Nacionales
Aprueban ley que prohíbe a conductores manejar alcoholizados y eleva monto de multas de tránsito
La Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial será actualizada, tras estar vigente desde 1995. Los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron, con 55 votos, reformas a la normativa relacionadas con la conducción bajo efectos de bebidas embriagantes o estupefacientes; la categorización de infracciones y el incremento de las multas de tránsito.
El marco legal (que contiene 13 artículos y estará vigente desde el momento que se publique en el Diario Oficial) prohíbe que los motoristas de cualquier vehículo ingieran bebidas embriagantes, cualquier tipo de sustancia o medicamentos que puedan afectar la capacidad de conducir.
El personal médico del Viceministerio de Transporte (VMT) estará facultado para realizar un examen toxicológico obligatorio (de sangre o de aire espirado) para determinar si un conductor está bajo los efectos de dichos estimulantes.
Si el resultado es positivo —sin importar cualquier concentración de alcohol por litro de sangre o en aire espirado— se le impondrá una multa muy grave, se le detendrá por infringir las normas de tránsito y el caso se remitirá a la Fiscalía General de la República (FGR).
Aumento en monto de multas de tránsito
Los cambios en la normativa también contemplan un incremento a las multas de tránsito. Los infractores deberán cancelar $50 por las faltas leves, $100 por las graves y $150 si son muy graves.
Algunas de las infracciones leves son: Virar en “U” donde no es permitido, sobrepasar a otro vehículo sin antes indicar la maniobra y portar tarjeta de circulación vencida.
Entre las graves están: Conducir describiendo curvas o haciendo zig-zag, no ceder el paso a vehículos de emergencia cuando tienen activadas las sirenas y señales rotativas luminosas y estacionarse en área señalizada exclusivamente para vehículos de transporte de personas con discapacidad que porten placa o distintivo extendido por la autoridad competente y lugares reservados para el estacionamiento de vehículos conducidos por mujeres embarazadas, u otras zonas que se establezcan como exclusivas para determinados tipos de vehículos.
En las faltas muy graves están: Retroceder o efectuar maniobras en vías de mucho tránsito, conducir en sentido contrario salvo cuando se sobrepase a otro vehículo en las zonas y momentos permitidos, así como circular a mayor velocidad que la reglamentaria y disputarse la vía con otro vehículo.
La novedad: La implementación de las fotomultas y sus apelaciones
Los ajustes en la normativa también incluyen el uso de dispositivos tecnológicos, como cámaras, para identificar e imponer infracciones de tránsito. Las autoridades podrán usar cámaras de videovigilancia para imponer las sanciones (fotomultas) correspondientes.
El Viceministerio de Transporte (VMT) realizó un plan piloto en zonas estratégicas y detectó un incremento de accidentes automovilísticos en el bulevar Monseñor Romero, la autopista a Comalapa y la carretera al Puerto de La Libertad.
En esos lugares instaló cámaras desde donde podrá imponer multas de tránsito, incluso de manera “impersonal”, es decir sin que esté presente el conductor.
Los videos y fotografías que se tomen sobre las infracciones reguladas en la normativa mostrarán el sitio en que ocurrió la infracción, el vehículo, el número de placa, la hora y la fecha.
Posteriormente, en un plazo que no exceda un mes, las autoridades notificarán la emisión de la esquela correspondiente al presunto infractor.
Si este está inconforme con la multa tendrá cinco días para presentar un escrito ante la Unidad de Procedimientos Legales de Tránsito, Transporte y Carga.
La suspensión de la licencia de conducir
La Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial estipula que la licencia de conducir será suspendida por la Dirección General de Tránsito (DGT), del Viceministerio de Transporte, a los motoristas que sean sorprendidos conduciendo bajo los efectos de bebidas embriagantes o estupefacientes.
La suspensión de la licencia de conducir será por un periodo de un año y afectará la validez de todas las licencias de conducir que posea el infractor, sin importar su clasificación: particular, liviana, pesada o pesada T.
Transcurridos los 12 meses, el conductor podrá recuperar su documento solo si aprueba los cursos sobre riesgos y consecuencias de conducir bajo los efectos del alcohol y otras drogas, que indique la DGT.
Si el conductor rehabilitado es suspendido por segunda vez por esta causa, su licencia será cancelada. Para obtener una nueva licencia de conducir, deberá realizar el trámite como si fuera la primera vez, una vez transcurridos dos años contados a partir de la suspensión, pero será el VMT quien decidirá si se le emite o no una nueva licencia.
