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Nacionales

Magistrado del TSE: «Sentencia de sala sobre reelección debe cumplirse»

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La sentencia 1-2021 de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), referida a la reelección presidencial, debe cumplirse, pues «las resoluciones de los tribunales se cumplen, me guste o no me guste», aseveró ayer Noel Orellana, magistrado del Tribunal Supremo Electoral (TSE), en una entrevista de Canal 67.

«No es una interpretación, es una orden que el tribunal constitucional le está dando al Tribunal Supremo Electoral, que, si en caso el ciudadano presidente decidiere participar en una elección, en un nuevo período, tendrá la obligación de inscribirlo», señaló.

Luego de que el pasado domingo el partido político Nuevas Ideas confirmó que Nayib Bukele resultó electo candidato presidencial por la bandera cian, el magistrado Orellana reafirmó su posición de que las sentencias de los tribunales superiores deben ser acatadas, y que no hay pruebas legales para desconocer las resoluciones ni a los magistrados que integran la Sala de lo Constitucional.

«Entraríamos en una anarquía si queda a discreción del funcionario cumplir o no una sentencia emanada del tribunal superior», consideró el magistrado electoral. Además, recordó que ninguno de los organismos colegiados que han estado al frente del TSE en períodos de gobiernos anteriores, con ARENA y el FMLN, ha incumplido alguna resolución de la Corte Suprema de Justicia.

«Al Tribunal Supremo Electoral se le cambiaron reglas del juego para elegir a diputados faltando tres meses para las elecciones, y cumplió la sentencia. Se le ordenó cancelar partidos políticos y también cumplió la resolución», recordó.

Agregó que, por el momento, se limita a decir que «hay una resolución, un mandato de un tribunal superior que me está ordenando a mí en esos términos. Doy la cara y soy muy sincero en expresar que los funcionarios estamos en la obligación de darle cumplimiento a esta sentencia».

«Si las autoridades del Tribunal Supremo Electoral no cumplen una resolución, estamos cayendo en un delito que, por ejemplo, en el Código Penal es de desobediencia a sentencia emanada del tribunal superior», explicó.

De acuerdo con el calendario electoral, el TSE tiene hasta el 27 de noviembre de 2023 para resolver la inscripción de cada uno de los candidatos que presenten los partidos políticos autorizados para participar en las elecciones de febrero y marzo de 2024.

«No es a discreción de que el Tribunal Supremo Electoral va a decir: “Mire, usted va y usted no va”. Tenemos que apegarnos a procedimientos y requisitos que para tal efecto establece la ley, y todo aquel candidato que cumpla de acuerdo con lo establecido en las normas, nosotros no podemos poner objeciones», dijo Orellana.

En relación con este tema, medios internacionales como Noticias RNN, de República Dominicana, y Semana y NTN24, de Colombia, publicaron recientemente que Nayib Bukele compite por un segundo mandato porque la Sala de lo Constitucional falló el 3 de septiembre de 2021 que no es ilegal hacerlo.

En contraste, miembros de la oposición política en El Salvador y medios de comunicación afines nacionales e internacionales obvian adrede la resolución 1-2021, con el único objetivo de hacer creer que la inscripción de Nayib Bukele como candidato presidencial es ilegal.

Así como Orellana, reconocidos abogados y constitucionalistas ya han expresado que la discusión del caso está cerrada, pues debe acatarse la resolución. De hecho, los medios antes mencionados contextualizan en sus notas que fue a partir de esa sentencia que Bukele se inscribió y compitió en las elecciones internas de Nuevas Ideas el domingo pasado, y fue elegido candidato para 2024.

Por otra parte, Orellana desmintió en su totalidad los señalamientos de algunos bloques opositores con respecto a que Nayib Bukele caería en transfuguismo al cambiarse del partido GANA y correr como candidato presidencial con el instituto político cyan.

«Yo no estoy defendiendo, no estoy tratando la manera de justificar partidos políticos o personas en particular. En este caso yo no puedo aplicar el transfuguismo para un funcionario que no lo dice la ley», afirmó. El Código Electoral establece en el artículo 226 A que el transfuguismo aplica solo para diputados de la Asamblea y para los concejos municipales

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Multan con $750 a creador de videos por conducción temeraria

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El Viceministerio de Transporte (VMT) multó con $750 al creador de contenido «Yeik» por varias infracciones a la Ley de Tránsito.

La institución sancionó al tiktoker luego de la circulación de un video en redes sociales donde el imputado ocasionó un siniestro vial donde colisionó contra otro motociclista.

Las multas fueron por conducir sin estar autorizado ($150); conducir haciendo uso del celular ($150); circular después de las 18 horas y antes de las 6 del día siguiente sin que el motociclista porte chaleco o implementos reflectivos ($150); circular sin placas ($150); conducir en zigzag ($100) y no portar tarjeta de circulación ($50).

Las autoridades también le decomisaron la motocicleta por circular sin placas ni tarjeta de circulación.

