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Judicial

El magistrado que controla bajo sus criterios judiciales todas las Cámaras de lo Penal de San Salvador

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Foto EDH.

Martín Rogel Zepeda, es un magistrado que maneja intereses oscuros, dentro de la judicatura figura como el impulsor de los procesos nacionales que pueden tener una trascendencia mediática nacional, a través de los tres tribunales de Segunda Instancia, con asuntos penales en San Salvador.

Rogel nació el 30 de enero de 1965, cursó sus estudioos superiores en la facultad de Derecho de la Universidad de El Salvador, en la carrera de licenciatura en Ciencias Jurídicas.

Posteriormente ejerció como docente en la misma universidad donde se graduó, como pedagogo de la materia de Derecho Civil. además brindaba sus servicios como profesor en la Universidad Evangélica y Universidad Politécnica, donde impartía sus enseñanzas con ideología de izquierda moderada, y señalaba que su objetivo siempre sería humanizar la administración de la justicia, sin embargo esto lo olvido al llegar al Órgano Judicial.

En el año 1998 recibió su nombramiento como Juez Propietario para integrar el Tribunal Tercero de Sentencia de San Salvador, como parte de la Reforma Procesal Penal que hubo en esa época.

El caso emblemático a resolver por parte de él, fue el del expresidente de la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA), Carlos Perla, bajo la promoción del exfiscal Douglas Meléndez, que mantuvo la acusación sobre la declaración de Mario Orellana Andrade, exgerente de la región metropolitana de ANDA (testigo criteriado).

Se desconoce el motivo por el cual prescindió el tribunal Noveno de Instrucción, de la persecución penal a Orellana.

El Tribunal Tercero de Sentencia de San Salvador, integrado por los Jueces José Isabel Gil Cruz, Carlos Ernesto Sánchez Escobar y Martín Rogel Zepeda, dictó Sentencia Condenatoria contra Carlos Perla, el día 25 de julio de 2007.

Pero hubo una irregularidad, el tribunal no estimó el testimonio de Orellana, el tribunal indicó que era obligación de la fiscalía perseguir a Orellana Andrade, ya que este utilizó las cuentas bancarias de sus familiares para depositar sobornos que pagaron varios contratistas para ganar licitaciones dentro de la autónoma.

Martín Rogel ocupa actualmente el cargo de magistrado de la Cámara Primero de lo Penal de la Primera Sección del Centro, la cual también fue manejada por el juez Sánchez Escobar, quienes tendrían el mismo actuar en los casos, como tratándose de una misma línea de trabajo, con fallos polémicos en los que se ocultan carencias contenidas en los Recursos y motivaciones de las acusaciones formuladas por la Fiscalía y se omite profundizar sobre hechos o prueba que desacredite las acusaciones para ratificar o producir órdenes de detención, provocando hacinamiento carcelario.

Durante los primeros días de diciembre del año 2014, en una entrevista radial, el entonces Juez Martín Rogel, realizó una serie de pronunciamientos que años después vienen a ser esclarecedores sobre su actitud y decisiones en el juzgamiento preciso de ciertos casos y personas, lo cual cuestiona totalmente su independencia e imparcialidad. De hecho, en la misma, refiriéndose al tema del uso de aviones privados para realización de actividades instituciones por parte del entonces fiscal General, Luis Martínez, el Juez Rogel, llegó a decir:

“La utilización de aviones privados por parte del fiscal general de la república para acudir a algunos compromisos en el exterior debe ser aclarada lo más pronto posible consideró hoy el juez tercero de Sentencia.”

Martín Rogel explicó que el “uso de aviones privados por parte de fiscal Luis Martínez es una situación embarazosa y hay que verlo a la luz de la ética”.

Aunque reconoce que esta institución estatal tiene algunas limitaciones en los recursos con que funciona, eso no justifica que acceda a utilizar aviones de un empresario que tiene una causa abierta y es objeto de investigación. (http://www.radionacional.gob.sv/2014/12/02/fiscal-general-debe-aclarar-utilizacion-de-aviones-privados-para-viajar-martin-rogel-juez-de-sentencia/)

Tales declaraciones desde cualquier punto de vista, no podrían ser expresadas por una autoridad judicial; sin embargo, esto se agrava al revisarlo desde el hecho que un par de años más tarde, el Juez que adelantó un criterio sobre los mismos, terminaría por conocer y juzgar los expedientes penales del exfiscal Luis Martínez, tanto en la Cámara Primera, como la Cámara Segunda de San Salvador, de forma simultánea.

