Judicial
Cámara anula absolución de exdirectores de Centros Penales y ordena nuevo juicio
La Fiscalía General de la República (FGR), dio a conocer ayer viernes que una Cámara de esa jurisdicción, anuló el fallo favorable con el cual fueron absueltos de cargos los exdirectores de Centros Penales, Nelson Rauda Portillo y Rodil Fernando Hernández Somoza, en septiembre de 2019.
Los magistrados también ordenaron que los imputados enfrenten una nueva vista pública a cargo de un tribunal diferente y que ya fue designado. Ambos, enfrentan los delitos de Actos Arbitrarios y Administración Fraudulenta, en perjuicio de la Administración Pública y Patrimonio de la Población Reclusa de diversos centros penitenciarios del país.
Así lo dio a conocer ayer, la Unidad Fiscal Especializada Antipandillas y Delitos de Homicidios, la cual confirmó haber recibido la notificación de la Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro.
La resolución del Alto Tribunal se originó de la apelación presentada por el equipo de fiscales.
En la misma, argumentaron a los magistrados que existió una interpretación errónea, respecto a las declaraciones de testigos, por parte del Tribunal Cuarto de Sentencia.
A criterio de la FGR, en el juicio anterior, en cuanto al delito de Administración Fraudulenta no existió insuficiencia probatoria, dado que sí se presentaron los testigos pertinentes al juicio y se incorporaron las respectivas denuncias y documentos que sustentaron el mal manejo de fondos en las tiendas institucionales del sistema penitenciario.
La Cámara estableció que, con la prueba vertida en el juicio, que los fondos generados por las Tiendas Institucionales se emplearon de manera indebida. El concepto de indebido, para efectos del tipo penal se refiere a una acción o un fin distinto al que legalmente se ha destinado, siendo en el presente caso el destino legal de los fondos generados por las Tiendas, en términos generales es en beneficio de la población reclusa.
A criterio de la Cámara “se acreditó la existencia del delito y la participación de los acusados, considerando, además, que no se ofreció prueba para demostrar las autorizaciones legales para dar otro destino a los fondos. Por lo que contrario al criterio del Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador, el empleo indebido se encuentra suficientemente acreditado, por la utilización fraudulenta de los fondos de las Tiendas Instituciones, cerrándose cualquier facultad discrecional”.
Respecto a los Actos Arbitrarios, se planteó en la apelación los argumentos jurídicos por medio de los cuales se establece que las actividades realizadas por los acusados sí trascienden la esfera penal y no se trataron de actos administrativos, tal como lo valoró erróneamente el Tribunal Cuarto de Sentencia.
Los magistrados resolvieron:
“Valorando en ese sentido que sí existe un cuerpo normativo específico para la actividad de las denominadas Tiendas Institucionales, y que el hecho de que no tenga calidad de ley en sentido formal y material estricto, no puede ser considerado como carente de importancia, desprovista de coercibilidad, que manda, prohíbe o permite. Lejos de eso, por tratarse de Manuales Administrativos, que sirven como medio de comunicación para transmitir información y fijar las actividades que se desarrollan respecto de determinado rubro, el grado de exigencia es especial para ciertos funcionarios en particular, lo cual reviste de especial importancia para el delito de Actos Arbitrarios”.
“… por lo tanto la decisión de Absolver a los imputados por el delito de Actos Arbitrarios, fue contraria al material probatorio que desfiló en la Vista Pública, y es el suficiente para determinar la existencia de obligaciones y prohibiciones dirigidas a los imputados debido al cargo que desempeñaron como Directores Generales de Centros Penales y que de igual forma el material probatorio se puede determinar la existencia de decisiones y órdenes adoptadas por los imputados en contravención a las funciones propias de su cargo o transgrediendo prohibiciones expresas”, indica literal parte de la resolución.
Es así como la Cámara resolvió anular la sentencia absolutoria para ambos involucrados y que fue pronunciada por el Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador. Además, designó al Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador, como tribunal reemplazante para la celebración del nuevo juicio.
Finalmente, se espera que en los próximos días sea trasladada la causa penal al Tribunal, que ha sido asignado, para que programe la fecha y hora para el desarrollo de la nueva vista pública.
Judicial
Capturan a joven de 18 años por distribuir drogas en Colón, La Libertad
La Policía Nacional Civil capturó a un joven de 18 años durante un allanamiento en una vivienda de la urbanización Villa Lourdes, en Colón, La Libertad Oeste.
