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EDUARDO BECKER: Cámara de lo Penal no valora denuncias de fraude procesal en caso “Corruptela” y emite resolución en medio de graves denuncias públicas contra el exfiscal Douglas Meléndez a quien se le acusa junto con sus colaboradores más cercanos de haber fabricado el mismo caso
La Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro, de San Salvador, emitió resolución en contra de los implicados en el caso “Corruptela”, pese a las graves denuncias de fraude procesal que habría cometido el exfiscal de la República, Douglas Meléndez, en complicidad con un grupo de sus más cercanos colaboradores dentro del Ministerio Público.
La Cámara confirma órdenes de captura, impone medidas cautelares, revoca beneficios procesales e impone cuantiosas sumas de dinero (como caución económica o fianza) a los 28 implicados en el proceso, entre estos el exfiscal Luis Martínez y el empresario Enrique Rais.
Uno de los afectados con la resolución es Eduardo Vásquez Becker, acusado de peculado como cómplice necesario, y me imponen una caución económica de $25,000, los cuales debe pagar en los 15 días hábiles de notificada la resolución de la Cámara.
«He cumplido 84 años y al final de mi vida me involucran en hechos no ciertos y que de acuerdo a recientes publicaciones periodísticas han sido fabricados». Eduardo Becker
Medios de Comunicación han comprobado que detrás de este caso está el exfiscal general Douglas Meléndez, quien habría encabezado una estructura irregular dentro de la Fiscalía General. A continuación, Eduardo Becker nos relata su dura experiencia y valoraciones como comunicador y abogado al ser involucrado en el caso Corruptela: Como periodista y como abogado hago unas valoraciones sobre este irregular y nefasto proceso que afecta mi trayectoria profesional y mi amplia vida laboral.
Las falencias de la resolución
Las disposiciones emitidas por la Cámara no valoran, en ningún momento, las denuncias de fraude procesal en torno al caso “Corruptela” que surgieron con las denuncias -en la Procuraduría de Derechos Humanos y en sede judicial- de seis trabajadores de la Fiscalía que aseguran haber sido amenazados por su entonces jefe, Douglas Meléndez, y su grupo cercano a fin de que se convirtieran en testigos criteriados, obligándolos a firmar declaraciones previamente fabricadas y a inventar testimonios para ofrecer en la causa que se ventila.
Las denuncias de fraude forman parte de una investigación de un Medio Digital y fueron retomadas por otros Medios de Comunicación del país y abren la duda de que algo está mal desde el principio. El equipo de defensores de los procesados compiló y entregó a la Cámara de lo Penal las notas periodísticas que evidencian las irregularidades cometidas desde el inicio de proceso y que han derivado en graves afectaciones para los procesados, sin embargo, no se valoraron las denuncias de los falsos criteriados obligados a mentir.
En ese tribunal estaban pendientes de resolverse diversas apelaciones y transcurrieron meses antes de conocerse una respuesta jurídica.
Durante cinco meses los abogados defensores esperaron que la Cámara emitiera opinión sobre las apelaciones y últimamente esperaron que se valoraran las denuncias de fraude procesal, pero el tribunal emitió resolución sin considerar los argumentos presentados.
Había apelación en contra de las órdenes de captura que se habían emitido contra Rais y los demás implicados y no obstante la nueva evidencia presentada la Cámara resolvió sin valorar el fraude procesal con que se construyó dicho caso.
Hasta $100,000 de caución
En su resolución, la Cámara Primera de lo Penal impone cuantiosas sumas de dinero a algunos de los implicados.
Contra varios de ellos se imponen $100,000 de fianza que deberán hacerse efectivas en “un lapso no superior a quince días hábiles después de notificada la presente resolución”, lo cual resulta impagable considerando que los implicados carecen de recursos para cubrir esos montos.
No hay un estudio socioeconómico que permita establecer que a las personas a quienes se les impone los $100,000 de caución tengan la posibilidad para cubrirlos.
Estas sumas impuestas contrastan, en gran manera, con las cauciones económicas que recientemente les otorgaron a dos de los principales implicados en el caso del desvío de los fondos de Taiwán, donde se investiga el paradero de al menos de $10 millones donados durante el gobierno del fallecido gobernante Francisco Flores.
En el caso del dinero taiwanés los procesados deben cubrir $50,000 cada uno, pese a ser reconocidos empresarios o industriales y millonarios. Mientras que varios de los procesados del caso “Corruptela” están obligado a entregar al juzgado el doble del dinero, sin que se conozcan los criterios o parámetros usados para imponer estas medidas.
¿Dónde está la justicia equitativa e igualitaria a la que debe someterse todo ciudadano que se enfrente a la ley? ¿Acaso no es la misma ley y la misma justicia para todos?
Las otras decisiones de la Cámara
En su resolución, la Cámara Primera de lo Penal confirma la detención contra el exfiscal Julio Adalberto Arriaza González. Al mismo tiempo ordena que se capture a Jorge Moisés Nájera Aguilar y Mauricio Antonio Yanes Morales, quienes gozaban de medidas sustitutivas a la detención.
Mientras que para Carla García Rossi de Martínez, César Augusto García Barrera y José Ángel Gómez Guillén se le imponen medidas cautelares de no salir del país, presentarse a los juzgados y abstenerse de comunicar con otros implicados en el proceso cuando desde el principio gozaron de libertad irrestricta sin medidas cautelares.
A Francisco Salinas Montenegro también debe pagar $25,000 de caución, lo mismo que Karla Ivette Escamilla López.
