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Judicial

Envían a juicio a “Chiquillo Periquillo Power” por ejercer violencia en contra del presidente Bukele

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El Juzgado Segundo de Instrucción de San Salvador, envió a vista pública a Sigfrido Alexander Orellana Meléndez, conocido en redes sociales como «Chiquillo Periquillo Power», por los delitos de violencia contra funcionarios públicos y proposición y conspiración y apología para cometer el delito de rebelión o sedición.

Además del auto apertura a juicio, el juzgado le giró orden de captura ya que es procesado como imputado ausente, en la resolución emitida se instruye a la Policía Nacional Civil (PNC) que se hagan gestiones a nivel local e internacional para que se emita alerta roja con miras a localizarlo e iniciar un proceso de extradición.

El fiscal del caso dijo en la audiencia preliminar que el 23 de agosto de 2022 a través de Facebook, Orellana Meléndez en una transmisión en vivo emitió una serie de comentarios y aseveraciones que riñen con la Constitución y ejercen violencia en contra del presidente de la República Nayib Bukele.

«Es así como el Juzgado Segundo de Instrucción ha tomado a bien los elementos probatorios que se han puesto a disposición y por un lado ha dado por establecido que así como nosotros hemos presentado el dictamen fiscal se han establecido ambos delitos», sostuvo el representante del ministerio público.

La Fiscalía asegura que con la prueba documental, pericial y testimonial se pasó a juicio para que un tribunal de sentencia deduzca responsabilidades.

«A partir de las reformas al Código Procesal Penal, el juez ha tenido a bien seguir con el proceso penal en ausencia y ha decretado la imposición de la medida de detención provisional y librar oficio para la difusión roja», agregó el fiscal.

En febrero de 2024, el Juzgado Especializado de Sentencia para una Vida Libre de Violencia, San Salvador lo condenó a seis años de prisión y al pago de 10 salarios mínimos concepto de responsabilidad civil.

La pena le fue impuesta por el delito de acoso a través de tecnologías de la información y la comunicación, amenazas con agravación especial, así como expresiones de violencia contra las mujeres.

En ese juicio se validó todas las pruebas presentadas por la Fiscalía y declaró al imputado como responsable de los delitos. El imputado se ha dedicado a realizar comentarios denigrantes en contra del colectivo de mujeres y de algunos políticos.

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Condenan a mujer por tráfico de marihuana en Soyapango

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El Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador condenó a seis años de prisión a Isis Tamara Elena Mejía, tras ser hallada culpable del delito de posesión y tenencia de droga con fines de tráfico.

De acuerdo con el expediente judicial, la captura se efectuó el 16 de julio de 2024 durante un allanamiento en su vivienda, ubicada en la urbanización Sierra Morena II, en Soyapango, luego de una denuncia ciudadana que alertaba sobre la venta de estupefacientes en el lugar.

Durante la inspección, agentes de la Policía Nacional Civil encontraron una bolsa negra con 405 gramos de marihuana en el baño, así como otra bolsa con 445 gramos en una de las habitaciones de la casa. La imputada fue detenida en el sitio y posteriormente procesada penalmente.

Las autoridades estimaron el valor de la droga incautada en $1,494.24.

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En juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, declararán 130 testigos

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En el juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, han declarado 11 testigos hasta la fecha, incluyendo tres peritos, dos bajo régimen de protección, un sindicalista y varios empleados municipales.

El proceso, que inició hace dos semanas pero ha sido interrumpido en varias ocasiones, busca esclarecer los delitos que la Fiscalía General de la República (FGR) investigó y judicializó con una amplia variedad de pruebas, reforzadas ahora con los testimonios presentados.

El Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador conoce el caso por los delitos de: apropiación o retención de cuotas laborales, incumplimiento de deberes, malversación, infracción de condiciones laborales o de seguridad social, negociaciones ilícitas, actos arbitrarios y falsedad ideológica.

Además de Montano, también son procesados el abogado Ricardo Roque Baires y los prófugos Ruth Raquel Aguilar de Montano (extesorera municipal), Salvador Orlando Montano (exdirector de asuntos estratégicos) y Francisco Antonio Henríquez (exgerente financiero).

La Fiscalía busca que todos los imputados sean condenados por los delitos que se les atribuyen.

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Condenan por enriquecimiento ilícito al exdiputado Rodolfo Parker y su familia

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La Cámara Segunda de lo Civil de San Salvador, condenó por enriquecimiento ilícito de $1,680,918.35 al exdiputado prófugo Rodolfo Parker Soto y su grupo familiar.

El exfuncionario deberá devolver $516,174.49, su esposa Cristina Renate Wein de Parker $330,939.22. sus hijos, Andrés Rodolfo Parker Wein pagará $731,123.88, Sofía Cristina Parker Wein, tendrá que devolver $19,700 y Katya Renate Parker Wein, $82.980.76

En el fallo de la audiencia probatoria, quedó establecido el incremento patrimonial no justificado que tuvo el exfuncionario en un juicio civil que fue ordenado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) tras recibir un informe de la Sección de Probidad.

En la demanda, fiscales de la Unidad Anticorrupción probaron una serie de irregularidades consistentes en depósitos a cuentas corrientes, compra de vehículos, pagos de préstamos de adquisición de viviendas, consolidación de deudas y pago de tarjetas de crédito, todo con dinero cuyo origen no supieron justificar.

Todas esas inconsistencias no fueron desvanecidas en Probidad cuando a Parker y su grupo familiar los emplazados para presentar documentación, las declaraciones juradas revisadas evidenciaron desde el inicio un enriquecimiento ilícito.

En su resolución, los magistrados luego de recibir la prueba le dieron la razón a la Fiscalía y aplicaron dos artículos de la Ley de Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos.

El artículo 20 los condena a reintegrar el dinero obtenido ilícitamente. «Cuando la sentencia fuere condenatoria, los responsables de enriquecimiento sin causa justa serán condenados a restituir al estado o al municipio, lo que le hubieren adquirido indebidamente», destaca la ley.

Y el artículo 21 destaca que cuando un funcionario o empleado público sea encontrado culpable quedará inhabilitado para ejercer cualquier cargo público por diez años.

Cuando iniciaron el proceso los fiscales plantearon un incremento patrimonial no justificado de $2,311,138.47, pero en el fallo de la audiencia probatoria quedó establecido un monto de $1.6 millones.

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