Judicial
El magistrado que controla bajo sus criterios judiciales todas las Cámaras de lo Penal de San Salvador
Foto EDH.
Martín Rogel Zepeda, es un magistrado que maneja intereses oscuros, dentro de la judicatura figura como el impulsor de los procesos nacionales que pueden tener una trascendencia mediática nacional, a través de los tres tribunales de Segunda Instancia, con asuntos penales en San Salvador.
Rogel nació el 30 de enero de 1965, cursó sus estudioos superiores en la facultad de Derecho de la Universidad de El Salvador, en la carrera de licenciatura en Ciencias Jurídicas.
Posteriormente ejerció como docente en la misma universidad donde se graduó, como pedagogo de la materia de Derecho Civil. además brindaba sus servicios como profesor en la Universidad Evangélica y Universidad Politécnica, donde impartía sus enseñanzas con ideología de izquierda moderada, y señalaba que su objetivo siempre sería humanizar la administración de la justicia, sin embargo esto lo olvido al llegar al Órgano Judicial.
En el año 1998 recibió su nombramiento como Juez Propietario para integrar el Tribunal Tercero de Sentencia de San Salvador, como parte de la Reforma Procesal Penal que hubo en esa época.
El caso emblemático a resolver por parte de él, fue el del expresidente de la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA), Carlos Perla, bajo la promoción del exfiscal Douglas Meléndez, que mantuvo la acusación sobre la declaración de Mario Orellana Andrade, exgerente de la región metropolitana de ANDA (testigo criteriado).
Se desconoce el motivo por el cual prescindió el tribunal Noveno de Instrucción, de la persecución penal a Orellana.
El Tribunal Tercero de Sentencia de San Salvador, integrado por los Jueces José Isabel Gil Cruz, Carlos Ernesto Sánchez Escobar y Martín Rogel Zepeda, dictó Sentencia Condenatoria contra Carlos Perla, el día 25 de julio de 2007.
Pero hubo una irregularidad, el tribunal no estimó el testimonio de Orellana, el tribunal indicó que era obligación de la fiscalía perseguir a Orellana Andrade, ya que este utilizó las cuentas bancarias de sus familiares para depositar sobornos que pagaron varios contratistas para ganar licitaciones dentro de la autónoma.
Martín Rogel ocupa actualmente el cargo de magistrado de la Cámara Primero de lo Penal de la Primera Sección del Centro, la cual también fue manejada por el juez Sánchez Escobar, quienes tendrían el mismo actuar en los casos, como tratándose de una misma línea de trabajo, con fallos polémicos en los que se ocultan carencias contenidas en los Recursos y motivaciones de las acusaciones formuladas por la Fiscalía y se omite profundizar sobre hechos o prueba que desacredite las acusaciones para ratificar o producir órdenes de detención, provocando hacinamiento carcelario.
Durante los primeros días de diciembre del año 2014, en una entrevista radial, el entonces Juez Martín Rogel, realizó una serie de pronunciamientos que años después vienen a ser esclarecedores sobre su actitud y decisiones en el juzgamiento preciso de ciertos casos y personas, lo cual cuestiona totalmente su independencia e imparcialidad. De hecho, en la misma, refiriéndose al tema del uso de aviones privados para realización de actividades instituciones por parte del entonces fiscal General, Luis Martínez, el Juez Rogel, llegó a decir:
“La utilización de aviones privados por parte del fiscal general de la república para acudir a algunos compromisos en el exterior debe ser aclarada lo más pronto posible consideró hoy el juez tercero de Sentencia.”
Martín Rogel explicó que el “uso de aviones privados por parte de fiscal Luis Martínez es una situación embarazosa y hay que verlo a la luz de la ética”.
