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Nacionales

Fiscal general advierte a alcaldías que imponer toques de queda es delito: «No es constitucional, no es legal»

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Raúl Melara, fiscal general de la República, advirtió esta mañana de miércoles, que ninguna alcaldía del país puede imponer toques de queda, y que hacerlo sería incurrir en un delito.

Las palabras del titular de la Fiscalía General de la República (FGR), surgen ante el anuncio de algunas municipalidades de establecer esta medida como parte de las acciones para frenar la propagación del COVID-19 y así hacer cumplir la cuarentena domiciliar.

“Lo que no podemos permitir es que municipios establezcan toques de queda para las personas, eso no es constitucional, no es legal, y lo advertimos desde un inicio”, afirmó hoy Melara.

Melara aclaró que los toques de queda solo pueden establecerse a través de un régimen de excepción, lo que “hoy por hoy no lo tenemos”, dijo.

Melara dijo que las alcaldías que en un dado momento anunciaron la restricción de circulación en horarios establecidos “gracias a Dios dieron marcha atrás” y ninguna ha implementado dicha medida, según el monitoreo de la FGR realizado hasta este día.

Así mismo, exhortó a la población a denunciar cualquier anomalía relacionada a este caso.

“Hacer un toque de queda es un delito, lo menos son actos arbitrarios, tómenlo en cuenta, no tomemos decisiones populistas y pongan en riesgo su libertad”, agregó.

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Miembro del Barrio 18 capturado en vuelo federal

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El ministro de Seguridad de El Salvador, Gustavo Villatoro, informó sobre la captura de un integrante de la organización criminal Barrio 18, quien intentó ingresar al país en un vuelo federal sin presentar alertas migratorias previas.

El detenido fue identificado como Edwin Alejandro Castro Hernández, alias «Street boy», quien, según las autoridades, quedó al descubierto durante los controles especializados realizados en el aeropuerto.

De acuerdo con la información oficial, Castro Hernández es señalado de pertenecer a la estructura «Tayni Wayniss Sureños», vinculada al control criminal de sectores del distrito de Ilopango.

Villatoro aseguró que el capturado enfrentará el proceso penal correspondiente por su presunta participación en actividades relacionadas con organizaciones terroristas.

En un pronunciamiento oficial, el ministro sostuvo que mantendrá las acciones de seguridad para evitar que estructuras criminales vuelvan a operar en el país. «Actuamos con inteligencia, decisión y con el compromiso de no volver jamás al pasado», señaló.

También afirmó que continuará reforzando los controles migratorios y de seguridad para impedir el ingreso de miembros de pandillas o estructuras criminales al territorio nacional.

 

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Ordenan a COASPAE la devolución de $462 mil a 25 socios

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El Tribunal Sancionador de la Defensoría del Consumidor ordenó a la Asociación Cooperativa de Ahorro y Crédito de Profesionales en Administración de Empresas y Carreras Afines (Coaspae de R.L.) que devuelva a un grupo de 25 socios la cantidad de $462 mil 914.53, al considerar que la institución financiera ha cometido una falta grave al no permitirles retirar sus ahorros y sus depósitos a plazos fijos ya vencidos.

La resolución del Tribunal es de diciembre de 2025, pero varios de los afectados han sido notificados a lo largo del primer trimestre de 2026. Además, la devolución no se ha hecho aún efectiva porque COASPAE contrarrestó con una demanda ante un Juzgado de lo Cotencioso Administrativo, lo cual pone en pausa el proceso hasta que exista una sentencia definitiva.

Los 25 socios antes citados presentaron sus reclamos ante la Defensoría del Consumidor a finales de 2024, después que COASPAE se negara a devolverles el dinero que tenían en la institución. Durante el proceso de conciliación, según la resolución, la cooperativa no se presentó a dos citatorios, pero sí lo hizo en la fase sancionatoria, donde argumentó que la entidad tenía falta de liquidez y que por esa razón no podía reintegrar el dinero a los ahorrantes.

El Tribunal sostutvo que el argumento de COASPAE era insuficiente y determinó que la cooperativa había cometido una infracción grave, según el artículo 43 literal e de la Ley de Protección al Consumidor, que consiste en “No entregar los bienes o prestar los servicios en los términos contratados”.

La resolución dicta que debe devolver $462 mil 914.53 a los 25 socios afectados, más una multa de poco más de $200 mil que también debe ser repartida entre los socios.

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Ebrio que portaba arma es condenado a 10 años de cárcel

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A 10 años de prisión fue condenado Lucio Antonio Castellanos, por el delito de tenencia, portación o conducción ilegal o irresponsable de armas de fuego.

La pena se la impuso el Juzgado Sexto de Paz de San Salvador en un juicio sumario [proceso judicial corto] que definió la situación jurídica del imputado de forma ágil.

Fue capturado el 7 de noviembre de 2025, en la Avenida Isidro Menéndez y 10a. Calle Poniente, en San Salvador, tras una denuncia que recibió la Policía Nacional Civil (PNC), en la que se alertaba que un hombre se desplazaba a pie portando un arma de fuego en la cintura.

Los agentes verificaron que no portaba licencia, y además estaba ebrio, con 255 grados de alcohol.

Condenan a diez años de cárcel a hombre por tenencia ilegal de arma de fuego

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