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Declaraciones de teniente Yusshy René Mendoza revelan que Rodolfo Parker manipuló declaración que implicaba al Alto Mando de la FAES en caso jesuitas

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El diputado del PDC Rodolfo Parker, habría manipulado una declaración extrajudicial para desvincular al Alto Mando y al Estado Mayor Conjunto de la Fuerza Armada de El Salvador (FAES) de la operación militar contra seis religiosos, incluyendo el entonces rector de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (UCA), Ignacio Ellacuría, y dos colaboradoras, el 16 de noviembre de 1989, que dejó como saldo a esas ocho personas fallecidas.

Dichas acusaciones en contra del el entonce abogado y asesor de la Comisión de Hechos Delictivos, (Parker), se conocieron durante el segundo día de la declaración del teniente Yusshy René Mendoza ante la Audiencia Nacional Española, en el juicio que se realiza en contra del coronel Inocente Orlando Montano, exministro de Seguridad Pública y acusado de participar en el asesinato de los sacerdotes jesuitas.

El teniente Yusshy René Mendoza narró todo lo relacionado a la operación impulsada por los militares bajo las órdenes del coronel Guillermo Benavides y que fue cumplida por el teniente José Ricardo Espinoza Guerra, encargado de un comando del batallón Atlacatl, que había sido designado a brindar un resguardo al complejo de la Escuela Militar y el Estado Mayor.

El 8 de enero de 1990, Mendoza, quien participó de la incursión armada a la casa de los jesuitas, fue detenido pero fue recluido por cinco días sin tener comunicación con nadie.

“Me ordenan que me presente a declarar a la comisión de Honor y me piden que diga lo que sé al respecto del asesinato, luego me dicen que voy a quedar detenido pero me dicen que voy a quedar incomunicado por cinco días, me tomaron una declaración extrajudicial por los miembros de la Comisión de Hechos Delictivos”, narró.

El teniente Mendoza detalló que durante le tomaban la declaración llegó el entonces abogado Rodolfo Parker, quien era el asesor jurídico de la Comisión de Hechos Delictivos y al escuchar su declaración detuvo
el interrogatorio y le manifestó que no podía incluir en su testimonio a otras personas que no fueran el coronel Benavides o al batallón Atlacatl.

«Cuando rindo la declaración extrajudicial me dicen que voy a pasar
como acusado y un miembro de la comisión comienza a tomar mi declaración. Empiezo a narrar los hechos como lo narré a la Comisión de Honor y como lo he narrado acá, pero luego llegó el abogado Rodolfo Parker, que era el asesor jurídico de la comisión de Hechos Delictivos y pone atención a lo que estaba declarando, y dice no ‘esto no puede ser así’, que ‘estas declaraciones no pueden ir así’, y hace que quien estaba escribiendo en la máquina saque la hoja y la comienza a leer”, comentó.

Mendoza expuso que Parker se dirigió a él y le manifestó que “‘no no puedes declarar eso, no puedes mencionar a ninguna persona del Alto Mando, no puedes mencionar que Benavides dijo que tenía órdenes
del Alto Mando, no puedes mencionar a nadie que no sea Benavides o miembros del batallón Atlacatl’ y solicitó comenzar de nuevo (con la declaración) y reiteró que no ‘puedes decir nada que Benavides se reunió
con el Alto Mando o que recibió órdenes del Alto Mando”, subrayó.

El teniente Mendoza comentó que el coronel Benavides siempre se mostró muy confiado en que saldría liberado de los cargos, ya que contaba con el apoyo del Estado Mayor y del Alto Mando de la Fuerza Armada.

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Judicial

Pandillera del Barrio 18 condenada a 20 años de prisión por extorsión

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El Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador impuso 20 años de prisión a Silvia Guadalupe Barahona Ramos, miembro de la pandilla Barrio 18, por el delito de extorsión agravada.

Según el informe judicial, Barahona llegó al negocio de la víctima exigiendo dinero bajo amenazas de atentar contra su vida o la de su familia. La persona entregó el dinero, pero de inmediato interpuso la denuncia.

La detenida fue capturada en el marco del Régimen de Excepción y actualmente enfrenta procesos por otros delitos.

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Judicial

Mujer recibe 30 años de cárcel por no auxiliar a su recién nacido tras caer en fosa séptica en Cuscatlán

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El Juzgado de Sentencia de Cojutepeque condenó a 30 años de cárcel a María Antonia Preza Hernández por el delito de homicidio agravado bajo la figura de comisión por omisión, luego de no auxiliar a su recién nacido tras caer en una fosa séptica.

Según la investigación fiscal, los hechos ocurrieron el 30 de marzo de 2024 en Monte San Juan, Cuscatlán Sur. La mujer, que estaba en labor de parto, no solicitó ayuda a sus familiares y tras el nacimiento de la bebé, no intentó salvarla, sino que limpió la escena y se retiró.

El cuerpo de la recién nacida fue descubierto tres días después por familiares. La autopsia del Instituto de Medicina Legal confirmó que la bebé nació con vida y que la causa de su muerte fue asfixia por obstrucción de vías respiratorias.

El tribunal consideró que Hernández incumplió con su deber de auxilio, tipificando su conducta como comisión por omisión, lo que derivó en la condena máxima impuesta por el Juzgado de Sentencia de Cojutepeque.

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Pastor evangélico es condenado por agresión sexual a menor en La Libertad

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Rafael Antonio Gómez Castillo fue condenado a 12 años de prisión por agredir sexualmente a una niña de ocho años durante el 2024 en Sacacoyo, departamento de La Libertad.

Según las investigaciones de la Fiscalía General de la República (FGR), la víctima sufrió maltratos físicos y psicológicos de su madre, al punto que la dejaba varios días encerrada en la vivienda o abandonada en la calle.

«La menor buscaba refugio y comida en la casa de Rafael Gómez, por el lazo familiar; sin embargo, él se aprovechó de la situación y del vínculo que tenía con la niña para abusar de ella en reiteradas ocasiones», señaló la institución.

Ambos se desempeñaban como líderes religiosos de una iglesia de donde fueron expulsados tras darse a conocer los maltratados que ejercían contra la niña.

Los abusos a los que la víctima era sometida fueron denunciados ante las autoridades por otro familiar cercano.

«Gracias a los elementos de prueba documental, pericial y testimonial que presentó la FGR ante el Tribunal Segundo de Sentencia de Sonsonate, se logró demostrar la participación de los imputados en los hechos antes mencionados», informó el ministerio público.

Es así como como Gómez Castillo fue sentenciado por el delito de agresión sexual o menor o incapaz agravada en modalidad continuada.

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