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Nacionales

Magistrados desestiman peritaje que habla de “ataque sexual”

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Los magistrados de la Cámara Primera de lo Penal de San Salvador, Guillermo Arévalo Domínguez y Martín Rogel Zepeda, señalaron que el uso del término “ataque sexual” es un exceso del perito, porque es a los jueces a quienes les corresponde hacer una calificación jurídica.

En la versión pública de la resolución, los magistrados se contradicen en varios puntos, principalmente en lo referente a los elementos necesarios para establecer la existencia y el tipo de delito. Por ejemplo, en el punto 2.24 se dice con toda claridad que en el informe pericial “no se consigna que la víctima presente indicadores propios de las víctimas de delitos sexuales”.
Muy a pesar de eso, en el siguiente numeral se deja constancia que la persona que estuvo a cargo del peritaje utilizó el término “ataque sexual”.

Otra contradicción se da entre una acotación del numeral 2.25, que con especial énfasis señala “realizar un juicio de tipicidad que no es atribución de los forenses, sino de los Juzgadores”, y uno de los puntos del pronunciamiento público, adjunto a la resolución, que resalta que “una conducta sólo puede ser calificada como delito por parte del legislador”.

A lo largo de las 22 páginas de la resolución existen múltiples referencias a diferentes preceptos de la doctrina jurídica, más no se establece el criterio para hacer valederos determinados preceptos por encima de otros, lo que lleva a inferir que esas citas específicas se escogieron de forma arbitraria, como una especie de pivote jurídico para alcanzar una resolución que es en realidad contraria a derecho.

Parte de la doctrina citada señala que “existe un consenso en cuanto a que los actos de tocamiento, para poder constituir un delito de Agresión Sexual -y en consecuencia Agresión Sexual en Menor-, deben ser analizados en el contexto social en el que se producen”, lo que convenientemente deja espacio para que algunos tocamientos queden en la impunidad, si así lo indica el “contexto social”.

Tampoco se encuentra en esta resolución una sola referencia a la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia que, por su carácter de ley especial, tiene preponderancia sobre el Código Penal.

Los magistrados omitieron toda la referencia a la larga de lista de acuerdos internacionales, de los que El Salvador es firmante, que están por debajo solo de la Constitución y que incluyen la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Convención sobre los Derechos del Niño.

Otro aspecto preocupante de la resolución es que, si bien ambos magistrados aseguran que tuvieron en consideración el principio del interés superior de la niña, eso no los faculta para calificar como delito una conducta que no lo es.

Pero a renglón seguido, señalan que los diputados no habrían hecho bien su trabajo al redactar el Código Penal y dejaron como una simple falta los hechos que se le adjudican al magistrado Escalante, pero siendo esta la situación los magistrados, al igual que todos los jueces, deben; como lo puede explicar cualquier estudiante de Derecho, superponer el principio de constitucionalidad y declarar inaplicable cualquier normativa que no esté apegada a la letra de la Constitución, después de todo eso es exactamente lo que juran hacer cuando toman posesión del cargo.

En los últimos párrafos del pronunciamiento, los magistrados Guillermo Arévalo Domínguez y Martín Rogel Zepeda, hacen una airada defensa de la independencia judicial y anuncian que enviarán un informe al Relator Especial para la Independencia Judicial de las Naciones Unidas por la ola de críticas desatadas en su contra desde el 31 de octubre, cuando de palabra se dio a conocer la resolución.

Sin embargo, el pronunciamiento no incluye ni una palabra sobre la necesidad de transparentar el trabajo judicial, la falibilidad que es propia de la condición humana o el terrible mensaje de impunidad que está afectando a las víctimas de este caso, a las de casos similares y a la sociedad salvadoreña en su conjunto.

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200 estudiantes serán beneficiados con reconstrucción de escuela

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En el marco del proyecto presidencial Dos Escuelas por Día, la Dirección de Obras Municipales (DOM) inició la remodelación del Centro Escolar Cantón La Morita, en el distrito de San Jorge, en San Miguel Oeste

Este proyecto tiene el propósito de crear condiciones apropiadas para que niñas y niños abran su primera puerta hacia la educación y la superación, a través del desarrollo de sus capacidades cognitivas, emocionales y sociales.

Las obras se ejecutan en un área de 1,267.24 metros cuadrados, donde se intervienen seis módulos, 9 aulas desde parvularia hasta noveno grado, servicios sanitarios, oficinas administrativas, escenario, salón de usos múltiples y laboratorio de informática.

«El aula de parvularia tendrá a su interior sanitario infantil, ducha y lavamanos, también bodega para materiales educativos y externamente, área de juegos lúdicos», dió a conocer la DOM.

También, el proyecto incluye la construcción de un módulo que será exclusivo para cocina y comedor. Además como obras complementarias se construirá una cisterna con su cuarto de bombeo, 3 pozos de absorción, una fosa séptica, área de caminamiento, cambio de piso, puertas y ventanas, techo termoacústico, reparación de paredes, pintura y nuevos acabados, iluminación LED e Internet gratis.

Este proyecto no solo mejorará la infraestructura escolar de más de 200 estudiantes, sino que también generará empleo local, contribuyendo a la reactivación de la economía familiar.

Esta se convierte en la octava escuela en ser intervenida por la Dirección de Obras Municipales en el departamento de San Miguel, en el marco del proyecto presidencial.

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Condenan a mujer por apropiarse de un vehículo en San Miguel

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Sandra Yamileth Amaya Morales fue condenada a seis años de cárcel y a pagar $ 4,000 en concepto de responsabilidad civil por cometer el delito de apropiación indebida de vehículo automotor, en San Miguel.

En la investigación, la Fiscalía General de la República (FGR) determinó que el el 20 de julio de 2022 la víctima le compró el vehículo a Amaya Morales por un monto de $8,000.

Luego de la compra, Amaya Morales se aprovechó de la amistad que tenía con la víctima y el 20 de octubre del mismo año le pidió prestado el vehículo para realizar unas diligencias personales.

«El vehículo se lo entregó (a la procesada) y cuando la víctima quiso registrar el vehículo a su nombre, le informaron que la imputada había vendido el vehículo a otra persona», dice el reporte fiscal.

Los hechos ocurrieron en el cantón Valle Alegre del distrito de San Miguel y la condena fue impuesta por el Tribunal Primero de Sentencia de San Miguel.

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Empleado de Osicala muere en accidente en planta de desechos sólidos

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Un empleado de la alcaldía de Morazán Sur falleció la tarde del pasado viernes en un supuesto accidente laboral ocurrido en la planta de desechos sólidos ubicada en San Francisco Gotera.

El hombre fue identificado como José David Membreño, quien se desempeñaba en el área de recolección de desechos de la oficina distrital de Osicala. La Policía Nacional Civil (PNC) acudió a la planta de Desechos Sólidos para realizar las respectivas indagaciones del caso.

Por su parte, la alcaldía lamentó la pérdida de Membreño, a quien reconocían por su esfuerzo y dedicación; sin embargo, la alcaldía no brindó información sobre los hechos de su fallecimiento.

«Recordaremos siempre su esfuerzo, humildad y dedicación en las labores de aseo y ordenanza pública, trabajo que realizaba con compromiso al servicio de nuestra gente», dice la nota de duelo de la comuna

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