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Honorable Corte en Pleno le da la razón al empresario Enrique Rais al no procesarlo en tribunales de crimen organizado. ¿Será que el sistema de justicia también le dará la razón de la persecución que ha denunciado durante mucho tiempo el empresario?

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Después de haber evaluado la Corte Suprema de Justicia y confirmado que la resolución por medio de la cual el Juzgado Especializado de instrucción “C” de San Salvador, estaba apegada a derecho cuando decidió no asumir competencia para conocer sobre la causa penal intentada contra Enrique Rais, Hugo Blanco Rais, Francisco Grimaldi y Ernesto Gutiérrez, decidió remitir nuevamente el expediente al Juzgado 2o de Instrucción, autoridad que de forma incomprensible y retomando literalmente una resolución judicial de otro Tribunal, como en su momento se hizo ver, pretendió que el caso se ventilare como hechos de crimen organizado, lo que ahora ha quedado confirmado por el máximo Tribunal del país, que no es así, por lo que se pierde toda la base que la fiscalía intentó presentar para acusar al empresario, su sobrino y dos abogados.

El caso penal seguido contra Rais, se encuentra fundado en las mismas escuchas cuestionadas sobre su legalidad y su autenticidad que han sido utilizadas en el caso conocido como “Rais-Martínez” y en un testigo anónimo con criterio de oportunidad, al que Fiscalía pretende generar un anticipo de prueba y que según la defensa de algunos imputados, no se ha permitido investigar a profundidad sobre la forma en que ha declarado, como su presencia o no en el país, al momento de presuntamente rendir sus declaraciones ante dos fiscales de la Unidad de Crimen Organizado de la FGR, mientras Wil Walter Ruiz Ponce, primo hermano del Ex Fiscal General Douglas Meléndez, era Jefe de esa unidad. Tampoco se ha informado por los fiscales del caso, ante que autoridad judicial se autorizó el criterio de oportunidad de ese supuesto testigo.

También es importante destacar, según los abogados defensores de Hugo Blanco Rais, que “la decisión ilegal que adoptó el Juzgado 2o de Instrucción, ha sido causa de violación a garantías para los procesados en este caso.” Según los profesionales del derecho, cuando ese Tribunal a fecha 31 de julio de 2019, se declara incompetente  de manera infundada y remite el expediente a la jurisdicción especializada, se contaba con el plazo prorrogado de seis meses para que la defensa aportara toda la prueba de descargo correspondiente y pudiera desvirtuar los elementos de prueba con los que supuestamente contaba la representación fiscal; sin embargo el Juzgado Especializado de Instrucción “C” el día 09 de agosto de 2019, confirma que el caso no tiene relación con “actos de criminalidad organizada” y además confirma que el juzgado remitente (2o de instrucción) “utilizó los mismos fundamentos que el Tribunal Primero de Sentencia para declinar su competencia”, en pocas palabras que “plagió el fallo” y esto provocó que el caso tuviera que ir a conocimiento de la Corte Suprema de Justicia, quien resolvió el conflicto de competencia hasta finales de enero de 2020 y los abogados únicamente hemos conocido de la resolución hasta el día 14 de febrero de 2020, eso es dos días después que venció el plazo de instrucción a estas alturas ya improrrogable.

 Según los defensores de Blanco Rais, irresponsablemente la Unidad de Prensa del Centro Judicial Isidro Menéndez comunica que ahora la Fiscalía General de la República cuenta con cinco días hábiles para presentar el dictamen de acusación y señalar fecha para audiencia preliminar; cuando en realidad estamos ante un situación sumamente compleja, porque el Sistema Judicial tuvo a nuestro cliente sin un “Juez Natural” que atendiera la causa durante el plazo de instrucción, ante el que poder hacer peticiones, solicitudes, ofertar y proponer la producción de prueba, interponer Excepciones o cualquier otro tipo de acciones para comprobar la inocencia del procesado.

“Acá hay un gran reto para el Fiscal General, afirmaron los abogados, en hacer prevalecer el Estado de Derecho, pues si no ha existido etapa de instrucción, por cauas no atribuibles a los procesados, sino por un grave error judicial del Juez 2o de Instrucción, no hay fundamentos para establecer un Dictamen de Acusación, ya que la prueba existente fue cuestionada desde la audiencia inicial, al ser señalada por el Juzgado 8o de Paz como insuficiente. No se trata solamente que la Fiscalía acuse, se trata del ente que debe velar también porque se tutelen los derechos y garantías de los procesados”- reiteraron. Finalmente, también dejaron entrever que en caso la Fiscalía actúe ilegalmente formulando dictamen de acusación, acudirán ante la Sala de lo Constitucional, ya que en este caso se han violado derechos fundamentales como la seguridad jurídica, el debido proceso y el derecho de defensa.

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Condenan a cadena perpetua a pandilleros de la MS-13 capturados durante el régimen de excepción en El Salvador

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El Tribunal Cuarto Contra el Crimen Organizado de San Salvador impuso condenas de cadena perpetua a integrantes de la Mara Salvatrucha (MS-13), capturados durante el régimen de excepción y procesados por delitos relacionados con homicidios, desapariciones, extorsiones y actividades de organizaciones terroristas. La Fiscalía General de la República (FGR) confirmó las sentencias el viernes 9 de octubre de 2026, como parte de los procesos judiciales contra estructuras pandilleriles que operaban en la capital y sus alrededores.