Mientras que para el empresario Enrique Rais se “confirma la detención provisional” por dos delitos de cohecho activo.
Para cada uno de los 28 implicados hay una decisión tomada por los magistrados de la Cámara.
Entre los juzgadores se encuentra Martín Rogel Zepeda para quien se había solicitado su recusación, es decir, se apartara de conocer el proceso. No obstante, en la resolución del tribunal se indica que Rogel Zepeda mantuvo su calidad de juzgador y tomó parte activa del dictamen.
¿Cómo es posible que se haya permitido actuar a un personaje ampliamente cuestionado luego que algunos implicados le han denunciado, desde hace mucho tiempo atrás en la sección de Investigación Judicial, por no tener imparcialidad?
¿Cómo es posible que si el mismo magistrado que fue recusado de conocer dicha apelación no esperó las resoluciones de tribunales superiores que le facultaran fallar?
¿Cómo confiar en un juzgador que fue denunciado administrativamente por un procesado que lo consideró parcializado? ¿Podría acaso fallar apegado a derecho?
Judicial
50 años de prisión para padre que causó la muerte de su hijo de cinco meses
La prueba pericial reveló el grado de violencia extrema al que la víctima fue sometida por su padre.
El Tribunal Tercero de Sentencia de San Salvador condenó a 50 años de prisión a Roberto Martínez Guzmán por el homicidio agravado de su hijo de cinco meses.
Los hechos ocurrieron en la vivienda de la familia de la víctima, ubicada en el cantón y calle Palo Grande, en el distrito de Rosario de Mora, San Salvador Sur.
Según la información acreditada en el juicio, la víctima nació de forma prematura y con condiciones críticas de salud. Tras permanecer un tiempo hospitalizado, recibió el alta médica el 26 de septiembre de 2024. El personal médico instruyó a los padres para llevar al recién nacido al Hospital Nacional Saldaña para sus controles de seguimiento y mantener cuidados especiales en el hogar, indicaciones que no fueron atendidas.
De acuerdo con las investigaciones, las agresiones ocurrieron luego de que la madre se ausentara de la vivienda durante un día y dejara a su hijo bajo el cuidado de Martínez Guzmán. Horas más tarde, el procesado se comunicó con ella para informarle que el menor tenía la cabeza inflamada. Al regresar a la casa, la mujer trasladó a su hijo de inmediato a un centro médico.
En la Unidad de Salud de Rosario de Mora, el personal médico detectó que la víctima presentaba, entre otros signos, abombamiento de la fontanela (mollera), una fractura en el brazo izquierdo y un shock hipovolémico. Debido a la gravedad de las lesiones, fue trasladado de urgencia al Hospital Nacional Saldaña, donde falleció el 20 de noviembre de 2024.
El peritaje médico-legal confirmó que la causa de muerte se debió a múltiples complicaciones derivadas de agresiones físicas, entre ellas hemorragias cerebrales, hematomas internos y externos, así como traumatismos craneoencefálicos contusos. Tras determinarse que la víctima estaba bajo la custodia del padre, las autoridades procedieron con la captura de Roberto Martínez Guzmán.
En su fallo, el juez a cargo del caso concluyó que el maltrato físico sufrido por la víctima inició meses antes de su muerte y fue cometido inequívocamente por Roberto Martínez Guzmán en calidad de autor directo. Asimismo, estableció que los hechos fueron ejecutados con alevosía, mediante el uso de violencia extrema y abuso de superioridad, aprovechando la vulnerabilidad y las condiciones de salud del menor.
Judicial
Prisión para pandillero que privó de libertad a una menor de edad
El Tribunal Quinto Contra el Crimen Organizado de San Salvador, juez tres, condenó a 52 años de prisión a Diego Alejandro Romero de Paz, alias Little Happy, por los delitos de privación de libertad, limitación ilegal a la libertad de circulación y organizaciones terroristas en perjuicio de la seguridad del Estado.
De acuerdo con la resolución judicial, alias Little Happy tenía el rango de segundo palabrero dentro de la hengla Tiny Locos Sureños de la pandilla 18 Sureños, que operaba en la urbanización Jardines de Sel Sutt.
La juzgadora estableció que alias Little Happy participó en la privación de libertad de una menor de edad, a quien obligaban a sostener una relación sentimental con un pandillero que se encontraba detenido. Asimismo, amenazó de muerte a dos personas para que no denunciaran la desaparición de la víctima, por lo que ambas huyeron de sus hogares.
Junto a él, también fueron condenados José Dimas Romero Torres, alias Dimas, y José Alberto Martínez García, alias Chepe, a diez años de prisión por el delito de organizaciones terroristas, mientras que Hugo Adonay Miranda Romero, alias Black, fue condenado a ocho años de prisión por el mismo delito.
Los hechos ocurrieron entre 2015 y 2017.
Nacionales
Tres detenidos tras protagonizar pelea callejera en Rosario de Mora
La Policía Nacional Civil (PNC) informó sobre la captura de tres hombres señalados de participar en una pelea callejera ocurrida en el barrio El Centro, en Rosario de Mora, San Salvador Sur.
Según el reporte policial, los involucrados atacaron a puños y patadas a otro hombre luego de una discusión mientras consumían bebidas alcohólicas.
Los detenidos fueron identificados como Erick Joseph Gamero Santos, Orlando de Jesús Miranda y José Raúl Ventura Carranza.
Las autoridades indicaron que la víctima sufrió lesiones leves. Asimismo, informaron que los capturados serán remitidos por los delitos de lesiones y desórdenes públicos.




