Nacionales
Magistrados desestiman peritaje que habla de “ataque sexual”
Los magistrados de la Cámara Primera de lo Penal de San Salvador, Guillermo Arévalo Domínguez y Martín Rogel Zepeda, señalaron que el uso del término “ataque sexual” es un exceso del perito, porque es a los jueces a quienes les corresponde hacer una calificación jurídica.
En la versión pública de la resolución, los magistrados se contradicen en varios puntos, principalmente en lo referente a los elementos necesarios para establecer la existencia y el tipo de delito. Por ejemplo, en el punto 2.24 se dice con toda claridad que en el informe pericial “no se consigna que la víctima presente indicadores propios de las víctimas de delitos sexuales”.
Muy a pesar de eso, en el siguiente numeral se deja constancia que la persona que estuvo a cargo del peritaje utilizó el término “ataque sexual”.
Otra contradicción se da entre una acotación del numeral 2.25, que con especial énfasis señala “realizar un juicio de tipicidad que no es atribución de los forenses, sino de los Juzgadores”, y uno de los puntos del pronunciamiento público, adjunto a la resolución, que resalta que “una conducta sólo puede ser calificada como delito por parte del legislador”.
A lo largo de las 22 páginas de la resolución existen múltiples referencias a diferentes preceptos de la doctrina jurídica, más no se establece el criterio para hacer valederos determinados preceptos por encima de otros, lo que lleva a inferir que esas citas específicas se escogieron de forma arbitraria, como una especie de pivote jurídico para alcanzar una resolución que es en realidad contraria a derecho.
Parte de la doctrina citada señala que “existe un consenso en cuanto a que los actos de tocamiento, para poder constituir un delito de Agresión Sexual -y en consecuencia Agresión Sexual en Menor-, deben ser analizados en el contexto social en el que se producen”, lo que convenientemente deja espacio para que algunos tocamientos queden en la impunidad, si así lo indica el “contexto social”.
Tampoco se encuentra en esta resolución una sola referencia a la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia que, por su carácter de ley especial, tiene preponderancia sobre el Código Penal.
Los magistrados omitieron toda la referencia a la larga de lista de acuerdos internacionales, de los que El Salvador es firmante, que están por debajo solo de la Constitución y que incluyen la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Convención sobre los Derechos del Niño.
Otro aspecto preocupante de la resolución es que, si bien ambos magistrados aseguran que tuvieron en consideración el principio del interés superior de la niña, eso no los faculta para calificar como delito una conducta que no lo es.
Pero a renglón seguido, señalan que los diputados no habrían hecho bien su trabajo al redactar el Código Penal y dejaron como una simple falta los hechos que se le adjudican al magistrado Escalante, pero siendo esta la situación los magistrados, al igual que todos los jueces, deben; como lo puede explicar cualquier estudiante de Derecho, superponer el principio de constitucionalidad y declarar inaplicable cualquier normativa que no esté apegada a la letra de la Constitución, después de todo eso es exactamente lo que juran hacer cuando toman posesión del cargo.
En los últimos párrafos del pronunciamiento, los magistrados Guillermo Arévalo Domínguez y Martín Rogel Zepeda, hacen una airada defensa de la independencia judicial y anuncian que enviarán un informe al Relator Especial para la Independencia Judicial de las Naciones Unidas por la ola de críticas desatadas en su contra desde el 31 de octubre, cuando de palabra se dio a conocer la resolución.
Sin embargo, el pronunciamiento no incluye ni una palabra sobre la necesidad de transparentar el trabajo judicial, la falibilidad que es propia de la condición humana o el terrible mensaje de impunidad que está afectando a las víctimas de este caso, a las de casos similares y a la sociedad salvadoreña en su conjunto.
Nacionales
VIDEO FUERTE | Camión pasa sobre un hombre que estaba acostado en una calle de Chinameca
Un hombre que se encontraba acostado en medio de una calle fue atropellado por un camión en el distrito de Chinameca, departamento de San Miguel.
El hecho fue captado por una cámara de vigilancia ubicada a pocos metros del lugar. En las imágenes se observa al hombre acostado en medio de una intersección, cuando un camión aparece en la escena y pasa sobre él.
De acuerdo con la información proporcionada, aparentemente la víctima se habría quedado dormida desde la noche anterior, debido a que en esa calle se desarrolló el carnaval de cierre de las fiestas patronales de Chinameca.
Hasta el momento, el texto no proporciona información sobre el estado de salud del hombre ni sobre las circunstancias posteriores al accidente.
Sucesos
Conductora vuelca tras chocar contra una tubería de agua en Apopa
Una conductora protagonizó un aparatoso accidente en Apopa, luego de estrellar su vehículo contra una tubería de agua potable.
De acuerdo con versiones de testigos, la conductora perdió el control del automóvil y colisionó contra la tubería, provocando una fuerte fuga de agua.
A causa de la fuerza del impacto, el vehículo particular volcó sobre la vía. Pese a lo aparatoso del accidente, no se reportaron personas con lesiones de gravedad; únicamente se registraron daños materiales.
Nacionales
Guardavidas rescatan a extranjera de ahogarse en playa El Sunzal, La Libertad
Protección Civil informó que la unidad de guardavidas realizó este viernes el rescate de una persona extranjera que se encontraba en riesgo de ahogamiento en la playa El Sunzal, La Libertad.
De acuerdo con la institución, la intervención oportuna de los equipos de respuesta permitió auxiliar a la persona y evitar una emergencia mayor.
«Gracias a la reacción inmediata de nuestros guardavidas las personas se encuentran estables y fuera de peligro», informó Protección Civil a través de sus redes sociales.









