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Nacionales

Basura del alcalde Henry Flores, queda esparcida en carretera al puerto de La Libertad, tras impactante accidente de rastra de TECLASEO

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Retomado de La Noticia SV

Este 10 de mayo, mientras cientos de salvadoreños se preparaban para aprovechar y compartir con sus mamás, en la oferta de posibilidades de restaurantes y playas en el litoral del Puerto de La Libertad y sus aledaños, el curso de la circulación normal de la carretera que conduce precisamente a esa ciudad portuaria fue afectado por un grave accidente de tránsito causado por una rastra propiedad de la empresa TECLASEO, que se encarga de la recolección y transporte de la basura recolectada en el municipio de Santa Tecla.

La rastra accidentada, precisamente trasladaba la basura al botadero del Puerto de La Libertad que administra la empresa propiedad de Salume, la cual no cumple con las condiciones legales, ni técnicas para ser contratada, pese a esto el Alcalde Henry Flores, con asesoría del concejal Roberto d’Aubuisson en contra de la ley decidió adjudicarla a un precio de $25.oo por tonelada depositada en el sitio final de disposición, cuando el otro participante ofertó por el valor de $18.oo por tonelada. En lo que puede ser entendido como un presunto manejo irregular de las finanzas municipales, como lo ha expresado en varias denuncias interpuestas ante Fiscalía, Corte de Cuentas y Juzgado Ambiental, el abogado ambientalista Edgar Lemus.

“Esta no es la primera ocasión que en esa carretera pasa un accidente de esa naturaleza, ahora se puede al menos decir que los daños generados fueron estrictamente materiales, pero este hecho pudo haberse evitado y el responsable es el Alcalde de Santa Tecla, Henry Flores, quien en contra de lo que indica la Ley de Contrataciones del Estado adjudicó una empresa propiedad del Sr. Salume que ha incurrido en la inhabilitación por cinco años por haber brindado información falsa para obtener contratos por más de Un millón de dólares.” Expresa el licenciado Lemus, ante la magnitud del accidente.

¿Hasta cuando el Alcalde Henry Flores, va a dar predominancia a los intereses económicos del Sr. Salume y pensará en la buena gobernanza de las finanzas municipales por las tecleñas y tecleños, por desarrollar una gestión transparente y proteger los intereses de la población y no un negocio oscuro que se ha beneficiado ilegalmente en el pasado de las arcas municipales de Santa Tecla? Se cuestiona el citado abogado.

De acuerdo a las investigaciones preliminares la rastra de TECLASEO accidentada, se conducía en exceso de velocidad y cargada con la basura que transportaba al botadero municipal del Puerto de La Libertad, lo que generó que el conductor de la misma perdiera el control y colisionara con los separadores e la carretera generando un incendio.

“Creo que ya es tiempo que las autoridades ambientales (Ministerio de Medio Ambiente y Juzgado Ambiental) vean con real atención de la ciudadanía el sitio de disposición final de basura del Puerto de La Libertad, que lleva años provocando contaminación y obteniendo grandes beneficios pese a operar durante los 2017 y 2018 sin un permiso ambiental para brindar servicios a distintas municipalidades, entre las que se encuentra la de Santa Tecla, que le canceló una suma millonaria por un servicio que no estaba autorizado a brindar; pero además pone en peligro por un indebido control de las unidades recolectoras de basura, la seguridad de otros usuarios de la vía, por las propias características de esa carretera. Además no es posible que se siga contaminando parte del corredor turístico del Puerto de La Libertad, solamente por hacer más rico al Sr. Salume” resalta Lemus.

Finalmente Lemus responsabiliza al Alcalde Henry Flores, de cualquier hecho de contaminación u otros accidentes que se puedan producir, cuyas evaluaciones no fueron hechas, con el únco fin de favorecer la empresa de Salume, que desde sus inicios ha estado rodeada de negociaciones opacas en las que curiosamente han sido los recursos financieros que pagan los contribuyentes los que han sido mal utilizados. Se contrata una empresa (la de Salume) a coste más caro y se provocan percances que afectan a las salvadoreñas y salvadoreños. Es una clase de corrupción que no puede seguir, detalló.

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Cinco partidos ya prevén aspirar a la presidencia

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El 28 de febrero de 2027, los salvadoreños elegirán presidente, vicepresidente, diputados y concejos municipales.

Cinco de los 11 partidos inscritos ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE) han contemplado ya la presentación de candidaturas para presidente y vicepresidente de la república para las elecciones de febrero de 2027.

 

De acuerdo con las convocatorias a elecciones internas, los partidos FMLN, PDC, PCN, GANA y Fuerza Solidaria prevén competir con sus fórmulas para dirigir el Ejecutivo durante el sexenio 2027-2033.

El secretario general del FMLN, Manuel Flores, confirmó esta semana que competirán en la elección presidencial.

 

«Vamos a participar, claro que sí. Hay cientos de miles de salvadoreños que no quieren este régimen y lo van a demostrar en las urnas. Nosotros somos una opción», manifestó Flores.

 

Guillermo Gallegos, del partido GANA, aseveró en la entrevista El Urbano que evalúan tener candidato para la presidencia de la república.

 

En tanto, el Partido Demócrata Cristiano (PDC), a través de su secretario de Asuntos Jurídicos, Nelson Alvarado, informó que no competirían en la elección presidencial; sin embargo, en su convocatoria para el proceso interno indicaron que elegirán candidatos para el referido cargo.

 

De igual manera, el Partido de Concertación Nacional (PCN) en su convocatoria indicó que hará proceso de elección para aspirar al Ejecutivo.

 

Fuerza Solidaria también tendrá representación presidencial, legislativa y municipal en los comicios. Mientras que VAMOS descartó su participación en la carrera por la presidencia.