Entre los condenados se encuentran Josué Germain González Mejía, identificado por las autoridades como corredor de clica, y Giovanni Andrés Hernández, señalado como homeboy dentro de la organización criminal. Según las investigaciones fiscales, ambos formaban parte de estructuras que mantenían presencia en diferentes sectores de San Salvador, donde se les atribuyeron hechos violentos y actividades delictivas contra la población.

La Fiscalía aseguró que durante el proceso judicial presentó elementos probatorios relacionados con homicidios, desapariciones de personas, extorsiones, agrupaciones ilícitas y delitos vinculados con organizaciones terroristas. Sin embargo, la institución no precisó el número total de personas condenadas en este caso, las fechas de los hechos investigados ni las circunstancias particulares de cada delito. Las sentencias fueron dictadas por el Tribunal Cuarto Contra el Crimen Organizado de San Salvador.

Estas condenas se producen después de las reformas constitucionales y penales aprobadas en marzo de 2026, mediante las cuales El Salvador incorporó la prisión perpetua para delitos de extrema gravedad, como homicidio, violación y terrorismo. La modificación del artículo 27 de la Constitución permitió establecer esta sanción, cuya aplicación contempla mecanismos de revisión judicial después de determinados períodos de cumplimiento. En septiembre se conocieron las primeras sentencias bajo el nuevo marco legal, por lo que las resoluciones contra integrantes de la MS-13 representan nuevos casos de aplicación de esta pena.

Los condenados habían sido detenidos durante el régimen de excepción, vigente desde el 27 de marzo de 2022 y prorrogado periódicamente por la Asamblea Legislativa. El Gobierno sostiene que esta medida ha contribuido a reducir los homicidios y desarticular estructuras criminales, mientras organizaciones de derechos humanos han expresado preocupación por las garantías procesales en determinados casos. Las nuevas sentencias reflejan la aplicación del endurecimiento de las penas contra delitos graves en El Salvador, en medio de la continuidad de los procesos judiciales relacionados con las pandillas.

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Capturan en Morazán a presunto pandillero de la MS-13 buscado por homicidio agravado y otros delitos

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La Policía Nacional Civil (PNC), en coordinación con elementos de la Fuerza Armada de El Salvador (FAES), capturó a Marvin Esaú González Cruz, alias “Skate”, señalado por las autoridades como integrante de la Mara Salvatrucha (MS-13). El procedimiento se desarrolló en el distrito de San Francisco Gotera, municipio de Morazán Sur, como parte de las operaciones de seguridad realizadas en la zona oriental del país.

De acuerdo con la información proporcionada por las autoridades, González Cruz era requerido por la justicia debido a órdenes de captura relacionadas con los delitos de homicidio agravado y pertenencia a organizaciones terroristas. Su detención permitió ponerlo a disposición de las instancias judiciales que lo reclamaban para continuar con el proceso correspondiente.

La intervención fue ejecutada mediante la coordinación entre agentes policiales y efectivos militares, quienes localizaron al sospechoso en San Francisco Gotera. Las autoridades no han divulgado mayores detalles sobre las circunstancias del homicidio que se le atribuye ni sobre la fecha en que habrían ocurrido los hechos investigados.

El caso se suma a los procedimientos realizados recientemente en Morazán contra personas señaladas de pertenecer a estructuras criminales. El pasado 8 de octubre también se reportó la captura de José Ubaldo Colindres Robles en el distrito de Sociedad, Morazán Sur, quien, según la PNC, posee antecedentes por homicidio desde 2017 y presuntos vínculos con la MS-13.

Tras su arresto, González Cruz será remitido al juzgado que emitió el requerimiento judicial, donde deberá responder por los delitos que se le atribuyen. Su situación jurídica será determinada durante el proceso correspondiente, conforme a las pruebas presentadas por las autoridades competentes.

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Estafador es condenado a cinco años de cárcel

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Axel Moisés Ramírez Jiménez fue condenado a cinco años de prisión por el delito de estafa en perjuicio de dos personas. El Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador emitió una orden de captura en su contra, debido a que fue procesado en ausencia.

Durante la vista pública, la Fiscalía General de la República (FGR) estableció que, en abril de 2025, una de las víctimas publicó en la plataforma Marketplace el alquiler de una vivienda ubicada en Ciudad Marsella, en San Juan Opico, La Libertad Centro.

Al ver la publicación, Ramírez Jiménez contactó a la persona y manifestó su interés en el inmueble. Mientras realizaban los trámites, la convenció de invertir en la compra de materiales de construcción.

El condenado le aseguró que disponía de un código de mayorista que le permitiría adquirir los materiales a bajo precio. La víctima creyó en la propuesta y le transfirió $1,635 para iniciar el supuesto negocio.

Días después, el imputado convenció al hermano de la primera víctima para que también invirtiera en ese rubro. El segundo afectado le transfirió $1,135.50.

Sin embargo, pese a haber entregado el dinero, los hermanos nunca recibieron los materiales de construcción ofrecidos ni la devolución de las cantidades transferidas.

En su resolución, el Tribunal Cuarto de Sentencia valoró las pruebas presentadas, las cuales vincularon a Ramírez Jiménez con el delito de estafa. Por ello, lo condenó a cinco años de prisión y ratificó la orden de captura para localizarlo y garantizar que cumpla la pena en un centro penal.

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