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Cámara anula absolución de exdirectores de Centros Penales y ordena nuevo juicio

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La Fiscalía General de la República (FGR), dio a conocer ayer viernes que una Cámara de esa jurisdicción, anuló el fallo favorable con el cual fueron absueltos de cargos los exdirectores de Centros Penales, Nelson Rauda Portillo y Rodil Fernando Hernández Somoza, en septiembre de 2019.

Los magistrados también ordenaron que los imputados enfrenten una nueva vista pública a cargo de un tribunal diferente y que ya fue designado. Ambos, enfrentan los delitos de Actos Arbitrarios y Administración Fraudulenta, en perjuicio de la Administración Pública y Patrimonio de la Población Reclusa de diversos centros penitenciarios del país.

Así lo dio a conocer ayer, la Unidad Fiscal Especializada Antipandillas y Delitos de Homicidios, la cual confirmó haber recibido la notificación de la Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro.

La resolución del Alto Tribunal se originó de la apelación presentada por el equipo de fiscales.

En la misma, argumentaron a los magistrados que existió una interpretación errónea, respecto a las declaraciones de testigos, por parte del Tribunal Cuarto de Sentencia.

A criterio de la FGR, en el juicio anterior, en cuanto al delito de Administración Fraudulenta no existió insuficiencia probatoria, dado que sí se presentaron los testigos pertinentes al juicio y se incorporaron las respectivas denuncias y documentos que sustentaron el mal manejo de fondos en las tiendas institucionales del sistema penitenciario.

La Cámara estableció que, con la prueba vertida en el juicio, que los fondos generados por las Tiendas Institucionales se emplearon de manera indebida. El concepto de indebido, para efectos del tipo penal se refiere a una acción o un fin distinto al que legalmente se ha destinado, siendo en el presente caso el destino legal de los fondos generados por las Tiendas, en términos generales es en beneficio de la población reclusa.

A criterio de la Cámara “se acreditó la existencia del delito y la participación de los acusados, considerando, además, que no se ofreció prueba para demostrar las autorizaciones legales para dar otro destino a los fondos. Por lo que contrario al criterio del Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador, el empleo indebido se encuentra suficientemente acreditado, por la utilización fraudulenta de los fondos de las Tiendas Instituciones, cerrándose cualquier facultad discrecional”.

Respecto a los Actos Arbitrarios, se planteó en la apelación los argumentos jurídicos por medio de los cuales se establece que las actividades realizadas por los acusados sí trascienden la esfera penal y no se trataron de actos administrativos, tal como lo valoró erróneamente el Tribunal Cuarto de Sentencia.

Los magistrados resolvieron:

“Valorando en ese sentido que sí existe un cuerpo normativo específico para la actividad de las denominadas Tiendas Institucionales, y que el hecho de que no tenga calidad de ley en sentido formal y material estricto, no puede ser considerado como carente de importancia, desprovista de coercibilidad, que manda, prohíbe o permite. Lejos de eso, por tratarse de Manuales Administrativos, que sirven como medio de comunicación para transmitir información y fijar las actividades que se desarrollan respecto de determinado rubro, el grado de exigencia es especial para ciertos funcionarios en particular, lo cual reviste de especial importancia para el delito de Actos Arbitrarios”.

“… por lo tanto la decisión de Absolver a los imputados por el delito de Actos Arbitrarios, fue contraria al material probatorio que desfiló en la Vista Pública, y es el suficiente para determinar la existencia de obligaciones y prohibiciones dirigidas a los imputados debido al cargo que desempeñaron como Directores Generales de Centros Penales y que de igual forma el material probatorio se puede determinar la existencia de decisiones y órdenes adoptadas por los imputados en contravención a las funciones propias de su cargo o transgrediendo prohibiciones expresas”, indica literal parte de la resolución.

Es así como la Cámara resolvió anular la sentencia absolutoria para ambos involucrados y que fue pronunciada por el Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador. Además, designó al Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador, como tribunal reemplazante para la celebración del nuevo juicio.

Finalmente, se espera que en los próximos días sea trasladada la causa penal al Tribunal, que ha sido asignado, para que programe la fecha y hora para el desarrollo de la nueva vista pública.

