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Tribunal afirma que testigos de Fiscalía cometieron falso testimonio en caso del exalcalde de Apopa, Elías Hernández bajo la gestión del exfiscal Douglas Meléndez

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El Juzgado Especializado de Sentencia A de San Salvador  determinó que los testigos que utilizó la Fiscalía General de la República para acusar al ex alcalde de Apopa, José Elías Hernández Hernández, de formar parte de una agrupación ilícita, cometieron el delito de Falso Testimonio.

Los testigos clave “Tanque”, “Ninja” y “Triple X” (a quienes el Ministerio Público les otorgó criterio de oportunidad) alteraron información y tergiversaron los hechos para incriminar al exalcalde de Apopa, señaló el juez especializado. Luego de constatar que los testimonios adolecían de “mentiras y falsedades” según el documento, en la Sentencia Definitiva que emitió el juzgador, ordenó a la Fiscalía que abriera expediente e investigara a sus propios testigos por la comisión del delito de Falso Testimonio.

Además, el Juez reprochó el trabajo realizado por la institución fiscal, estableciendo que por la premura en tramitar los casos “se olvida de su rol de garante de la legalidad, promoviendo acusaciones infundadas con información que proporcionan testigos, respecto de quienes no se cerciora previamente que digan la verdad”.

La Cámara Especializada de lo Penal —con sede en Santa Tecla— al conocer del caso en apelación confirmó que la decisión del Juez Especializado de Sentencia se encontraba conforme a Derecho, porque al valorar los testimonios los magistrados también evidenciaron contradicciones en las versiones de los testigos y, además, se comprobó que incluso los testigos de Fiscalía no habían presenciado los hechos que declararon.

El artículo 305 del Código Penal regula el delito de Falso Testimonio, sancionando con prisión de dos a cinco años a los testigos que afirman falsedades o mienten ante autoridad judicial, sobre hechos o circunstancias respecto de los cuales son interrogados.

Los abogados defensores del exalcalde Elías Hernández solicitaron al Juzgado Especializado de Sentencia que se exigiera a la Fiscalía informar sobre si se ha abierto o no expediente de investigación en contra de los testigos clave “Tanque”, “Ninja” y “Triple X”, en razón de que el Ministerio Público pretende utilizar los mismos testigos falsos en un nuevo juicio. El Juzgado aclaró a los defensores que dicha entidad judicial cumplió con su deber legal de informar a Fiscalía sobre la comisión del delito de Falso Testimonio, y que no tiene competencia para darle seguimiento al proceso de investigación que debió iniciar el ente Fiscal.

Además, los abogados aseguraron que la orden judicial de abrir expediente de investigación a los testigos clave “Tanque”, “Ninja” y “Triple X” se le dio a la Fiscalía que en ese momento era administrada por Douglas Meléndez, por lo que al no haber acatado la orden del Juez, el extitular del Ministerio Público pudo haber incurrido en el delito de Omisión de Investigación.

Por: El Salvador Times.

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Procesarán en libertad a conductor y propietario de volqueta por tragedia en el redondel Integración que dejó dos muertos

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El Juzgado de Paz de Apopa ordenó que Rudis Joel R. H., de 31 años, y Marvin Alexis H. R., de 27, continúen el proceso penal con medidas sustitutivas a la detención por el accidente de tránsito ocurrido el 30 de septiembre en las inmediaciones del redondel Integración, en el distrito de Apopa. El siniestro dejó dos personas fallecidas y diez lesionadas.

Según la investigación fiscal, el conductor circulaba a 86.4 kilómetros por hora en una volqueta que excedía en 11.3 toneladas el límite de carga y presentaba deficiencias en el sistema de frenos. En esas condiciones, la unidad impactó contra varios vehículos que esperaban ingresar al redondel, provocando una cadena de colisiones. El juez sobreseyó definitivamente al conductor por el delito de conducción peligrosa, pero mantuvo el proceso por homicidio culposo y lesiones culposas.

Marvin Alexis H. R., propietario de la empresa dueña de la volqueta, es procesado por comisión por omisión en los mismos delitos. Se le atribuye no haber mantenido la unidad en condiciones adecuadas y haber registrado el vehículo de forma irregular, sin las autorizaciones correspondientes. Ambos imputados deberán pagar cauciones económicas: 5,000 dólares el conductor y 60,000 dólares el propietario.

Además de las fianzas, se les impuso restricción migratoria, la obligación de presentarse cada 15 días ante el juzgado y la prohibición de comunicarse con las víctimas y sus familiares. El caso continúa en etapa de instrucción.

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Condenan hasta 45 años de prisión a 74 pandilleros del Barrio 18 que operaban en La Libertad

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La Fiscalía General de la República (FGR) logró condenas de entre 25 y 45 años de prisión contra 74 integrantes de la pandilla Barrio 18. Los sentenciados operaban en los distritos de Lourdes y Santa Tecla, en el departamento de La Libertad, y fueron capturados durante el régimen de excepción.

Las penas fueron impuestas por el Tribunal Primero contra el Crimen Organizado de San Salvador, tras presentar pruebas que demostraron su pertenencia a la estructura criminal y su participación en diferentes hechos delictivos. Durante el juicio se establecieron las vinculaciones de los acusados con la organización.

Los ahora condenados todavía deberán enfrentar otros procesos judiciales por delitos adicionales, por los cuales podrían recibir nuevas condenas. Esta resolución se suma a una serie de fallos recientes contra estructuras del Barrio 18 en distintas zonas del país.

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Condenan a 20 años de prisión a pandillero que fungía como poste en El Congo, Santa Ana

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La Fiscalía General de la República logró una condena de 20 años de prisión contra Reynaldo Antonio Pérez Rosales, identificado como homeboy, por el delito de agrupaciones ilícitas. El sentenciado operaba desde 2017 en el municipio de El Congo, departamento de Santa Ana.

Según la investigación, sus funciones dentro de la estructura criminal consistían en vigilar la zona y alertar a los demás pandilleros sobre la presencia de patrullajes policiales y militares. Además, se le atribuye el cobro de extorsiones a diferentes comercios turísticos del sector, lo que formaba parte de las actividades con las que la organización mantenía control e intimidación en la zona.

La sentencia fue dictada en el marco de los procesos judiciales que avanzan contra integrantes de estructuras pandilleriles en el occidente del país. La Fiscalía detalló que Pérez Rosales también enfrenta procesos por otros delitos, por los cuales recibirá condenas adicionales que se acumularán a la ya impuesta.

Casos como este forman parte de las acciones de investigación y judicialización orientadas a desarticular las redes de vigilancia, cobro de extorsión y control territorial que ejercían las pandillas. Las autoridades continúan presentando pruebas sobre las funciones específicas de cada integrante dentro de las estructuras criminales.

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