El detenido, identificado como Néstor Alfredo Pérez Hernández, se dedicaba a la distribución y venta de drogas en la zona. Durante el operativo le decomisaron marihuana, metanfetamina, dinero en efectivo, una laptop, una tablet y un celular.
En las próximas horas será remitido por el delito de tráfico ilícito de drogas.
Judicial
Condenan a 32 integrantes de la MS-13 por múltiples crímenes cometidos en Ahuachapán
Treinta y dos integrantes de la clica Cobras Locos Salvatruchos, del programa Ahuachapán de la MS-13, fueron condenados a penas que van de los 35 a los 324 años de prisión por múltiples crímenes cometidos en el distrito de Tacuba, departamento de Ahuachapán, entre ellos al menos 17 casos de homicidio agravado, además de proposición y conspiración en el delito de homicidio agravado y agrupaciones ilícitas.
Todos los procesados enfrentaron juicio en el Tribunal Tercero contra el Crimen Organizado de Santa Ana.
De acuerdo con la resolución judicial, la pena más alta fue impuesta a Willian Antonio García Rumaldo, alias «Sospechoso», quien recibió una condena de 324 años de prisión por su participación en 10 casos de homicidio agravado, proposición y conspiración en el delito de homicidio agravado y agrupaciones ilícitas.
Por su parte, Luis Ángel Hernández Vásquez, alias «Snayper» o «Sayper», fue condenado a 134 años de prisión tras comprobarse su participación en cuatro homicidios agravados y el delito de agrupaciones ilícitas.
Asimismo, Élmer Eduardo Medina García, alias «Memito», recibió una pena de 125 años de prisión por cuatro homicidios agravados y agrupaciones ilícitas.
Entre los casos de homicidio resueltos con estas condenas se encuentra el de Clementino Esteban Rosales, de 56 años y hermano de un agente de la Policía Nacional Civil (PNC), quien fue asesinado el 16 de octubre de 2017 en el cantón Sincuyo, distrito de Tacuba, Ahuachapán Centro. Según la resolución, la víctima fue atacada con armas de fuego y machetes.
También se comprobó la participación de los condenados en el homicidio agravado del soldado de la Fuerza Naval José Alfredo Ascencio de la Cruz, ocurrido el 22 de septiembre de 2017 en una vereda de la finca San Martín, en el caserío El Arenal, distrito de Tacuba.
Los demás integrantes de la estructura criminal, entre ellos chequeos, observadores y colaboradores, recibieron condenas que oscilan entre los 35 y 95 años de prisión, de acuerdo con su grado de participación en los distintos hechos.
Judicial
Ocho integrantes de la clica Hollywood Locos Salvatruchos de la MS fueron condenados hasta con 53 años de prisión
Ocho integrantes de la clica Hollywood Locos Salvatruchos de la MS-13 fueron condenados a penas de hasta 53 años de prisión por formar parte o liderar agrupaciones con estructura jerárquica y organizadas como la MS-13 que en el pasado infundieron terror e inseguridad en la población.
Según el expediente de la Fiscalía General de la República (FGR), los imputados formaban parte de la estructura que delinquían en diferentes sectores de Chalatenango en donde fueron capturados en 2022, durante el Régimen de Excepción.
Entre los condenados se encuentra el homeboy José Gerardo Hércules Pineda, alias «charcha», quien recibió una pena de 53 años de prisión; y los paros Luis Fernando Alvarado Reyes, alias «canchis»; Hugo Alberto Romero Castillo, alias «Hugo»; y Josué Ezequiel Marroquín Pineda, alias «beleti» o «zunso», fueron condenados a 26 años de prisión cada uno.
También recibieron una condena de 26 años de cárcel los colaboradores Yeimy Gregoria Clavel Quijada, también conocida como Yeimin Gregoria Clavel Quijada, alias «my friend» o «yeimi»; Ramón Ernesto Castillo Mejía, alias «gargamón»; Simón Alvarado Orellana, alias «Simón»; y Nelson de Jesús Palma Escobar.
Las condenas fueron impuestas por el delito de organizaciones terroristas con agravación especial por el Tribunal Segundo contra el Crimen Organizado de San Salvador, juez 2, luego de valorar la abundante prueba documental, pericial y testimonial presentada por la Fiscalía General de la República.









