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Judicial

Abogado Ulises del Dios Guzmán se desliga de haber cometido falta al revelar nombre de testigo criteriado en caso «Saqueo Público»

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Luego de que el abogado Ulises del Dios Guzmán revelará la identidad del testigo criteriado que tiene la Fiscalía General de la República (FGR), en el caso «Saqueo público», el Fiscal General de la República, Raúl Melara, asegura que el abogado habría incurrido en una falta grave al haber revelado el nombre.

En dicho caso se espera acusar a 31 personas ligadas, donde figura la exprimera dama, Vanda Pignato; el expresidente del CIFCO, Miguel «Mecafé» Menéndez y el expresidente de la República, Carlos Mauricio Funes Cartagena, entre otros.

Para el fiscal «lo que hizo el exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Ulises del Dios Guzmán, al mencionar un nombre de testigo, es antiético, prohibido e ilegal».

https://twitter.com/FGR_SV/status/1215253766393470977?s=20

En ese sentido manifestó, que «una persona que se jacta de conocer las leyes y que incluso quiso ser fiscal general, deberá atenerse a las sanciones legales en que pudo incurrir», detalló el funcionario.

«Ellos (los defensores) han tratado de desmeritar el nombre de una persona y pone en riesgo la vida del testigo criteriado, por lo cual debe atenerse a las sanciones que esto conlleva», indicó Raúl Melara.

En audiencia especial de declaración anticipada del testigo criteriado, (Jorge Hernández), el abogado Ulices del Dios Guzmán, el 6 de diciembre, manifestó que declararía un reconocido expresentador de televisión.

Como periódico Digital Cronio, buscamos la opinión del abogado Ulises del Dios Guzmán, y al ser cuestionado si habría caído en una falta por revelar la identidad del testigo criteriado, Guzmán explico que no, ya que el Juez Séptimo de Instrucción lo dio a conocer con nombre y apellido, y que no aparece con régimen de protección.

Asimismo el abogado explicó: «No presentaron toda la documentación, eso, lo que indica, es que había una gran confusión sobre la calidad de ese testigo, tanto así que hubo una serie de interposición de recursos impugnando la calidad del testigo, es una situación que no está resuelta del todo»

Por lo tanto, Guzmán dijo no entender de qué falta habla el fiscal Melara, «porque incluso los mismos agentes fiscales dentro de la audiencia señalaron que ese criterio de oportunidad se lo habían conseguido en otro proceso».

El abogado dijo también, que no le mandará ningún mensaje al fiscal, solo aclara su posición.

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Judicial

Condenan a mujer por tráfico de marihuana en Soyapango

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El Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador condenó a seis años de prisión a Isis Tamara Elena Mejía, tras ser hallada culpable del delito de posesión y tenencia de droga con fines de tráfico.

De acuerdo con el expediente judicial, la captura se efectuó el 16 de julio de 2024 durante un allanamiento en su vivienda, ubicada en la urbanización Sierra Morena II, en Soyapango, luego de una denuncia ciudadana que alertaba sobre la venta de estupefacientes en el lugar.

Durante la inspección, agentes de la Policía Nacional Civil encontraron una bolsa negra con 405 gramos de marihuana en el baño, así como otra bolsa con 445 gramos en una de las habitaciones de la casa. La imputada fue detenida en el sitio y posteriormente procesada penalmente.

Las autoridades estimaron el valor de la droga incautada en $1,494.24.

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Judicial

En juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, declararán 130 testigos

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En el juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, han declarado 11 testigos hasta la fecha, incluyendo tres peritos, dos bajo régimen de protección, un sindicalista y varios empleados municipales.

El proceso, que inició hace dos semanas pero ha sido interrumpido en varias ocasiones, busca esclarecer los delitos que la Fiscalía General de la República (FGR) investigó y judicializó con una amplia variedad de pruebas, reforzadas ahora con los testimonios presentados.

El Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador conoce el caso por los delitos de: apropiación o retención de cuotas laborales, incumplimiento de deberes, malversación, infracción de condiciones laborales o de seguridad social, negociaciones ilícitas, actos arbitrarios y falsedad ideológica.

Además de Montano, también son procesados el abogado Ricardo Roque Baires y los prófugos Ruth Raquel Aguilar de Montano (extesorera municipal), Salvador Orlando Montano (exdirector de asuntos estratégicos) y Francisco Antonio Henríquez (exgerente financiero).

La Fiscalía busca que todos los imputados sean condenados por los delitos que se les atribuyen.

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Judicial

Condenan por enriquecimiento ilícito al exdiputado Rodolfo Parker y su familia

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La Cámara Segunda de lo Civil de San Salvador, condenó por enriquecimiento ilícito de $1,680,918.35 al exdiputado prófugo Rodolfo Parker Soto y su grupo familiar.

El exfuncionario deberá devolver $516,174.49, su esposa Cristina Renate Wein de Parker $330,939.22. sus hijos, Andrés Rodolfo Parker Wein pagará $731,123.88, Sofía Cristina Parker Wein, tendrá que devolver $19,700 y Katya Renate Parker Wein, $82.980.76

En el fallo de la audiencia probatoria, quedó establecido el incremento patrimonial no justificado que tuvo el exfuncionario en un juicio civil que fue ordenado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) tras recibir un informe de la Sección de Probidad.

En la demanda, fiscales de la Unidad Anticorrupción probaron una serie de irregularidades consistentes en depósitos a cuentas corrientes, compra de vehículos, pagos de préstamos de adquisición de viviendas, consolidación de deudas y pago de tarjetas de crédito, todo con dinero cuyo origen no supieron justificar.

Todas esas inconsistencias no fueron desvanecidas en Probidad cuando a Parker y su grupo familiar los emplazados para presentar documentación, las declaraciones juradas revisadas evidenciaron desde el inicio un enriquecimiento ilícito.

En su resolución, los magistrados luego de recibir la prueba le dieron la razón a la Fiscalía y aplicaron dos artículos de la Ley de Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos.

El artículo 20 los condena a reintegrar el dinero obtenido ilícitamente. «Cuando la sentencia fuere condenatoria, los responsables de enriquecimiento sin causa justa serán condenados a restituir al estado o al municipio, lo que le hubieren adquirido indebidamente», destaca la ley.

Y el artículo 21 destaca que cuando un funcionario o empleado público sea encontrado culpable quedará inhabilitado para ejercer cualquier cargo público por diez años.

Cuando iniciaron el proceso los fiscales plantearon un incremento patrimonial no justificado de $2,311,138.47, pero en el fallo de la audiencia probatoria quedó establecido un monto de $1.6 millones.

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