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Judicial

143 integrantes de la clica Cinco Cedros Locos Salvatruchos de la MS-13 fueron condenados hasta con 75 años de prisión

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La Fiscalía General de la República (FGR) logró que 143 integrantes de la clica Cinco Cedros Locos Salvatruchos de la MS-13, del programa Libertad, fueran condenados a penas que van desde los 20 hasta los 75 años de prisión por su vinculación y pertenencia a la estructura criminal y por otros delitos.

Todos los pandilleros delinquían en el cantón Lourdes, del distrito de Colón, en en las colonias Cinco Cedros, San Mateo, El Chapernal, Bazzini, Las 600 y zonas aledañas del departamento de La Libertad y fueron sentenciados según el grado de participación o rango en la estructura criminal. Todos fueron capturados a partir de la implementación del régimen de excepción.

Entre las sentencias más altas está la 75 años de prisión impuesta a Cristian Dagoberto Alas García, alias Chory o Espía; al imputado se le condenó por los delitos de agrupaciones ilícitas, siembra y cultivo de marihuana y tenencia, portación o conducción ilegal o irresponsable de armas de fuego. El imputado fue capturado en agosto de 2022, en una finca de Talnique, donde almacenaba dos armas de guerra y cultivaba plantas de marihuana.

67 años de prisión fue la condena impuesta a Miqueas Misael Hernández Rodríguez, alias Miqueas, por agrupaciones ilícitas, tenencia ilegal de armas, posesión de drogas con fines de tráfico y amenazas agravadas. Al momento de la captura el imputado amenazó verbalmente a elementos de la Fuerza Armada y se le incautaron sustancias ilícitas y un arma de fuego sin documentación legal.

El corredor de clica, Carlos Gerardo Escobar, alias Drupi, fue condenado a 66 años de prisión por agrupaciones ilícitas, tenencia ilegal de armas de fuego y posesión de drogas; el imputado fue detenido en noviembre de 2022 en San Juan Opico, cuando intentó ocultar un arma de fuego y huir de las autoridades.

Otro de los condenados es el corredor de clica Jonathan David Doradea, alias Bacha o Mafioso, a quien se le impusieron 51 años de prisión por agrupaciones ilícitas y posesión de drogas.

Los corredores de clica Fidel Antonio Ramos Flores, alias Viejo Tigre, y Nelson Enrique Larios Saget, alias Duende, recibieron 45 años de prisión por agrupaciones ilícitas.

A esa misma pena y por el mismo delito fueron condenados los homeboys: Juan Carlos López Serrano, alias «Chacal»; Edwin Alexander Monterroza Arévalo, alias «Sayco»; Víctor Manuel Miranda Rosales, alias «Wizar»,  Elvis Jovanny Henriquez Montes, alias Espiri; Óscar Alfredo Alas Corea, alias «Black» o «Kilo»; Pedro Antonio Urbano Menjívar, alias «Vago»; Marvin Joel Gómez Portillo, alias «Slow»; Jairo Adonay Molina Paz, alias «Sparky»; Samuel Enrique Nieto Flores, alias «Zombie»; Andrés Rivas Menéndez, alias «Timón»; Juan Antonio García Cortez, alias «Humilde» o «Juan»; Juan Ramón Hernández Estrada, alias «Little Boy»; Samuel Eduardo Martínez Salazar, alias «Dauner»; Roberto Antonio Bermúdez Santamaría, alias «Pulga»; Dagoberto de Jesús Quintanilla, alias «Shorty»; Nelson Edgardo Aguirre Martínez, alias «Sombra»; Pedro José Sánchez Leiva, alias «Zonte»; Dany Wilson Ávalos Abrego, alias «Vigion»; Marcos Salvador López Martínez, alias «Gato de la Belén»; Manfredy Marcos Vanegas Durán, alias «Flaco» o «Scrapy»; Luis Alonso Gómez de Paz, alias «Pega»; Edwin Osmín Ruiz Aguilar, alias «Maníaco»; Francisco López Hernández, alias «Sapo»; Hayser Antonio Madrid Argueta, alias «Hayser», Carlos Antonio Ramírez, alias «Mico» y  Elmer Shunico Shunico.

El resto de penas oscilan entre 36, 30 y 20 años de prisión. Según el fallo se condenó a 4 corredores de clica, 27 homeboys, 61 chequeos, 4 observaciones y 47 paro o colaboradores.

