Judicial
Cámara anula absolución de exdirectores de Centros Penales y ordena nuevo juicio
La Fiscalía General de la República (FGR), dio a conocer ayer viernes que una Cámara de esa jurisdicción, anuló el fallo favorable con el cual fueron absueltos de cargos los exdirectores de Centros Penales, Nelson Rauda Portillo y Rodil Fernando Hernández Somoza, en septiembre de 2019.
Los magistrados también ordenaron que los imputados enfrenten una nueva vista pública a cargo de un tribunal diferente y que ya fue designado. Ambos, enfrentan los delitos de Actos Arbitrarios y Administración Fraudulenta, en perjuicio de la Administración Pública y Patrimonio de la Población Reclusa de diversos centros penitenciarios del país.
Así lo dio a conocer ayer, la Unidad Fiscal Especializada Antipandillas y Delitos de Homicidios, la cual confirmó haber recibido la notificación de la Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro.
La resolución del Alto Tribunal se originó de la apelación presentada por el equipo de fiscales.
En la misma, argumentaron a los magistrados que existió una interpretación errónea, respecto a las declaraciones de testigos, por parte del Tribunal Cuarto de Sentencia.
A criterio de la FGR, en el juicio anterior, en cuanto al delito de Administración Fraudulenta no existió insuficiencia probatoria, dado que sí se presentaron los testigos pertinentes al juicio y se incorporaron las respectivas denuncias y documentos que sustentaron el mal manejo de fondos en las tiendas institucionales del sistema penitenciario.
La Cámara estableció que, con la prueba vertida en el juicio, que los fondos generados por las Tiendas Institucionales se emplearon de manera indebida. El concepto de indebido, para efectos del tipo penal se refiere a una acción o un fin distinto al que legalmente se ha destinado, siendo en el presente caso el destino legal de los fondos generados por las Tiendas, en términos generales es en beneficio de la población reclusa.
A criterio de la Cámara “se acreditó la existencia del delito y la participación de los acusados, considerando, además, que no se ofreció prueba para demostrar las autorizaciones legales para dar otro destino a los fondos. Por lo que contrario al criterio del Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador, el empleo indebido se encuentra suficientemente acreditado, por la utilización fraudulenta de los fondos de las Tiendas Instituciones, cerrándose cualquier facultad discrecional”.
Respecto a los Actos Arbitrarios, se planteó en la apelación los argumentos jurídicos por medio de los cuales se establece que las actividades realizadas por los acusados sí trascienden la esfera penal y no se trataron de actos administrativos, tal como lo valoró erróneamente el Tribunal Cuarto de Sentencia.
Los magistrados resolvieron:
“Valorando en ese sentido que sí existe un cuerpo normativo específico para la actividad de las denominadas Tiendas Institucionales, y que el hecho de que no tenga calidad de ley en sentido formal y material estricto, no puede ser considerado como carente de importancia, desprovista de coercibilidad, que manda, prohíbe o permite. Lejos de eso, por tratarse de Manuales Administrativos, que sirven como medio de comunicación para transmitir información y fijar las actividades que se desarrollan respecto de determinado rubro, el grado de exigencia es especial para ciertos funcionarios en particular, lo cual reviste de especial importancia para el delito de Actos Arbitrarios”.
“… por lo tanto la decisión de Absolver a los imputados por el delito de Actos Arbitrarios, fue contraria al material probatorio que desfiló en la Vista Pública, y es el suficiente para determinar la existencia de obligaciones y prohibiciones dirigidas a los imputados debido al cargo que desempeñaron como Directores Generales de Centros Penales y que de igual forma el material probatorio se puede determinar la existencia de decisiones y órdenes adoptadas por los imputados en contravención a las funciones propias de su cargo o transgrediendo prohibiciones expresas”, indica literal parte de la resolución.
Es así como la Cámara resolvió anular la sentencia absolutoria para ambos involucrados y que fue pronunciada por el Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador. Además, designó al Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador, como tribunal reemplazante para la celebración del nuevo juicio.
Finalmente, se espera que en los próximos días sea trasladada la causa penal al Tribunal, que ha sido asignado, para que programe la fecha y hora para el desarrollo de la nueva vista pública.
Judicial
¡CREYÓ PASAR DESAPERCIBIDO! Capturan en Soyapango a presunto pandillero de la MS-13 con antecedentes desde el año 2000
La Policía Nacional Civil (PNC) capturó a un hombre señalado de pertenecer a la Mara Salvatrucha (MS-13) durante un procedimiento desarrollado en la comunidad 22 de Abril, en el distrito de Soyapango, municipio de San Salvador Este. Según las autoridades, el detenido intentaba pasar desapercibido, pero fue identificado durante las labores de seguridad realizadas en la zona.

El capturado fue identificado como Jesús Baltazar Carballo Guerra, de 45 años, quien, de acuerdo con el reporte policial, presenta tatuajes relacionados con la estructura criminal MS-13. Durante un registro preventivo, los agentes descubrieron las marcas, entre ellas un tatuaje ubicado en la parte interna de su labio inferior.

La PNC también informó que Carballo Guerra registra antecedentes desde el año 2000 por los delitos de intento de homicidio y hurto. Esta información forma parte de su historial policial y fue dada a conocer por la institución tras confirmar su detención en Soyapango.
Las autoridades indicaron que el sospechoso será remitido ante las instancias judiciales correspondientes por el delito de pertenencia a una organización terrorista. El procedimiento se enmarca en las acciones de seguridad que desarrolla la Policía Nacional Civil contra las estructuras de pandillas en diferentes sectores del territorio salvadoreño.
Judicial
¡MANEJABA EBRIO Y PROVOCÓ UN ACCIDENTE! Envían a prisión a conductor que registró 179 grados de alcohol en Santa Ana
Un conductor de 33 años fue enviado a prisión provisional tras ser acusado de provocar un accidente de tránsito mientras presuntamente manejaba bajo los efectos del alcohol en Santa Ana. El imputado fue identificado como Fredy William G. H., quien deberá continuar enfrentando el proceso judicial por el delito de conducción peligrosa de vehículos automotores.
De acuerdo con el requerimiento presentado por la Fiscalía, el accidente ocurrió durante la noche del 30 de septiembre de 2026, sobre la carretera que conduce de San Salvador hacia Candelaria de la Frontera, específicamente a la altura de la entrada a la colonia Panades, en el distrito de Santa Ana. Según las investigaciones, el acusado conducía un vehículo tipo pick up cuando habría impactado contra la parte trasera de otro automotor.
Agentes de la División de Tránsito de la Policía Nacional Civil (PNC) acudieron al lugar y detectaron señales de que el conductor posiblemente había consumido bebidas alcohólicas. Ante esta situación, le practicaron una prueba de alcotest que arrojó un resultado de 179 miligramos por decilitro de alcohol, según el reporte de las autoridades. Tras obtener el resultado, los agentes procedieron a capturarlo en flagrancia.
El Juzgado Tercero de Paz de Santa Ana ordenó que Fredy William G. H. permanezca detenido mientras avanza el proceso penal en su contra. La resolución establece la continuación de la causa judicial con detención provisional, mientras se desarrollan las diligencias correspondientes para determinar su responsabilidad. El caso vuelve a poner de manifiesto los riesgos que representa conducir bajo los efectos del alcohol y las consecuencias legales que pueden enfrentar quienes incurran en esta conducta.

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Capturan a sujeto con metanfetamina y cocaína durante operativo en La Libertad Oeste.