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¡ESCÁNDALO DE CORRUPCIÓN! Revelan dádivas por $1.5 millones, viajes en jets privados y vehículos de lujo en el caso Corruptela

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El caso Corruptela vuelve a poner bajo la lupa uno de los mayores escándalos de corrupción dentro de la Fiscalía General de la República (FGR). El Juzgado Cuarto de Instrucción de San Salvador reanudó la audiencia preliminar contra una presunta estructura integrada por 30 personas, entre exfuncionarios, exempleados de la institución y empresarios, señalados de participar en una serie de irregularidades que habrían permitido el desvío de fondos públicos, la manipulación de investigaciones y la entrega de beneficios económicos a cambio de favores.

Uno de los datos más relevantes expuestos en el proceso es la entrega de dádivas valoradas en aproximadamente $1.5 millones, que, según las investigaciones, incluían dinero en efectivo, vehículos de lujo y viajes en aviones privados. Estos beneficios habrían sido utilizados para obtener decisiones favorables dentro del Ministerio Público, entre ellas el archivo irregular de expedientes, la apertura de investigaciones falsas, la manipulación de acusaciones y la ejecución de detenciones ilegales.

Las investigaciones también establecieron un presunto desvío de $735,866.14 procedentes de cuentas especiales y del patrimonio de la Fiscalía. De acuerdo con la acusación, estos recursos habrían sido utilizados para financiar consultorías ficticias, contrataciones ilegales, remodelaciones de viviendas particulares, mantenimiento de vehículos privados, pago de servicios de telefonía personal y viáticos que no correspondían a las funciones institucionales.

La investigación comprende 22 hechos de presunta corrupción relacionados con 30 personas, entre quienes figura el exfiscal general de la República, Luis Antonio Martínez González, señalado como uno de los principales involucrados en el caso. También aparece el exfiscal general adjunto Edgar Isaías Márquez, quien no se presentó a la audiencia preliminar y fue declarado rebelde por la jueza encargada del proceso.

Entre los demás procesados se encuentran Julio Adalberto Arriaza González, José Francisco Paredes Valladares, Mauricio Antonio Yanes Morales y José Dolores Zelaya Mendoza, quienes ocuparon diferentes cargos dentro de la Fiscalía. La investigación también incluye al fallecido expresidente de la República, Carlos Mauricio Funes, así como a empresarios y particulares presuntamente vinculados con las operaciones investigadas.

En el expediente también figuran los empresarios José Aquiles Enrique Rais, Hugo Ernesto Blanco Rais, Aldo Vinicio Parducci, Moisés Torres Polanco y Jorge Moisés Nájera Aguilar. Según la investigación, la presunta red habría utilizado recursos, cargos y facultades de la Fiscalía para favorecer intereses particulares, mediante decisiones que comprometían el funcionamiento de la institución encargada de investigar los delitos en El Salvador.

La audiencia preliminar se desarrolla a puerta cerrada debido a una reserva parcial decretada para proteger la identidad de testigos criteriados. No obstante, durante el desarrollo de las diligencias se han conocido algunas decisiones judiciales relacionadas con los imputados y las solicitudes presentadas por las partes.

Entre estas decisiones destaca que cinco imputados considerados de menor participación recibieron autorización para someterse a un procedimiento abreviado, mediante el cual admitirían los hechos delictivos que se les atribuyen a cambio de penas reducidas, conforme a las condiciones establecidas por la legislación. Sin embargo, a Blanca Rosa Rais, hermana del empresario Enrique Rais, le fue denegada la posibilidad de acogerse a ese procedimiento.

Otro punto importante de la audiencia es la petición de la Fiscalía para modificar la calificación de la participación del exfiscal Luis Martínez y de Julio Arriaza. El Ministerio Público busca que ambos dejen de ser considerados instigadores y sean procesados como autores directos de los delitos que se les atribuyen. Martínez enfrenta acusaciones por siete delitos, mientras que Arriaza está vinculado a tres ilícitos.

Los delitos investigados dentro del caso Corruptela incluyen cohecho propio, cohecho activo, peculado, negociaciones ilícitas, falsedad ideológica, falsedad documental agravada, omisión de la investigación y lavado de dinero y de activos. La diversidad de acusaciones refleja la dimensión de un proceso que abarca tanto el presunto uso indebido de recursos institucionales como posibles actuaciones ilegales dentro de investigaciones penales.

El caso continúa en una etapa judicial decisiva, en la que deberá determinarse si existen suficientes elementos para enviar a juicio a los acusados. Las cifras millonarias, los beneficios de lujo y las presuntas irregularidades cometidas desde el interior de la Fiscalía constituyen el eje de una investigación que busca establecer las responsabilidades individuales de los involucrados, respetando el debido proceso y la presunción de inocencia mientras no exista una sentencia firme.