Aunque reconoce que esta institución estatal tiene algunas limitaciones en los recursos con que funciona, eso no justifica que acceda a utilizar aviones de un empresario que tiene una causa abierta y es objeto de investigación. (http://www.radionacional.gob.sv/2014/12/02/fiscal-general-debe-aclarar-utilizacion-de-aviones-privados-para-viajar-martin-rogel-juez-de-sentencia/)
Tales declaraciones desde cualquier punto de vista, no podrían ser expresadas por una autoridad judicial; sin embargo, esto se agrava al revisarlo desde el hecho que un par de años más tarde, el Juez que adelantó un criterio sobre los mismos, terminaría por conocer y juzgar los expedientes penales del exfiscal Luis Martínez, tanto en la Cámara Primera, como la Cámara Segunda de San Salvador, de forma simultánea.
Y es que el día 20 de septiembre de 2016, en Sesión de Corte Plena, se decidieron trascendentales cambios en las personas encargadas de administrar justicia en sedes judiciales seleccionadas, trasladando a los titulares y nombrando nuevos Jueces y Magistrados. Sobre esa decisión una persona cercana a los Magistrados de Corte Suprema de Justicia, bajo reserva de identidad reconoció que esa decisión de trasladar a jueces con muchos años y experiencia para nombrar otros venidos de la periferia, tuvo a la razón dos motivos fundamentales, el primero una clara exigencia del entonces fiscal general de la República, por designar en juzgados y Cámaras específicas a personas que respondieran a sus exigencias y peticiones, según su repetido “crucigrama de jueces”; y de otra, la designación de Jueces afines a los entonces Magistrados de la Sala de lo Constitucional, ahora ya fuera del cargo, pero que en su momento controlaron toda la orientación de aplicación de justicia de acuerdo a sus criterios y bajo intereses desconocidos.
Precisamente, en la Sesión indicada se acordó “limitar el llamamiento de la doctora Victoria Domínguez de Palacios a la Cámara Tercera de lo Penal, y llamar al licenciado Martín Rogel Zepeda a cubrirla. (Acta de las 9 horas de la Sesión de Corte Plena de fecha 20 de septiembre de 2016)”.
Luego, en el curso de interposición de apelaciones en el caso “Rais-Martínez”, y ante la excusa de las magistradas titulares de la Cámara Segunda de lo Penal de San Salvador, la Sala de lo Penal nombró magistrado suplente del mencionado Tribunal, al licenciado Martín Rogel Zepeda, es decir, que éste se encontraba nombrado en la suplencia total de la Cámara Tercera y en una suplencia parcial en la Cámara Segunda de lo Penal, de forma simultánea.
Al ser entrevistado al respecto de las declaraciones realizadas tiempo atrás por el entonces Juez Martín Rogel, el año 2014, que ahora está impartiendo justicia sobre el caso “Rais-Martínez”, el abogado Hernán Cortez, quien ha intervenido como defensor en esa causa, manifestó que “efectivamente conocieron ese pronunciamiento al tiempo que la Sala de lo Penal nombraba como magistrado Suplente de la Cámara Segunda de lo Penal de San Salvador, al licenciado Rogel, en el año 2018; no obstante recusarlo, éste ha seguido conociendo del caso y bloqueando permanentemente cualquier discusión sobre la ilicitud de la prueba y otros hechos irregulares con los que fiscalía formó la acusación. Pero además llama la atención, de cómo en diciembre del año 2014, el señor Rogel, hace referencia a que el empresario dueño de los aviones (Enrique Rais) tenía causas abiertas y era objeto de investigación, cuando a esa fecha no existía judicialización de causa alguna, más parecería que alguien le estaba dando esa información extraoficialmente por algún motivo”, apuntó el abogado consultado.
De hecho, también recuerda el Abogado Hernán Cortez, que precisamente al momento de resolver el primer incidente de apelación que estuvo en su conocimiento, lo que hizo el magistrado Rogel, fue certificar expediente informativo contra el abogado Cortez y otros profesionales que estaban ejerciendo la defensa de varios imputados, ante la Sección de investigación profesional, dejando marcado el franco interés por obstaculizar la defensa técnica en el proceso, lo cual representa un sesgo de actuación y además vulnera la garantía de ser juzgado por un juez imparcial.
