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Judicial

Cámara anula absolución de exdirectores de Centros Penales y ordena nuevo juicio

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La Fiscalía General de la República (FGR), dio a conocer ayer viernes que una Cámara de esa jurisdicción, anuló el fallo favorable con el cual fueron absueltos de cargos los exdirectores de Centros Penales, Nelson Rauda Portillo y Rodil Fernando Hernández Somoza, en septiembre de 2019.

Los magistrados también ordenaron que los imputados enfrenten una nueva vista pública a cargo de un tribunal diferente y que ya fue designado. Ambos, enfrentan los delitos de Actos Arbitrarios y Administración Fraudulenta, en perjuicio de la Administración Pública y Patrimonio de la Población Reclusa de diversos centros penitenciarios del país.

Así lo dio a conocer ayer, la Unidad Fiscal Especializada Antipandillas y Delitos de Homicidios, la cual confirmó haber recibido la notificación de la Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro.

La resolución del Alto Tribunal se originó de la apelación presentada por el equipo de fiscales.

En la misma, argumentaron a los magistrados que existió una interpretación errónea, respecto a las declaraciones de testigos, por parte del Tribunal Cuarto de Sentencia.

A criterio de la FGR, en el juicio anterior, en cuanto al delito de Administración Fraudulenta no existió insuficiencia probatoria, dado que sí se presentaron los testigos pertinentes al juicio y se incorporaron las respectivas denuncias y documentos que sustentaron el mal manejo de fondos en las tiendas institucionales del sistema penitenciario.

La Cámara estableció que, con la prueba vertida en el juicio, que los fondos generados por las Tiendas Institucionales se emplearon de manera indebida. El concepto de indebido, para efectos del tipo penal se refiere a una acción o un fin distinto al que legalmente se ha destinado, siendo en el presente caso el destino legal de los fondos generados por las Tiendas, en términos generales es en beneficio de la población reclusa.

A criterio de la Cámara “se acreditó la existencia del delito y la participación de los acusados, considerando, además, que no se ofreció prueba para demostrar las autorizaciones legales para dar otro destino a los fondos. Por lo que contrario al criterio del Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador, el empleo indebido se encuentra suficientemente acreditado, por la utilización fraudulenta de los fondos de las Tiendas Instituciones, cerrándose cualquier facultad discrecional”.

Respecto a los Actos Arbitrarios, se planteó en la apelación los argumentos jurídicos por medio de los cuales se establece que las actividades realizadas por los acusados sí trascienden la esfera penal y no se trataron de actos administrativos, tal como lo valoró erróneamente el Tribunal Cuarto de Sentencia.

Los magistrados resolvieron:

“Valorando en ese sentido que sí existe un cuerpo normativo específico para la actividad de las denominadas Tiendas Institucionales, y que el hecho de que no tenga calidad de ley en sentido formal y material estricto, no puede ser considerado como carente de importancia, desprovista de coercibilidad, que manda, prohíbe o permite. Lejos de eso, por tratarse de Manuales Administrativos, que sirven como medio de comunicación para transmitir información y fijar las actividades que se desarrollan respecto de determinado rubro, el grado de exigencia es especial para ciertos funcionarios en particular, lo cual reviste de especial importancia para el delito de Actos Arbitrarios”.

“… por lo tanto la decisión de Absolver a los imputados por el delito de Actos Arbitrarios, fue contraria al material probatorio que desfiló en la Vista Pública, y es el suficiente para determinar la existencia de obligaciones y prohibiciones dirigidas a los imputados debido al cargo que desempeñaron como Directores Generales de Centros Penales y que de igual forma el material probatorio se puede determinar la existencia de decisiones y órdenes adoptadas por los imputados en contravención a las funciones propias de su cargo o transgrediendo prohibiciones expresas”, indica literal parte de la resolución.

Es así como la Cámara resolvió anular la sentencia absolutoria para ambos involucrados y que fue pronunciada por el Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador. Además, designó al Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador, como tribunal reemplazante para la celebración del nuevo juicio.

Finalmente, se espera que en los próximos días sea trasladada la causa penal al Tribunal, que ha sido asignado, para que programe la fecha y hora para el desarrollo de la nueva vista pública.

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Judicial

Acusada de estafar a estadounidense con $250,000 es enviada a prisión

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El Juzgado Tercero de Paz de San Salvador ordenó que Julia Violeta Consuelo S. V., siga en detención por haber estafado con $250,000 a un ciudadano estadounidense.

Según la acusación de la Fiscalía General de la República la imputada se asoció con el extranjero para instalar una empresa de producción de cerveza artesanal.

La víctima aportó los $250,000 y dejó como responsable a la imputada ya que él residía en Estados Unidos. El negocio comenzó a funcionar en el 2020, en el bulevar del Hipódromo, en la colonia San Benito, San Salvador.

Pero cuando la procesada dejó de reportar ganancias el norteamericano decidió ya no seguir invirtiendo dinero, pero en mayo de 2022, la mujer junto a otras personas creó una nueva sociedad en Talnique, La Libertad, para vender la fórmula de la cerveza registrada al principio sin autorización del estadounidense, por lo cual el inversionista decidió denunciar a Julia Violeta Consuelo ante la Fiscalía para que se iniciara el proceso penal por el delito de estafa.

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Judicial

Cárcel para traficante de marihuana de San Juan Opico

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El Tribunal Primero de Sentencia de Santa Tecla, La Libertad, recibió en vista pública la prueba que la Fiscalía General de la República presentó en contra de Cruz Ernesto Recinos García, por tráfico ilícito.

El imputado fue detenido el 9 de diciembre de 2023, en el cantón Chanmico, de San Juan Opico, con 23,033 gramos de marihuana valuados en $23,000.

El caso comenzó a ser investigado ese mismo día, cuando un informante llegó a la División Antinarcóticos (DAN) de la Policía Nacional Civil (PNC) a denunciar que un hombre a quien conocía como Neto almacenaba en su casa cantidades de droga.

Cuando los agentes antinarcóticos ingresaron a la vivienda encontraron 20 paquetes de marihuana, teléfonos celulares y un arma de fuego, en las audiencias inicial y preliminar los jueces que conocieron de la causa resolvieron que el acusado continuara en la cárcel hasta que su situación de defina en vista pública.

«Según el perito que realizó la experticia, con dicha sustancia se pueden confeccionar 46 cigarrillos. Como Fiscalía estamos solicitando una sentencia condenatoria en contra del señor Recinos García por el delito de tráfico ilícito y que dicte una sentencia de 15 años de prisión, siendo esta la pena máxima que tiene previsto dicho delito», sostuvo el representante del ministerio público.

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Judicial

Pandilleros son condenados a 45 años de prisión por intentar asesinar a agente policial

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Un pandillero del Barrio 18 fue condenado a más de 41 años de prisión por extorsión agravada e intentar asesinar a un agente policial, 00detalló la Fiscalía General de la República (FGR).

El terrorista fue identificado como José Lorenzo García García.

Por otra parte, el pandillero identificado como José Joaquín García Vivas, que también participó en el delito de extorsión agravada, recibió 16 años de cárcel como condena. Las condenas fueron impuestas por un Tribunal de Sentencia de Cojutepeque, Cuscatlán.

Estos terroristas delinquían en diferentes zonas de San Pedro Perulapán y le exigieron entre $500 y $800 mensuales a la víctima para permitirle movilizarse en la zona.

En mayo de 2022, mientras recibían el dinero de la renta, hubo un intercambio de disparos en el cual un policía salió herido.

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