Estas condenas fueron impuestas en presencia de los imputados por el Tribunal Segundo contra el Crimen Organizado de San Salvador, luego de valorar la abundante prueba documental, pericial y testimonial que presentó el ente fiscal durante la audiencia única.

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Condenan a dos extranjeros a 13 años de cárcel por transportar 150 kilos de cocaína en La Libertad Costa

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El Tribunal Segundo de Sentencia de Santa Tecla condenó a 13 años de prisión a cada uno de dos extranjeros por tráfico ilícito de drogas, tras un procedimiento en el que fueron incautados 150 kilogramos de cocaína. El cargamento tenía un valor comercial estimado de $3,770,000, según los análisis periciales incorporados al proceso.

Los condenados son Luis Alfredo García Guevara, de nacionalidad guatemalteca, y Harinton Javier Ruiz, nicaragüense. Ambos fueron intervenidos el 5 de noviembre de 2025, después de que elementos de la Fuerza Aérea y de la Marina Nacional detectaran la embarcación en la que navegaban frente a las costas salvadoreñas.

El procedimiento continuó en la playa La Bocana de Mizata, en La Libertad Costa, donde las autoridades inspeccionaron la lancha. Durante la revisión encontraron cinco bultos que contenían 150 paquetes de cocaína, con un peso total de 150 kilogramos, confirmado mediante las pericias realizadas.

La sentencia fue emitida tras la valoración de los elementos presentados durante el juicio, entre ellos las inspecciones y los análisis de la sustancia decomisada. El tribunal estableció la responsabilidad de los dos procesados por el transporte del cargamento e impuso la misma pena de prisión a ambos.

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Conducción peligrosa en El Salvador: avalan reformas para reforzar sanciones y controles

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La Comisión de Seguridad Nacional y Justicia de la Asamblea Legislativa emitió el 20 de octubre tres dictámenes favorables para reformar los códigos Penal y Procesal Penal, además de la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. Las propuestas buscan combatir la conducción peligrosa y reforzar la responsabilidad de quienes operan o entregan vehículos de transporte colectivo y de carga.

El paquete contempla conducir con alcohol en la sangre o el aliento, bajo efectos de drogas, disputar la vía o participar en carreras sin autorización. También incorpora manejar autobuses o vehículos de carga sin la licencia correspondiente y responsabilizar a los propietarios que entreguen estas unidades a personas que no estén habilitadas para conducirlas.

Durante la discusión se señalaron penas de dos a cinco años por conducción peligrosa y de cinco a diez años cuando se trate de transporte público de pasajeros o de carga. Si estos hechos provocan homicidio culposo o lesiones culposas muy graves, las sanciones pueden alcanzar hasta 15 años para los conductores de esas unidades. Estos rangos ya aparecen en la reforma penal de diciembre de 2024, por lo que no deben presentarse como aumentos completamente nuevos.

Otro componente busca restringir la conciliación y otras formas de terminar el proceso en determinados casos vinculados con conducción peligrosa, además de fortalecer los controles sobre las condiciones mecánicas de los vehículos. El informe oficial consultado confirma el aval de la comisión; esa etapa debe distinguirse de la aprobación del pleno y de la posterior entrada en vigor de las reformas.

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Prisión provisional para mujer acusada de estafar $57,283 con supuesto negocio de comida

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El Juzgado Cuarto de Paz de San Salvador ordenó detención provisional contra Patricia Lissette L. de I., de 53 años, acusada de estafa agravada en perjuicio de ocho personas. Según el requerimiento fiscal, el supuesto fraude asciende a $57,283.50, entregados como inversión en un negocio de distribución de comida preparada.

Los hechos investigados ocurrieron entre 2022 y 2026. De acuerdo con la acusación, la mujer ofrecía ganancias a quienes aportaran dinero al supuesto emprendimiento, una propuesta con la que habría convencido a las víctimas de entregar distintas cantidades.

La investigación señala que la imputada no pagaba los rendimientos prometidos y posteriormente interrumpía la comunicación con los afectados. La promesa de obtener ganancias y la posterior falta de contacto forman parte del mecanismo de engaño descrito en el expediente fiscal.

Durante la audiencia inicial, el juez consideró que existían indicios suficientes sobre el delito y la probable participación de la acusada, por lo que ordenó que el proceso continuara a la etapa de instrucción. La mujer permanecerá detenida provisionalmente mientras avanza el caso; esta resolución no constituye una condena.

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