Judicial
Sentencian a almacenes Prado a pagar fianza de más $1 un millón por cobros indebidos a clientes
Tras admitir y analizar la denuncia por posibles cobros indebidos en perjuicio de los consumidores, el Tribunal Sancionador de la Defensoría del Consumidor ordenó a Almacenes Prado (GMG Servicios El Salvador, S.A. de C.V.), rendir una fianza por la suma de 1,028,569.84 de dólares.
En noviembre de 2019, el presidente de la Defensoría del Consumidor, Ricardo Salazar, denunció ante el Tribunal que una auditoría practicada a una cartera de 42,276 créditos otorgados en el período comprendido entre el 21 de noviembre de 2017 y 22 de abril de 2018, determinó que este proveedor habría cobrado indebidamente más de un millón de dólares a sus clientes.
Dicha investigación verificó si los intereses y recargos efectuados por GMG Servicios se apegaron a lo establecido en la Ley de Protección al Consumidor (LPC) y la Ley Contra la Usura (LCU), pero encontró, entre otros, hallazgos susceptibles de constituir infracciones contra ambas leyes.
De acuerdo con lo encontrado por las autoridades en la auditoría, se determinó que la empresa cobró de intereses superiores a la Tasa Máxima Legal permitida, en un total de 20,618 créditos, por un monto de 725,470.96 dólares.
Además, se encontró que la empresa cobró comisiones contrarias a la ley, en un total de 13,628 créditos, por un monto de 292,685.19 dólares.
La tercera anomalía encontrada por las autoridades fue la utilización de un método de cálculo de intereses contrario a la LPC, en un total de 487 créditos, por un monto de 10,413.69 dólares;
De igual forma, se encontraron introducción de cláusulas abusivas en los contratos de los consumidores; obstaculización a las labores de la Defensoría del Consumidor; y no remisión de la información de su actividad crediticia al Banco Central de Reserva (BCR).
Las conductas atribuidas a GMG Servicios podrían encajar en múltiples incumplimientos e infracciones, en concreto con las establecidas en los artículos: 17, literales b), d), f) e i); 12 y 18, literales c), en relación con el Art. 44, literal e) de la LPC; Arts. 12-A y 19, literal a) en relación con el 44, literal d) de la LPC; Art. 7, literal h) en relación con el 44, literal f) de la LPC, así como las establecidas en los artículos 6 y 12 de la Ley Contra la Usura.
Al respecto, será el Tribunal Sancionador la instancia que determine las posibles infracciones contra la ley, imponga las sanciones correspondientes y, en su caso, ordene a GMG Servicios El Salvador, S.A. de C.V., devolver lo cobrado indebidamente a los consumidores, que en total asciende a la suma de 1,028,569.84 de dólares.
Judicial
Prisión para esposos por tráfico ilícito de drogas en San Miguel
La Fiscalía General de la República (FGR) informó que David Reynaldo Umaña y Carmen Beatriz Ortiz de Umaña fueron sentenciados a 13 y 10 años de prisión, respectivamente, por un caso relacionado con tráfico de drogas.
De acuerdo con el Ministerio Público, los esposos fueron capturados en enero de 2024 en San Miguel por agentes de la Policía Nacional Civil (PNC).
Las autoridades interceptaron a Umaña cuando realizaba una transacción de droga. Posteriormente, durante un registro realizado en su vivienda, fueron incautadas más porciones de cocaína y se procedió con la detención de Carmen Beatriz Ortiz de Umaña.
En su momento, la PNC informó que la cocaína incautada tenía un valor de $945.01.
La Fiscalía detalló que las condenas fueron impuestas por el Tribunal de Segundo de Sentencia de San Miguel.
Judicial
PNC El Salvador captura a dos personas con marihuana en La Libertad Costa

