Nacionales
Tome nota: Estas son las nuevas tarifas de 130 multas de tránsito por infracción
Luego de que los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaran -con 55 votos- las reformas a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial para actualizar sus artículos, tras su emisión hecha en 1995, las nuevas tarifas de las infracciones de tránsito quedaron de la siguiente manera:
LEVES: MULTAS DE $50:
Circulación
- Virar en “U” donde no es permitido.
- Sobrepasar a otro vehículo sin antes indicar la maniobra.
Control
- No portar tarjeta de circulación.
- Conducir un vehículo como instructor de una escuela de manejo sin su carné o portarlo vencido.
- Circular con tarjeta de circulación vencida.
- Conducir con licencia extranjera fuera del tiempo reglamentario.
- Conducir con licencia vencida.
- Carecer de luz de placa en los vehículos que tengan este elemento de fábrica.
- Utilizar más placas de las permitidas.
- No portar licencia de conducir.
- Circular con vehículos con placas nacionales fuera de la jornada laboral sin la debida autorización.
- Circular con vehículos fuera del sistema del Registro Público de Vehículos por falta de refrenda.
Estacionamiento
- Estacionarse a más de 30 centímetros de la cuneta.
- Estacionarse al contrario de la circulación en la vía.
Medio ambiente
- Circular el vehículo con escape libre, bazuca o aditamento que produzca estridencia que sobrepase los límites legalmente admisibles.
- Usar indebidamente pitos de aire, bocinas eléctricas y otros dispositivos sonoros en vehículos automotores en los casos prohibidos por el reglamento respectivo.
Obstrucción del paso
- Obstruir por completo el paso en las vías públicas con entierros, desfiles y eventos deportivos, u otros similares o con cualquier objeto que obstaculice el uso de la vía.
Seguridad vial
- Conducir con luz alta en la ciudad.
- Conducir sin el distintivo rojo durante el día cuando la carga sobresale de la carrocería en la parte trasera y por la noche sin una señal reflectiva. El uso de distintivo rojo no aplica para los vehículos de carga.
- Circular sin el banderín y/o dispositivo de aprendizaje.
- No portar llanta de repuesto en vehículos automotores, salvo que el vehículo no cuente con este elemento de fábrica, siempre y cuando utilice llantas especiales reforzadas que permitan seguir circulando después de sufrir una avería u otro daño, o utilizar algún aditamento que supla la necesidad.
- Circular con llantas lisas o en mal estado.
- Carecer parcialmente de luz delantera o trasera.
- No portar los triángulos o conos reflectivos y los dispositivos preventivos de seguridad vial detallados en el reglamento.
- Usar halógenos a una altura superior a los 75 centímetros desde el suelo.
- Llevar anuncios en las ventanillas o parabrisas que afecten la visibilidad e identificación del conductor o utilizar leyendas o letreros sobrepuestos, de carácter ofensivo, vulgar o soez.
- Lanzar desde un vehículo en marcha, arrojar, depositar o abandonar basura, residuos o desechos de cualquier clase, en aceras, calles, carreteras u otras vías públicas de circulación.
- Incumplir las disposiciones relativas al porcentaje mínimo de paso de luz solar en los vidrios polarizados regulados en esta ley.
- No encender las luces direccionales al cruzar o cambiar de carril.
GRAVES: MULTAS DE $100
Circulación
- Conducir describiendo curvas o haciendo zig-zag.
- Estacionarse en área señalizada exclusivamente para vehículos de transporte de personas con discapacidad que porten placa o distintivo extendido por la autoridad competente y lugares reservados para el estacionamiento de vehículos conducidos por mujeres embarazadas, u otras zonas que se establezcan como exclusivas para determinados tipos de vehículos.
- No ceder el paso a vehículos de emergencia cuando tienen activadas las sirenas y señales rotativas luminosas.
- Circular valiéndose del derecho de vía libre concedido a los vehículos de emergencia, cuando tienen activadas las sirenas y señales rotativas luminosas.