Economia
Comisión de Hacienda emite dictamen favorable a nueva amnistía fiscal vigente hasta el 11 de diciembre de 2026
La Comisión de Hacienda de la Asamblea Legislativa emitió dictamen favorable a la Ley Especial y Transitoria que Otorga Facilidades para el Cumplimiento Voluntario de Obligaciones Tributarias, Aduaneras, de Tránsito y Otras Multas. La iniciativa, impulsada por el Ministerio de Hacienda, busca facilitar a los contribuyentes el pago de impuestos y multas adeudadas, con vigencia hasta el 11 de diciembre de 2026.
El director general de Impuestos Internos, Marvin Sorto, explicó que la medida pretende dar oportunidades a quienes cumplen con sus pagos, pero que por alguna razón no han podido solventar sus compromisos con el fisco. “El Estado tiene claro que la economía no se incrementa por multas o intereses, sino que el impacto mayor corresponde a los impuestos propios”, afirmó. La amnistía permitirá regularizar deudas ante Impuestos Internos, Aduanas y el Tribunal de Apelaciones sin pagar intereses, recargos ni multas por mora, aunque los impuestos originales sí deberán cancelarse.
El beneficio también alcanzará a personas con procesos en la Fiscalía General de la República, cobros judiciales y recargos sobre multas de tránsito o de otras instituciones públicas (excepto municipalidades). Los contribuyentes podrán optar por un plan de pagos con una primera cuota del 10 % de la deuda y ocho cuotas mensuales sucesivas. En caso de incumplimiento, se perderán los beneficios y se reactivarán los recargos originales.
La última amnistía, aprobada el 15 de octubre de 2025, benefició a 56,195 contribuyentes. De la recaudación obtenida, el 71 % correspondió a pequeños contribuyentes, el 15 % a medianos y el 14 % a grandes. La iniciativa aún debe ser aprobada por el pleno legislativo para convertirse en ley.
Judicial
Procesarán en libertad a conductor y propietario de volqueta por tragedia en el redondel Integración que dejó dos muertos
El Juzgado de Paz de Apopa ordenó que Rudis Joel R. H., de 31 años, y Marvin Alexis H. R., de 27, continúen el proceso penal con medidas sustitutivas a la detención por el accidente de tránsito ocurrido el 30 de septiembre en las inmediaciones del redondel Integración, en el distrito de Apopa. El siniestro dejó dos personas fallecidas y diez lesionadas.
Según la investigación fiscal, el conductor circulaba a 86.4 kilómetros por hora en una volqueta que excedía en 11.3 toneladas el límite de carga y presentaba deficiencias en el sistema de frenos. En esas condiciones, la unidad impactó contra varios vehículos que esperaban ingresar al redondel, provocando una cadena de colisiones. El juez sobreseyó definitivamente al conductor por el delito de conducción peligrosa, pero mantuvo el proceso por homicidio culposo y lesiones culposas.

Marvin Alexis H. R., propietario de la empresa dueña de la volqueta, es procesado por comisión por omisión en los mismos delitos. Se le atribuye no haber mantenido la unidad en condiciones adecuadas y haber registrado el vehículo de forma irregular, sin las autorizaciones correspondientes. Ambos imputados deberán pagar cauciones económicas: 5,000 dólares el conductor y 60,000 dólares el propietario.
Además de las fianzas, se les impuso restricción migratoria, la obligación de presentarse cada 15 días ante el juzgado y la prohibición de comunicarse con las víctimas y sus familiares. El caso continúa en etapa de instrucción.


Judicial
Condenan hasta 45 años de prisión a 74 pandilleros del Barrio 18 que operaban en La Libertad
La Fiscalía General de la República (FGR) logró condenas de entre 25 y 45 años de prisión contra 74 integrantes de la pandilla Barrio 18. Los sentenciados operaban en los distritos de Lourdes y Santa Tecla, en el departamento de La Libertad, y fueron capturados durante el régimen de excepción.
Las penas fueron impuestas por el Tribunal Primero contra el Crimen Organizado de San Salvador, tras presentar pruebas que demostraron su pertenencia a la estructura criminal y su participación en diferentes hechos delictivos. Durante el juicio se establecieron las vinculaciones de los acusados con la organización.
Los ahora condenados todavía deberán enfrentar otros procesos judiciales por delitos adicionales, por los cuales podrían recibir nuevas condenas. Esta resolución se suma a una serie de fallos recientes contra estructuras del Barrio 18 en distintas zonas del país.






