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Judicial

Torre de Babel en tribunales, varios testigos se contradicen en juicio contra una mujer

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Las contradicciones entre tres testigos y la víctima denominada como “Sabrina” deslumbraron en la sala de audiencias 3-B  del centro judicial “Isidro Menéndez”. No coincidieron los relatos que culparían a la imputada.

Luego de permanecer durante cinco días detenida en las bartolinas de Apopa, Margarita (nombre cambiado por protección) tuvo que pasar por un proceso penal al ser culpada por el delito de privación de libertad de “Sabrina”, una niña de 10 años de edad, que recibió ese sobrenombre bajo el régimen de protección a víctimas.

La mujer de 36 años de edad habría cometido una acción que la llevó hasta el Tribunal 5° de Sentencia: tratar de proteger a “Sabrina” de un supuesto maltrato hecho por parte de sus padres, según lo indicó ella misma ante el juez.

El pasado 4 de diciembre, Margarita enfrentó la audiencia de vista pública, en donde los testigos de la Fiscalía General de la República (FGR), identificados con las claves “Milagro”, “Esperanza” y “Leonor”, emitieron sus versiones de los hechos. A ellos se agregaron las palabras de la menor de edad.

Las contradicciones entre los tres testigos y “Sabrina” deslumbraron en la sala de audiencias 3-B  del centro judicial “Isidro Menéndez”.

Las declaraciones generaron más dudas respecto a los hechos que realmente ocurrieron aquel 29 de mayo de 2017, día en el que “Sabrina” habría sido privada de libertad por Margarita.

Las declaraciones confusas

El juez escuchó tanto a la implicada como a la víctima y a los testigos presentados por Fiscalía. Desde un inicio, el expediente judicial -resguardado en el Tribunal 5° de Sentencia- presenta una versión distinta a lo planteado en la vista pública.

En un primer momento, se manejó que Margarita, a través de la amistad que su hija Camila tiene con “Sabrina” por haber sido compañeras del 5° grado que cursaban en el mismo centro de estudio, llevaría a la niña a una fiesta en la que asistirían pandilleros.

Esa versión no fue abordada ni por “Milagro” ni “Esperanza” y ni “Leonor” en el momento en que aportaron sus declaraciones. Incluso, la primera testigo no comunicó que al llegar a “rescatar” a la niña se encontrase algún miembro de alguna estructura criminal.

Otro punto dudoso fue cuando “Leonor” indicó que en una tarde va dos veces a hacer compras al mercado que se ubica acerca de la colonia, en donde habitan en Apopa. El cruce de horas fue lo que cayó en confusión a la parte de la defensa de Margarita.

En un primer momento, “Leonor” expresó que el día de los hechos ella salió al centro de venta popular a las 2:00 de la tarde, que retornó a las 2:10 y que volvió a salir hasta que regresó a las 5:00 de la tarde, junto a “Milagro” y “Esperanza”.

Al ser cuestionada por la abogada de la acusada, la testigo con clave no logró desenmarañar lo que había relatado en el principio de su relato.

Por su parte, “Milagro” indicó que Margarita le había dado unas joyas a “Sabrina” cuando estaba en la casa de esta con el fin de mantenerla entretenida. La testigo indicó que la bisutería estaba en las piernas de la niña. “Leonor” contradijo esto.

Al contar lo “que ella había visto”, aseguró que las joyas habían sido entregadas a la víctima en la entrada del colegio, justo en el momento en que la había llevado como era costumbre.

Otro punto que no convergió en los relatos fue el sitio en donde habrían interpuesto la denuncia en un primer momento, unos dijeron que fue ante la FGR y otros ante la Policía Nacional Civil (PNC).

La libertad de Margarita

El juez valoró la prueba presentada y llegó a la conclusión de que las versiones de los testigos, incluyendo la de la misma víctima, no era coherente, pues se reflejó la contradicción en la acusación de los hechos.

Ante esto, Margarita pudo respirar tranquila nuevamente, dejar los nervios a un lado, pues el fallo brindado en el juicio fue a su favor: absolutorio.

