Judicial
Pandilleros de tres clicas de la MS de La Libertad condenados hasta con 149 años de cárcel

Con penas de hasta 149 años de prisión, fueron condenados 15 terroristas de la Mara Salvatrucha que delinquían en el cantón El Cimarrón, del Puerto de La Libertad y que pertenecían a tres clicas.
La condena fue impuesta por el Juzgado Especializado de Sentencia A de San Salvador en contra de estos pandilleros de la clica Teclas Locos Salvatruchos quienes tenían su base para delinquir el lugar conocido como El Riel del referido cantón y estuvieron ejecutando una serie de hechos delictivos en toda la zona sur de La Libertad.
En el juicio, la Fiscalía General de la República acusó a todos los mareros por el delito de agrupaciones ilícitas, individualizó la función que tenían dentro de la estructura cada uno de ellos.
Entre los condenados hay un cabecilla, cinco «chequeos», también conocidos dentro de las pandillas como «postes» quienes tenían como rol esconder dinero de la estructura y vigilar los movimientos de la policía; los demás eran miembros activos de la Mara Salvatrucha y colaboradores.

Se trata de miembros de la clica Teclas Locos Salvatruchos que estaban conectados con miembros de las clicas Witmer Locos Salvatruchos de Comasagua y de San José del Pino de Santa Tecla.
Los fiscales también centraron la investigación en cinco casos de homicidio, entre ellos un doble crimen y dos casos de desaparición de personas que la clica cometió. Estas personas no fueron localizadas pese a que las pesquisas determinaron que fueron asesinadas y enterradas en fosas clandestinas.
La condena mayor fue para José Ernesto Sánchez Alas, quien recibió 149 años de prisión, Cristian Armando Flores Pascual fue condenado a 80 años de cárcel, seguido de José Isaac Fuentes Torres con 69, Samuel Adonay Cubillas Morales, 49 y José Luis Urrutia Escamilla, pasará 45 años en la cárcel.
Los demás pandilleros condenados son: Saúl Ernesto Pascual Barrientos, Jonathan Javier Alvarado Paniagua, Gerson Bladimir Ponce Galeano, Manuel Isaac Hernández Pérez, Silvia Platero Cerna, Douglas Eliseo Torres González, José Alfredo Interiano López, Carlos Andrés Toledo Maradiaga, William Alfredo Hernández Martínez y Jhonni Alexis Gómez Mena.
Judicial
Condenan a mujer por tráfico de marihuana en Soyapango

El Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador condenó a seis años de prisión a Isis Tamara Elena Mejía, tras ser hallada culpable del delito de posesión y tenencia de droga con fines de tráfico.
De acuerdo con el expediente judicial, la captura se efectuó el 16 de julio de 2024 durante un allanamiento en su vivienda, ubicada en la urbanización Sierra Morena II, en Soyapango, luego de una denuncia ciudadana que alertaba sobre la venta de estupefacientes en el lugar.
Durante la inspección, agentes de la Policía Nacional Civil encontraron una bolsa negra con 405 gramos de marihuana en el baño, así como otra bolsa con 445 gramos en una de las habitaciones de la casa. La imputada fue detenida en el sitio y posteriormente procesada penalmente.
Las autoridades estimaron el valor de la droga incautada en $1,494.24.
Judicial
En juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, declararán 130 testigos

En el juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, han declarado 11 testigos hasta la fecha, incluyendo tres peritos, dos bajo régimen de protección, un sindicalista y varios empleados municipales.
El proceso, que inició hace dos semanas pero ha sido interrumpido en varias ocasiones, busca esclarecer los delitos que la Fiscalía General de la República (FGR) investigó y judicializó con una amplia variedad de pruebas, reforzadas ahora con los testimonios presentados.
El Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador conoce el caso por los delitos de: apropiación o retención de cuotas laborales, incumplimiento de deberes, malversación, infracción de condiciones laborales o de seguridad social, negociaciones ilícitas, actos arbitrarios y falsedad ideológica.
Además de Montano, también son procesados el abogado Ricardo Roque Baires y los prófugos Ruth Raquel Aguilar de Montano (extesorera municipal), Salvador Orlando Montano (exdirector de asuntos estratégicos) y Francisco Antonio Henríquez (exgerente financiero).
La Fiscalía busca que todos los imputados sean condenados por los delitos que se les atribuyen.
Judicial
Condenan por enriquecimiento ilícito al exdiputado Rodolfo Parker y su familia

La Cámara Segunda de lo Civil de San Salvador, condenó por enriquecimiento ilícito de $1,680,918.35 al exdiputado prófugo Rodolfo Parker Soto y su grupo familiar.
El exfuncionario deberá devolver $516,174.49, su esposa Cristina Renate Wein de Parker $330,939.22. sus hijos, Andrés Rodolfo Parker Wein pagará $731,123.88, Sofía Cristina Parker Wein, tendrá que devolver $19,700 y Katya Renate Parker Wein, $82.980.76
En el fallo de la audiencia probatoria, quedó establecido el incremento patrimonial no justificado que tuvo el exfuncionario en un juicio civil que fue ordenado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) tras recibir un informe de la Sección de Probidad.
En la demanda, fiscales de la Unidad Anticorrupción probaron una serie de irregularidades consistentes en depósitos a cuentas corrientes, compra de vehículos, pagos de préstamos de adquisición de viviendas, consolidación de deudas y pago de tarjetas de crédito, todo con dinero cuyo origen no supieron justificar.
Todas esas inconsistencias no fueron desvanecidas en Probidad cuando a Parker y su grupo familiar los emplazados para presentar documentación, las declaraciones juradas revisadas evidenciaron desde el inicio un enriquecimiento ilícito.
En su resolución, los magistrados luego de recibir la prueba le dieron la razón a la Fiscalía y aplicaron dos artículos de la Ley de Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos.
El artículo 20 los condena a reintegrar el dinero obtenido ilícitamente. «Cuando la sentencia fuere condenatoria, los responsables de enriquecimiento sin causa justa serán condenados a restituir al estado o al municipio, lo que le hubieren adquirido indebidamente», destaca la ley.
Y el artículo 21 destaca que cuando un funcionario o empleado público sea encontrado culpable quedará inhabilitado para ejercer cualquier cargo público por diez años.
Cuando iniciaron el proceso los fiscales plantearon un incremento patrimonial no justificado de $2,311,138.47, pero en el fallo de la audiencia probatoria quedó establecido un monto de $1.6 millones.