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Alta dirigencia del FMLN -bajo anonimato- reconoce que Oscar Ortiz se impuso en las internas por más de 400 votos
De una forma no oficial, algunos miembros de la alta dirigencia del partido FMLN reconocieron que el ex vicepresidente de la República, Oscar Ortiz ganó la secretaria general del partido en las pasadas elecciones internas.
Hasta el momento la Comisión Especial Electoral del partido rojo no oficializa esos resultados bajo el argumento que están revisando ocho recursos de nulidad e impugnación por presuntas irregularidades en el proceso de elección presentados por igual número de municipios.
Según el periódico El Salvador Times, Óscar Ortiz se impuso
sobre su contrincante y ex ministro de gobernación, Arístides Valencia, por un poco más de 400 votos.
De lo anterior se deduce que la militancia del FMLN se inclinó por reformar y hacer cambios en el patido que es lo que el ex alcalde de Santa Tecla, Ortiz, prometió en su plataforma.
El partido que se encuentra en crisis debido a dos elecciones donde perdió una grantidad de votantes, la primera en el 2018 cuando se eligió a diputados y alcaldes y la segunda este año cuando la población seleccionó a Nayib Bukele como presidente de la República.
En las segundas elecciones el FMLN perdió cerca de un millón de votantes y desplazó al partido como la tercera fuerza política después del partido ARENA.
Por otra parte el presidente Bukele hizo público que la cúpula tenía a sus parientes trabajando en instituciones del estado con salarios altos lo que ha generado indignación en muchos salvadoreños incluidas las bases del partido que se han desmarcado de esas acciones.
Nota retomada de El Salvador Times. Lea nota original aquí.
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Acusado de feminicidio enfrentará juicio en San Salvador
Gabriel López Meléndez fue enviado a juicio por el delito de feminicidio agravado en perjuicio de su compañera de vida, así decidió el Juzgado Especializado Segundo de Instrucción para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres de San Salvador.
De acuerdo con la investigación de la Fiscalía General de la República, los hechos ocurrieron el 3 de agosto de 2025 en el distrito de Apopa a raíz de una discusión que se prolongó durante varias horas hasta que el sujeto comenzó a agredir físicamente a la víctima.
«Mientras la pareja se encontraba en una habitación de su vivienda junto a uno de sus hijos, López, motivado por celos, habría comenzado una discusión y golpeó a la víctima en el estómago y el resto del cuerpo hasta quitarle la vida», se detalló en la acusación.
Posteriormente, López acudió a socorristas para solicitar ayuda, sin embargo, cuando estos llegaron, la víctima ya había muerto por las múltiples lesiones.
En el peritaje forense, que fue parte del desfile de pruebas de la Fiscalía, se determinó que la causa de muerte fue un trauma cerrado de abdomen de tipo contuso.
La investigación determinó que López Meléndez y la víctima mantenían una relación sentimental marcada por violencia psicológica y física ejercida por él. Además, el imputado intentaba controlarla y la maltrataba tras constantes episodios de celos.
Al valorar la oferta probatoria del ministerio público, el juzgado identificó elementos suficientes y relevantes para admitir la acusación y remitir el proceso a la etapa de sentencia. Asimismo, ratificó la medida cautelar de detención provisional contra el procesado, que se enfrenta a una posible condena de más de 30 años de prisión.
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Imponen 10 años de cárcel a cuatro hombres por amenazar a persona para que abandonara su casa
Luis Armando Márquez Tovar, Jonathan Alexander Veliz Umaña, Jorge Alberto Landaverde Rivas y José Samuel Lima Flores fueron condenados a 10 años de cárcel cada uno por el delito de limitación ilegal a la libertad de circulación. La pena carcelaria fue impuesta por el Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador.
Los hechos ocurrieron el 27 de diciembre de 2021, en el distrito de Apopa, municipio de San Salvador Oeste.
La Fiscalía logró comprobar que ese día, aproximadamente a las 8:30 p. m., los ahora condenados llegaron a la vivienda de la víctima, quien tenía abierta la puerta balcón del inmueble para amenazarla con que debía abandonar el lugar.
En el desarrollo de la vista pública, la víctima declaró que uno de los sujetos hablaba por teléfono y, entre insultos, le exigió que tomara el celular porque querían hablar con él, además de pedirle que se dejara tomar una fotografía.
«La víctima al ver el semblante intimidante de los imputados, tomó el teléfono celular y escuchó que la persona al otro lado de la llamada le advirtió que, si no accedía a tomarse la fotografía, enviaría a otras personas para dispararle», detallaron las fuentes. Ante la negativa de la víctima, los procesados lo amenazaron para que abandonara el lugar. Por temor a que las amenazas se concretaran, la víctima se vio obligada a dejar su vivienda.
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Cómplice de homicidio en Ciudad Delgado purgará 37 años de cárcel
Carlos Eloy Castañeda Hernández fue condenado a 37 años de prisión por homicidio simple en calidad de cómplice no necesario, así resolvió el Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador.
El hecho ocurrió el 15 de marzo de 2021, en Ciudad Delgado, San Salvador Centro, en perjuicio de la víctima identificada como C. J. E.
Según la acusación, ese día, tras una fuerte discusión, el hijo del procesado, identificado en el caso únicamente como Samuel, «disparó con un arma de fuego contra la víctima. En ese mismo hecho, el imputado le arrebató el arma y disparó contra las otras tres víctimas, causándoles lesiones. Posteriormente, el autor del homicidio (Samuel) se dio a la fuga», detallaron fuentes judiciales.
La condena impuesta a Castañeda Hernández incluye la responsabilidad en los tres casos de homicidio tentado (intento), cuyas víctimas permanecen bajo reserva de identidad, así como por el delito de tenencia, portación o conducción ilegal o irresponsable de arma de fuego.
En el fallo, el tribunal determinó que el imputado participó en el homicidio en calidad de cómplice no necesario, al no auxiliar a la víctima, lo que facilitó la fuga del asesino Samuel.
Por el delito de homicidio simple en modalidad de complicidad no necesaria, el tribunal le impuso diez años de prisión. Por cada uno de los homicidios tentados (intentos), ocho años; y por el delito de tenencia, portación o conducción ilegal o irresponsable de armas de fuego, tres años de prisión




