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Abogado Sergio Toruño describe escandaloso fraude procesal del ex director de Centro de Escuchas, ex jefe de Crimen Organizado y ex Magistrado de Sala Constitucional, Carlos Sánchez Escobar

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El abogado Sergio Portillo Toruño, defensor de Hilda Guadalupe Trigueros, a quien se acusó dentro del caso conocido como “RAIS-MARTÍNEZ” hizo público que interpondrá una petición de  Nulidad Absoluta del proceso penal seguido contra su cliente, en virtud que ha descubierto y documentado toda una trama de hechos falsos y fraude procesal cometidos entre el Ex Director del Centro de Escuchas, Froilan Francisco Coto; el Exjefe de Crimen Organizado, Wil Walter Ruiz; y el Exmagistrado de Sala de lo Constitucional, Carlos Ernesto Sánchez Escobar, para sostener falsamente una acusación contra el empresario Enrique Rais y que extensivamente ha afectado a su defendida de la que no comprende cómo fue vinculada a este caso. 

  • ¿Cómo se fabricó el caso “Rais-Martínez”?

De acuerdo al abogado defensor, que manifiesta haber escudriñado folio a folio mas de 14 mil paginas del expediente judicial donde constan las acusaciones contra su cliente,  ha logrado demostrar que existió un autor intelectual tras la persecución ilegal que ha sufrido Hilda Trigueros y el resto de imputados, ese autor es Douglas Meléndez Ruiz y varios ejecutores materiales de ese plan perverso, pero el que da origen a toda la manipulación de escuchas ilegales y adulteración de documentos fue el Ex Director del CENTRO DE ESCUCHAS TELEFONICAS, Froilan Francisco Coto. 

Para el abogado Portillo Toruño, la clave son las fechas y los datos:

En primer lugar -dice- existen dos expedientes judiciales de intervención de escuchas telefónicas, el 7-DIT-2014 (referidos a Alcaldes ) y 8-DIT-2014 (referido a un Exjuez y unos abogados) en ninguno de ellos aparece mencionada Hilda Trigueros, no existe autorización judicial para interceptar sus comunicaciones telefónicas, no estaba vinculada a ninguna investigación, ni consta hallazgo alguno de relevancia penal que tuviera relación con mi cliente. 

Sin embargo, el caso arranca con un memorando realizado por el Director del CITE y dirigido al Exfiscal general Douglas Meléndez, en el que realiza inculpaciones a su predecesor Sigfrido Campos Crespo a quien acusa de haber incumplido sus obligaciones de informar al Juez autorizante sobre el uso o destrucción del material captado, cuando en la realidad le correspondía al propio Froilan Coto, realizar esa acción, no existiendo la supuesta omisión, es decir que se inventa un “cuento chino” con el fin de utilizar fuera del plazo legal una información que además es ilegal y con ello acusa a mi cliente y a los demás procesados.

La prueba que Froilan Coto miente, se desprende según el abogado que: El propio Director del Centro de Escuchas (Froilan Coto) declara en entrevista como testigo en el caso, que ese cargo lo asumió el 3 de julio de 2015, lo que tomando en cuenta que la intervención telefónica del expediente 8-DIT-2014 venció el 14 de abril de 2015 y contaba con seis meses para ser utilizada contra las personas vinculadas a la misma, entre las que no se encontraba ni Hilda Trigueros, ni Enrique Rais, el vencimiento para la validez de las escuchas era el 14 de octubre de 2015, periodo en el que ya era Froilan Coto el Director, lo que sin embargo oculta en el memorando, pues a partir de ello desaparece la supuesta omisión en el procedimiento y para los efectos judiciales del art. 23 de la Ley de Escuchas (LEIT), que precisaba el uso en el término de los seis meses o la destrucción en caso de no hacerlo en ese tiempo, del material captado en las escuchas. 

