2

Connect with us

Judicial

Presentan demande de inconstitucionalidad contra el artículo 5 de la Ley de Comercio Electrónico

Publicado

el

El despacho de abogados independiente PRAETORIUM presentó una pieza de inconstitucionalidad contra el artículo 5 de La Ley de Comercio Electrónico, basándose en los artículos 1, 2, 3, 22, 23, 101 y 115 de la Constitución de la República.

Según el abogado y especialista en Derecho Tecnológico, Derecho de Consumo y Derecho Económico y director de PRAETORIUM, Julio Cesar Osegueda Navas, la Ley de comercio electrónico solo protege a grandes empresas, y deja en desventaja a las pequeñas, razón por la que presentan la pieza de inconstitucionalidad.

El pasado 10 de febrero de este año se publicó en el Diario Oficial la Ley de Comercio Electrónico; una normativa robusta en cuanto al abordaje técnico de la regulación en el ámbito digital, considerado como de gran importancia para la seguridad jurídica.

Aunque dicha ley nació con un defecto, en el artículo N° 5 que excluye de su aplicación a las personas consumidoras y con ellas a las micro y pequeñas empresas que por ministerio de ley (art. 34 de la Ley de fomento de las micro y pequeña empresa) también son consideradas consumidoras.

Con ese artículo los consumidores y las MYPES se quedan sin la posibilidad de ser protegidos contra una seria de prácticas empresariales indeseadas para el buen funcionamiento del mercado como:

  • Comunicaciones publicitarias no solicitadas o el apartamiento del cumplimiento de ofertas en páginas web por supuestos errores de comunicación
  • Quedan también al margen los criterios necesarios para considerar como legalmente válidos los actos y contratos en el mundo digital y muchos otros elementos que conforman la riqueza de esta novedosa normativa.

Indefensión que no sólo la podremos apreciar en la aplicación de la Ley en sede administrativa como en el caso de la Defensoría del Consumidor, sino también en lo civil, mercantil y judicial, dado el carácter general de la Ley de Comercio Electrónico.

Por esta exclusión que va en contra hasta de los considerandos de la misma Ley de Comercio Electrónico, se ha planteado esta inconstitucionalidad ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia por la afectación a los artículos 1, 2, 3, 22, 23, 101 y 115 de la Constitución; ya que se configura como un trato desigual sistemático e institucionalizado en detrimento de los derechos e intereses de las personas consumidoras y de las MYPES, su seguridad jurídica y su libertad para contratar, en inclusive una grave afectación al “orden económico” que considera a los consumidores y a las MYPES como un patrimonio nacional y como sujetos de especial y prioritaria atención del Estado. 

Marco Jurídico

En 2010 el Código Procesal Civil y Mercantil reconoció el valor probatorio de ciertos signos mecánicos y electrónicos, pero en 2013 se modificó la Ley de Protección al Consumidor para incorporar el derecho de retracto que puede ser utilizado en transacciones entre no presentes. Mientras, que en 2018 se incluye en la Ley de Protección al Consumidor, un concepto claro sobre Comercio Electrónico y algunas obligaciones para los comerciantes en ese ámbito.

Según datos de la Defensoría del Consumidor en lo que va de 2020 se han atendido 1,399 casos relacionados al comercio electrónico, un aumento del 9,993% en comparación con los 14 casos registrados en 2011; una realidad quizá empujada por los tiempos de pandemia en los que hemos vivido.

Las herramientas digitales llevan más de 20 años, pero hasta hace poco se inició con la regulación. La Defensoría del Consumidor ha anunciado que nunca se ha sancionado un caso relacionado a comercio electrónico porque la ley recientemente fue reformada para incluirlo, esto evidencia que la institucionalidad necesita de herramientas legales que le permitan una intervención adecuada para la protección de los intereses, derechos y necesidades de las personas consumidoras.

Continue Reading
Advertisement

Judicial

Prisión para sujetos que cometieron el delito de robo agravado

Publicado

el

Cuatro personas identificadas como José Eliseo Mejía, Juan Rodolfo Mejía Hernández, Inmer Alexis Méndez Consuegra, y Oswaldo Eliseo Ávalos Hernández fueron encontrados responsables de haberle robado a una persona una fuerte cantidad de dinero en efectivo el pasado cinco de agosto del año 2024.

El fiscal del caso dijo que los cuatro sujetos interceptaron a la víctima cuando caminaba sobre la calle principal en cantón Pacun, del municipio de Santa Ana Centro.

Según la investigación los sujetos le dijeron que no lo quieren ver en la zona y le dieron 24 horas para irse o le quitarían la vida, luego lo lesionaron en diferentes partes de su cuerpo y le quitaron una fuerte cantidad y un celular.

