (FGR), emitiera una orden de detención administrativa.
En el Expediente tramitado bajo la referencia 555-2020, consta que el citado abogado, se encontraba ejerciendo en calidad de Defensor Particular de una persona imputada por los delitos de agrupaciones ilícitas y homicidio agravado, derivado de las diligencias de investigación fiscal 1273-UDV-2015, ante el Juzgado Especializado de Instrucción “C” de San Salvador. Precisamente en el curso de la etapa de instrucción, la Fiscal del Caso solicitó la realización de un anticipo de prueba, correspondiente a la declaración del testigo clave “Mirely” y mientras se llevaba a cabo la diligencia el Abogado realizó objeciones a diversas preguntas realizadas por la agente fiscal, impidiendo que el interrogatorio se desarrollara como esperaba realizarlo, irrespetando la legalidad, por parte de la mencionada fiscal, lo que además dejó entrever que la testigo “Mirely” no estaba realizando una declaración espontánea, sino ajustada a parámetros para los que la había preparado la fiscal.
Al día siguiente continuó el interrogotario, pero el abogado no pudo comparecer desde el inicio por tener otras diligencias, pero al incorporarse fue informado que la testigo “Mirely” en su declaración había vinculado “a un abogado de apellido S” con el cometimiento de conductas ilícitas relacionadas con la divulgación de la identidad de víctimas a pandilleros, lo que resultó en la muerte del testigo clave “Cojute”
En su solicitud de Hábeas Corpus, el abogado afirma que en virtud de estar seguro que de los profesionales que estaban ejerciendo defensa técnica en esa causa penal, era el único con “apellido S” y que nunca tuvo contacto con la persona fallecida, la vinculación efectuada por la testigo sin rostro “Mirely” únicamente pudo deberse a instrucciones recibidas de la fiscal del caso, quien se encontraba adscrita a la Unidad de Delitos de Crimen Organizado de la Fiscalía General de la República (FGR) en una acción revanchista de aquella, por haber dejado previamente en descubierto la manipulación de la testigo.
En el contenido se lee también que ante la preocupación generada por las acciones que la FGR podía realizar a partir de esa prueba falsa, inclusive la de librarle orden de detención administrativa, se movilizó con prontitud presentando denuncia ante la Procuraduría para la Defensa de los Derehos Humanos y ante la Unidad de Auditoría Fiscal de la FGR, sin que ninguna de ambas instituciones le brindara la adecuada protección de sus derechos humanos, sobre todo cuando resalta que la posible manipulación de la declaración de la testigo sin rostro, pero sobre todo las acciones dispuestas por la fiscal del caso para afectarlo, también debían ser valoradads bajo el contexto de su función como defensor de derechos, “lo cual puede producir un efecto disuasorio en el ejercicio de esa labor que también afectaría el desempeño de otros defensores ante la utilización de declaraciones de coimputados o “criteriados” como aparente reacción fiscal contra el trabajo de los abogados en los procesos penales, con lo que se estaría criminalizando tal profesión.”
De hecho, el abogado peticionante invoca como fundamento de su petición los Principios Básicos sobre la Función de los Abogados, aprobados por el 8º Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente y los Principios y directrices de las Naciones Unidas sobre el acceso a la asistencia jurídica, que tienen como principal exigencia que “Los Estados deben velar porque los proveedores de asistencia jurídica puedan realizar su trabajo de manera eficaz, libre e independiente.”
La institución Fiscal ha sido ampliamente cuestionada durante los últimos años, especialmente por el aumento porcentual en el uso de testigos criteraridos y testigos sin rostro como medio principal de prueba en los procesos penales, hace poco más de un año, la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (UCA, 13 de octubre de 2019) en su Editorial reconocía que: “Utilizar a un solo testigo -al que se le da plena credibilidad- para incriminar a cincuenta, cien o cuatrocientas personas viola garantías judiciales básicas, algo que agrava una tendencia procedimental ya anomala.”
Pero también los señalamientos vienen del uso de prueba obtenida de forma ilícita, prueba adulterada y prueba prohibida sobre la cual la FGR ha sustentado múltiples causas penales, como ha sido denunciado por ejemplo en el conocido como caso “CORRUPTELA” donde los agentes fiscales asignados construyeron el caso basados en coacciones a sus propios compañeros fiscales y empleados de la entidad Fiscal; el caso RAIS MARTÍNEZ, construido a partir de intervenciones telefónicas ilegales y de la suplantación de prueba donde una Técnico fiscal afirma en un documento de análisis, que el empresario Enrique Rais, tenía en uso un número telefónico, que en el procedimiento de captación de escuchas tenían constancia que se trataba de otra persona, sin ninguna vinculación con Rais.
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Fotomultas detectan a conductores a más de 160 km/h
El Viceministerio de Transporte (VMT) reportó la detección de múltiples conductores que fueron sancionados mediante el sistema de fotomultas por circular a excesiva velocidad en dos de las principales vías del país: la autopista a Comalapa y la carretera al Puerto de La Libertad.