Judicial
143 integrantes de la clica Cinco Cedros Locos Salvatruchos de la MS-13 fueron condenados hasta con 75 años de prisión
La Fiscalía General de la República (FGR) logró que 143 integrantes de la clica Cinco Cedros Locos Salvatruchos de la MS-13, del programa Libertad, fueran condenados a penas que van desde los 20 hasta los 75 años de prisión por su vinculación y pertenencia a la estructura criminal y por otros delitos.
Todos los pandilleros delinquían en el cantón Lourdes, del distrito de Colón, en en las colonias Cinco Cedros, San Mateo, El Chapernal, Bazzini, Las 600 y zonas aledañas del departamento de La Libertad y fueron sentenciados según el grado de participación o rango en la estructura criminal. Todos fueron capturados a partir de la implementación del régimen de excepción.
Entre las sentencias más altas está la 75 años de prisión impuesta a Cristian Dagoberto Alas García, alias Chory o Espía; al imputado se le condenó por los delitos de agrupaciones ilícitas, siembra y cultivo de marihuana y tenencia, portación o conducción ilegal o irresponsable de armas de fuego. El imputado fue capturado en agosto de 2022, en una finca de Talnique, donde almacenaba dos armas de guerra y cultivaba plantas de marihuana.


67 años de prisión fue la condena impuesta a Miqueas Misael Hernández Rodríguez, alias Miqueas, por agrupaciones ilícitas, tenencia ilegal de armas, posesión de drogas con fines de tráfico y amenazas agravadas. Al momento de la captura el imputado amenazó verbalmente a elementos de la Fuerza Armada y se le incautaron sustancias ilícitas y un arma de fuego sin documentación legal.
El corredor de clica, Carlos Gerardo Escobar, alias Drupi, fue condenado a 66 años de prisión por agrupaciones ilícitas, tenencia ilegal de armas de fuego y posesión de drogas; el imputado fue detenido en noviembre de 2022 en San Juan Opico, cuando intentó ocultar un arma de fuego y huir de las autoridades.

Otro de los condenados es el corredor de clica Jonathan David Doradea, alias Bacha o Mafioso, a quien se le impusieron 51 años de prisión por agrupaciones ilícitas y posesión de drogas.
Los corredores de clica Fidel Antonio Ramos Flores, alias Viejo Tigre, y Nelson Enrique Larios Saget, alias Duende, recibieron 45 años de prisión por agrupaciones ilícitas.
A esa misma pena y por el mismo delito fueron condenados los homeboys: Juan Carlos López Serrano, alias «Chacal»; Edwin Alexander Monterroza Arévalo, alias «Sayco»; Víctor Manuel Miranda Rosales, alias «Wizar», Elvis Jovanny Henriquez Montes, alias Espiri; Óscar Alfredo Alas Corea, alias «Black» o «Kilo»; Pedro Antonio Urbano Menjívar, alias «Vago»; Marvin Joel Gómez Portillo, alias «Slow»; Jairo Adonay Molina Paz, alias «Sparky»; Samuel Enrique Nieto Flores, alias «Zombie»; Andrés Rivas Menéndez, alias «Timón»; Juan Antonio García Cortez, alias «Humilde» o «Juan»; Juan Ramón Hernández Estrada, alias «Little Boy»; Samuel Eduardo Martínez Salazar, alias «Dauner»; Roberto Antonio Bermúdez Santamaría, alias «Pulga»; Dagoberto de Jesús Quintanilla, alias «Shorty»; Nelson Edgardo Aguirre Martínez, alias «Sombra»; Pedro José Sánchez Leiva, alias «Zonte»; Dany Wilson Ávalos Abrego, alias «Vigion»; Marcos Salvador López Martínez, alias «Gato de la Belén»; Manfredy Marcos Vanegas Durán, alias «Flaco» o «Scrapy»; Luis Alonso Gómez de Paz, alias «Pega»; Edwin Osmín Ruiz Aguilar, alias «Maníaco»; Francisco López Hernández, alias «Sapo»; Hayser Antonio Madrid Argueta, alias «Hayser», Carlos Antonio Ramírez, alias «Mico» y Elmer Shunico Shunico.


El resto de penas oscilan entre 36, 30 y 20 años de prisión. Según el fallo se condenó a 4 corredores de clica, 27 homeboys, 61 chequeos, 4 observaciones y 47 paro o colaboradores.
Estas condenas fueron impuestas en presencia de los imputados por el Tribunal Segundo contra el Crimen Organizado de San Salvador, luego de valorar la abundante prueba documental, pericial y testimonial que presentó el ente fiscal durante la audiencia única.