¿Quién era entonces el Director del Centro de Escuchas a fecha 14 de octubre de 2015, cuando la intervención agotaba su validez probatoria? Reafirma el abogado, que lo era Froilan Francisco Coto y no el licenciado Sigfredo Campos Crespo, a quien inculpó el primero. Es decir, si alguien no cumplió con los procedimientos legales para garantizar la legalidad y legitimidad de las escuchas fue Froilan Coto, aunque pretendió culpar a la persona a quien sustituyó en el cargo.

De acuerdo al abogado defensor, las falsas declaraciones del Director del Centro, Froilan Coto, terminaron siendo decisivas para que la Cámara Primera de lo Penal de San Salvador, le diera una validez extensiva a las escuchas telefónicas, pese a ser ilegales y que además se haya convertido en el argumento falaz de todos los jueces y tribunales que posteriormente han conocido la causa penal, para evadir la responsabilidad de dictar la invalidez del proceso penal, por estar fundado en prueba ilícita.

  • El Exmagistrado de Sala de lo Constitucional violador de derechos humanos.

Sobre lo antes afirmado, Portillo Toruño extrae de sus archivos una resolución dictada por la Cámara Primera de lo Penal, integrada por el licenciado Carlos Sánchez Escobar y el Dr. Guillermo Arévalo Domínguez de fecha 12 de enero de 2017, sobre la que manifiesta ese Tribunal, se basó precisamente en las declaraciones de Froilan Coto, quien afirmaba que el material captado de la escucha, no había podido ser utilizado en ningún procedimiento penal porque su predecesor Sigfredo Campos Crespo había recibido orden para no dar ningún trámite a la intervención, sin embargo al 14 de octubre de 2015, esa función únicamente le correspondía al nuevo Director, Froilan Coto, quien nunca declaró, ni documentó haber recibido “orden” superior para no actuar conforme los presupuestos del Art. 23 LEIT,  significa que se trató de un argumento contrario a la realidad. 

El licenciado Sánchez Escobar, -a criterio del abogado- en una total negligencia o quién sabe con qué intereses o influencias, no se toma el tiempo de cotejar algo tan elemental como establecer quién era el Director del Centro de Escuchas, conforme a los periodos transcurridos entre la intervención y los seis meses posteriores a su finalización, de esta manera avala una tesis fiscal, basada en la declaración de Froilan Coto, que la inobservancia de proceder según el art. 23 LEIT, fue consecuencia de una orden superior recibida por Sigfredo Campos Crespo, no obstante que el único responsable sobre el procedimiento era Froilan Coto, quien desde el 3 de julio de 2015 se encontraba en funciones como Director del CITE y por tanto al llegar la fecha de vencimiento de validez probatorio del material captado en la escucha, esto es el 14 de octubre de 2015, no había otro responsable que no fuera Froilan Coto. 

De este modo, el licenciado Sánchez Escobar, de acuerdo al abogado, adopta una decisión contraria a los derechos y garantías de los acusados, por ejemplo, la presunción de inocencia, ya que da por válida la existencia de una “omisión” ordenada por el Exfiscal general, quien aún no ha sido oído y vencido en juicio; por el contrario no sopesa las contradicciones en que incurre Froilan Coto, que señala como “conducta de omisión” la de una persona que ya no tenía el deber de garante, que él mismo sí poseía. 

Con todo esto además provoca la infracción de los derechos a la intimidad y el secreto de las telecomunicaciones, ya que se ha divulgado información de la causa que revictimiza a su cliente, pues Hilda Trigueros, accedió al sistema judicial para frenar el ciclo de violencia familiar que sufría y de repente se encontró señalada como parte de una red de “crimen organizado” y afectada ilegalmente en su derecho a la libertad física, siendo la causa de estos ataques sufridos, nada más su cercanía con el abogado Ernesto Gutiérrez.

