Judicial
FGR apela fallo de Cámara en caso del magistrado Escalante y «ser una resolución eminentemente falta de todo criterio de análisis jurisprudencial
Fiscales de la Dirección Nacional de la Mujer, Niñez y Adolescencia y otros grupos de condición de vulnerabilidad presentaron un recurso de apelación al fallo de la Cámara Primera de lo Penal que resolvió a favor del magistrado Eduardo Jaime Escalante Díaz y señaló que el hecho de tocar a una niña con ropa y de forma instantánea, no constituía un delito sino una falta.
La directora nacional de la Mujer, Niñez y Adolescencia, la fiscal Marina de Ortega, dijo que para ellos la resolución de los magistrados Martín Rogel y Guillermo Arévalo revictimiza a la menor y no analiza la conducta del imputado, además no tomaron en cuenta «jurisprudencia renovada», donde la Sala de lo Penal estableció que tocamientos y caricias son delito.
«Para Fiscalía General de la República como representantes de la sociedad y en este caso de los derechos de la víctima no vamos a permitir que resoluciones como estas que presentan un mal precedente a la sociedad, sigan emitiéndose. En este caso estamos recurriendo por ser una resolución eminentemente falta de todo criterio, de análisis jurisprudencial, de análisis del contenido de los derechos de la niñez y en este caso, efectivamente, se han vulnerado los derechos de la niña con una resolución revictimizante, por medio de la cual se está culpabilizando a una niña de 10 años y no se está haciendo el contexto de análisis de la conducta del adulto», dijo esta mañana de Ortega, tras presentar la apelación.
Según la fiscal, con la apelación buscan revertir «la puerta» para que estos hechos no se vuelvan a cometer.
El pasado 6 de noviembre, la Cámara Primera de lo Penal entregó la resolución escrita y estableció que habían cinco características, por las que el delito de agresión sexual no se constituía en los hechos imputados a Escalante Díaz.
La Cámara señaló en su fallo escrito que el tocamiento ocurrió sobre la ropa de la niña, fue instantáneo, ocurrió en la vía pública, la niña estaba en compañía de otro niño y además la víctima se descuidó.
El fallo dejó en libertad al magistrado Escalante, pero el pasado viernes 8 de noviembre, la misma Cámara notificó un arresto domiciliar ordenado por la Sala de lo Penal en septiembre pasado.
A partir de hoy, la defensa del magistrado Escalante tiene cinco días para contestar la apelación y luego la Cámara deberá enviarla a la Sala de lo Penal para que resuelva en segunda instancia.
Judicial
Prisión para esposos por tráfico ilícito de drogas en San Miguel
La Fiscalía General de la República (FGR) informó que David Reynaldo Umaña y Carmen Beatriz Ortiz de Umaña fueron sentenciados a 13 y 10 años de prisión, respectivamente, por un caso relacionado con tráfico de drogas.
De acuerdo con el Ministerio Público, los esposos fueron capturados en enero de 2024 en San Miguel por agentes de la Policía Nacional Civil (PNC).
Las autoridades interceptaron a Umaña cuando realizaba una transacción de droga. Posteriormente, durante un registro realizado en su vivienda, fueron incautadas más porciones de cocaína y se procedió con la detención de Carmen Beatriz Ortiz de Umaña.
En su momento, la PNC informó que la cocaína incautada tenía un valor de $945.01.
La Fiscalía detalló que las condenas fueron impuestas por el Tribunal de Segundo de Sentencia de San Miguel.
Judicial
PNC El Salvador captura a dos personas con marihuana en La Libertad Costa