Se trata, apunta el abogado Hernán Cortez, del mismo magistrado del cual consta en acta de Sesión de Corte Plena, que solicita la garantía del recurso judicial efectivo y que por el contrario lo que estaba haciendo con su decisión era limitando la defensa técnica de los procesados. De hecho relata el contenido de esa acta que “(el) magistrado Rogel indica que el acceso a la justicia y el conocimiento de los recursos en un tribunal superior, propone que se dé lugar a la aplicación del artículo veinticinco de la Convención Interamericana de Derechos Humanos…”, reza el acta de la Sesión de Corte Plena de fecha 31 de octubre de 2017.
Finalmente, a finales de noviembre de dos mil dieciocho, la Corte Suprema de Justicia, designa al licenciado Martín Rogel, como titular de la Cámara Primera de lo Penal de San Salvador, con lo cual se le asigna el conocimiento y resolución del caso “Corruptela” en el que recientemente el día 13 de marzo de 2019, acaba de confirmar las detenciones a varios procesados, revocar medidas sustitutivas e imponer unas cauciones a otros procesados que no corresponden a ningún parámetro objetivo de capacidad financiera para poder cumplirlas, con lo que no tendrán otro camino que ser detenidos. Curiosamente esta decisión se adopta al momento en que se ha conocido públicamente que el caso “Corruptela” se construyó sobre declaraciones falsas en virtud de amenazas psicológicas y hasta físicas efectuadas por el exfiscal general, Douglas Meléndez y algunos de sus sub alternos más allegados, por lo que a criterio de algunos abogados penalistas consultados, el Tribunal, debió conocer previo a resolver el recurso, la verdad sobre esas declaraciones de fiscales y empleados de fiscalía que brindaron testimonios falsos y confrontarlos con los hechos de la acusación. Por el contrario, se justifican falsamente en que existe “peligro de fuga” y revocan las medidas, cuando las personas ahora detenidas estaban realizando sus actividades habituales confiando en que se daría pronta y cumplida justicia. Por el contrario, ahora están siendo objeto de una detención que se puede calificar como ilegal.
A todo esto, la realidad muestra que el licenciado Martín Rogel, se encuentra incidiendo y decidiendo de forma simultánea en las tres Cámaras Penales de San Salvador, sobre casos emblemáticos, especialmente los relacionados con el exfiscal Luis Martínez, el expresidente de la República Mauricio Funes y el empresario Enrique Rais, con lo cual se ha convertido en un supramagistrado que controla y da criterio a los tres tribunales, en casos específicos, sobre hechos en que ya había adelantado criterio, dejando en evidencia su falta de imparcialidad y dejando una pregunta al aire, ¿Cuál es el interés de fondo para designar al lic. Rogel como Magistrado en las Cámaras Primera (Propietario), Segunda (Suplente) y Tercera (suplente) para conocer simultáneamente de casos específicos de trascendencia nacional?.
Uno de los abogados consultados, manifestó que “estamos ante un hecho sin precedentes, una sola persona, administrando justicia en tres tribunales de Segunda Instancia de la misma circunscripción y sobre casos vinculados entre sí, que evidentemente constituye un fraude de ley, que ha pretendido que no viola el juez natural, cuando en realidad si lo hace.” Finalmente destacó que “ante toda esta ilegalidad, es una buena expectativa la creación de una CICIES, que vendrá a permitir un control sobre el mismo Sistema Judicial, que como en este caso, parece estar actuando sin control alguno, en perjuicio de las personas que por manipulación de pruebas están sometidos a procesos penales y peor aún a sufrir de una detención ilegal.”
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Prisión para sujeto que asesinó al esposo de su amante en San Miguel
La Fiscalía General de la República (FGR) logró que Víctor Manuel Benítez Lazo fuera condenado a 25 años de prisión por asesinar al esposo de su amante en San Miguel.