 

Otros partidos aún no informan su proceso interno y las candidaturas por las que entrarían en la contienda. Todos los institutos políticos interesados en competir deberán tomar en consideración la última fecha para elegir a sus candidatos: 29 de julio de 2026. El martes 7 de abril finalizará el período establecido para que convoquen a dicho proceso interno.

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Criminólogo aclara que en El Salvador no había pena perpetua

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La reforma del inciso segundo del artículo 27 de la Constitución de la República entrará en vigencia hasta que la CSJ adecúe las enmiendas de las leyes secundarias.

 

El experto en criminología Ricardo Sosa aclaró, en la entrevista Las cosas como son, que en El Salvador no existía la pena perpetua como algunas personas han opinado en distintos medios de comunicación, incluyendo redes sociales.

 

«Es lamentable que un profesional de las ciencias del derecho diga que lo que se ha hecho es elevar a rango constitucional algo que ya existía, porque no es cierto», afirmó Sosa, agregando que con dicho argumento «lo único que logran es confundir a la población».

 

De acuerdo con el experto, en la ley que estaba vigente «la pena máxima de prisión era de 60 años, de ahí todo lo que ha ocurrido en el presente siglo son condenas que acumulan delitos que no tienen relación entre ellos, y el juez establece una condena por cada delito».

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Sosa aclaró que, bajo ese marco normativo, si la persona condenada sigue con vida después de cumplir los 60 años en prisión, debe salir libre.

 

A su juicio, el motivo para que algunos abogados estén enviando el mensaje de que la pena perpetua ya existía es porque necesitan mantener un discurso que le haga pensar a las personas condenadas que podrán salir de la cárcel; y seguir ofreciéndoles sus servicios de jurídicos.

 

«Engañan a la gente diciéndole que en la primera audiencia le van a sacar a su pariente», indicó, y reiteró que algunos abogados mantienen ese discurso y prometen que en la segunda audiencia sacarán libre al procesado, pero terminan culpando a los familiares de no presentar los arraigos a tiempo.

 

El jueves 26 de marzo, la Asamblea Legislativa ratificó la reforma constitucional que permite la cadena perpetua para asesinos, violadores y terroristas, la cual entrará en vigencia una vez sea publicada en el «Diario Oficial» y se haya capacitado al personal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que ha solicitado un mes para adecuación de leyes secundarias.

 

Sosa también se refirió al informe sobre derechos humanos en El Salvador que presentó recientemente Gipes, encabezado por Santiago Cantón, Susana Sácouto, Claudia Marín, José Antonio Guevara y Gino Costa.

 

«Usted cree que estas cinco personas con sus hojas de vida, títulos universitarios y cantidad de cursos de ese sistema, de esa ideología, van a redactar capturas arbitrarias, 89,000, y luego se confunden y dan otra cifra. ¿De qué estamos hablando? ¿Qué tipo de rigurosidad tiene?», dijo.

 

Sosa aprovechó para invitar a miembros de Gipes para que vengan a El Salvador y se muestren como querellantes de los 89,000 reclusos que aseguran fueron detenidos de forma arbitraria.

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Código Procesal Penal establece los mecanismos para la pena perpetua

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El Código Procesal Penal es parte de las cinco leyes secundarias que fueron homologadas para la imposición de la condena perpetua para homicidas, violadores y terroristas, tras la ratificación en el congreso de la reforma al artículo 27 de la Constitución de la República.

 

La modificación al Código se aprobó el jueves anterior, para que no riña con el marco constitucional, tal como se hizo con el Código Penal, la Ley Especial contra Actos de Terrorismo, la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, y la Ley Penal Juvenil.

 

Para que el Código Procesal Penal tenga los alcances requeridos se intercaló entre los artículos 51 y 52 el artículo 51-A, creando los Juzgados de lo Criminal, que serán los encargados de procesar los casos de adultos y menores.

 

«Los Juzgados de lo Criminal tendrán la competencia exclusiva para el conocimiento y decisión de los procesos que se inicien en contra de los adultos y menores de edad, por la comisión de delitos de homicidio simple, homicidio agravado, feminicidio, feminicidio agravado, violación, violación en menor o incapaz y violación agravada», establece parte del 51-A.

Añade que estos tribunales «serán los encargados de vigilar y garantizar el estricto cumplimiento de las normas que regulan la ejecución de las penas que impongan en el ejercicio de sus competencias, así como la revisión de la pena perpetua y al régimen de libertad controlada», las cuales serán atribuciones designadas por la Corte Suprema de Justicia a jueces de Vigilancia penitenciaria y ejecución de la pena.

 

La reforma también hace referencia a la creación de Cámaras de lo Criminal, cuya función será conocer «los incidentes de impugnación» que surjan de un procedimiento especial.

 

Como parte de las modificaciones se reguló el artículo 331 para evitar medidas alternas a la detención en el caso de homicidas, violadores, terroristas y otro tipo de criminales.

 

«No se procederá a aplicar medidas alternas ni sustituir la detención provisional en los delitos: homicidio simple, homicidio agravado, feminicidio, feminicidio agravado, secuestro, delitos contra la libertad sexual (…) y delitos cometidos por miembros de grupos de terroristas, maras, pandillas o cualquier otra agrupación criminal», quedó normado en el segundo inciso.

 

Para Rafael Góchez, escritor y docente, las reformas tienen como finalidad que homicidas, violadores y terroristas no salgan a delinquir.

 

«Se establece más que como un mecanismo disuasivo, pensado en incapacitar a esta persona (delincuente) para que en un futuro no pueda volver a la sociedad», sostuvo Góchez en la entrevista A:M de canal 10

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