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Judicial

Reprograman nuevo juicio contra cinco cadetes acusados de homicidio agravado

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El Tribunal Primero de Sentencia de Santa Tecla suspendió hoy la instalación del nuevo juicio, que se tenía previsto durara del 20 al 29 de junio, contra dos oficiales y tres cadetes acusados por la Fiscalía General de la República (FGR) del delito de homicidio agravado en perjuicio de quien en vida fuera Juan Carlos Zelaya Díaz. El motivo principal es que el juez designado por la Cámara de lo Penal de la Cuarta Sección del Centro de Santa Tecla, Lic. Cruz Antonio Pérez Granados, se encuentra fuera del país en una misión oficial, por lo que la diligencia iba a ser conocida por un juez suplente.

 

La decisión de la reprogramación de la vista pública fue dada a conocer a las partes en una audiencia especial por el juez suplente, Lic. Jorge Eduardo Tenorio, quien explicó a las partes la situación. Además, aclaró que debido a que el tribunal se encuentra saturado con audiencias ya programadas, la nueva fecha para este juicio será del 21 al 31 de agosto del presente año, a partir de las 8:00 de la mañana.

 

Durante la diligencia judicial, el juez suplente también resolvió sobre un escrito presentado por el padre del joven fallecido, donde solicitaba se le tuviera como víctima en el proceso, por lo que el juez admitió el escrito y ordenó se incorporara al proceso.

 

El nuevo juicio se llevará a cabo tras una resolución de la Cámara de lo Penal de la Cuarta Sección del Centro de Santa Tecla, emitida el 21 de marzo de 2018, a las 8:16 de la mañana, que resolvió un recurso de apelación a petición de los defensores de los acusados Rafael Cañas Abarca, Jayro Orlando Baires Salinas, Emmanuel Navas Contreras, Jaime Isaac Lemus Martínez y Geovanny Ernesto Rosales Grijalva.

 

Todos son acusados del homicidio agravado en comisión por omisión, previsto y sancionado en el Artículo 128 en relación al Artículo 129, numeral 3 y 20 del Código Penal, en perjuicio de la vida de Zelaya Díaz.

 

La resolución de la apelación de la Cámara de lo Penal de la Cuarta Sección del Centro de Santa Tecla ordenó anular la sentencia definitiva condenatoria, pronunciada en contra de los cinco imputados y ordenó la reposición de la vista pública, a efecto de que un nuevo juez reponga dicho acto y dicte conforme a derecho corresponda. Ese nuevo juez designado fue el Licenciado Cruz Antonio Pérez.

 

Debido a que a los imputados se les venció el plazo de detención provisional de 24 meses y no hay una sentencia firme debido a la resolución de la Cámara de lo Penal de la Cuarta Sección del Centro, el nuevo juez asignado al caso resolvió el 4 de mayo de 2018, a las 3:20 de la tarde, algunas condiciones para que los imputados enfrente el proceso penal en su contra, garantizando la comparecencia de los mismos a los actos del proceso. Es por ello que les sustituyó la detención provisional por las siguientes medidas: Los imputados deben rendir una caución económica de $2,000 cada uno; deben presentarse al tribunal los lunes de cada semana o el siguiente día hábil, a las 8:00 de la mañana; no pueden salir del país, ni cambiar de domicilio; así como tampoco pueden comunicarse con los familiares de la víctima y testigos que figuran en el proceso ya sea verbal, inalámbrico o virtual. Todas esas medidas deberán de continuar cumpliéndolas hasta que se instale el juicio en agosto próximo.

 

Respecto a la reserva total del presente caso, que fue decretada en el Juzgado de Paz de Antiguo Cuscatlán y que se mantuvo en el Juzgado Segundo de Instrucción de Santa Tecla y por el juez del Tribunal 1º de Sentencia que conoció la anterior vista pública, el nuevo juez resolvió modificarla a una reserva parcial, en función al principio general de publicidad de los juicios, salvo las excepciones establecidas en el Artículo 369 del Código Procesal Penal; y al Artículo 4 literal a) y Artículo 6 literal C) de la Ley de Acceso a la Información Pública, que regulan que la “información es pública” potenciando “el principio de máxima publicidad”.

 

Sin embargo, el juez aclaró que la reserva parcial limitará lo que también establece el Artículo 369 del Código Procesal Penal referente a los detalles del juicio que podrían poner en riesgo la seguridad nacional. Es por ello que ordena que pese a que los medios de comunicación o ciudadanos pueden estar presentes en el desarrollo del juicio, “no se deben dar a conocer en detalle los procedimientos de entrenamientos de los futuros oficiales de las Fuerzas Armadas, quienes tienen por misión constitucional ser los encargados de la defensa de la soberanía del Estado y de la integridad del territorio nacional”.

 

En ese sentido, quien contraviniere dicha disposición plasmada en la resolución emitida, el Tribunal tendrá la potestad de hacer las certificaciones correspondientes y enviarlas a la Fiscalía General de la República, para que actúe conforme a la ley.

 

El hecho por el que enfrentarán un nuevo juicio los cinco acusados ocurrió el 3 de octubre del año 2014, en la piscina Teniente Cadete Jaime Iván Orellana Álvarez, ubicada en el interior de la Escuela Militar, al final de la Avenida Jerusalén y Calle El Espino, jurisdicción de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad

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FGR acusa a más de 560 pandilleros de la «18» por miles de crímenes

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El Tribunal contra el Crimen Organizado recibió la acusación presentada por la Fiscalía General de la República contra 563 pandilleros del Barrio 18, a quienes se les vincula con 14,488 delitos cometidos entre 2012 y 2022.

