Judicial
Policías implicados en masacre de Zaragoza son absueltos por falta de pruebas
El Tribunal 2º de Sentencia de Santa Tecla emitió el fallo en el caso contra 9 elementos de la Policía Nacional Civil (PNC), acusados por la FGR de los delitos de homicidio agravado en perjuicio de cuatro personas, fraude procesal y encubrimiento en perjuicio de la administración de justicia. El Tribunal, de manera unánime, fallo absolver de todo cargo a los elementos policiales por no haberse establecido elementos probatorios directos, claros y contundentes sobre la participación de los policías en los hechos atribuidos. Al contrario, el Tribunal señaló dudas severas que no le permitieron hacer una inferencia lógica sobre la individualización de la participación de cada uno de los imputados en los hechos sucedidos.
Así también el Tribunal de manera unánime determinó que al no haberse acreditado con plena certeza y con suficiencia probatoria la existencia de una ejecución extrajudicial, ni la participación de los imputados en los delitos de homicidio agravado, fraude procesal y encubrimiento, en consecuencia se resuelve absolverlos de toda responsabilidad penal y ordenar su inmediata libertad si no poseen otros procesos judiciales pendientes.
La sentencia integra será entregada a las partes procesales el próximo 9 de agosto de 2018 a las 3pm.
Durante el desarrollo del juicio la Fiscalia acreditó los hechos en contra de los imputados y presentó diferente prueba de cargo, entre esta declaraciones de testigos y pericias entre otros documentos para establecer ante establecer ante el Tribunal la participación de los imputados en el hecho que se les imputa. Asi tambien los abogados defensores de los imputados presentaron prueba de descargo que desvirtuaba lo anterior.
El proceso penal, bajo referencia 9-1REC-2018, es instruido contra 9 miembros de la Policía Nacional Civil (PNC), acusados de homicidio agravado en perjuicio de cuatro personas. Dicho delito se encuentra tipificado y sancionado en los Artículos 128 y 129, numeral 3º y 8º del Código Penal. Además, se les imputan los delitos de fraude procesal, tipificado y sancionado en el Artículo 306 del Código Penal; encubrimiento, tipificado y sancionado en el Artículo 308, numeral 1º del Código Penal; y alternativamente por el delito de incumplimiento de deberes, tipificado y sancionado en el Artículo 321 del Código Penal. El caso tiene reserva parcial, en el sentido y aplicación del inciso 2º del Artículo 307 del Código Procesal Penal.
El caso por el que la Fiscalía acusa a los 9 miembros de seguridad ocurrió el 8 de febrero del año 2016, en horas de la mañana en la colonia Villas de Zaragoza, La Libertad, cuando agentes policiales obtuvieron información de que un grupo de sujetos de la Pandilla 18 estaban armados y asaltando un camión repartidor. A raíz de dicha información se movilizó a varios agentes policiales a la zona; y cuando los sospechosos advirtieron la presencia policial, huyeron.
Diferentes grupos de la Policía Nacional Civil (PNC) montaron un operativo de rastreo en la referida colonia ubicando a los sospechosos en una vivienda de dos plantas. Fue en ese lugar que se desarrolló el suceso que dejó como saldo a las cuatro personas fallecidas.
Judicial
Prisión para sujeto que asesinó al esposo de su amante en San Miguel
La Fiscalía General de la República (FGR) logró que Víctor Manuel Benítez Lazo fuera condenado a 25 años de prisión por asesinar al esposo de su amante en San Miguel.
El crimen por el que fue declarado culpable el empresario migueleño ocurrió el 7 de junio de 2025.
La investigación fiscal estableció que el procesado y Rubidia de los Ángeles Castro Zúniga -ya condenada-, mantenía una relación extramarital. Ambos planearon y ejecutaron el homicidio.

Castro Zúniga contrajo matrimonio con la víctima el 29 de marzo de 2025. El día del crimen, con engaños llevó a su esposo hasta una calle rústica que conduce al cantón El Pilón y Loma Larga, en La Unión, donde la mujer y el procesado le dispararon en la cabeza. Posteriormente trasladaron a la víctima hasta un negocio propiedad de Benítez Lazo, ubicado a inmediaciones del puente Luis de Moscos, en la ciudad de San Miguel.
En el lugar se percataron de que la víctima aún estaba con vida, por lo que la asfixiaron hasta causarle la muerte y luego la enterraron en una fosa clandestina.

La víctima fue reportada como desaparecida por su esposa el 10 de junio de 2025.
El 11 de julio de 2025, Castro Zúniga se sometió a un proceso abreviado en el Juzgado Segundo de Paz de San Miguel, donde fue sentenciada a 10 años de prisión por desaparición de personas y a 15 años por homicidio agravado. En total deberá cumplir 25 años de cárcel.
Benítez Lazo era el propietario de una empresa de venta de repuestos y fue condenado por homicidio simple por el Tribunal Primero de Sentencia del distrito de San Miguel.
Judicial
Condenan a 15 años de prisión a hombre por extorsionar a un comerciante en Apopa
El Tribunal Primero de Sentencia de San Salvador condenó a 15 años de prisión a Julio César Durán Ramos por el delito de extorsión agravada, en perjuicio de un comerciante del distrito de Apopa, municipio de San Salvador Oeste.
De acuerdo con las investigaciones, el 28 de noviembre de 2015 el imputado llegó al negocio de la víctima y se identificó como palabrero de la pandilla 18 que operaba en el sector donde el comerciante desarrollaba su actividad.
Según la investigación, posteriormente Durán Ramos exigió el pago de una renta mensual de 150 dólares y amenazó a la víctima con quitarle la vida si no entregaba el dinero.
Ante las amenazas, el comerciante accedió a pagar la cuota al finalizar cada mes para poder continuar con su actividad laboral.
La Fiscalía informó que eran diferentes personas las que se acercaban a reclamar el dinero de la extorsión y señaló que varios de esos extorsionistas ya han sido procesados y juzgados por separado.
Judicial
44 años de prisión para agresores y asaltantes de mujeres
Irvin Iván Quintanilla Méndez y Ovidio Samuel Gutiérrez Lazo fueron condenados a 44 años de prisión por ofrecer servicios de transporte a mujeres para luego privarlas de libertad, agredirlas sexualmente y despojarlas de sus pertenencias.
La condena fue impuesta por el Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador, que los declaró responsables de los delitos de robo agravado, privación de libertad y otras agresiones sexuales, en perjuicio de dos víctimas, cuyas identidades permanecen bajo régimen de protección.
Durante la vista pública, la Fiscalía General de la República expuso que los condenados habían adoptado un modus operandi para planificar y ejecutar los ataques sexuales, utilizando como fachada un servicio de transporte privado.
Según la investigación presentada por la Fiscalía, las víctimas solicitaban los viajes desde sus lugares de trabajo, ubicados en la zona del Paseo General Escalón, en el distrito de San Salvador, con destino a distintos puntos del área metropolitana.
Mientras se encontraban en el trayecto, los imputados simulaban desperfectos mecánicos en el vehículo. Al detenerse, un delincuente armado salía del baúl para someter y amenazar a la pasajera, con lo que facilitaban la comisión de los delitos.