Tras conocer las sanciones, el titular del VMT, Nelson Reyes, reaccionó en su cuenta de la red X y escribió: «el respeto a la ley no es opcional. Quien ponga en riesgo la vida de los demás deberá responder por sus acciones. Seguiremos aplicando la normativa con firmeza para garantizar la seguridad vial de todos los salvadoreños».

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Traficante de personas es condenado a ocho años de prisión

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A ocho años de prisión fue condenado José Alfredo Centeno Cantón, por el delito de tráfico ilegal de personas.

En el juicio, la Fiscalía General de la República estableció que fue detenido de forma infraganti transportando a 12 personas a quienes pretendía trasladar hasta Guatemala y con una promesa de llevarlos en «un viaje seguro» a Estados Unidos.

Centeno Cantón fue detenido el 15 de enero de 2024, en un retén que agentes de la Policía Nacional Civil (PNC) habían instalado en el km 92 de la carretera Panamericana, caserío Paraje Galán, cantón San Vicente, de Candelaria de la Frontera, Santa Ana.

El plan del ahora condenado era dirigirse hacia un punto fronterizo no habilitado de la zona, para eludir los controles migratorios, ya que entre las personas que transportaba iban cinco menores de edad, los otros siete eran adultos.

En el proceso judicial se mencionó que todos viajaban en una camioneta, eso llamó la atención de los agentes policiales pues al ir sobrecargada y el nerviosismo que mostraron generó sospecha que podrían estar frente a un caso de tráfico de personas.

Ese control policial siempre ha sido estratégico ya que obligadamente se debe pasar por ese punto y por la ubicación los agentes con su experiencia pueden detectar cualquier irregularidad de los viajeros.

Llamó la atención que en una sola unidad de transporte fueran cinco menores sin ninguno de sus padres o familiares cercanos y que la custodia fuera a cargo de una persona que ni conocían.

Además, al ser entrevistado, hubo incongruencias en las respuestas de los adultos, así como de los niños, no portaban la respectiva documentación que asegura un registro legal en la frontera San Cristóbal, que era la más próxima al control vehicular donde fueron ubicados.

Con la información aportada por las víctimas, los agentes consultaron a sus superiores y luego a la Fiscalía General de la República para detener a Centeno Cantón y que le iniciaron el respectivo proceso penal.

En la fase de investigación el ministerio público obtuvo información de las víctimas, quienes confirmaron que iban hacia Estados Unidos y que los iban a pasar por un punto no habilitado hacia Guatemala.

El plan era que, del vecino país los iban a mover hacia la frontera con México donde serían entregadas a otras personas para continuar la ruta a Estados Unidos ya que ese fue el acuerdo pactado.

«El fiscal del caso dijo que las 12 víctimas eran cinco niños y siete adultos todos salvadoreños y que habían pagado una parte del dinero y la otra la harían efectiva al llegar a su destino», así lo publicó el ministerio público.

En la vista pública el tribunal tuvo acceso a testimonios de las víctimas, así como de los agentes policiales que hicieron el procedimiento de localización de las víctimas y captura del traficante de personas.

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Abogada y estafador son condenados a tres y nueve años de cárcel

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La abogada Ángela Maritza Díaz de Vásquez y Douglas Enrique Vega Guerrero, fueron condenados a penas de tres y nueve años de prisión por falsedad documental agravada y estafa.

La primera admitió la falsedad mediante un procedimiento abreviado ante el Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador, y la pena de tres años es sometida a una suspensión condicional bajo reglas de conducta consistente en no cambiar de domicilio, además queda inhabilitada para ejercer la profesión hasta que haya cumplido la condena; también deberá de pagar $500 a una de las víctimas.

Mientras que Vega Guerrero cumplirá en un centro penal los nueve años por tres casos de estafa, más el pago total de $14,600 en concepto de responsabilidad civil a las tres víctimas que engañó.

La Fiscalía General de la República probó en el juicio que las estafas fueron cometidas entre el 2022 y 2023, en diversos distritos del departamento de San Salvador.

El estafador utilizó redes sociales para ofrecer una variedad de productos, a los afectados les propuso venderles vehículos y les pidió dinero como adelanto.

Los denunciantes dijeron que luego de entregarle diversas cantidades de dinero, Vega Guerrero cortó todo tipo de comunicación y no lo pudieron contactar por ninguna vía.

A una de las víctimas le ofreció un vehículo por $4,800 y le manifestó que para adquirirlo debía darle $4,000 como anticipo, ese hecho ocurrió en mayo de 2023.

En las pesquisas que las autoridades realizaron obtuvieron información del afectado quien dijo que pagó y recibió el automotor, pero el auto presentó desperfectos mecánicos y estaba a nombre de otra persona, quien había denunciado que se lo habían robado.

En la vista pública quedó probado que Douglas Enrique Vega Guerrero, detenido en febrero de 2024, en los tres casos de estafa actuó con dolo, sabía perfectamente que estaba ante hechos de estafa.

Etiquetas: condenaEstafafalsedad documentalSan salvador

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