Y es que el día 20 de septiembre de 2016, en Sesión de Corte Plena, se decidieron trascendentales cambios en las personas encargadas de administrar justicia en sedes judiciales seleccionadas, trasladando a los titulares y nombrando nuevos Jueces y Magistrados. Sobre esa decisión una persona cercana a los Magistrados de Corte Suprema de Justicia, bajo reserva de identidad reconoció que esa decisión de trasladar a jueces con muchos años y experiencia para nombrar otros venidos de la periferia, tuvo a la razón dos motivos fundamentales, el primero una clara exigencia del entonces fiscal general de la República, por designar en juzgados y Cámaras específicas a personas que respondieran a sus exigencias y peticiones, según su repetido “crucigrama de jueces”; y de otra, la designación de Jueces afines a los entonces Magistrados de la Sala de lo Constitucional, ahora ya fuera del cargo, pero que en su momento controlaron toda la orientación de aplicación de justicia de acuerdo a sus criterios y bajo intereses desconocidos.

Precisamente, en la Sesión indicada se acordó “limitar el llamamiento de la doctora Victoria Domínguez de Palacios a la Cámara Tercera de lo Penal, y llamar al licenciado Martín Rogel Zepeda a cubrirla. (Acta de las 9 horas de la Sesión de Corte Plena de fecha 20 de septiembre de 2016)”.

Luego, en el curso de interposición de apelaciones en el caso “Rais-Martínez”, y ante la excusa de las magistradas titulares de la Cámara Segunda de lo Penal de San Salvador, la Sala de lo Penal nombró magistrado suplente del mencionado Tribunal, al licenciado Martín Rogel Zepeda, es decir, que éste se encontraba nombrado en la suplencia total de la Cámara Tercera y en una suplencia parcial en la Cámara Segunda de lo Penal, de forma simultánea.

Al ser entrevistado al respecto de las declaraciones realizadas tiempo atrás por el entonces Juez Martín Rogel, el año 2014, que ahora está impartiendo justicia sobre el caso “Rais-Martínez”, el abogado Hernán Cortez, quien ha intervenido como defensor en esa causa, manifestó que “efectivamente conocieron ese pronunciamiento al tiempo que la Sala de lo Penal nombraba como magistrado Suplente de la Cámara Segunda de lo Penal de San Salvador, al licenciado Rogel, en el año 2018; no obstante recusarlo, éste ha seguido conociendo del caso y bloqueando permanentemente cualquier discusión sobre la ilicitud de la prueba y otros hechos irregulares con los que fiscalía formó la acusación. Pero además llama la atención, de cómo en diciembre del año 2014, el señor Rogel, hace referencia a que el empresario dueño de los aviones (Enrique Rais) tenía causas abiertas y era objeto de investigación, cuando a esa fecha no existía judicialización de causa alguna, más parecería que alguien le estaba dando esa información extraoficialmente por algún motivo”, apuntó el abogado consultado.

De hecho, también recuerda el Abogado Hernán Cortez, que precisamente al momento de resolver el primer incidente de apelación que estuvo en su conocimiento, lo que hizo el magistrado Rogel, fue certificar expediente informativo contra el abogado Cortez y otros profesionales que estaban ejerciendo la defensa de varios imputados, ante la Sección de investigación profesional, dejando marcado el franco interés por obstaculizar la defensa técnica en el proceso, lo cual representa un sesgo de actuación y además vulnera la garantía de ser juzgado por un juez imparcial.

Se trata, apunta el abogado Hernán Cortez, del mismo magistrado del cual consta en acta de Sesión de Corte Plena, que solicita la garantía del recurso judicial efectivo y que por el contrario lo que estaba haciendo con su decisión era limitando la defensa técnica de los procesados. De hecho relata el contenido de esa acta que “(el) magistrado Rogel indica que el acceso a la justicia y el conocimiento de los recursos en un tribunal superior, propone que se dé lugar a la aplicación del artículo veinticinco de la Convención Interamericana de Derechos Humanos…”, reza el acta de la Sesión de Corte Plena de fecha 31 de octubre de 2017.