Los sujetos huyen al escuchar que por la zona se acercaba un vehículo.

El Tribunal Primero de Sentencia de Santa Ana impuso la condena por el delito de robo agravado. Dichos sujetos no pertenecen a alguna mara o pandilla.

Continue Reading

Judicial

Ordenan captura de red de jóvenes acusados de extorsionar a empresarios de la en La Libertad

Publicado

el

En un esfuerzo conjunto entre la Fiscalía General de la República y la Policía Nacional Civil, se capturó a un grupo de jóvenes que, durante el año 2025, extorsionaron a un empresario del departamento de La Libertad.

La estructura estaba conformada por un menor de edad y Ana Gladis Lemus, Javier Alexander Zepeda Morales, Nayeli Yasenia Mejía Flores y Nelson David Inocente Leonor, quienes fueron capturados durante el operativo.

De acuerdo a las investigaciones, el menor de edad contactaba a la víctima vía telefónica para amenazar y exigir el pago de efectivo; las otras cuatro personas eran las encargadas de retirar el dinero exigido el quince de cada mes y dar seguridad en ese momento.

Posteriormente, el dinero recibido lo depositaban a cuentas bancarias y lo enviaban por remesas a través de farmacias y supermercados.

Los imputados fueron perfilados bajo entregadas controladas con cobertura policial.

A los imputados se les procesará por los delitos de agrupaciones ilícitas y extorsión agravada.

El operativo se desarrolló en los distritos de Jayaque y Colón en el departamento de La Libertad y de igual manera en San Antonio del Monte, jurisdicción de Sonsonate y se incautó abundante evidencia que fortalecerá el caso y la acusación contra los imputados.

Continue Reading

Judicial

Condenan a 27 criminales por feminicidio y tentativa entre enero y marzo de 2026

Publicado

el

Entre el 1 de enero y el 27 de marzo de 2026, un total de 27 criminales fueron condenados por feminicidio y tentativa de feminicidio, según informes de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y la Fiscalía General de la República (FGR).

De acuerdo con las autoridades, los Juzgados Especializados de Sentencia para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres impusieron penas de hasta 30 años por feminicidio y 50 años por feminicidio agravado, conforme a lo establecido en la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres (LEIV).

En uno de los casos, el Tribunal Quinto contra el Crimen Organizado de San Salvador condenó a 11 pandilleros de la 18 por el asesinato de tres mujeres. Los jueces aplicaron los artículos 45 y 46 de la LEIV, que establecen penas de entre 20 y 35 años, y de 30 a 50 años, respectivamente.

Las investigaciones fueron desarrolladas por diversas unidades fiscales con enfoque de género, garantizando la persecución penal de los delitos. Los procesos iniciaron en juzgados de paz y avanzaron hacia tribunales especializados, bajo reserva conforme lo establece la ley.

Durante los juicios, la Fiscalía presentó peritajes, pruebas documentales, testimonios, así como informes técnicos de geolocalización, registros de llamadas y evidencia dactilar que vinculan a los imputados con los hechos. Los jueces valoraron estos elementos para emitir las condenas.

Las autoridades señalaron que en varios casos se comprobó la existencia de violencia psicológica, verbal y física, así como contextos de vulnerabilidad en las víctimas. En crímenes vinculados a estructuras criminales, se determinó que los responsables ejercieron distintos tipos de violencia contra las mujeres.

Uno de los fallos más severos fue contra 11 pandilleros de la 18, quienes recibieron condenas de 50 años por cada feminicidio, acumulando penas superiores a los 400 años por múltiples delitos. Según la Fiscalía, los hechos corresponden a un triple feminicidio ocurrido en 2010 en Ilopango.

Entre los condenados se encuentran Alejandro Ernesto Rodríguez, sentenciado a 408 años de prisión; Juan Antonio Marroquín Portillo, a 205 años; Celestino Vásquez Benítez, a 195 años; y Douglas Alirio Alfaro Amaya, a 105 años. Asimismo, fue condenado Erick Saúl Villalobos, cabecilla nacional de la pandilla 18, a 144 años de cárcel.

En otros casos, un ciudadano nicaragüense fue condenado a 50 años de prisión por asesinar a su compañera de vida en San Miguel, mientras que en San Salvador, un hombre recibió 37 años de cárcel por intentar asesinar a su pareja, a quien le causó graves lesiones con arma blanca.

Además, en Ahuachapán, un hombre fue condenado a 50 años por el feminicidio agravado de su expareja, y en Santa Ana, otro imputado recibió 50 años por intentar asesinar a su excompañera de vida y a su hija de dos años.

Continue Reading

Publicidad

Lo Más Leído