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Judicial

Joven se salva de morir a manos de pandilleros porque tuvo el valor de enfrentarlos y denunciar

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“Sol”, nombre cambiado por régimen de protección, se salvó de morir a manos de unos pandilleros después de que uno lo raptara en la 1° Avenida Norte, entre la 6° y 8° Calle Oriente de la ciudad de Ahuachapán.

El crimen sucedió el 4 de marzo de este año, a eso de las 2 de la tarde.

En el requerimiento fiscal se detalla que “Sol” iba caminando por la calle con dirección a la terminal de buses ya que necesitaba abordar la ruta que de Ahuachapán se dirige a Tacuba.

La víctima sintió, de repente, que alguien lo había tomado por el hombro por lo que volteó a ver y tuvo un mal presentimiento al escuchar las palabras: “¡hey bicho! ¿Qué no escuchas que te hablo?”.

“Sol” lo supo de inmediato, aquel que lo había interrumpido era un marero. “¿De dónde sos? ¿Qué andas haciendo?”, continuó cuestionando el terrorista, mientras que “Sol” respondió que se dedicaba a ser albañil y que ya venía de trabajar.

Insatisfecho con las respuestas, el pandillero tomó por el cuello a la víctima y le dijo que caminara hacia abajo, apuntando con el dedo a algún lado, que iban a ir a “hablar” con los “home boys”.

Ante la negativa de “Sol” de caminar al lugar indicado, el marero lo llevó a empujones hasta llegar a una calle ubicada a un costado de la terminal ya que la víctima se negaba a continuar la marcha.

El criminal le arrebató la mochila que “Sol” llevaba en la espalda y la comenzó a revisar, la víctima se armó de valor y forcejeó con el individuo logrando soltarse y salir corriendo a pedir ayuda.

“Sol” interpuso la denuncia a la Policía, quienes después de las investigaciones lograron identificar al pandillero como Alfredo Otoniel G, de 21 años, y lo arrestaron por el rapto.

El terrorista fue llevado al sistema judicial, donde el Juzgado de Sentencia de Ahuachapán validó las pruebas policías y fiscales y lo condenó a cuatro años de cárcel por privación de libertad.

Nota de: El Salvador Times

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Judicial

Condenan a mujer por tráfico de marihuana en Soyapango

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El Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador condenó a seis años de prisión a Isis Tamara Elena Mejía, tras ser hallada culpable del delito de posesión y tenencia de droga con fines de tráfico.

De acuerdo con el expediente judicial, la captura se efectuó el 16 de julio de 2024 durante un allanamiento en su vivienda, ubicada en la urbanización Sierra Morena II, en Soyapango, luego de una denuncia ciudadana que alertaba sobre la venta de estupefacientes en el lugar.

Durante la inspección, agentes de la Policía Nacional Civil encontraron una bolsa negra con 405 gramos de marihuana en el baño, así como otra bolsa con 445 gramos en una de las habitaciones de la casa. La imputada fue detenida en el sitio y posteriormente procesada penalmente.

Las autoridades estimaron el valor de la droga incautada en $1,494.24.

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Judicial

En juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, declararán 130 testigos

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En el juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, han declarado 11 testigos hasta la fecha, incluyendo tres peritos, dos bajo régimen de protección, un sindicalista y varios empleados municipales.

El proceso, que inició hace dos semanas pero ha sido interrumpido en varias ocasiones, busca esclarecer los delitos que la Fiscalía General de la República (FGR) investigó y judicializó con una amplia variedad de pruebas, reforzadas ahora con los testimonios presentados.

El Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador conoce el caso por los delitos de: apropiación o retención de cuotas laborales, incumplimiento de deberes, malversación, infracción de condiciones laborales o de seguridad social, negociaciones ilícitas, actos arbitrarios y falsedad ideológica.

Además de Montano, también son procesados el abogado Ricardo Roque Baires y los prófugos Ruth Raquel Aguilar de Montano (extesorera municipal), Salvador Orlando Montano (exdirector de asuntos estratégicos) y Francisco Antonio Henríquez (exgerente financiero).

La Fiscalía busca que todos los imputados sean condenados por los delitos que se les atribuyen.

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Judicial

Condenan por enriquecimiento ilícito al exdiputado Rodolfo Parker y su familia

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La Cámara Segunda de lo Civil de San Salvador, condenó por enriquecimiento ilícito de $1,680,918.35 al exdiputado prófugo Rodolfo Parker Soto y su grupo familiar.

El exfuncionario deberá devolver $516,174.49, su esposa Cristina Renate Wein de Parker $330,939.22. sus hijos, Andrés Rodolfo Parker Wein pagará $731,123.88, Sofía Cristina Parker Wein, tendrá que devolver $19,700 y Katya Renate Parker Wein, $82.980.76

En el fallo de la audiencia probatoria, quedó establecido el incremento patrimonial no justificado que tuvo el exfuncionario en un juicio civil que fue ordenado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) tras recibir un informe de la Sección de Probidad.

En la demanda, fiscales de la Unidad Anticorrupción probaron una serie de irregularidades consistentes en depósitos a cuentas corrientes, compra de vehículos, pagos de préstamos de adquisición de viviendas, consolidación de deudas y pago de tarjetas de crédito, todo con dinero cuyo origen no supieron justificar.

Todas esas inconsistencias no fueron desvanecidas en Probidad cuando a Parker y su grupo familiar los emplazados para presentar documentación, las declaraciones juradas revisadas evidenciaron desde el inicio un enriquecimiento ilícito.

En su resolución, los magistrados luego de recibir la prueba le dieron la razón a la Fiscalía y aplicaron dos artículos de la Ley de Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos.

El artículo 20 los condena a reintegrar el dinero obtenido ilícitamente. «Cuando la sentencia fuere condenatoria, los responsables de enriquecimiento sin causa justa serán condenados a restituir al estado o al municipio, lo que le hubieren adquirido indebidamente», destaca la ley.

Y el artículo 21 destaca que cuando un funcionario o empleado público sea encontrado culpable quedará inhabilitado para ejercer cualquier cargo público por diez años.

Cuando iniciaron el proceso los fiscales plantearon un incremento patrimonial no justificado de $2,311,138.47, pero en el fallo de la audiencia probatoria quedó establecido un monto de $1.6 millones.

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