En la autopista a Comalapa se identificaron varios casos de conducción a velocidades superiores a las permitidas, entre ellos vehículos que circulaban a 125, 130, 136 e incluso 164 kilómetros por hora, según el registro de las autoridades.
Las placas sancionadas en este tramo son M 963 702, P 792 074, P 90 BAF y P 54 B68, todos detectados excediendo los límites establecidos en la vía, lo que representa un alto riesgo para la seguridad vial.
En la carretera al Puerto de La Libertad, específicamente en el sector de la curva del Papaturro, también se registraron infracciones similares. Entre las velocidades figuran 100, 103, 104, 119 y hasta 134 kilómetros por hora.
Las placas multadas en este punto incluyen P 113 FB5, P 37 E2D, P 26 79A, M 394 308, M 21 0AC y P 111 B1C, de acuerdo con el sistema de control automatizado implementado en la zona.
Las autoridades reiteraron que la excesiva velocidad constituye la segunda causa de fallecidos por siniestros viales en El Salvador, por lo que hicieron un llamado a respetar los límites establecidos.
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Más del 75 % de alumnos buscan becas de estudio de Integración
Más del 75 % de los estudiantes de último año de bachillerato de institutos públicos se han inscrito en el Proceso Formativo que impulsa el Gobierno de El Salvador a través de la Dirección de Integración, con el objetivo de acceder a becas de educación superior y continuar su formación en universidades o escuelas técnicas del país.
Para 2026, la matrícula de alumnos de último año de bachillerato asciende a aproximadamente 49,000 jóvenes, de los cuales el 75.83 % se ha registrado en el programa, lo que equivale a 36,869 aspirantes a una beca universitaria.
«De alrededor de 49,000 jóvenes que están estudiando el último año de bachillerato en las 679 escuelas públicas, más del 70 % de los jóvenes se han inscrito, y esto significa más de 35,000 bachilleres y todavía falta una semana más para que se terminen de anotar aquellos interesados», afirmó Alejandro Gutman, presidente «ad honorem» de la Dirección de Integración, en entrevista con «Diario El Salvador».
El funcionario destacó además el incremento en la participación comparado con 2025, cuando de 42,000 estudiantes matriculados 19,000 se incorporaron al Proceso Formativo, equivalente al 45 %. En comparación, este año la cifra casi se duplica en términos de cobertura e interés estudiantil.
Los mayores niveles de inscripción se registran en los departamentos de Cabañas, con el 84.91 %; Chalatenango, con el 80.64 %; y La Unión, con el 80.34 % del total de su estudiantado de último año de bachillerato.
«Los lugares que más abandonados estuvieron históricamente en el país, como Chalatenango, La Unión y Cabañas, son los que reportan más jóvenes interesados en el Proceso Formativo para continuar sus estudios universitarios. Esta cifra está mostrando una nueva forma de hacer política pública con la participación del pueblo», señaló Gutman.
Asimismo, explicó que el programa incluye un trabajo de acompañamiento territorial para motivar a estudiantes, docentes, directores y familias, con el fin de fortalecer la continuidad educativa y ampliar el acceso a oportunidades de formación.
«Actualmente hay más de 16,000 jóvenes en las 37 universidades y escuelas técnicas de El Salvador que hoy están estudiando, con nombre, apellido, escuela, carrera, todo en la Dirección de Integración. Yo espero que para el año que viene [2027] alrededor de 20,000, o tal vez hasta 25,000, hayan cumplido con los requisitos para ingresar», expresó. Finalmente, Gutman indicó que se analiza la incorporación de carreras virtuales en el programa, para ampliar el acceso a la educación superior y facilitar la participación de jóvenes que residen en zonas alejadas del país.
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Extraditarán a Estados Unidos a salvadoreño acusado de violación
La Fiscalía General de la República informó la captura de Caleb Isaac Díaz Mejía, quien es requerido por las autoridades de Estados Unidos por delitos sexuales que cometió en perjuicio de una menor de edad.
De acuerdo al expediente fiscal, Díaz Mejía retornó a El Salvador, después de cometer los delitos en la nación norteamericana, pero, luego de un proceso investigativo, fue ubicado el pasado 28 de abril en la final avenida Don Bosco del centro urbano Libertad, en el distrito de Apopa, municipio de San Salvador Oste, departamento de San Salvador.
En el estado de Texas, en Estados Unidos, al imputado se le atribuyen los delitos de agresión sexual agravada infantil e indecencia con un menor, tipos penales previstos y sancionados en las secciones 22.021 y 22.11 del Código Penal de este estado.
Según la Fiscalía, estos delitos son equiparables con el tipo penal de violación en menor o incapaz del Código Penal de El Salvador.
Los hechos delictivos fueron cometidos entre el 22 y el 23 de enero de 2022, cuando la menor tenía 12 años, informó la Fiscalía. En el proceso de ubicación y captura participó la Policía Internacional (Interpol) y el acusado será extraditado a Estados Unidos.
«El extraditable tenía rutinas estrictas para no ser detectado por la justicia requirente (Estados Unidos). El extraditable será presentado ante las autoridades judiciales para seguir los trámites de extradición», informó la Fiscalía.




