Judicial
Sala de lo Constitucional ordena a Hacienda el pago inmediato del Fodes a las alcaldías

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitió un recurso de amparo y ha ordenado al Ministerio de Hacienda que pague inmediatamente el Fondo para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios (Fodes) a las alcaldías.
El Ejecutivo, a través del ramo de Hacienda, mantenía una deuda de los fondos municipales desde el mes de junio de 2020.
El amparo que ha sido aceptado fue promovido por el alcalde de Santiago Texacuangos, Alberto Estupinián, quien expuso los problemas financieros de la comuna ante el impago del recurso.
En la admisión del recurso la Sala ordena que Hacienda “deberá llevar a cabo de manera inmediata las gestiones administrativas y financieras oportunas orientadas a depositar los fondos necesarios para que el Instituto Salvadoreño de Desarrollo Municipal (Isdem) pueda realizar las transferencias de las cuotas del Fodes a todos los municipios del país”.
Los magistrados contemplaron que para que Hacienda no se vuelva a atrasar con el pago se debe incluir las transferencias del Fodes en el calendario de erogaciones que ya tiene definido la Dirección General de Tesorería.
Se debe “consignar en el aludido calendario las fechas asignadas para las transferencias de fondos respectivas, dicho calendario deberá comunicarse al Isdem” e “informado mensualmente a esta Sala mientras dure la tramitación de este proceso”.
También se ordena al presidente del Isdem, Ernesto Muyshondt, que también es alcalde de San Salvador, presentar en un plazo de tres días hábiles cómo se ha gestionado el Fodes en 2020.
El Ministro de Hacienda, Alejandro Zelaya, había indicado en repetidas ocasiones que el impago del Fodes se debe a que el país ha tenido que hacer frente a la emergencia sanitaria por la pandemia del coronavirus y a sus consecuencias económicas.
Los ediles y los diputados de la Asamblea Legislativa han criticado ese argumento diciendo que se trataba de razones políticas por las próximas elecciones y para ahogar financieramente a las alcaldías y que no pudieran hacer obras; de esta manera, la comunidad se molestaría con los alcaldes y no votaría por ellos en las elecciones del 28 de febrero.
«Sala de lo Constitucional falla para que el Ministerio de Hacienda deposite de inmediato los fondos FODES, que durante meses ha retenido de manera ilegal y por fines electoreros para perjudicar a las Alcaldías del país», tuiteó Muyshondt al conocer la resolución.
Judicial
Condenan a mujer por tráfico de marihuana en Soyapango

El Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador condenó a seis años de prisión a Isis Tamara Elena Mejía, tras ser hallada culpable del delito de posesión y tenencia de droga con fines de tráfico.
De acuerdo con el expediente judicial, la captura se efectuó el 16 de julio de 2024 durante un allanamiento en su vivienda, ubicada en la urbanización Sierra Morena II, en Soyapango, luego de una denuncia ciudadana que alertaba sobre la venta de estupefacientes en el lugar.
Durante la inspección, agentes de la Policía Nacional Civil encontraron una bolsa negra con 405 gramos de marihuana en el baño, así como otra bolsa con 445 gramos en una de las habitaciones de la casa. La imputada fue detenida en el sitio y posteriormente procesada penalmente.
Las autoridades estimaron el valor de la droga incautada en $1,494.24.
Judicial
En juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, declararán 130 testigos

En el juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, han declarado 11 testigos hasta la fecha, incluyendo tres peritos, dos bajo régimen de protección, un sindicalista y varios empleados municipales.
El proceso, que inició hace dos semanas pero ha sido interrumpido en varias ocasiones, busca esclarecer los delitos que la Fiscalía General de la República (FGR) investigó y judicializó con una amplia variedad de pruebas, reforzadas ahora con los testimonios presentados.
El Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador conoce el caso por los delitos de: apropiación o retención de cuotas laborales, incumplimiento de deberes, malversación, infracción de condiciones laborales o de seguridad social, negociaciones ilícitas, actos arbitrarios y falsedad ideológica.
Además de Montano, también son procesados el abogado Ricardo Roque Baires y los prófugos Ruth Raquel Aguilar de Montano (extesorera municipal), Salvador Orlando Montano (exdirector de asuntos estratégicos) y Francisco Antonio Henríquez (exgerente financiero).
La Fiscalía busca que todos los imputados sean condenados por los delitos que se les atribuyen.
Judicial
Condenan por enriquecimiento ilícito al exdiputado Rodolfo Parker y su familia

La Cámara Segunda de lo Civil de San Salvador, condenó por enriquecimiento ilícito de $1,680,918.35 al exdiputado prófugo Rodolfo Parker Soto y su grupo familiar.
El exfuncionario deberá devolver $516,174.49, su esposa Cristina Renate Wein de Parker $330,939.22. sus hijos, Andrés Rodolfo Parker Wein pagará $731,123.88, Sofía Cristina Parker Wein, tendrá que devolver $19,700 y Katya Renate Parker Wein, $82.980.76
En el fallo de la audiencia probatoria, quedó establecido el incremento patrimonial no justificado que tuvo el exfuncionario en un juicio civil que fue ordenado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) tras recibir un informe de la Sección de Probidad.
En la demanda, fiscales de la Unidad Anticorrupción probaron una serie de irregularidades consistentes en depósitos a cuentas corrientes, compra de vehículos, pagos de préstamos de adquisición de viviendas, consolidación de deudas y pago de tarjetas de crédito, todo con dinero cuyo origen no supieron justificar.
Todas esas inconsistencias no fueron desvanecidas en Probidad cuando a Parker y su grupo familiar los emplazados para presentar documentación, las declaraciones juradas revisadas evidenciaron desde el inicio un enriquecimiento ilícito.
En su resolución, los magistrados luego de recibir la prueba le dieron la razón a la Fiscalía y aplicaron dos artículos de la Ley de Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos.
El artículo 20 los condena a reintegrar el dinero obtenido ilícitamente. «Cuando la sentencia fuere condenatoria, los responsables de enriquecimiento sin causa justa serán condenados a restituir al estado o al municipio, lo que le hubieren adquirido indebidamente», destaca la ley.
Y el artículo 21 destaca que cuando un funcionario o empleado público sea encontrado culpable quedará inhabilitado para ejercer cualquier cargo público por diez años.
Cuando iniciaron el proceso los fiscales plantearon un incremento patrimonial no justificado de $2,311,138.47, pero en el fallo de la audiencia probatoria quedó establecido un monto de $1.6 millones.