Judicial
Conductor en estado de ebriedad atropella a dos personas en San Salvador
La madrugada del 19 de enero, Irvin Batres, supuestamente molesto y en estado de ebriedad embistió con su vehículo a dos personas cuando caminaban en la acera de la calle San Antonio Abad, a un costado del Redondel Torogoz.
Producto del hecho, murió una de las víctimas y la otra resultó con lesiones graves. El sujeto fue detenido minutos después por agentes de la Policía Nacional Civil (PNC), aun en el término de flagrancia.
De acuerdo a las pesquisas recabadas por las autoridades, antes del suceso el sujeto llegó donde las víctimas que se encontraban departiendo en el Parque San José, de la Colonia San Luis, se originó una discusión en la que incluso hubo golpes, debido a que el perpetrador intentó manosear a una mujer.
Molesto se retiró del lugar y se dirigió a su vehículo que tenía estacionado cerca del parque, supuestamente esperó a que las personas se retiraran del lugar, les da seguimiento y los alcanza a la altura del Redondel Torogoz donde los embiste. En el acto falleció Eduardo Gaitán.
Por esos hechos, el Juzgado 6° de Instrucción de San Salvador, ordenó la apertura a juicio contra Irvin Batres Ávalos, de 35 años por quitarle la vida a Eduardo Gaitán.
Según el fiscal del caso con la prueba que han ofertado se establece el dolo del imputado, pues tuvo un tiempo necesario para razonar pensar y ocasionar el atropellamiento de las personas pues antes del hecho había discutido con ellas, aseguró.
Entre la prueba ofertada en la audiencia se encuentra prueba testimonial, pericial y fijación de imágenes de un video, que supuestamente captó la discusión y el momento en que trató de tocar a la señora, el momento que se retira y cuando los embiste, según datos del dictamen fiscal
Mientras tanto la defensa señaló que “los elementos de prueba con que dispone la Fiscalía son insuficientes para individualizarlo si bien el caso pasó a la etapa de vista pública no se cuenta con los elementos idóneos pertinentes para poder quebrantar el estatus de inocencia” “hay un video que no tiene la calidad suficiente para determinar con claridad la identificación de su defendido” acotó.
Judicial
Prisión para sujeto que participó en el asesinato de una persona frente al hospital Bloom
El Tribunal Sexto de Sentencia de San Salvador condenó a Salvador Alvarado Navarrete a 25 años de prisión por el delito de homicidio agravado en perjuicio de J. R. A. L.
El hecho ocurrió el 1 de junio de 2021, a las 9:00 p. m., cuando la víctima se encontraba sentada en una acera cercana al Hospital Nacional Rosales. En ese momento, Alvarado Navarrete, acompañado de otros sujetos, se acercó a la víctima. Al verlos que llevaban armas corto punzantes, la víctima intentó huir.
Según la declaración anticipada de un testigo presencial, los sujetos lo golpearon y lo tiraron al suelo, donde le ocasionaron una serie de lesiones con un corvo, un destornillador y un hacha. Se identificó a Salvador Alvarado como la persona que utilizó el corvo.
Judicial
Fallo contra Sigfrido Reyes será dado a conocer el próximo 29 de noviembre
La Cámara Segunda de lo Civil de la Primera Sección del Centro de San Salvador convocó a las partes para el 29 de noviembre, fecha en la que se dará a conocer el fallo oral del proceso por enriquecimiento ilícito promovido contra el exdiputado por el partido del FMLN, Othón Sigfrido Reyes Morales, y su núcleo familiar, demandados por no haber podido justificar la cantidad de $472,464.04.
Las partes expusieron este viernes sus alegatos finales. La Fiscalía General de la República (FGR) solicitó a las magistradas que se declare la existencia del enriquecimiento ilícito sin justa causa, y que los demandados sean condenados a devolver al Estado la siguiente cantidad: $459,714.04 en el caso de Reyes Morales, $12,000 a su cónyuge, Susi Melba Guadalupe Rodríguez Hernández, y $750 a su hijo, Luis Damián Reyes Rodríguez.
Los montos reclamados corresponden a presuntas irregularidades encontradas en los rubros de depósito en efectivo, pago de tarjetas de crédito, compras de inmuebles y vehículos, entre otros. Para la FGR, se desconoce el origen lícito de estas cantidades, durante tres períodos en que Reyes fue diputado propietario, del 1 de mayo de 2006 al 30 de abril de 2015.
Por su parte, los apoderados de los demandados solicitaron que se tenga por acreditada las fuentes de ingreso que son de origen lícito de cada una de las supuestas irregularidades, argumentando que la perito judicial no tomó en cuenta las condiciones personales de los demandados como la venta de inmuebles, bonificaciones, entre otros ingresos. Además, en relación con los viáticos, no tomó en cuenta toda la legislación que establece el cómo se dividen (viáticos, gastos de terminales y gastos de viajes), así como el monto diario y quienes aprueban las misiones oficiales.
Judicial
Seguirán en prisión 21 personas que presuntamente se dedicaban al narcomenudeo
El juez uno del Tribunal Cuarto contra el Crimen Organizado de San Salvador desarrolló la audiencia especial de imposición de medidas donde decretó la instrucción formal con la aplicación de la medida cautelar de la detención provisional a 21 personas que fueron capturadas a principios del mes en la comunidad Tutunichapa, en San Salvador. Se les acusada de delitos como tráfico de drogas, actos preparatorios, proposición, conspiración y asociaciones delictivas, así como incumplimiento de deberes, revelación de hechos, actuaciones, documentos y datos secretos por empleado oficial, y agrupaciones ilícitas.
Según la acusación, esta estructura de narcomenudeo operaba en San Salvador y distintos mercados de los distritos de Apopa, Soyapango, Ilopango, y departamentos de la zona oriental del país, se le asocia a cuatro células lideradas por Edgardo Bruno Ventura, alias “El Brother”, “Patrón” o “Bruno”, conocido como el “Rey de Mariona”.
La Fiscalía sostiene que los sujetos eran los encargados de la comercialización y distribución de droga como marihuana, cocaína y crack. En la estructura investigada desde 2022, los acusados mantenían la jerarquía de líderes, logísticos, proveedores, distribuidores, vendedores, revendedores, colaboradores e informantes.
Durante la audiencia, el juzgador valoró las pruebas indiciarias presentadas por la Fiscalía General de la República como escuchas telefónicas, actas de entrevista de agentes captores y perfiles delincuenciales que arrojan preliminarmente la posible existencia del delito y la probable participación de cada uno de los imputados, por lo que ordenó que el caso continué en investigación en la etapa de instrucción por un plazo de seis meses.