- No respetar fila cuando haya congestionamiento de vehículos o penetrar con el vehículo en una intersección o en un paso si la situación de la circulación es tal que previsiblemente puede quedar deteniendo en forma que impide u obstruya la circulación transversal.
- No disminuir la velocidad en zonas restringidas como colegios, escuelas, hospitales, centros deportivos, mercados y zonas 30.
- Sobrepasar a otro vehículo en bocacalle.
- Colocarse en carril que no le corresponde en bocacalle para iniciar la marcha.
- Aumentar la velocidad cuando otro vehículo trate de sobrepasar.
- Circular, rebasar o cruzar la doble línea amarilla central que divide la vía en doble sentido de circulación.
Control
- No atender la indicación realizada por la autoridad que se encuentre gestionando el tráfico en las vías.
- No inscribir en el Registro Público de Vehículos los documentos de propiedad, transferencia o tenencia legítima del vehículo en el término que la ley establece.
- Conducir con licencia inadecuada al tipo de vehículo.
- Circular con placas de vendedor de vehículos cuando no están en venta.
- Circular vehículos con placas extranjeras sin el permiso correspondiente o después del reglamentario.
- Trasladar cadáveres sin autorización de la autoridad correspondiente.
Estacionamiento
- Estacionarse formando doble fila.
- Estacionarse en curvas, redondeles, bocacalle y trechos angostos.
Obstrucción del paso
- No respetar el derecho de vía o interceptar la vía.
- No mover un vehículo u objeto que obstruya el libre tránsito, producto de un siniestro vial, siempre que solo existan daños materiales y/o daños personales leves o por otras razones que la autoridad competente estime conveniente.
Seguridad vial
- No conceder el paso a peatones que se encuentren en peligro.
- Circular más de una persona en el asiento del conductor.
- No respetar las señales de precaución cuando hay trabajos de construcción en las vías públicas.
- No dar luz baja al encontrar otro vehículo en sentido opuesto.
- Carecer de espejo retrovisor y espejos laterales izquierdo y derecho.
- Carecer de luz de freno.
- Bajar o subir pasajeros en lugares no permitidos o esquinas.
- Girar a la izquierda donde no es permitido.
- No utilizar el conductor cinturón de seguridad.
- Permitir el conductor de un vehículo automotor que sus acompañantes viajen sin utilizar el cinturón de seguridad.
- Circular vehículos de tracción humana o animal, con ruedas metálicas por carreteras pavimentadas así como conducirse por vías urbanas de gran circulación, con tractores agrícolas, vehículos para construcción y montacargas.
- Detenerse sobre las zonas de seguridad peatonal.
- No ceder el paso a los peatones que se encuentren cruzando por la vía de seguridad peatonal.
- No conceder el paso a ciclistas que transiten sobre la vía pública.
- No respetar la zona de la vía pública destinada para la circulación de las bicicletas.
- Sujetarse a otro vehículo en marcha mientras se conduce una bicicleta o motocicleta.
- No respetar los dispositivos de seguridad colocados en las zonas de control temporal de tráfico por la autoridad competente.
- Alterar las condiciones técnicas de toda clase de vehículos y motocicletas así como colocar bazucas o cualquier tipo de dispositivo que pueda generar contaminación visual o auditiva.
- Conducir vehículos con exceso de carga a su capacidad o carga voluminosa mal acondicionada.
MUY GRAVES: MULTAS DE $150
Circulación
- Retroceder o efectuar maniobras en vías de mucho tránsito.
- Conducir en sentido contrario salvo cuando se sobrepase a otro vehículo en las zonas y momentos permitidos.
- Circular a mayor velocidad que la reglamentaria.
- Disputarse la vía con otro vehículo.
- Sobrepasar a otro vehículo en curvas, puentes, trechos angostos o aproximaciones a ellos.
- No respetar el carril reglamentario al virar a la izquierda.
- Abandonar el vehículo por desperfectos en vías públicas por más de 24 horas.