Los imputados son señalados por delitos como rebelión, pertenencia a estructura criminal, homicidio agravado, extorsión agravada, tráfico ilícito y actos de terrorismo. De acuerdo con la Fiscalía, 275 de los acusados pertenecen a la fracción sureña y 288 a la fracción revolucionaria.

Según el fiscal adjunto contra el Crimen Organizado, Max Muñoz, a los cabecillas se les atribuyen los delitos de pertenecer a una estructura criminal y rebelión, por presuntamente intentar imponer un Estado criminal, además de estar vinculados a otros 269 casos.

La Fiscalía detalló que entre los hechos que se les imputan figura la masacre de 11 trabajadores en San Juan Opico y otra masacre ocurrida en el centro penal de Quezaltepeque.

Asimismo, se les atribuyen ocho casos de terrorismo cometidos en 2015, entre ellos atentados contra la delegación policial de Quezaltepeque y contra el Centro Judicial Isidro Menéndez, hecho en el que murió un agente de seguridad.

Entre los casos señalados también se encuentran atentados con explosivos contra el Ministerio de Seguridad y Justicia y contra una sede de la Fiscalía General de la República en Santa Tecla.

De acuerdo con las investigaciones del Ministerio Público, entre los imputados figuran presuntos miembros históricos de esa estructura criminal, entre ellos César Daniel Renderos Díaz, alias “Muerto de las Palmas”, y Carlos Alberto Rivas Barahona, alias “Chino Tres Colas”, identificados como fundadores de las facciones revolucionaria y sureña, respectivamente.

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50 años de prisión para padre que causó la muerte de su hijo de cinco meses

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La prueba pericial reveló el grado de violencia extrema al que la víctima fue sometida por su padre.

El Tribunal Tercero de Sentencia de San Salvador condenó a 50 años de prisión a Roberto Martínez Guzmán por el homicidio agravado de su hijo de cinco meses.

Los hechos ocurrieron en la vivienda de la familia de la víctima, ubicada en el cantón y calle Palo Grande, en el distrito de Rosario de Mora, San Salvador Sur.

Según la información acreditada en el juicio, la víctima nació de forma prematura y con condiciones críticas de salud. Tras permanecer un tiempo hospitalizado, recibió el alta médica el 26 de septiembre de 2024. El personal médico instruyó a los padres para llevar al recién nacido al Hospital Nacional Saldaña para sus controles de seguimiento y mantener cuidados especiales en el hogar, indicaciones que no fueron atendidas.

De acuerdo con las investigaciones, las agresiones ocurrieron luego de que la madre se ausentara de la vivienda durante un día y dejara a su hijo bajo el cuidado de Martínez Guzmán. Horas más tarde, el procesado se comunicó con ella para informarle que el menor tenía la cabeza inflamada. Al regresar a la casa, la mujer trasladó a su hijo de inmediato a un centro médico.

En la Unidad de Salud de Rosario de Mora, el personal médico detectó que la víctima presentaba, entre otros signos, abombamiento de la fontanela (mollera), una fractura en el brazo izquierdo y un shock hipovolémico. Debido a la gravedad de las lesiones, fue trasladado de urgencia al Hospital Nacional Saldaña, donde falleció el 20 de noviembre de 2024.

El peritaje médico-legal confirmó que la causa de muerte se debió a múltiples complicaciones derivadas de agresiones físicas, entre ellas hemorragias cerebrales, hematomas internos y externos, así como traumatismos craneoencefálicos contusos. Tras determinarse que la víctima estaba bajo la custodia del padre, las autoridades procedieron con la captura de Roberto Martínez Guzmán.

En su fallo, el juez a cargo del caso concluyó que el maltrato físico sufrido por la víctima inició meses antes de su muerte y fue cometido inequívocamente por Roberto Martínez Guzmán en calidad de autor directo. Asimismo, estableció que los hechos fueron ejecutados con alevosía, mediante el uso de violencia extrema y abuso de superioridad, aprovechando la vulnerabilidad y las condiciones de salud del menor.

 

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Prisión para pandillero que privó de libertad a una menor de edad

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El Tribunal Quinto Contra el Crimen Organizado de San Salvador, juez tres, condenó a 52 años de prisión a Diego Alejandro Romero de Paz, alias Little Happy, por los delitos de privación de libertad, limitación ilegal a la libertad de circulación y organizaciones terroristas en perjuicio de la seguridad del Estado.

De acuerdo con la resolución judicial, alias Little Happy tenía el rango de segundo palabrero dentro de la hengla Tiny Locos Sureños de la pandilla 18 Sureños, que operaba en la urbanización Jardines de Sel Sutt.

La juzgadora estableció que alias Little Happy participó en la privación de libertad de una menor de edad, a quien obligaban a sostener una relación sentimental con un pandillero que se encontraba detenido. Asimismo, amenazó de muerte a dos personas para que no denunciaran la desaparición de la víctima, por lo que ambas huyeron de sus hogares.

Junto a él, también fueron condenados José Dimas Romero Torres, alias Dimas, y José Alberto Martínez García, alias Chepe, a diez años de prisión por el delito de organizaciones terroristas, mientras que Hugo Adonay Miranda Romero, alias Black, fue condenado a ocho años de prisión por el mismo delito.

Los hechos ocurrieron entre 2015 y 2017.

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