Judicial
Reprograman nuevo juicio contra cinco cadetes acusados de homicidio agravado
El Tribunal Primero de Sentencia de Santa Tecla suspendió hoy la instalación del nuevo juicio, que se tenía previsto durara del 20 al 29 de junio, contra dos oficiales y tres cadetes acusados por la Fiscalía General de la República (FGR) del delito de homicidio agravado en perjuicio de quien en vida fuera Juan Carlos Zelaya Díaz. El motivo principal es que el juez designado por la Cámara de lo Penal de la Cuarta Sección del Centro de Santa Tecla, Lic. Cruz Antonio Pérez Granados, se encuentra fuera del país en una misión oficial, por lo que la diligencia iba a ser conocida por un juez suplente.
La decisión de la reprogramación de la vista pública fue dada a conocer a las partes en una audiencia especial por el juez suplente, Lic. Jorge Eduardo Tenorio, quien explicó a las partes la situación. Además, aclaró que debido a que el tribunal se encuentra saturado con audiencias ya programadas, la nueva fecha para este juicio será del 21 al 31 de agosto del presente año, a partir de las 8:00 de la mañana.
Durante la diligencia judicial, el juez suplente también resolvió sobre un escrito presentado por el padre del joven fallecido, donde solicitaba se le tuviera como víctima en el proceso, por lo que el juez admitió el escrito y ordenó se incorporara al proceso.
El nuevo juicio se llevará a cabo tras una resolución de la Cámara de lo Penal de la Cuarta Sección del Centro de Santa Tecla, emitida el 21 de marzo de 2018, a las 8:16 de la mañana, que resolvió un recurso de apelación a petición de los defensores de los acusados Rafael Cañas Abarca, Jayro Orlando Baires Salinas, Emmanuel Navas Contreras, Jaime Isaac Lemus Martínez y Geovanny Ernesto Rosales Grijalva.
Todos son acusados del homicidio agravado en comisión por omisión, previsto y sancionado en el Artículo 128 en relación al Artículo 129, numeral 3 y 20 del Código Penal, en perjuicio de la vida de Zelaya Díaz.
La resolución de la apelación de la Cámara de lo Penal de la Cuarta Sección del Centro de Santa Tecla ordenó anular la sentencia definitiva condenatoria, pronunciada en contra de los cinco imputados y ordenó la reposición de la vista pública, a efecto de que un nuevo juez reponga dicho acto y dicte conforme a derecho corresponda. Ese nuevo juez designado fue el Licenciado Cruz Antonio Pérez.
Debido a que a los imputados se les venció el plazo de detención provisional de 24 meses y no hay una sentencia firme debido a la resolución de la Cámara de lo Penal de la Cuarta Sección del Centro, el nuevo juez asignado al caso resolvió el 4 de mayo de 2018, a las 3:20 de la tarde, algunas condiciones para que los imputados enfrente el proceso penal en su contra, garantizando la comparecencia de los mismos a los actos del proceso. Es por ello que les sustituyó la detención provisional por las siguientes medidas: Los imputados deben rendir una caución económica de $2,000 cada uno; deben presentarse al tribunal los lunes de cada semana o el siguiente día hábil, a las 8:00 de la mañana; no pueden salir del país, ni cambiar de domicilio; así como tampoco pueden comunicarse con los familiares de la víctima y testigos que figuran en el proceso ya sea verbal, inalámbrico o virtual. Todas esas medidas deberán de continuar cumpliéndolas hasta que se instale el juicio en agosto próximo.
Respecto a la reserva total del presente caso, que fue decretada en el Juzgado de Paz de Antiguo Cuscatlán y que se mantuvo en el Juzgado Segundo de Instrucción de Santa Tecla y por el juez del Tribunal 1º de Sentencia que conoció la anterior vista pública, el nuevo juez resolvió modificarla a una reserva parcial, en función al principio general de publicidad de los juicios, salvo las excepciones establecidas en el Artículo 369 del Código Procesal Penal; y al Artículo 4 literal a) y Artículo 6 literal C) de la Ley de Acceso a la Información Pública, que regulan que la “información es pública” potenciando “el principio de máxima publicidad”.
Sin embargo, el juez aclaró que la reserva parcial limitará lo que también establece el Artículo 369 del Código Procesal Penal referente a los detalles del juicio que podrían poner en riesgo la seguridad nacional. Es por ello que ordena que pese a que los medios de comunicación o ciudadanos pueden estar presentes en el desarrollo del juicio, “no se deben dar a conocer en detalle los procedimientos de entrenamientos de los futuros oficiales de las Fuerzas Armadas, quienes tienen por misión constitucional ser los encargados de la defensa de la soberanía del Estado y de la integridad del territorio nacional”.
En ese sentido, quien contraviniere dicha disposición plasmada en la resolución emitida, el Tribunal tendrá la potestad de hacer las certificaciones correspondientes y enviarlas a la Fiscalía General de la República, para que actúe conforme a la ley.
El hecho por el que enfrentarán un nuevo juicio los cinco acusados ocurrió el 3 de octubre del año 2014, en la piscina Teniente Cadete Jaime Iván Orellana Álvarez, ubicada en el interior de la Escuela Militar, al final de la Avenida Jerusalén y Calle El Espino, jurisdicción de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad
Judicial
Exempleado de banco enfrenta cargos por hurto informático: sustrajo más de $1,000 de cuenta de clienta en Santa Ana
El Juzgado Segundo de Paz de Santa Ana decretó instrucción formal con detención provisional contra Bryan Ariel Méndez Flores, de 26 años, acusado del delito de hurto por medios informáticos en perjuicio de una clienta identificada como Gladis P., y de forma subsidiaria contra la institución bancaria donde laboraba.
De acuerdo con la acusación fiscal, el imputado se valió de su posición como asesor comercial del banco para obtener datos de la víctima y realizar transacciones no autorizadas, logrando sustraer más de $1,000 en total.
Cómo ocurrieron los hechos
La investigación inició el 27 de mayo de 2024, cuando la Gerencia de Seguridad de la entidad financiera reportó irregularidades en la cuenta de la clienta: cambio de contraseña de banca en línea, registro de nuevos dispositivos y activación de clave dinámica, gestiones que la afectada negó haber solicitado o autorizado.
Las pesquisas internas revelaron que el número telefónico vinculado a los dispositivos pertenecía a Méndez Flores, quien había atendido personalmente a la clienta en al menos cuatro ocasiones.
Las cámaras de videovigilancia captaron el momento en que, el 22 de abril de 2024, la víctima entregó su tarjeta de débito al imputado para una gestión. En las imágenes se observa cómo este anotó datos de la tarjeta en un papel antes de devolvérsela.
Minutos después se registró un nuevo dispositivo para acceder a la banca en línea. Desde ese dispositivo se realizó una transferencia electrónica por $417.
Posteriormente, el 13 de mayo se registró otro dispositivo y se efectuaron dos retiros sin tarjeta de $250 cada uno en un cajero automático. La persona que realizó las operaciones utilizaba casco de motocicleta y mascarilla para evitar su identificación. Un tercer retiro por $200 se registró el 25 de mayo.
Al ser consultada, la clienta manifestó desconocer todas estas transacciones, por lo que el banco procedió a bloquear de forma definitiva la tarjeta, el usuario de banca en línea y los dispositivos vinculados.
Medidas judiciales
Tras las pruebas presentadas, el Juzgado Segundo de Paz de Santa Ana ordenó la detención provisional de Méndez Flores mientras se desarrolla la etapa de instrucción.