Es así que al ascender Sánchez Escobar al cargo de Magistrado de Sala de lo Constitucional, en lugar de ocuparse por reparar las violaciones existentes en el derecho a la intimidad por el mal uso de las escuchas, discutido en el proceso acerca de la constitucionalidad del art. 23 LEIT, se ocupó de mantener inactivo el expediente 5-2018 que lo contenía, a pesar que desde enero de 2019 ya se encontraba listo para dictar Sentencia. Ha tenido que ser la actual Sala de lo Constitucional que ha corregido tal situación confirmando la constitucionalidad del citado artículo y dejando claro el vacío legal existente en el mismo, que perjudicó a mi cliente todo este tiempo, manteniendo vigente unas escuchas que con este fallo queda confirmado nunca pudieron ser utilizadas fuera del plazo legal, al no haber contado con una regulación procedimental previa.

  • Las contradicciones de los dos Directores del Centro de Escuchas

Es tan evidente y grave el fraude procesal cometido por Froilan Coto, que el abogado defensor presenta un documento que el Exjefe de la Unidad de Crimen Organizado, introdujo al Dictamen de Acusación, consistente en un memorando que contiene como hecho falso, la afirmación que no se encontró informe del mes de octubre de 2015 realizado por el licenciado Sigfredo Alcides Campos Crespo, Director del Centro de Escuchas, dirigido al Juez Séptimo de Instrucción sobre el uso o destrucción del expediente 8-DIT-2014. ¿Por qué es falso? Porque al mes de octubre de 2015, era el propio Froilan Coto el Director del Centro de Escuchas, sin embargo al introducir esa información falaz pretende sostener la mentira con la cual inició el procedimiento penal.

Las contradicciones sobre lo dicho por ambos Ex Directores del Centro de Escuchas son  evidentes, al grado que el propio Sigfredo Campos Crespo en ejercicio de su derecho a la última palabra en el proceso penal donde fue juzgado precisamente por alterar prueba y usar prueba ilegal para acusar al empresario Enrique Rais, manifestó que nunca le informó al Exfiscal General, Luis Martínez, la existencia del expediente 8-DIT-2014, lo que bota de un tajo la supuesta tesis de la “orden superior” que ha manifestado Froilan Coto, para inculpar a su predecesor, aunque con toda la documentación acá mostrada no hay dudas que era Coto el único responsable y quien ha mentido en todo el proceso penal.

Finalmente, el abogado Portillo Toruño, confirma que interpondrá una solicitud de nulidad absoluta del proceso, con toda esta evidencia y que la Jueza 2º de Instrucción de San Salvador, ya no puede bloquear su discusión en argumentos generados por la Cámara Primera de lo Penal, que con la Sentencia de constitucionalidad del art. 23 LEIT, sino que debe cumplir la Constitución y los Tratados internacionales de derechos humanos. Asimismo interpondrá denuncia contra el Exdirector del Centro de Escuchas, Froilan Francisco Coto, el Exjefe de crimen organizado, Wil Walter Ruiz y el Exmagistrado de Sala de lo Constitucional, Carlos Sánchez Escobar por los delitos de fraude procesal y prevaricato, según corresponda.

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Chivo Pets brinda cerca de 1,000 atenciones diarias

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El Hospital Veterinario Chivo Pets se ha consolidado como uno de los principales centros de atención veterinaria de El Salvador, con un promedio de 1,000 pacientes atendidos diariamente y una oferta de servicios que va más allá de perros y gatos.

El director del hospital, Melvyn Rogel, afirmó que el centro ha transformado el acceso a la atención veterinaria en el país al ofrecer consultas, procedimientos y tratamientos especializados a un costo simbólico para quienes realizan el pago mediante billeteras compatibles con bitcoin.

«En poco más de cuatro años hemos roto paradigmas en el tema de atención veterinaria a mascotas salvadoreñas. Atendemos a cerca de 1,000 pacientes diarios», expresó Rogel durante una entrevista concedida la madrugada de este viernes a Canal 10.

El funcionario explicó que el hospital cuenta con áreas especializadas de cirugía, hospitalización y laboratorio clínico. Además, señaló que tiene capacidad para albergar hasta 200 mascotas hospitalizadas de manera simultánea y dispone de personal especializado para brindar atención médica.