- Sobrepasar a alta velocidad un microbús, un bus o microbús escolar cuando esté estacionado subiendo o bajando pasajeros.
- Circular vehículos automotores sobre aceras, carriles auxiliares, hombro de carretera, ciclovías, zonas prohibidas o en lugares y/o horarios no permitidos por medio de resolución emitida por las direcciones generales de Tránsito, Transporte Terrestre o Transporte de Carga del Viceministerio de Transporte.
- Circular en motocicletas sobre aceras, ciclovías cuando su cilindrada de motor sea mayor de 50 centímetros cúbicos, hombro de carretera, en el borde izquierdo en vías de doble sentido o en zonas prohibidas o en lugares y/o horarios no permitidos por medio de resolución emitida por la Dirección General de Tránsito.
Control
- Circular con las placas no visibles, colocar objetos cubiertas o protectores sobre la placa, luces o cualquier otro elemento que obstaculice su visibilidad.
- Circular con una placa.
- No portar las placas en la forma o el lugar adecuado, de acuerdo a lo establecido en el reglamento.
- Conducir el vehículo con placas que pertenecen a otro.
- Circular sin placas o con placas que no corresponda a la emisión vigente.
- Circular con placas falsificadas.
- No coincidir alguna de las series de VIN, chasis grabado y motor con las que constan en la tarjeta de circulación, y/o modificar las características técnicas del vehículo sin previa autorización, las cuales serán detalladas en el reglamento respectivo.
- No coincidir las características físicas del vehículo con las que constan en la tarjeta de circulación.
- Intentar sobornar a las autoridades competentes.
Estacionamiento
- Conducir vehículos, cuadriciclos, motocicletas, tricimotos y cuadrimotos en las playas y en sitios no autorizados.
- Circular en el carril izquierdo de la vía sin ir sobrepasando.
- Conducir sin estar autorizado.
- Conducir estando suspendida la licencia.
- Conducir estando cancelada la licencia.
- Conducir con licencia falsificada o suplantar al propietario de la licencia.
- Negarse a presentar los documentos de tránsito a la autoridad competente.
- Estacionarse en zona prohibida o eje preferencial.
- Estacionarse en paradas de buses.
- Estacionarse en zona de carga en horas restringidas.
- Estacionarse en zona de seguridad señalizada, como zonas accesibles o inclusivas.
- Estacionarse sobre la acera.
- Estacionarse frente a entradas principales de edificios públicos, teatros, hoteles, bancos, hospitales, frente a cochera que no le corresponda u obstruyendo accesos vehiculares.
- Efectuar reparaciones en vías públicas de manera permanente.
Seguridad vial
- Circular con las luces apagadas en horas nocturnas o cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan la visibilidad.
- Circular en la ciudad o carreteras con vehículos que tengan instalados dispositivos luminosos, barras LED u otros similares que no sean de fábrica, que puedan afectar la visibilidad de los demás conductores y en caso de tenerlos de fábrica utilizarlos en la vía pública.
- Conducir con el motor apagado o en neutro.
- No respetar la señal vial de alto o de ceder el paso.
- No respetar la luz roja del semáforo.
- Sobrepasar un vehículo cuando otro venga en dirección opuesta y dicha maniobra cause peligro.
- Conducir vehículos con sistema de frenos en mal estado.
- Utilizar la vía pública para competencias automovilísticas sin autorización.
- Conducir el vehículo bajo los efectos de bebidas embriagantes, estupefacientes o enervantes, sin perjuicio del grado de alcoholemia o el grado de intoxicación o sustancia consumida.
- Negarse a la realización de pruebas que se establezcan para la detección de las posibles intoxicaciones por alcohol, drogas, estimulantes o estupefacientes u otras sustancias análogas. Sin perjuicio de otras consecuencias jurídicas establecidas en la presente ley.
- No respetar o atender señales del personal autorizado que se encuentre realizando en la vía pública.
