Judicial
“Aquí te manda el dinero la jefa”, dijo el atacante cuando le disparó a su víctima por una deuda en sala de belleza

Ada Nubia Torres Parada Rodríguez, de 33 años, mantuvo una relación sentimental con un hombre, el cual le otorgó un crédito y le entregó en venta una sala de belleza para que ella fuera cancelando en cuotas.
Pasaron los días y la mujer contrajo matrimonio con otra persona de nombre Diego Stantey García González, de 28 años, y a raíz de esa situación Parada Rodríguez ya no le pagó al primer hombre con quien tuvo un romance y que le había vendido la sala de belleza.
La víctima relató en la audiencia inicial que Diego García le dijo a su esposa que si le seguía cobrando el dinero lo iban a matar.
A raíz de esa situación García contactó a Noé Gilberto Beltrán Ibáñez, de 20 años; y ambos optaron por asesinar a la víctima la noche del 21 de mayo cuando se encontraba en la acera de la 10ª Avenida Sur y pasaje Salazar en el barrio San Jacinto, al sur de la capital.
No le tocaba morir
Ese día cuando la víctima sufrió el atentado, uno de los hechores, Beltrán Ibañez, le dijo: «Aquí te manda el dinero la jefa”, y después le disparó; sin embargo, la víctima resultó ilesa.
Después de haber cometido el atentado y creyendo que habían cometido el asesinato, Beltrán y García escaparon en un vehículo de la escena, y aunque se dieron a la fuga la Policía logró obtener el número de placa y su ubicación.
El vehículo fue interceptado por las autoridades, era conducido por una mujer quien al ser detenida explicó tener conocimiento de quienes habían realizado el atentado.
Un día después del ataque, los sujetos fueron localizados y capturados por las autoridades; ambos fueron presentados al Juzgado Quinto de Paz de San Salvador acusados del delito de homicidio agravado tentado y les decretaron detención.
Ada Parada también enfrentó audiencia inicial y el Juzgado 7° de Paz de San Salvador le decretó detención por el delito de homicidio agravado tentado.
El proceso judicial será acumulado y los tres enfrentarán la audiencia preliminar en el Juzgado Quinto de Instrucción de San Salvador.
Por: El Salvador Times.
Judicial
Condenan a mujer por tráfico de marihuana en Soyapango

El Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador condenó a seis años de prisión a Isis Tamara Elena Mejía, tras ser hallada culpable del delito de posesión y tenencia de droga con fines de tráfico.
De acuerdo con el expediente judicial, la captura se efectuó el 16 de julio de 2024 durante un allanamiento en su vivienda, ubicada en la urbanización Sierra Morena II, en Soyapango, luego de una denuncia ciudadana que alertaba sobre la venta de estupefacientes en el lugar.
Durante la inspección, agentes de la Policía Nacional Civil encontraron una bolsa negra con 405 gramos de marihuana en el baño, así como otra bolsa con 445 gramos en una de las habitaciones de la casa. La imputada fue detenida en el sitio y posteriormente procesada penalmente.
Las autoridades estimaron el valor de la droga incautada en $1,494.24.
Judicial
En juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, declararán 130 testigos

En el juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, han declarado 11 testigos hasta la fecha, incluyendo tres peritos, dos bajo régimen de protección, un sindicalista y varios empleados municipales.
El proceso, que inició hace dos semanas pero ha sido interrumpido en varias ocasiones, busca esclarecer los delitos que la Fiscalía General de la República (FGR) investigó y judicializó con una amplia variedad de pruebas, reforzadas ahora con los testimonios presentados.
El Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador conoce el caso por los delitos de: apropiación o retención de cuotas laborales, incumplimiento de deberes, malversación, infracción de condiciones laborales o de seguridad social, negociaciones ilícitas, actos arbitrarios y falsedad ideológica.
Además de Montano, también son procesados el abogado Ricardo Roque Baires y los prófugos Ruth Raquel Aguilar de Montano (extesorera municipal), Salvador Orlando Montano (exdirector de asuntos estratégicos) y Francisco Antonio Henríquez (exgerente financiero).
La Fiscalía busca que todos los imputados sean condenados por los delitos que se les atribuyen.
Judicial
Condenan por enriquecimiento ilícito al exdiputado Rodolfo Parker y su familia

La Cámara Segunda de lo Civil de San Salvador, condenó por enriquecimiento ilícito de $1,680,918.35 al exdiputado prófugo Rodolfo Parker Soto y su grupo familiar.
El exfuncionario deberá devolver $516,174.49, su esposa Cristina Renate Wein de Parker $330,939.22. sus hijos, Andrés Rodolfo Parker Wein pagará $731,123.88, Sofía Cristina Parker Wein, tendrá que devolver $19,700 y Katya Renate Parker Wein, $82.980.76
En el fallo de la audiencia probatoria, quedó establecido el incremento patrimonial no justificado que tuvo el exfuncionario en un juicio civil que fue ordenado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) tras recibir un informe de la Sección de Probidad.
En la demanda, fiscales de la Unidad Anticorrupción probaron una serie de irregularidades consistentes en depósitos a cuentas corrientes, compra de vehículos, pagos de préstamos de adquisición de viviendas, consolidación de deudas y pago de tarjetas de crédito, todo con dinero cuyo origen no supieron justificar.
Todas esas inconsistencias no fueron desvanecidas en Probidad cuando a Parker y su grupo familiar los emplazados para presentar documentación, las declaraciones juradas revisadas evidenciaron desde el inicio un enriquecimiento ilícito.
En su resolución, los magistrados luego de recibir la prueba le dieron la razón a la Fiscalía y aplicaron dos artículos de la Ley de Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos.
El artículo 20 los condena a reintegrar el dinero obtenido ilícitamente. «Cuando la sentencia fuere condenatoria, los responsables de enriquecimiento sin causa justa serán condenados a restituir al estado o al municipio, lo que le hubieren adquirido indebidamente», destaca la ley.
Y el artículo 21 destaca que cuando un funcionario o empleado público sea encontrado culpable quedará inhabilitado para ejercer cualquier cargo público por diez años.
Cuando iniciaron el proceso los fiscales plantearon un incremento patrimonial no justificado de $2,311,138.47, pero en el fallo de la audiencia probatoria quedó establecido un monto de $1.6 millones.