Finalmente, a finales de noviembre de dos mil dieciocho, la Corte Suprema de Justicia, designa al licenciado Martín Rogel, como titular de la Cámara Primera de lo Penal de San Salvador, con lo cual se le asigna el conocimiento y resolución del caso “Corruptela” en el que recientemente el día 13 de marzo de 2019, acaba de confirmar las detenciones a varios procesados, revocar medidas sustitutivas e imponer unas cauciones a otros procesados que no corresponden a ningún parámetro objetivo de capacidad financiera para poder cumplirlas, con lo que no tendrán otro camino que ser detenidos. Curiosamente esta decisión se adopta al momento en que se ha conocido públicamente que el caso “Corruptela” se construyó sobre declaraciones falsas en virtud de amenazas psicológicas y hasta físicas efectuadas por el exfiscal general, Douglas Meléndez y algunos de sus sub alternos más allegados, por lo que a criterio de algunos abogados penalistas consultados, el Tribunal, debió conocer previo a resolver el recurso, la verdad sobre esas declaraciones de fiscales y empleados de fiscalía que brindaron testimonios falsos y confrontarlos con los hechos de la acusación. Por el contrario, se justifican falsamente en que existe “peligro de fuga” y revocan las medidas, cuando las personas ahora detenidas estaban realizando sus actividades habituales confiando en que se daría pronta y cumplida justicia. Por el contrario, ahora están siendo objeto de una detención que se puede calificar como ilegal.

A todo esto, la realidad muestra que el licenciado Martín Rogel, se encuentra incidiendo y decidiendo de forma simultánea en las tres Cámaras Penales de San Salvador, sobre casos emblemáticos, especialmente los relacionados con el exfiscal Luis Martínez, el expresidente de la República Mauricio Funes y el empresario Enrique Rais, con lo cual se ha convertido en un supramagistrado que controla y da criterio a los tres tribunales, en casos específicos, sobre hechos en que ya había adelantado criterio, dejando en evidencia su falta de imparcialidad y dejando una pregunta al aire, ¿Cuál es el interés de fondo para designar al lic. Rogel como Magistrado en las Cámaras Primera (Propietario), Segunda (Suplente) y Tercera (suplente) para conocer simultáneamente de casos específicos de trascendencia nacional?.

Uno de los abogados consultados, manifestó que “estamos ante un hecho sin precedentes, una sola persona, administrando justicia en tres tribunales de Segunda Instancia de la misma circunscripción y sobre casos vinculados entre sí, que evidentemente constituye un fraude de ley, que ha pretendido que no viola el juez natural, cuando en realidad si lo hace.” Finalmente destacó que “ante toda esta ilegalidad, es una buena expectativa la creación de una CICIES, que vendrá a permitir un control sobre el mismo Sistema Judicial, que como en este caso, parece estar actuando sin control alguno, en perjuicio de las personas que por manipulación de pruebas están sometidos a procesos penales y peor aún a sufrir de una detención ilegal.”

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Condenan a 32 integrantes de la MS-13 por múltiples crímenes cometidos en Ahuachapán

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Treinta y dos integrantes de la clica Cobras Locos Salvatruchos, del programa Ahuachapán de la MS-13, fueron condenados a penas que van de los 35 a los 324 años de prisión por múltiples crímenes cometidos en el distrito de Tacuba, departamento de Ahuachapán, entre ellos al menos 17 casos de homicidio agravado, además de proposición y conspiración en el delito de homicidio agravado y agrupaciones ilícitas.

Todos los procesados enfrentaron juicio en el Tribunal Tercero contra el Crimen Organizado de Santa Ana.

De acuerdo con la resolución judicial, la pena más alta fue impuesta a Willian Antonio García Rumaldo, alias «Sospechoso», quien recibió una condena de 324 años de prisión por su participación en 10 casos de homicidio agravado, proposición y conspiración en el delito de homicidio agravado y agrupaciones ilícitas.

