Nacionales
Presentan denuncia contra Nico Salume, Luis Elías Botto y René Colón por desobediencia a medida cautelar
El abogado Sergio Toruño, representante legal de Pulsem de C.V., una sociedad de economía mixta y cuyo accionista es la alcaldía de La Libertad, presentó en los últimos días una denuncia penal con pruebas irrefutables ante el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN) en contra de los accionistas propietarios del relleno sanitario ubicado en el cantón Melara, ubicado en el municipio de La Libertad.
La demanda se ampara en el manual de investigación de delitos ambientales, elaborado con la ayuda del programa USAID y es de estricto cumplimiento por la Fiscalía General de la República (FGR), según el artículo 4.1.1 para la CAFTA-DR.
Dicha demanda presentada ante el ministerio público es en contra de las personas y deliticos siguientes: Nico Salume, representante legal de las empresas Gidsa de C.V. y Pulsen de C.V. por los supuestos delitos de contaminación ambiental agravada (estipulado en el articulo 256 Pn).
Además, en la demanda se ha incorporado el delito de desobediencia a particulares en contra de resolución del Juzgado Ambiental (Art. 338).
A los demandados también se suma el señor René Fernando Colón Villalta, por su puesta contaminación (Art. 255 Pn), Luis Elías Botto Zuniga, en su calidad de abogado y notario por los supuestos delitos falsedad documental agravada (Art. 285 Pn), falsedad ideológica (Art. 248 Pn) y fraude procesal (Art. 306).
Según Sergio Toruño “se solicitará a la Corte de Cuentas se haga una auditoria especial pues no se explica el por qué la alcaldía de San Salvador contrató ilegalmente a la empresa de capital privada Gidsa de C.V. propiedad del señor Salume, pagando supuestamente un fuerte diferencial dinerario, y luego el señor Salume contrata a su vez a su empresa, de economía mixta con alcaldía de La Libertad a un precio menor”, explica.
“De comprobarse esta supuesta actuación estarían ante el conocimiento de administración fraudulenta, en complicidad con la alcaldía de San Salvador”, agregó el abogado.
Economia
Amnistía fiscal 2026: aprueban alivio de recargos y pagos en cuotas hasta el 11 de diciembre
La Asamblea Legislativa aprobó con 60 votos la amnistía fiscal 2026, que permitirá a personas y empresas regularizar obligaciones pendientes mediante la exoneración de determinados intereses, recargos y multas por mora. El plazo para acogerse finalizará el 11 de diciembre de 2026, y su aplicación comenzará cuando el decreto complete el trámite de sanción y publicación en el Diario Oficial.
La normativa comprende obligaciones tributarias y aduaneras, incluidos determinados casos en procesos administrativos o judiciales, conforme a las condiciones y fechas de corte establecidas. También contempla intereses y recargos acumulados por multas de tránsito y ciertas sanciones administrativas. El beneficio no elimina el impuesto adeudado ni el valor original de las multas de tránsito, y las sanciones municipales quedan fuera de esta ley.
Los contribuyentes podrán solicitar facilidades para pagar mediante una primera cuota equivalente al 10 % de la deuda y ocho mensualidades consecutivas. Este mecanismo permitirá distribuir el monto pendiente, sujeto a la autorización y las condiciones del plan correspondiente.
Quienes incumplan el convenio de pago perderán los beneficios y se reactivarán proporcionalmente los recargos aplicables al saldo pendiente. Por ello, los interesados deberán verificar con el Ministerio de Hacienda qué obligaciones pueden regularizar y completar el trámite dentro del plazo establecido.
Judicial
Prisión provisional para empleado de farmacia acusado de desviar más de $49,000
El Juzgado Quinto de Paz de San Salvador ordenó detención provisional contra Julio Adalberto R. R., de 28 años, acusado de realizar transacciones no autorizadas con fondos de una farmacia donde trabajaba como auxiliar de informática. Las operaciones investigadas suman $49,177.77, presuntamente enviados a una billetera electrónica a su nombre.
El caso fue detectado en marzo de 2025, cuando una entidad bancaria notificó al departamento de finanzas del establecimiento sobre movimientos sospechosos. Las indagaciones internas identificaron transacciones de $250 hacia una billetera electrónica desde productos financieros administrados por el empleado.
La farmacia revisó las operaciones efectuadas entre julio de 2024 y marzo de 2025 y encontró movimientos no autorizados desde tarjetas que el imputado manejaba para gastos generales de mantenimiento. Según la acusación, esos recursos habrían sido transferidos a la cuenta electrónica vinculada con el procesado.
Durante la audiencia inicial, el juez consideró que existían indicios sobre el delito y la probable participación del acusado, por lo que dispuso que el proceso continúe a la etapa de instrucción. El cargo atribuido es obtención indebida de bienes o servicios por medio de tarjetas inteligentes o medios similares; la detención provisional no constituye una condena.

Judicial
Padre acuerda pagar $1,840 de deuda alimenticia tras proceso judicial en Santa Ana
El Juzgado Segundo de Instrucción de Santa Ana aprobó una conciliación entre Mario Arcides C., de 40 años, y la representante legal de su hijo, dentro de un proceso por incumplimiento de los deberes de asistencia económica. El acuerdo establece el pago de $1,840 que el imputado adeuda por obligaciones alimenticias.
Según el dictamen de acusación, la Procuraduría General de la República había fijado una cuota mensual de $80 a favor del niño. Sin embargo, el padre únicamente realizó cuatro pagos y posteriormente dejó de cumplir con la obligación establecida.
La deuda presentada en el proceso comprende cuotas pendientes entre julio de 2022 y agosto de 2023, además del aguinaldo correspondiente y la mora acumulada. Estos conceptos integran el monto que el imputado se comprometió a cancelar mediante el acuerdo avalado por el juzgado.
El pago se realizará en dos cuotas de $920: la primera deberá depositarse el 30 de noviembre de 2026 y la segunda, el 23 de diciembre del mismo año. Ambas deberán abonarse en la cuenta bancaria de la representante legal del niño, conforme a las condiciones de la conciliación.