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Cadena perpetua para dos líderes de la MS-13 en San Salvador: Tribunal condena a 97 pandilleros de 10 clicas

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El Tribunal Cuarto contra el Crimen Organizado de San Salvador impuso cadena perpetua a Josué Germain González Mejía (corredor de clica) y Giovanni Andrés Hernández (homeboy) por pertenencia a organización terrorista, conforme al artículo 344-A del Código Penal reformado. Ambos formaban parte de la Mara Salvatrucha (MS-13) y fueron capturados durante el régimen de excepción vigente desde marzo de 2022.
En el mismo proceso, otros 95 miembros recibieron condenas de larga duración: 26 corredores de clica a 45 años de prisión por agrupaciones ilícitas y 69 homeboys a 30 años por el mismo delito. Los 97 procesados integraban 10 clicas distintas del programa Centrales, entre ellas Modelos Locos Salvatruchos (plaza El Trovador, barrios San Jacinto y Modelo), Gangster Locos Salvatruchos (alrededores de FENADESAL) e Iberias Locos Salvatruchos (comunidad Iberia), que operaban en diferentes puntos de la capital y sus alrededores.
La Fiscalía vinculó a los condenados con homicidios, desapariciones de personas, extorsiones, privaciones de libertad y control territorial. La sentencia se dictó tras valorar prueba documental, pericial y testimonial en audiencia única, y se enmarca en las reformas de 2026 que habilitaron la prisión perpetua para delitos de homicidio, violación y terrorismo (incluyendo la pertenencia a pandillas).
Estas condenas representan una de las primeras aplicaciones de la cadena perpetua tras la modificación constitucional y forman parte de la estrategia de seguridad bajo el régimen de excepción, que ha permitido más de 93 mil capturas de integrantes o colaboradores de estructuras criminales y ha reducido la tasa de homicidios a alrededor de 1,3 por cada 100 mil habitantes.
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Condenan a cadena perpetua a pandilleros de la MS-13 capturados durante el régimen de excepción en El Salvador

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El Tribunal Cuarto Contra el Crimen Organizado de San Salvador impuso condenas de cadena perpetua a integrantes de la Mara Salvatrucha (MS-13), capturados durante el régimen de excepción y procesados por delitos relacionados con homicidios, desapariciones, extorsiones y actividades de organizaciones terroristas. La Fiscalía General de la República (FGR) confirmó las sentencias el viernes 9 de octubre de 2026, como parte de los procesos judiciales contra estructuras pandilleriles que operaban en la capital y sus alrededores.

Entre los condenados se encuentran Josué Germain González Mejía, identificado por las autoridades como corredor de clica, y Giovanni Andrés Hernández, señalado como homeboy dentro de la organización criminal. Según las investigaciones fiscales, ambos formaban parte de estructuras que mantenían presencia en diferentes sectores de San Salvador, donde se les atribuyeron hechos violentos y actividades delictivas contra la población.

La Fiscalía aseguró que durante el proceso judicial presentó elementos probatorios relacionados con homicidios, desapariciones de personas, extorsiones, agrupaciones ilícitas y delitos vinculados con organizaciones terroristas. Sin embargo, la institución no precisó el número total de personas condenadas en este caso, las fechas de los hechos investigados ni las circunstancias particulares de cada delito. Las sentencias fueron dictadas por el Tribunal Cuarto Contra el Crimen Organizado de San Salvador.

Estas condenas se producen después de las reformas constitucionales y penales aprobadas en marzo de 2026, mediante las cuales El Salvador incorporó la prisión perpetua para delitos de extrema gravedad, como homicidio, violación y terrorismo. La modificación del artículo 27 de la Constitución permitió establecer esta sanción, cuya aplicación contempla mecanismos de revisión judicial después de determinados períodos de cumplimiento. En septiembre se conocieron las primeras sentencias bajo el nuevo marco legal, por lo que las resoluciones contra integrantes de la MS-13 representan nuevos casos de aplicación de esta pena.

Los condenados habían sido detenidos durante el régimen de excepción, vigente desde el 27 de marzo de 2022 y prorrogado periódicamente por la Asamblea Legislativa. El Gobierno sostiene que esta medida ha contribuido a reducir los homicidios y desarticular estructuras criminales, mientras organizaciones de derechos humanos han expresado preocupación por las garantías procesales en determinados casos. Las nuevas sentencias reflejan la aplicación del endurecimiento de las penas contra delitos graves en El Salvador, en medio de la continuidad de los procesos judiciales relacionados con las pandillas.

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