- Conducir manipulando o haciendo uso de celular, radio de comunicación, agenda de cualquier clase, dispositivo o aparato electrónico, así como sosteniendo en las manos, dedos o llevando entre los brazos o sobre las piernas animales o cualquier otro objeto que dificulte el manejo, limite la visibilidad u ocasione o posibilite la distracción en el conductor.
- Conducir motocicletas sin utilizar anteojos protectores cuando el casco no tenga protector cortaviento.
- Circular después de las 18:00 y antes de las 6:00 del día siguiente sin que el motociclista y/o su acompañante usen chalecos o chaquetas reflectantes visibles.
- Circular el conductor de motocicleta sin casco certificado.
- Circular el acompañante sin casco certificado.
- Conducirse más de dos personas en una motocicleta.
- Conducir vehículos con niños menores de cinco años de edad, sin que utilicen una silla de retención infantil debidamente instalada en el vehículo y/o transportar menores de 12 años de edad dentro de la cabina del vehículo en la parte delantera.
- Ocasionar siniestros viales por desperfectos mecánicos.
- Retirarse el involucrado del lugar de un siniestro vial, para evadir cualquier responsabilidad por el siniestro ocasionado.
- Pintar sobre la red vial sin previa autorización, así como dañar, remover o inutilizar las señales viales o dispositivos viales.
- Instalar dispositivos o sirenas rotativas luminosas en vehículos no autorizados.
- Modificar sin autorización los motores para aumentar su capacidad de velocidad.
- Facilitar o prestar la placa o las placas de vehículos para que la utilice otro.
Medio ambiente
- Circular por las vías terrestres del país con vehículos automotores que utilicen o contengan más de 13 milésimas de gramo de plomo por litro de combustible como aditivo.
- Remover el sistema de control de emisiones.
- Sobrepasar el límite de emisiones de gases permitido.
- Circular con el sistema de control de emisiones en mal estado de funcionamiento.
- No portar el documento que haga constar que se ha efectuado la revisión técnica vehicular.
Nacionales
Sistema de fotomultas dará inicio este miércoles en la autopista a Comalapa
El ministro de Obras Públicas, Romeo herrera, y el viceministro de Transporte, Nelson Reyes, brindaron detalles este día sobre la implementación del sistema de fotomultas que arrancará este miércoles 22 de enero a las 12:00 a.m. en la autopista a Comalapa.
Romeo Herrera reiteró que en dicha autopista el límite de velocidad máxima será de 110 kilómetros por hora para vehículos particulares, y hasta 80 km/h para vehículos del transporte de carga. Además, indicó que la carretera ya se encuentra señalizada en diferentes tramos con el límite máximo de velocidad al que se debe transitar.
El ministro del MOP explicó que los vehículos de carga debido a las dimensiones y la cantidad de mercancías con las que viajan deben tener una velocidad mucho más reducida que los vehículos particulares.
«Hay algunos tramos de la autopista a Comalapa que la hemos señalizado con un máximo de 90 km/h porque tenemos la Terminal del Sur de San Marcos, por ejemplo, donde hay mucho bus y microbús, alto tráfico peatonal que hace difícil ir a 110 km/h», dijo herrera
Por su parte, Nelson Reyes también explico que en dicha carretera se contará con el sistema de pesaje dinámico, un mecanismo que permitirá a las autoridades identificar el pesaje del transporte de carga al transitar por la vía, pero también, verificarán si dichos vehículos circulan en el carril derecho de la carretera.
«Reiteramos que en autopista Comalapa vamos a identificar con el sistema de fotomulta las infracciones por excesiva velocidad, uso de carril indebido en el caso de transporte de carga, así como la circulación del transporte de carga en horarios no permitidos», señaló Reyes.
La autopista a Comalapa será la segunda carretera de El Salvador donde se implementará el sistema de fotomultas, una medida que busca reducir el índice de accidentes viales por diferentes causas. La primer vía con este sistema inteligente fue el bulevar Monseñor Romero, donde arrancó en funcionamiento el pasado 9 de enero.
