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Judicial

Imponen 513 años de prisión a cabecilla de banda de asaltantes

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La Fiscalía General de la República (FGR) logró que 3 miembros de una banda criminal que se dedicaba a robar en distintos municipios de la zona oriental, fueran condenados a penas de hasta 513 años de prisión.

Edwin Alexander López, alias el piojo, Anderson Geovanny Torres Guevara, alias chengo y David Francisco Ventura Celis, alias cabezón, junto a 4 hombres más -ya condenados- pertenecían a una banda criminal que entre agosto de 2017 y septiembre de 2018 se dedicaban a asaltar negocios ubicados en los departamentos de Cabañas, Usulután y en la zona norte de Morazán y La Unión.

Los criminales utilizaban ropa formal con el rostro descubierto y usaban armas de fuego cortas, entre pistolas 9 milímetros, revólver calibre 38 mm y pistolas 22 mm.

David Francisco Ventura Celis, fue individualizo por la FGR como el fundador de la estructura criminal y lo declararon culpable de 32 robos agravados, 2 homicidios agravados y agrupaciones ilícitas, por lo que fue sentenciado a 513 años de cárcel.

Los robos ocurrieron en San Francisco Gotera, El Divisadero y Jocoro, todos del departamento de Morazán; Santa Rosa de Lima, Anamorós y la ciudad de La Unión (La Unión); San Rafael Oriente y ciudad de San Miguel (San Miguel), además de Santiago de María en Usulután, e Ilobasco (Cabañas).

Ventura Celis junto a otro pandillero privaron de libertad a un hombre en la ciudad de Santa Rosa de Lima y lo trasladaron hasta el sector del cantón Llano Santiago, jurisdicción del municipio El Divisadero, Morazán, donde le dispararon en la cabeza. El asesinato ocurrió aproximadamente a las tres de la madrugada del 26 de febrero de 2018.

El otro homicidio ocurrió el 24 de marzo de 2018, en el municipio El Divisadero cuando la víctima intentó defender a un hombre que era asaltado.

Anderson Geovany Torres Guevara fue sentenciado a 189 años de cárcel por 15 robos agravados y agrupaciones ilícitas, y a 57 años de prisión fue condenado Edwin Alexander López, por 4 robos agravados y agrupaciones ilícitas.

Los tres procesados tienen orden de detención vigente y fueron condenados gracias a las nuevas disposiciones del Código Procesal Penal que permite juzgar a todo delincuente sin estar presente en juicio.

Esta banda criminal estaba compuesta por 8 delincuentes, de los cuales, 4 de recibieron hasta 283 años de prisión en febrero de 2023 y uno ya falleció.

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Judicial

Condenan a mujer por tráfico de marihuana en Soyapango

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El Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador condenó a seis años de prisión a Isis Tamara Elena Mejía, tras ser hallada culpable del delito de posesión y tenencia de droga con fines de tráfico.

De acuerdo con el expediente judicial, la captura se efectuó el 16 de julio de 2024 durante un allanamiento en su vivienda, ubicada en la urbanización Sierra Morena II, en Soyapango, luego de una denuncia ciudadana que alertaba sobre la venta de estupefacientes en el lugar.

Durante la inspección, agentes de la Policía Nacional Civil encontraron una bolsa negra con 405 gramos de marihuana en el baño, así como otra bolsa con 445 gramos en una de las habitaciones de la casa. La imputada fue detenida en el sitio y posteriormente procesada penalmente.

Las autoridades estimaron el valor de la droga incautada en $1,494.24.

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Judicial

En juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, declararán 130 testigos

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En el juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, han declarado 11 testigos hasta la fecha, incluyendo tres peritos, dos bajo régimen de protección, un sindicalista y varios empleados municipales.

El proceso, que inició hace dos semanas pero ha sido interrumpido en varias ocasiones, busca esclarecer los delitos que la Fiscalía General de la República (FGR) investigó y judicializó con una amplia variedad de pruebas, reforzadas ahora con los testimonios presentados.

El Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador conoce el caso por los delitos de: apropiación o retención de cuotas laborales, incumplimiento de deberes, malversación, infracción de condiciones laborales o de seguridad social, negociaciones ilícitas, actos arbitrarios y falsedad ideológica.

Además de Montano, también son procesados el abogado Ricardo Roque Baires y los prófugos Ruth Raquel Aguilar de Montano (extesorera municipal), Salvador Orlando Montano (exdirector de asuntos estratégicos) y Francisco Antonio Henríquez (exgerente financiero).

La Fiscalía busca que todos los imputados sean condenados por los delitos que se les atribuyen.

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Judicial

Condenan por enriquecimiento ilícito al exdiputado Rodolfo Parker y su familia

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La Cámara Segunda de lo Civil de San Salvador, condenó por enriquecimiento ilícito de $1,680,918.35 al exdiputado prófugo Rodolfo Parker Soto y su grupo familiar.

El exfuncionario deberá devolver $516,174.49, su esposa Cristina Renate Wein de Parker $330,939.22. sus hijos, Andrés Rodolfo Parker Wein pagará $731,123.88, Sofía Cristina Parker Wein, tendrá que devolver $19,700 y Katya Renate Parker Wein, $82.980.76

En el fallo de la audiencia probatoria, quedó establecido el incremento patrimonial no justificado que tuvo el exfuncionario en un juicio civil que fue ordenado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) tras recibir un informe de la Sección de Probidad.

En la demanda, fiscales de la Unidad Anticorrupción probaron una serie de irregularidades consistentes en depósitos a cuentas corrientes, compra de vehículos, pagos de préstamos de adquisición de viviendas, consolidación de deudas y pago de tarjetas de crédito, todo con dinero cuyo origen no supieron justificar.

Todas esas inconsistencias no fueron desvanecidas en Probidad cuando a Parker y su grupo familiar los emplazados para presentar documentación, las declaraciones juradas revisadas evidenciaron desde el inicio un enriquecimiento ilícito.

En su resolución, los magistrados luego de recibir la prueba le dieron la razón a la Fiscalía y aplicaron dos artículos de la Ley de Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos.

El artículo 20 los condena a reintegrar el dinero obtenido ilícitamente. «Cuando la sentencia fuere condenatoria, los responsables de enriquecimiento sin causa justa serán condenados a restituir al estado o al municipio, lo que le hubieren adquirido indebidamente», destaca la ley.

Y el artículo 21 destaca que cuando un funcionario o empleado público sea encontrado culpable quedará inhabilitado para ejercer cualquier cargo público por diez años.

Cuando iniciaron el proceso los fiscales plantearon un incremento patrimonial no justificado de $2,311,138.47, pero en el fallo de la audiencia probatoria quedó establecido un monto de $1.6 millones.

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