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Sucesos

Después de vacación se dará a conocer cobro por ingreso a la Puerta del Diablo

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Hasta después de las vacaciones se dará una postura oficial sobre el supuesto cobro de $1.50 para poder ingresar a la Puerta del Diablo, según fuentes del Instituto Salvadoreño de Turismo (ISTU) consultadas por El Salvador Times.

De igual forma, el presidente de la República en funciones, Óscar Ortíz, dijo esta mañana que verificará esta situación que será resuelta luego de las vacaciones de Semana Santa. «Esa información no la tengo pero la vamos a revisar, me comprometo a revisar eso. Le voy a llamar al ministro de Turismo para ver cómo estamos manejando esta situación», sostuvo.

Actualmente el ingreso al parque Balboa  y de la familia tiene un costo de $1.50 por persona y $1 por vehículo. Sin embargo, a la Puerta del Diablo no se le había impuesto un costo de ingreso.

Sin embargo, esta semana el presidente del ISTU, Álvaro Cornejo, le dijo a un medio de comunicación que se comenzaría a implementar el cobro en el parque. «Cuando la persona quiera llegar, tendrá ingreso a los tres parques, con un solo pago pueda obtener la diversión en los tres. No se pretende golpear la situación económica de la familia sino mejorar la calidad del servicio», expuso.

Esto generó una serie de críticas entre los usuarios del parque y de la población en general que visita la zona, sobre todo en este periodo vacacional. Sin embargo, aún no se ha hecho un anuncio oficial de parte de las autoridades pertinentes.

En este sentido, el ministro de Gobernación, en conferencia de prensa esta mañana, dijo que se estará brindando transporte por medio de los «buses alegres» que servirán en varias comunidades de San Salvador, Santa Ana y San Miguel y aseguró que «a las personas que están asistiendo por este medio no se les va a cobrar el ingreso, a las instalaciones del ISTU, ni tampoco a las del Ministerio de Trabajo, Centro Obrero de Coatepeque».

La Puerta del Diablo es uno de los 14 parques recreativos del Estado que son administrados por el ISTU.

Por: El Salvador Times.

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Acusado de feminicidio enfrentará juicio en San Salvador

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Gabriel López Meléndez fue enviado a juicio por el delito de feminicidio agravado en perjuicio de su compañera de vida, así decidió el Juzgado Especializado Segundo de Instrucción para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres de San Salvador.

De acuerdo con la investigación de la Fiscalía General de la República, los hechos ocurrieron el 3 de agosto de 2025 en el distrito de Apopa a raíz de una discusión que se prolongó durante varias horas hasta que el sujeto comenzó a agredir físicamente a la víctima.

«Mientras la pareja se encontraba en una habitación de su vivienda junto a uno de sus hijos, López, motivado por celos, habría comenzado una discusión y golpeó a la víctima en el estómago y el resto del cuerpo hasta quitarle la vida», se detalló en la acusación.

Posteriormente, López acudió a socorristas para solicitar ayuda, sin embargo, cuando estos llegaron, la víctima ya había muerto por las múltiples lesiones.

En el peritaje forense, que fue parte del desfile de pruebas de la Fiscalía, se determinó que la causa de muerte fue un trauma cerrado de abdomen de tipo contuso.

La investigación determinó que López Meléndez y la víctima mantenían una relación sentimental marcada por violencia psicológica y física ejercida por él. Además, el imputado intentaba controlarla y la maltrataba tras constantes episodios de celos.

Al valorar la oferta probatoria del ministerio público, el juzgado identificó elementos suficientes y relevantes para admitir la acusación y remitir el proceso a la etapa de sentencia. Asimismo, ratificó la medida cautelar de detención provisional contra el procesado, que se enfrenta a una posible condena de más de 30 años de prisión.

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Imponen 10 años de cárcel a cuatro hombres por amenazar a persona para que abandonara su casa

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Luis Armando Márquez Tovar, Jonathan Alexander Veliz Umaña, Jorge Alberto Landaverde Rivas y José Samuel Lima Flores fueron condenados a 10 años de cárcel cada uno por el delito de limitación ilegal a la libertad de circulación. La pena carcelaria fue impuesta por el Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador.

Los hechos ocurrieron el 27 de diciembre de 2021, en el distrito de Apopa, municipio de San Salvador Oeste.

La Fiscalía logró comprobar que ese día, aproximadamente a las 8:30 p. m., los ahora condenados llegaron a la vivienda de la víctima, quien tenía abierta la puerta balcón del inmueble para amenazarla con que debía abandonar el lugar.

En el desarrollo de la vista pública, la víctima declaró que uno de los sujetos hablaba por teléfono y, entre insultos, le exigió que tomara el celular porque querían hablar con él, además de pedirle que se dejara tomar una fotografía.

«La víctima al ver el semblante intimidante de los imputados, tomó el teléfono celular y escuchó que la persona al otro lado de la llamada le advirtió que, si no accedía a tomarse la fotografía, enviaría a otras personas para dispararle», detallaron las fuentes. Ante la negativa de la víctima, los procesados lo amenazaron para que abandonara el lugar. Por temor a que las amenazas se concretaran, la víctima se vio obligada a dejar su vivienda.

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Cómplice de homicidio en Ciudad Delgado purgará 37 años de cárcel

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Carlos Eloy Castañeda Hernández fue condenado a 37 años de prisión por homicidio simple en calidad de cómplice no necesario, así resolvió el Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador.

El hecho ocurrió el 15 de marzo de 2021, en Ciudad Delgado, San Salvador Centro, en perjuicio de la víctima identificada como C. J. E.

Según la acusación, ese día, tras una fuerte discusión, el hijo del procesado, identificado en el caso únicamente como Samuel, «disparó con un arma de fuego contra la víctima. En ese mismo hecho, el imputado le arrebató el arma y disparó contra las otras tres víctimas, causándoles lesiones. Posteriormente, el autor del homicidio (Samuel) se dio a la fuga», detallaron fuentes judiciales.

La condena impuesta a Castañeda Hernández incluye la responsabilidad en los tres casos de homicidio tentado (intento), cuyas víctimas permanecen bajo reserva de identidad, así como por el delito de tenencia, portación o conducción ilegal o irresponsable de arma de fuego.

En el fallo, el tribunal determinó que el imputado participó en el homicidio en calidad de cómplice no necesario, al no auxiliar a la víctima, lo que facilitó la fuga del asesino Samuel.

Por el delito de homicidio simple en modalidad de complicidad no necesaria, el tribunal le impuso diez años de prisión. Por cada uno de los homicidios tentados (intentos), ocho años; y por el delito de tenencia, portación o conducción ilegal o irresponsable de armas de fuego, tres años de prisión

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