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Última Hora: Confirman la muerte de Mauricio Funes en Nicaragua
El Ministerio de Salud de Nicaragua confirmó en la noche de este martes el fallecimiento de Carlos Mauricio Funes Cartagena, expresidente de El Salvador, quien tenía 65 años y se encontraba asilado en el país desde 2016. Funes había huido de su nación natal tras ser acusado de múltiples delitos de corrupción.
Funes fue el primer presidente de El Salvador perteneciente al partido de izquierda FMLN, ocupando el cargo desde 2009 hasta 2014. Aunque la causa exacta de su muerte aún no ha sido divulgada, se había informado en las últimas horas que su estado de salud era crítico.
Un comunicado del gobierno nicaragüense, emitido en la tarde del martes, había indicado que el expresidente se encontraba en una situación de salud «delicada», aunque no se proporcionaron detalles específicos sobre su condición.
Un fugitivo de la justicia salvadoreña
El exmandatario se vio envuelto en severos problemas legales tras ser acusado de malversar 351 millones de dólares, entre otros cargos de corrupción, lo que lo llevó a buscar asilo en Nicaragua a mediados de 2016. En 2019, el gobierno de Daniel Ortega le otorgó la nacionalidad nicaragüense.
Funes enfrentaba cinco procesos penales en su país, incluyendo la acusación de malversación de fondos. En mayo de 2023, fue condenado en ausencia a 14 años de prisión por su vinculación con agrupaciones ilícitas y por incumplimiento de deberes, en relación con un acuerdo de tregua con pandillas. Posteriormente, en junio de 2024, fue condenado también en ausencia a ocho años de prisión por lavado de dinero y activos, tras ser hallado culpable de favorecer a una empresa guatemalteca en la adjudicación de la construcción de un puente.
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ATENCIÓN: Mauricio Funes enfrenta grave estado de salud en Nicaragua
El ex presidente salvadoreño Mauricio Funes Cartagena, actualmente refugiado en Nicaragua, se encuentra en un estado de salud crítico, según un comunicado del Ministerio de Salud nicaragüense emitido este martes. Funes, de 65 años, ha estado recibiendo atención médica en el país centroamericano desde 2016, cuando el régimen de Daniel Ortega le concedió la nacionalidad nicaragüense, lo que le ha permitido eludir su extradición a El Salvador.
Funes es objeto de múltiples procesos judiciales por corrupción, enfrentando graves acusaciones relacionadas con su mandato presidencial entre 2009 y 2014. En 2024, fue condenado a ocho años de prisión por recibir una avióneta como soborno en el marco de un proyecto de infraestructura. Además, ha sido señalado por su papel en la controvertida «Tregua con pandillas» que tuvo lugar entre 2011 y 2013, donde se le acusa de negociar con grupos criminales a cambio de beneficios políticos. También ha sido condenado por evasión fiscal por un monto superior a 85 mil dólares.
La Fiscalía General de la República de El Salvador ha iniciado diversos procesos judiciales en su contra, incluyendo su implicación en el caso «Saqueo Público», donde se le atribuye el lavado de más de 351 millones de dólares provenientes de fondos públicos. Asimismo, enfrenta órdenes de captura por presuntos sobornos al ex fiscal general Luis Martínez y por malversación de fondos en la construcción de la presa El Chaparral. A pesar de las condenas y las investigaciones en curso, Funes continúa protegido por el gobierno de Ortega.
El comunicado sobre su salud, autorizado por su familia, señala que su condición es «de extrema gravedad», aunque no se especifican los detalles de su enfermedad. A pesar de su inactividad en redes sociales desde el 7 de enero, Funes sigue siendo una figura activa en medios y plataformas afines al régimen que lo resguarda.
Este caso pone de manifiesto la protección que el gobierno de Ortega ha extendido a Funes y a otros ex funcionarios de su administración, como el ex presidente Salvador Sánchez Cerén, quien también se encuentra refugiado en Nicaragua afrontando cargos similares en El Salvador.