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Judicial

Hermanas pandilleras son condenadas a 16 años de cárcel en Mejicanos

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El Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador, condenó a 16 años de cárcel a Ismelda Marisol Hurtado Cerna y su hermana Reina Vanessa por amenazar y obligar a los residentes de dos viviendas de Mejicanos a salir del lugar.

En la vista pública, la Fiscalía General de la República (FGR) probó que las mujeres coaccionaron a las víctimas a desplazarse forzosamente de Mejicanos o de lo contrario atentarían en su contra.

En las pesquisas que agentes policiales realizaron bajo la dirección de la Fiscalía se determinó que las pandilleras de la Mara Salvatrucha infundieron terror en la zona con el fin de sacar a las personas de sus viviendas.

En el juicio la Fiscalía expuso que a finales de 2012 las mareras llegaron a la casa de las dos familias, a quienes les restringieron y prohibieron el libre desplazamiento en la comunidad, pero al ver que las víctimas no cumplían sus órdenes, las amenazaron de muerte para que abandonaran sus viviendas.

En las indagaciones los policías obtuvieron información de que las pandilleras habían llegado a la casa de varias familias para hacerles una serie de exigencias a nombre de la Mara Salvatrucha.

Habían ordenado a los residentes que no tenían autorización para transitar libremente y que como pandilla eran los que decidían los lugares donde podían ir y las actividades que iban a realizar.

Por temor a represalias ninguno de los residentes se atrevía a denunciar a las pandilleras quienes habían tomado el control en el lugar, ellas decidían quienes entraban y salían.

Pese a las amenazas, dos de las familias decidieron acudir antes las autoridades para denunciar lo que estaba ocurriendo y que se investigara el caso, la Fiscalía y Policía apoyaron a las víctimas, para proteger su identidad les otorgaron régimen de protección para garantizar que colaboraran aportando información y poder identificar las mareros para llevarlas ante los tribunales.

En el fallo emitido, el juez de la causa las encontró culpable por el delito de limitación ilegal a la libre circulación y accedió a la pretensión fiscal de condenarlas.

Al expediente se agregó información consistente en prueba documental donde consta la denuncia de las víctimas, actas de diligencias que agentes policiales realizaron, así como el testimonio de las familias afectadas por el accionar de las mareras.

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Judicial

Condenan a mujer por tráfico de marihuana en Soyapango

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El Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador condenó a seis años de prisión a Isis Tamara Elena Mejía, tras ser hallada culpable del delito de posesión y tenencia de droga con fines de tráfico.

De acuerdo con el expediente judicial, la captura se efectuó el 16 de julio de 2024 durante un allanamiento en su vivienda, ubicada en la urbanización Sierra Morena II, en Soyapango, luego de una denuncia ciudadana que alertaba sobre la venta de estupefacientes en el lugar.

Durante la inspección, agentes de la Policía Nacional Civil encontraron una bolsa negra con 405 gramos de marihuana en el baño, así como otra bolsa con 445 gramos en una de las habitaciones de la casa. La imputada fue detenida en el sitio y posteriormente procesada penalmente.

Las autoridades estimaron el valor de la droga incautada en $1,494.24.

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En juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, declararán 130 testigos

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En el juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, han declarado 11 testigos hasta la fecha, incluyendo tres peritos, dos bajo régimen de protección, un sindicalista y varios empleados municipales.

El proceso, que inició hace dos semanas pero ha sido interrumpido en varias ocasiones, busca esclarecer los delitos que la Fiscalía General de la República (FGR) investigó y judicializó con una amplia variedad de pruebas, reforzadas ahora con los testimonios presentados.

El Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador conoce el caso por los delitos de: apropiación o retención de cuotas laborales, incumplimiento de deberes, malversación, infracción de condiciones laborales o de seguridad social, negociaciones ilícitas, actos arbitrarios y falsedad ideológica.

Además de Montano, también son procesados el abogado Ricardo Roque Baires y los prófugos Ruth Raquel Aguilar de Montano (extesorera municipal), Salvador Orlando Montano (exdirector de asuntos estratégicos) y Francisco Antonio Henríquez (exgerente financiero).

La Fiscalía busca que todos los imputados sean condenados por los delitos que se les atribuyen.

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Judicial

Condenan por enriquecimiento ilícito al exdiputado Rodolfo Parker y su familia

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La Cámara Segunda de lo Civil de San Salvador, condenó por enriquecimiento ilícito de $1,680,918.35 al exdiputado prófugo Rodolfo Parker Soto y su grupo familiar.

El exfuncionario deberá devolver $516,174.49, su esposa Cristina Renate Wein de Parker $330,939.22. sus hijos, Andrés Rodolfo Parker Wein pagará $731,123.88, Sofía Cristina Parker Wein, tendrá que devolver $19,700 y Katya Renate Parker Wein, $82.980.76

En el fallo de la audiencia probatoria, quedó establecido el incremento patrimonial no justificado que tuvo el exfuncionario en un juicio civil que fue ordenado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) tras recibir un informe de la Sección de Probidad.

En la demanda, fiscales de la Unidad Anticorrupción probaron una serie de irregularidades consistentes en depósitos a cuentas corrientes, compra de vehículos, pagos de préstamos de adquisición de viviendas, consolidación de deudas y pago de tarjetas de crédito, todo con dinero cuyo origen no supieron justificar.

Todas esas inconsistencias no fueron desvanecidas en Probidad cuando a Parker y su grupo familiar los emplazados para presentar documentación, las declaraciones juradas revisadas evidenciaron desde el inicio un enriquecimiento ilícito.

En su resolución, los magistrados luego de recibir la prueba le dieron la razón a la Fiscalía y aplicaron dos artículos de la Ley de Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos.

El artículo 20 los condena a reintegrar el dinero obtenido ilícitamente. «Cuando la sentencia fuere condenatoria, los responsables de enriquecimiento sin causa justa serán condenados a restituir al estado o al municipio, lo que le hubieren adquirido indebidamente», destaca la ley.

Y el artículo 21 destaca que cuando un funcionario o empleado público sea encontrado culpable quedará inhabilitado para ejercer cualquier cargo público por diez años.

Cuando iniciaron el proceso los fiscales plantearon un incremento patrimonial no justificado de $2,311,138.47, pero en el fallo de la audiencia probatoria quedó establecido un monto de $1.6 millones.

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