Judicial
143 integrantes de la clica Cinco Cedros Locos Salvatruchos de la MS-13 fueron condenados hasta con 75 años de prisión
La Fiscalía General de la República (FGR) logró que 143 integrantes de la clica Cinco Cedros Locos Salvatruchos de la MS-13, del programa Libertad, fueran condenados a penas que van desde los 20 hasta los 75 años de prisión por su vinculación y pertenencia a la estructura criminal y por otros delitos.
Todos los pandilleros delinquían en el cantón Lourdes, del distrito de Colón, en en las colonias Cinco Cedros, San Mateo, El Chapernal, Bazzini, Las 600 y zonas aledañas del departamento de La Libertad y fueron sentenciados según el grado de participación o rango en la estructura criminal. Todos fueron capturados a partir de la implementación del régimen de excepción.
Entre las sentencias más altas está la 75 años de prisión impuesta a Cristian Dagoberto Alas García, alias Chory o Espía; al imputado se le condenó por los delitos de agrupaciones ilícitas, siembra y cultivo de marihuana y tenencia, portación o conducción ilegal o irresponsable de armas de fuego. El imputado fue capturado en agosto de 2022, en una finca de Talnique, donde almacenaba dos armas de guerra y cultivaba plantas de marihuana.


67 años de prisión fue la condena impuesta a Miqueas Misael Hernández Rodríguez, alias Miqueas, por agrupaciones ilícitas, tenencia ilegal de armas, posesión de drogas con fines de tráfico y amenazas agravadas. Al momento de la captura el imputado amenazó verbalmente a elementos de la Fuerza Armada y se le incautaron sustancias ilícitas y un arma de fuego sin documentación legal.
El corredor de clica, Carlos Gerardo Escobar, alias Drupi, fue condenado a 66 años de prisión por agrupaciones ilícitas, tenencia ilegal de armas de fuego y posesión de drogas; el imputado fue detenido en noviembre de 2022 en San Juan Opico, cuando intentó ocultar un arma de fuego y huir de las autoridades.

Otro de los condenados es el corredor de clica Jonathan David Doradea, alias Bacha o Mafioso, a quien se le impusieron 51 años de prisión por agrupaciones ilícitas y posesión de drogas.
Los corredores de clica Fidel Antonio Ramos Flores, alias Viejo Tigre, y Nelson Enrique Larios Saget, alias Duende, recibieron 45 años de prisión por agrupaciones ilícitas.
A esa misma pena y por el mismo delito fueron condenados los homeboys: Juan Carlos López Serrano, alias «Chacal»; Edwin Alexander Monterroza Arévalo, alias «Sayco»; Víctor Manuel Miranda Rosales, alias «Wizar», Elvis Jovanny Henriquez Montes, alias Espiri; Óscar Alfredo Alas Corea, alias «Black» o «Kilo»; Pedro Antonio Urbano Menjívar, alias «Vago»; Marvin Joel Gómez Portillo, alias «Slow»; Jairo Adonay Molina Paz, alias «Sparky»; Samuel Enrique Nieto Flores, alias «Zombie»; Andrés Rivas Menéndez, alias «Timón»; Juan Antonio García Cortez, alias «Humilde» o «Juan»; Juan Ramón Hernández Estrada, alias «Little Boy»; Samuel Eduardo Martínez Salazar, alias «Dauner»; Roberto Antonio Bermúdez Santamaría, alias «Pulga»; Dagoberto de Jesús Quintanilla, alias «Shorty»; Nelson Edgardo Aguirre Martínez, alias «Sombra»; Pedro José Sánchez Leiva, alias «Zonte»; Dany Wilson Ávalos Abrego, alias «Vigion»; Marcos Salvador López Martínez, alias «Gato de la Belén»; Manfredy Marcos Vanegas Durán, alias «Flaco» o «Scrapy»; Luis Alonso Gómez de Paz, alias «Pega»; Edwin Osmín Ruiz Aguilar, alias «Maníaco»; Francisco López Hernández, alias «Sapo»; Hayser Antonio Madrid Argueta, alias «Hayser», Carlos Antonio Ramírez, alias «Mico» y Elmer Shunico Shunico.


El resto de penas oscilan entre 36, 30 y 20 años de prisión. Según el fallo se condenó a 4 corredores de clica, 27 homeboys, 61 chequeos, 4 observaciones y 47 paro o colaboradores.
Estas condenas fueron impuestas en presencia de los imputados por el Tribunal Segundo contra el Crimen Organizado de San Salvador, luego de valorar la abundante prueba documental, pericial y testimonial que presentó el ente fiscal durante la audiencia única.







