Judicial
Sujeto exigía el «billete» de la extorsión a cambio de no asesinar la familia de su víctima
El Tribunal 2º de Sentencia de Santa Ana declaró responsable penalmente, en calidad de coautor, al imputado Edwin Orlando Ruano Martínez, de 24 años de edad, por el delito de extorsión agravada, bajo la modalidad de delito continuado, previsto y sancionado en los Artículos 2 y 3, numerales 1) y 7), de la Ley Especial Contra el Delito de Extorsión (LECDE), en relación con el Artículo 42 del Código Penal, en perjuicio de la víctima con régimen de protección clave “383”.
Por ello fue condenado a cumplir la pena principal de 20 años de prisión; y a la accesoria de inhabilitación absoluta de la pérdida de los derechos de ciudadano por igual período que la pena de prisión impuesta.
Asimismo, el imputado fue declarado responsable civilmente y se le condenó al pago de $435 dólares a favor de la víctima.
Los hechos por los cuales la representación fiscal presentó acusación ocurrieron debido a que la víctima clave “383” aseguró que ha entregado dinero en contra de su voluntad a diferentes sujetos por varios años, quienes se han identificado como miembros de estructuras terroristas y que operan en el sector de la terminal de buses del municipio de Chalchuapa, en Santa Ana.
Los hechos extorsivos arreciaron en enero del año 2020, cuando llegaron a exigirle diferentes cantidades de dinero, no bastándole los $60 dólares que les pagaba mensualmente, optando la víctima por acceder ante el miedo de que pudieran asesinarla.
En el mes de marzo del mismo año, llegó el acusado y le dijo que a él tenía que entregarle el dinero de la extorsión y que no se negara, porque de lo contrario lo matarían a él o a sus empleados. Ese día, por miedo volvió a entregar la cantidad de sesenta dólares.
Cabe mencionar que dichas exigencias de dinero continuaron por parte del imputado en los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre de 2020, en los cuales la víctima entregó en cada mes la cifra de $60 dólares.
El 15 de octubre de ese mismo año, llegó nuevamente el incoado, quien le dijo que le urgía que le diera la cantidad de $15 dólares, contestándole la víctima que todavía no era la fecha de entregar el dinero que le exigían y que no tenía dinero en ese momento. El imputado se molestó y le dijo que si no le daba lo que le pedía, lo asesinaría en ese mismo instante, siendo que la víctima por miedo accedió. Posteriormente, la víctima interpuso la denuncia respectiva.
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Hombre acumuló una deuda de $7,550 tras 12 años sin pagar pensión alimenticia
El Juzgado Segundo de Instrucción de Santa Ana autorizó un acuerdo conciliatorio entre Juan Vicente G. y su hijo, en el proceso penal seguido en contra del imputado por el delito de incumplimiento de los deberes de asistencia económica.
Inicialmente, la deuda acumulada ascendía a $7,550. Sin embargo, el procesado acreditó un pago reciente de $750, por lo que el saldo pendiente se redujo a $6,800.
Durante la audiencia, el imputado manifestó que, debido a su situación económica, únicamente podía cancelar $3,600, monto que se comprometió a pagar en cuotas mensuales de $150 durante un plazo de dos años.
La propuesta fue aceptada por la víctima, quien ya alcanzó la mayoría de edad, así como por su madre, quien al momento de iniciar el proceso penal fungía como su representante legal. La progenitora expresó su conformidad con el acuerdo y señaló que durante la minoría de edad de su hijo asumió la totalidad de los gastos de manutención.
Según la acusación fiscal, el imputado y la madre de la víctima sostuvieron una relación sentimental de la que nació un hijo. Tras la separación de la pareja, cuando el niño tenía 6 años, la madre promovió un procedimiento de fijación de cuota alimenticia ante la Procuraduría General de la República (PGR), debido a la falta de apoyo económico por parte del padre.
El 31 de agosto de 2011, el imputado se comprometió a pagar una cuota alimenticia de $50 mensuales. No obstante, incumplió dicha obligación, acumulando una deuda de $7,550 por cuotas y aguinaldos no cancelados entre julio de 2012 y enero de 2024, motivo por el cual fue presentada la denuncia.
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Prisión para esposos por tráfico ilícito de drogas en San Miguel
La Fiscalía General de la República (FGR) informó que David Reynaldo Umaña y Carmen Beatriz Ortiz de Umaña fueron sentenciados a 13 y 10 años de prisión, respectivamente, por un caso relacionado con tráfico de drogas.
De acuerdo con el Ministerio Público, los esposos fueron capturados en enero de 2024 en San Miguel por agentes de la Policía Nacional Civil (PNC).
Las autoridades interceptaron a Umaña cuando realizaba una transacción de droga. Posteriormente, durante un registro realizado en su vivienda, fueron incautadas más porciones de cocaína y se procedió con la detención de Carmen Beatriz Ortiz de Umaña.
En su momento, la PNC informó que la cocaína incautada tenía un valor de $945.01.
La Fiscalía detalló que las condenas fueron impuestas por el Tribunal de Segundo de Sentencia de San Miguel.
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PNC El Salvador captura a dos personas con marihuana en La Libertad Costa