Judicial
¡Condena insuficiente en Ciudad Delgado! 25 años de prisión por abusar de una mujer ebria y prenderle fuego en sus genitales
Un juez condenó a 25 años de prisión a Carlos Geovanni Castillo Clavel por el delito de feminicidio agravado en grado de tentativa, tras abusar sexualmente de una mujer en estado de ebriedad y luego rociarla con gasolina para prenderle fuego en Ciudad Delgado, San Salvador.
De acuerdo con la investigación de Centros Judiciales El Salvador (CJES), la víctima y el agresor se conocían desde hacía varios años. Los hechos ocurrieron en la madrugada del 26 de septiembre de 2025, en una vivienda de la colonia San Fernando, donde departían junto a una acompañante.
“Castillo Clavel, aprovechando que la víctima permanecía dormida, abusó de ella. Cuando esta recuperó el conocimiento e intentó retirarse, el agresor la detuvo por la fuerza, la amenazó con quemarla y luego roció gasolina sobre sus piernas y área genital, prendiéndole fuego con un encendedor”, detalló CJES.
La acompañante de la víctima despertó por los gritos, salió de la casa en llamas, pero regresó valientemente para rescatarla. La mujer sufrió quemaduras de segundo grado en el 25% de su cuerpo, lesiones compatibles con abuso sexual y permaneció hospitalizada más de un mes, con su vida en riesgo, según informes del Instituto de Medicina Legal (IML).
El Juzgado Especializado de Sentencia para una Vida Libre de Violencia y Discriminación contra las Mujeres de San Salvador consideró en su sentencia que el agresor ejerció violencia previa y violencia simbólica al atacar específicamente el área genital de la víctima. Sin embargo, la intervención oportuna de la tercera persona fue clave para evitar una tragedia fatal.
Esta condena ha generado cuestionamientos sobre la proporcionalidad de las penas en casos de extrema violencia contra las mujeres en El Salvador.
Judicial
Prisión para sujeto que asesinó al esposo de su amante en San Miguel
La Fiscalía General de la República (FGR) logró que Víctor Manuel Benítez Lazo fuera condenado a 25 años de prisión por asesinar al esposo de su amante en San Miguel.
El crimen por el que fue declarado culpable el empresario migueleño ocurrió el 7 de junio de 2025.
La investigación fiscal estableció que el procesado y Rubidia de los Ángeles Castro Zúniga -ya condenada-, mantenía una relación extramarital. Ambos planearon y ejecutaron el homicidio.

Castro Zúniga contrajo matrimonio con la víctima el 29 de marzo de 2025. El día del crimen, con engaños llevó a su esposo hasta una calle rústica que conduce al cantón El Pilón y Loma Larga, en La Unión, donde la mujer y el procesado le dispararon en la cabeza. Posteriormente trasladaron a la víctima hasta un negocio propiedad de Benítez Lazo, ubicado a inmediaciones del puente Luis de Moscos, en la ciudad de San Miguel.
En el lugar se percataron de que la víctima aún estaba con vida, por lo que la asfixiaron hasta causarle la muerte y luego la enterraron en una fosa clandestina.

La víctima fue reportada como desaparecida por su esposa el 10 de junio de 2025.
El 11 de julio de 2025, Castro Zúniga se sometió a un proceso abreviado en el Juzgado Segundo de Paz de San Miguel, donde fue sentenciada a 10 años de prisión por desaparición de personas y a 15 años por homicidio agravado. En total deberá cumplir 25 años de cárcel.
Benítez Lazo era el propietario de una empresa de venta de repuestos y fue condenado por homicidio simple por el Tribunal Primero de Sentencia del distrito de San Miguel.






