Judicial
Supuesto feminicida de enfermera es enviado a prisión preventiva mientras es remitido al juzgado especializado

El Juzgado 2º de Paz de Metapán,departamento de Santa Ana, decretó instrucción formal con detención provisional contra Víctor Alfonso Vides Valle, de 31 años de edad, a quien la Fiscalía General de la República (FGR) acusa de feminicidio, en perjuicio de quien en vida fuera Ruth Ester Rivas Mojica, de 27 años, enfermera de profesión que laboraba en el Hospital Nacional Dr. Arturo Morales de Metapán.
Dicho delito se encuentra tipificado y sancionado en el Artículo 45, literales a y d, de la Ley Especial Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres (LEIV).
El caso será remitido en los próximos días al Juzgado Especializado de Instrucción para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres de Santa Ana, donde las partes tienen la oportunidad de continuar con la investigación. En el caso de Fiscalía para robustecer su acusación; y defensa, para desvirtuar los hechos por los cuales se le acusa al justiciable.
Los detalles del proceso serán conocidos sólo por las partes procesales, pero no por la población, ya que en su dictamen de acusación, el Ministerio Público solicitó la reserva total del caso.
La diligencia judicial se instaló en horas de la mañana y finalizó al mediodía, luego de que el Juez valorara los elementos probatorios presentados por el Ministerio Público en su dictamen de acusación.
Los hechos, según las primeras indagaciones realizadas por Fiscalía ocurrieron el 27 de septiembre del presente año en el cantón Mal Paso, siempre en jurisdicción del municipio de Metapán, en Santa Ana.
FGR Santa Ana informa que en audiencia inicial el Juzgado 2o de Paz de Metapán, decretó Instrucción con Detención, contra Víctor Alfonso Vides Valle, por el delito de Feminicidio. en perjuicio de la enfermera Ruth Ester Rivas Mojica, ocurrida el 27 de septiembre de 2018, pic.twitter.com/AvTz8THfV3
— Fiscalía El Salvador (@FGR_SV) 11 de diciembre de 2018
Judicial
Condenan a mujer por tráfico de marihuana en Soyapango

El Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador condenó a seis años de prisión a Isis Tamara Elena Mejía, tras ser hallada culpable del delito de posesión y tenencia de droga con fines de tráfico.
De acuerdo con el expediente judicial, la captura se efectuó el 16 de julio de 2024 durante un allanamiento en su vivienda, ubicada en la urbanización Sierra Morena II, en Soyapango, luego de una denuncia ciudadana que alertaba sobre la venta de estupefacientes en el lugar.
Durante la inspección, agentes de la Policía Nacional Civil encontraron una bolsa negra con 405 gramos de marihuana en el baño, así como otra bolsa con 445 gramos en una de las habitaciones de la casa. La imputada fue detenida en el sitio y posteriormente procesada penalmente.
Las autoridades estimaron el valor de la droga incautada en $1,494.24.
Judicial
En juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, declararán 130 testigos

En el juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, han declarado 11 testigos hasta la fecha, incluyendo tres peritos, dos bajo régimen de protección, un sindicalista y varios empleados municipales.
El proceso, que inició hace dos semanas pero ha sido interrumpido en varias ocasiones, busca esclarecer los delitos que la Fiscalía General de la República (FGR) investigó y judicializó con una amplia variedad de pruebas, reforzadas ahora con los testimonios presentados.
El Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador conoce el caso por los delitos de: apropiación o retención de cuotas laborales, incumplimiento de deberes, malversación, infracción de condiciones laborales o de seguridad social, negociaciones ilícitas, actos arbitrarios y falsedad ideológica.
Además de Montano, también son procesados el abogado Ricardo Roque Baires y los prófugos Ruth Raquel Aguilar de Montano (extesorera municipal), Salvador Orlando Montano (exdirector de asuntos estratégicos) y Francisco Antonio Henríquez (exgerente financiero).
La Fiscalía busca que todos los imputados sean condenados por los delitos que se les atribuyen.
Judicial
Condenan por enriquecimiento ilícito al exdiputado Rodolfo Parker y su familia

La Cámara Segunda de lo Civil de San Salvador, condenó por enriquecimiento ilícito de $1,680,918.35 al exdiputado prófugo Rodolfo Parker Soto y su grupo familiar.
El exfuncionario deberá devolver $516,174.49, su esposa Cristina Renate Wein de Parker $330,939.22. sus hijos, Andrés Rodolfo Parker Wein pagará $731,123.88, Sofía Cristina Parker Wein, tendrá que devolver $19,700 y Katya Renate Parker Wein, $82.980.76
En el fallo de la audiencia probatoria, quedó establecido el incremento patrimonial no justificado que tuvo el exfuncionario en un juicio civil que fue ordenado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) tras recibir un informe de la Sección de Probidad.
En la demanda, fiscales de la Unidad Anticorrupción probaron una serie de irregularidades consistentes en depósitos a cuentas corrientes, compra de vehículos, pagos de préstamos de adquisición de viviendas, consolidación de deudas y pago de tarjetas de crédito, todo con dinero cuyo origen no supieron justificar.
Todas esas inconsistencias no fueron desvanecidas en Probidad cuando a Parker y su grupo familiar los emplazados para presentar documentación, las declaraciones juradas revisadas evidenciaron desde el inicio un enriquecimiento ilícito.
En su resolución, los magistrados luego de recibir la prueba le dieron la razón a la Fiscalía y aplicaron dos artículos de la Ley de Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos.
El artículo 20 los condena a reintegrar el dinero obtenido ilícitamente. «Cuando la sentencia fuere condenatoria, los responsables de enriquecimiento sin causa justa serán condenados a restituir al estado o al municipio, lo que le hubieren adquirido indebidamente», destaca la ley.
Y el artículo 21 destaca que cuando un funcionario o empleado público sea encontrado culpable quedará inhabilitado para ejercer cualquier cargo público por diez años.
Cuando iniciaron el proceso los fiscales plantearon un incremento patrimonial no justificado de $2,311,138.47, pero en el fallo de la audiencia probatoria quedó establecido un monto de $1.6 millones.