El crimen por el que fue declarado culpable el empresario migueleño ocurrió el 7 de junio de 2025.
La investigación fiscal estableció que el procesado y Rubidia de los Ángeles Castro Zúniga -ya condenada-, mantenía una relación extramarital. Ambos planearon y ejecutaron el homicidio.

Castro Zúniga contrajo matrimonio con la víctima el 29 de marzo de 2025. El día del crimen, con engaños llevó a su esposo hasta una calle rústica que conduce al cantón El Pilón y Loma Larga, en La Unión, donde la mujer y el procesado le dispararon en la cabeza. Posteriormente trasladaron a la víctima hasta un negocio propiedad de Benítez Lazo, ubicado a inmediaciones del puente Luis de Moscos, en la ciudad de San Miguel.
En el lugar se percataron de que la víctima aún estaba con vida, por lo que la asfixiaron hasta causarle la muerte y luego la enterraron en una fosa clandestina.

La víctima fue reportada como desaparecida por su esposa el 10 de junio de 2025.
El 11 de julio de 2025, Castro Zúniga se sometió a un proceso abreviado en el Juzgado Segundo de Paz de San Miguel, donde fue sentenciada a 10 años de prisión por desaparición de personas y a 15 años por homicidio agravado. En total deberá cumplir 25 años de cárcel.
Benítez Lazo era el propietario de una empresa de venta de repuestos y fue condenado por homicidio simple por el Tribunal Primero de Sentencia del distrito de San Miguel.
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Condenan a 15 años de prisión a hombre por extorsionar a un comerciante en Apopa
El Tribunal Primero de Sentencia de San Salvador condenó a 15 años de prisión a Julio César Durán Ramos por el delito de extorsión agravada, en perjuicio de un comerciante del distrito de Apopa, municipio de San Salvador Oeste.
De acuerdo con las investigaciones, el 28 de noviembre de 2015 el imputado llegó al negocio de la víctima y se identificó como palabrero de la pandilla 18 que operaba en el sector donde el comerciante desarrollaba su actividad.
Según la investigación, posteriormente Durán Ramos exigió el pago de una renta mensual de 150 dólares y amenazó a la víctima con quitarle la vida si no entregaba el dinero.
Ante las amenazas, el comerciante accedió a pagar la cuota al finalizar cada mes para poder continuar con su actividad laboral.
La Fiscalía informó que eran diferentes personas las que se acercaban a reclamar el dinero de la extorsión y señaló que varios de esos extorsionistas ya han sido procesados y juzgados por separado.
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44 años de prisión para agresores y asaltantes de mujeres
Irvin Iván Quintanilla Méndez y Ovidio Samuel Gutiérrez Lazo fueron condenados a 44 años de prisión por ofrecer servicios de transporte a mujeres para luego privarlas de libertad, agredirlas sexualmente y despojarlas de sus pertenencias.
La condena fue impuesta por el Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador, que los declaró responsables de los delitos de robo agravado, privación de libertad y otras agresiones sexuales, en perjuicio de dos víctimas, cuyas identidades permanecen bajo régimen de protección.
Durante la vista pública, la Fiscalía General de la República expuso que los condenados habían adoptado un modus operandi para planificar y ejecutar los ataques sexuales, utilizando como fachada un servicio de transporte privado.
Según la investigación presentada por la Fiscalía, las víctimas solicitaban los viajes desde sus lugares de trabajo, ubicados en la zona del Paseo General Escalón, en el distrito de San Salvador, con destino a distintos puntos del área metropolitana.
Mientras se encontraban en el trayecto, los imputados simulaban desperfectos mecánicos en el vehículo. Al detenerse, un delincuente armado salía del baúl para someter y amenazar a la pasajera, con lo que facilitaban la comisión de los delitos.






