Nacionales
Sala de lo Constitucional declara: «no existe inconstitucionalidad» en decreto de reapertura económica vetado por presidente Bukele
Este miércoles, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolvió la controversia constitucional originada por el veto emitido por el Presidente de la República, Nayib Armando Bukele Ortéz, en contra de los arts. 16 y 17 del Decreto Legislativo n° 661, aprobado por la Asamblea Legislativa el 12 de junio de 2020.
La normativa ratificada por Congreso contiene la “Ley especial de emergencia por la pandemia covid-19, atención integral de la vida, la salud y reapertura de la economía”, donde los artículos 16 y 17 conforman las fases de reapertura gradual de la economía.
En el momento de vetar la ley, el presidente Bukele justificó que la inconstitucionalidad en los artículos 16 y 17 de la mencionada ley violan los artículos 65, 66 y 86 inc. 1° de la Constitución, ya que invaden las competencias del Ministerio de Salud (MINSAL), que forma parte del Órgano Ejecutivo, debido a que prevén la reapertura económica sin tomar en cuenta los criterios técnicos y potestades de dicho ente.
No obstante, la Sala de lo Constitucional indicó: «La normativa vetada no viola el principio de colaboración interorgánica en los términos expuestos por el veto, porque la opinión del Ministerio de Salud sí es tomada en cuenta para la ejecución y aplicación de tal decreto».
Por lo tanto, los magistrados del máximo tribunal declararon que «no existe la inconstitucionalidad alegada» y notificaron al presidente de la república su sanción y publicación en el Diario Oficial.
«La normativa vetada no invade las competencias del Órgano Ejecutivo, puesto que la limitación de los derechos fundamentales forma parte de las competencias del Órgano Legislativo, a la vez que dicha normativa es parte de las obligaciones positivas que genera el derecho a la salud, máxime cuando implica la protección de las personas en condición de vulnerabilidad», se lee en la resolución a la controversia 8-2020.
En tal sentido, la Sala ordenó al presidente, sancionar y publicar el decreto, y que de no hacerlo en un periodo de 8 días se presumirá la sanción, y si el presidente no ordena su publicación en el Diario Oficial en un plazo de 15 días, el decreto deberá ser publicado por la Asamblea Legislativa para que se convierta en ley, ya bien en el Diario Oficial o en cualquier otro diario de mayor circulación de la República.
Los magistrados una vez más hicieron el llamado a los diputados y al Ejecutivo a dialogar y buscan consensos «para que de inmediato coordinen esfuerzos e instauren un diálogo institucional que busque los consensos y las alternativas de acción que el país requiere durante esta pandemia».


Por otra parte, pese a la resolución de la Sala, el decreto 661, contiene fechas de reapertura económica que ya están desfasadas (por ejemplo, abría el transporte público el 7 de junio), por lo que los magistrados ordenan a la Asamblea Legislativa aprobar reformas de manera inmediata para actualizarlo, tomando en cuenta el contexto de la pandemia y valorando la información proporcionada por el ministerio de Salud.
Por su parte, el mandatario no tardó en reaccionar ante el decreto de constitucionalidad:
«Declaran constitucional el decreto legislativo que abría el transporte público el 7 de junio? ¿Qué hacemos? ¿Retroceder el tiempo?», cuestionó Bukele quien dejó entrever que la sentencia podría tratarse de un acto político o incluso de una cortina de humo.
Social
Mercedes Umaña registra 61 sismos en menos de seis horas: cinco fueron sentidos
El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN) contabilizó 61 sismos en Mercedes Umaña, Usulután Norte, entre las 11:11 de la mañana y las 5:00 de la tarde del martes 20 de octubre de 2026. El reporte corresponde a una secuencia registrada en un período de cinco horas y 49 minutos.
De acuerdo con la información institucional citada por El Blog, cinco de los movimientos fueron sentidos por la población. El balance distingue entre los eventos detectados por los instrumentos de monitoreo y aquellos que los habitantes lograron percibir.
El MARN atribuyó esta actividad a la activación de fallas geológicas en la zona. Estas estructuras son fracturas de la corteza terrestre donde el desplazamiento de bloques de roca libera energía y genera movimientos sísmicos.
La cifra de 61 eventos corresponde al corte de las 5:00 de la tarde y debe interpretarse con ese horario de referencia. La actualización publicada no detalla las magnitudes ni las profundidades de los movimientos, por lo que esos datos requieren consultar los boletines específicos de cada sismo.
Nacionales
PNC captura a hombre señalado de colgar a su perro desde un balcón en San Salvador
La Policía Nacional Civil (PNC) capturó en San Salvador a Héctor Alejandro Rosales Bonilla, de 64 años, señalado de colgar a su perro de una pata desde el balcón de su apartamento. La intervención ocurrió después de que el caso fuera denunciado en redes sociales durante la tarde del 20 de octubre.
🔴 URGENTE | Denuncian maltrato a un perrito en Condominio Torre del Sol, San Salvador
🐶 Una denuncia ciudadana alerta que un hombre lleva cerca de 30 minutos agrediendo a un perrito en el quinto piso del Condominio Torre del Sol, sobre la calle El Mirador.
Los fuertes llantos del animal se escuchan desde el interior del inmueble.
🚔 Se pide la intervención inmediata de la @PNCSV y de las instituciones de bienestar animal para proteger al perrito.
Cc: @alcaldia_ss @marioduran @Vi11atoro
— Diario Digital Cronio (@croniosv) October 20, 2026
Según la información policial, las imágenes difundidas mostraban al hombre sosteniendo al animal por sus extremidades desde el balcón. La denuncia permitió que las autoridades conocieran el hecho y procedieran con la detención del presunto responsable.
La PNC informó que Rosales Bonilla será remitido a las autoridades correspondientes por el cargo de maltrato animal. Tras confirmar el arresto, la institución expresó: “No vamos a tolerar este tipo de acciones”.
La información publicada no precisa el estado de salud del perro, si recibió atención veterinaria o bajo qué resguardo quedó después del incidente. Tampoco detalla una resolución judicial contra el detenido, cuya responsabilidad deberá determinarse durante el proceso.





Judicial
Prisión provisional para mujer acusada de estafar $57,283 con supuesto negocio de comida
El Juzgado Cuarto de Paz de San Salvador ordenó detención provisional contra Patricia Lissette L. de I., de 53 años, acusada de estafa agravada en perjuicio de ocho personas. Según el requerimiento fiscal, el supuesto fraude asciende a $57,283.50, entregados como inversión en un negocio de distribución de comida preparada.
Los hechos investigados ocurrieron entre 2022 y 2026. De acuerdo con la acusación, la mujer ofrecía ganancias a quienes aportaran dinero al supuesto emprendimiento, una propuesta con la que habría convencido a las víctimas de entregar distintas cantidades.

La investigación señala que la imputada no pagaba los rendimientos prometidos y posteriormente interrumpía la comunicación con los afectados. La promesa de obtener ganancias y la posterior falta de contacto forman parte del mecanismo de engaño descrito en el expediente fiscal.
Durante la audiencia inicial, el juez consideró que existían indicios suficientes sobre el delito y la probable participación de la acusada, por lo que ordenó que el proceso continuara a la etapa de instrucción. La mujer permanecerá detenida provisionalmente mientras avanza el caso; esta resolución no constituye una condena.