Por su parte, Luis Ángel Hernández Vásquez, alias «Snayper» o «Sayper», fue condenado a 134 años de prisión tras comprobarse su participación en cuatro homicidios agravados y el delito de agrupaciones ilícitas.

Asimismo, Élmer Eduardo Medina García, alias «Memito», recibió una pena de 125 años de prisión por cuatro homicidios agravados y agrupaciones ilícitas.

Entre los casos de homicidio resueltos con estas condenas se encuentra el de Clementino Esteban Rosales, de 56 años y hermano de un agente de la Policía Nacional Civil (PNC), quien fue asesinado el 16 de octubre de 2017 en el cantón Sincuyo, distrito de Tacuba, Ahuachapán Centro. Según la resolución, la víctima fue atacada con armas de fuego y machetes.

También se comprobó la participación de los condenados en el homicidio agravado del soldado de la Fuerza Naval José Alfredo Ascencio de la Cruz, ocurrido el 22 de septiembre de 2017 en una vereda de la finca San Martín, en el caserío El Arenal, distrito de Tacuba.

Los demás integrantes de la estructura criminal, entre ellos chequeos, observadores y colaboradores, recibieron condenas que oscilan entre los 35 y 95 años de prisión, de acuerdo con su grado de participación en los distintos hechos.

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Ocho integrantes de la clica Hollywood Locos Salvatruchos de la MS fueron condenados hasta con 53 años de prisión

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Ocho integrantes de la clica Hollywood Locos Salvatruchos de la MS-13 fueron condenados a penas de hasta 53 años de prisión por formar parte o liderar agrupaciones con estructura jerárquica y organizadas como la MS-13 que en el pasado infundieron terror e inseguridad en la población.

Según el expediente de la Fiscalía General de la República (FGR), los imputados formaban parte de la estructura que delinquían en diferentes sectores de Chalatenango en donde fueron capturados en 2022, durante el Régimen de Excepción.

Entre los condenados se encuentra el homeboy José Gerardo Hércules Pineda, alias «charcha», quien recibió una pena de 53 años de prisión; y los paros Luis Fernando Alvarado Reyes, alias «canchis»; Hugo Alberto Romero Castillo, alias «Hugo»; y Josué Ezequiel Marroquín Pineda, alias «beleti» o «zunso», fueron condenados a 26 años de prisión cada uno.

También recibieron una condena de 26 años de cárcel los colaboradores Yeimy Gregoria Clavel Quijada, también conocida como Yeimin Gregoria Clavel Quijada, alias «my friend» o «yeimi»; Ramón Ernesto Castillo Mejía, alias «gargamón»; Simón Alvarado Orellana, alias «Simón»; y Nelson de Jesús Palma Escobar.

Las condenas fueron impuestas por el delito de organizaciones terroristas con agravación especial por el Tribunal Segundo contra el Crimen Organizado de San Salvador, juez 2, luego de valorar la abundante prueba documental, pericial y testimonial presentada por la Fiscalía General de la República.

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Cárcel para abusador de dos niñas de Ciudad Arce

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A una pena de 32 años de prisión fue condenado Nelson Osvaldo Hernández Álvarez por haber abusado sexualmente de dos niñas (una de ellas con discapacidad mental) en Ciudad Arce, La Libertad Centro, durante los años 2022 y 2024.

El imputado habría aprovechado su relación con la madre de las víctimas para acercarse a ellas y violarlas mientras estaban bajo su cargo o cuando dormían.

Durante dos años Álvarez mantuvo amenazadas a las menores para que guardaran silencio y no lo delataran; tiempo después le contaron a unos familiares, quienes las acompañaron a denunciar y mediante orden fiscal el imputado fue detenido.

La condena de cárcel fue impuesta en presencia del imputado por el Tribunal Segundo de Sentencia de Santa Tecla, luego de valorar la abundante prueba documental, pericial y testimonial que presentó el fiscal en juicio.

A Hernández Álvarez se le condenó por el delito de violación agravada continuada (16 años por víctima) y está obligado al pago de $3,600 dólares en concepto de responsabilidad civil a favor de las víctimas.

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