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Prisión para sujeto que asesinó al esposo de su amante en San Miguel

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La Fiscalía General de la República (FGR) logró que Víctor Manuel Benítez Lazo fuera condenado a 25 años de prisión por asesinar al esposo de su amante en San Miguel.

El crimen por el que fue declarado culpable el empresario migueleño ocurrió el 7 de junio de 2025.

La investigación fiscal estableció que el procesado y Rubidia de los Ángeles Castro Zúniga -ya condenada-, mantenía una relación extramarital. Ambos planearon y ejecutaron el homicidio.

Castro Zúniga contrajo matrimonio con la víctima el 29 de marzo de 2025. El día del crimen, con engaños llevó a su esposo hasta una calle rústica que conduce al cantón El Pilón y Loma Larga, en La Unión, donde la mujer y el procesado le dispararon en la cabeza. Posteriormente trasladaron a la víctima hasta un negocio propiedad de Benítez Lazo, ubicado a inmediaciones del puente Luis de Moscos, en la ciudad de San Miguel.

En el lugar se percataron de que la víctima aún estaba con vida, por lo que la asfixiaron hasta causarle la muerte y luego la enterraron en una fosa clandestina.

La víctima fue reportada como desaparecida por su esposa el 10 de junio de 2025.

El 11 de julio de 2025, Castro Zúniga se sometió a un proceso abreviado en el Juzgado Segundo de Paz de San Miguel, donde fue sentenciada a 10 años de prisión por desaparición de personas y a 15 años por homicidio agravado. En total deberá cumplir 25 años de cárcel.

Benítez Lazo era el propietario de una empresa de venta de repuestos y fue condenado por homicidio simple por el Tribunal Primero de Sentencia del distrito de San Miguel.

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Condenan a 15 años de prisión a hombre por extorsionar a un comerciante en Apopa

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El Tribunal Primero de Sentencia de San Salvador condenó a 15 años de prisión a Julio César Durán Ramos por el delito de extorsión agravada, en perjuicio de un comerciante del distrito de Apopa, municipio de San Salvador Oeste.

De acuerdo con las investigaciones, el 28 de noviembre de 2015 el imputado llegó al negocio de la víctima y se identificó como palabrero de la pandilla 18 que operaba en el sector donde el comerciante desarrollaba su actividad.

Según la investigación, posteriormente Durán Ramos exigió el pago de una renta mensual de 150 dólares y amenazó a la víctima con quitarle la vida si no entregaba el dinero.

Ante las amenazas, el comerciante accedió a pagar la cuota al finalizar cada mes para poder continuar con su actividad laboral.

La Fiscalía informó que eran diferentes personas las que se acercaban a reclamar el dinero de la extorsión y señaló que varios de esos extorsionistas ya han sido procesados y juzgados por separado.

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44 años de prisión para agresores y asaltantes de mujeres

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Irvin Iván Quintanilla Méndez y Ovidio Samuel Gutiérrez Lazo fueron condenados a 44 años de prisión por ofrecer servicios de transporte a mujeres para luego privarlas de libertad, agredirlas sexualmente y despojarlas de sus pertenencias.

La condena fue impuesta por el Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador, que los declaró responsables de los delitos de robo agravado, privación de libertad y otras agresiones sexuales, en perjuicio de dos víctimas, cuyas identidades permanecen bajo régimen de protección.

Durante la vista pública, la Fiscalía General de la República expuso que los condenados habían adoptado un modus operandi para planificar y ejecutar los ataques sexuales, utilizando como fachada un servicio de transporte privado.

Según la investigación presentada por la Fiscalía, las víctimas solicitaban los viajes desde sus lugares de trabajo, ubicados en la zona del Paseo General Escalón, en el distrito de San Salvador, con destino a distintos puntos del área metropolitana.

Mientras se encontraban en el trayecto, los imputados simulaban desperfectos mecánicos en el vehículo. Al detenerse, un delincuente armado salía del baúl para someter y amenazar a la pasajera, con lo que facilitaban la comisión de los delitos.

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