Rogel destacó que uno de los principales atractivos del centro continúa siendo el costo de sus servicios, ya que mantiene el cobro simbólico de $0.25 por consulta para los usuarios que realizan el pago mediante billeteras que operan con bitcoin.

Asimismo, indicó que el hospital ha ampliado su cobertura para atender a mascotas no convencionales, una demanda que, según explicó, ha registrado un crecimiento en los últimos años.

«Tenemos mascotas no convencionales que atendemos como conejos, gallinas, tortugas, iguanas, entre otras», señaló Rogel, quien agregó que el hospital cuenta con especialistas en consulta externa dedicados a la atención de este tipo de animales.

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El Salvador registra otro día sin homicidios y suma 163 jornadas con cero asesinatos en 2026

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El combate frontal a las pandillas continúa reflejándose en la reducción sostenida de los índices de homicidios en todo el territorio nacional, según información oficial.

De acuerdo con el reporte de la Policía Nacional Civil (PNC), el jueves 9 de julio finalizó con cero homicidios a escala nacional, un resultado que, según las autoridades, refleja el clima de tranquilidad que viven los salvadoreños y los miles de turistas que diariamente visitan la belleza natural, los sitios históricos, las montañas y las playas de El Salvador.

El ministro de Seguridad, Gustavo Villatoro, destacó los resultados de la estrategia de seguridad y afirmó: «Hemos logrado de una forma soberana e independiente neutralizar y seguir derrotando día con día al enemigo más grande que teníamos como país, como sociedad, como Estado y como gobierno, que son las pandillas».

Desde el 1 de junio, con la llegada del presidente Nayib Bukele al poder, el país acumula 1,266 días sin homicidios. No obstante, el mayor impacto, según las autoridades, se produjo tras la aprobación del régimen de excepción, vigente desde marzo de 2022, período durante el cual El Salvador suma 1,152 días sin asesinatos.

Como parte de esta medida, más de 92,000 presuntos pandilleros han sido capturados y permanecen en prisión, de acuerdo con la información oficial. Las autoridades sostienen que esta condición de seguridad ha favorecido sectores como el turismo.

Asimismo, se destaca que países como México, Bélgica, Italia, Letonia, Malta, Noruega, Australia, Japón, Austria, Estados Unidos, Israel, Países Bajos y, recientemente, Suecia, han reducido sus niveles de alerta para viajar y han catalogado a El Salvador como un destino seguro.

En lo que va de 2026, el país acumula 163 días sin homicidios, según el reporte oficial.

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Dos jóvenes fueron alcanzados por un rayo en Cuscatlán

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Dos jóvenes fueron impactados por un rayo durante una tormenta eléctrica registrada en el cantón Cujuapa, en las cercanías del Lago de Ilopango, distrito de Cojutepeque, en Cuscatlán Sur, informó la Dirección General de Protección Civil.

El incidente ocurrió la noche del jueves. Un joven de 18 años falleció en el lugar del impacto, mientras que una adolescente de 16 años resultó lesionada y fue trasladada a un centro hospitalario para recibir atención médica.

De acuerdo con información proporcionada por habitantes de la zona, ambos se desplazaban en una motocicleta y, durante la tormenta, buscaron resguardarse en una champa de lámina ubicada contigua a la cancha de fútbol del cantón Cujuapa, donde fueron alcanzados por la descarga eléctrica.

Este tipo de tragedias ha enlutado a varias familias en El Salvador. Como antecedente, el pasado viernes 5 de junio, un joven identificado como José Roberto García Arévalo murió tras ser alcanzado por un rayo en Atiquizaya, Ahuachapán.

Ante este tipo de emergencias, las autoridades recomiendan no refugiarse debajo de árboles, rocas u otros elementos prominentes y solitarios, así como retirarse de lugares elevados, como cimas o lomas.

Asimismo, aconsejan no correr durante una tormenta eléctrica, evitar el contacto con materiales metálicos y cuerpos de agua, y apagar, de ser posible, dispositivos como teléfonos móviles y tabletas, debido a que sus radiaciones pueden atraer rayos.

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