Judicial
Jueza determina que no se girará la sexta orden de captura contra Mauricio Funes hasta que que no sea notificado legalmente
La jueza especializada de Instrucción «A» de San Salvador, determinó este viernes que el expresidente de la República, Mauricio Funes, no recibirá la sexta orden de captura en su contra hasta que no sea notificado legalmente.
La jueza convocó a la audiencia de imposición de medidas para este viernes pero Funes no envió a sus abogados, lo que obligó a la jueza a seguir el trámite de notificarlo por edicto como lo señala el artículo 163 del Código Procesal Penal y de esa forma garantizar el derecho de audiencia.
«Previo a la decisión de una medida cautelar de detención provisional se le notificará por edictos, si un imputado no ha podido ser citado formalmente se debe hacer por este medio, se van a publicar los edictos y una vez terminado ese trámite se va fijar nueva fecha para realizar audiencia y decidir sobre la medida cautelar que a la fecha solicitada será la detención provisional», explicó el fiscal Álvaro Rodríguez.
Una vez se le notifique por edictos, se convocará a la audiencia y si tampoco manda abogado, la jueza podrá evaluar la petición fiscal de girar orden de captura con miras a tramitar con la Policía Internacional (Interpol) una difusión roja.
La Fiscalía General de la República (FGR), acusa a Funes de agrupaciones ilícitas, actos arbitrarios e incumplimiento de deberes por el caso Tregua entre Pandillas durante los años 2012 y 2013.
Junto a Funes fue acusado el exministro de Defensa, general David Munguía Payés quien fue capturado el pasado jueves 23 de julio y liberado este miércoles para que continúe el proceso en libertad.
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Capturan a sujeto con metanfetamina y cocaína durante operativo en La Libertad Oeste.



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¡SE ACABARÍAN LOS ACUERDOS! Gobierno busca impedir que conductores peligrosos eviten procesos penales tras causar accidentes
El Gobierno de El Salvador presentó ante la Asamblea Legislativa una propuesta de reforma al Código Procesal Penal que busca eliminar la conciliación y la mediación en accidentes de tránsito que provoquen lesiones o muertes como consecuencia de la conducción peligrosa. La iniciativa, impulsada por el Ministerio de Seguridad Pública y Justicia, surge en medio de la preocupación por los recientes siniestros viales que han dejado víctimas mortales y personas lesionadas en diferentes carreteras del país.
Uno de los principales cambios planteados consiste en modificar el artículo 27 del Código Procesal Penal, con el propósito de que las lesiones culposas ocasionadas mediante la conducción de vehículos automotores puedan ser investigadas de oficio por la Fiscalía General de la República (FGR). Esto permitiría que el Ministerio Público inicie y continúe las investigaciones sin depender de una denuncia o solicitud particular de la persona afectada.
La propuesta también contempla reformar el artículo 38 para impedir que los casos de homicidio culposo y lesiones derivados de la conducción peligrosa puedan resolverse mediante conciliación o mediación. De aprobarse, los acuerdos entre el conductor responsable y las víctimas o sus familiares no serían suficientes para extinguir la acción penal en los supuestos establecidos por la reforma. El objetivo es garantizar que estos hechos sean sometidos al procedimiento judicial correspondiente, independientemente de posibles arreglos entre las partes.
Las modificaciones también alcanzarían a quienes faciliten vehículos de transporte público o de carga a personas que no cuenten con la autorización necesaria para conducirlos, conducta contemplada en el artículo 147-G del Código Penal. La iniciativa forma parte de las medidas que el Ejecutivo busca implementar para reforzar la seguridad vial y las consecuencias legales de las conductas de riesgo al volante. Por el momento, se trata de una propuesta presentada ante la Asamblea Legislativa, por lo que deberá completar el proceso legislativo antes de convertirse en ley.
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¡50 AÑOS DE CÁRCEL! Obligó a su pareja a beber una sustancia tóxica y terminó provocándole la muerte en San Vicente
Un hombre fue condenado a 50 años de prisión por el feminicidio agravado de su compañera de vida, luego de que las investigaciones determinaran que la obligó a ingerir una sustancia tóxica que terminó causándole la muerte. El sentenciado fue identificado como José Antonio Osegueda Rodríguez, responsable de un crimen ocurrido en diciembre de 2025 en el departamento de San Vicente.
De acuerdo con la Fiscalía General de la República (FGR), el condenado coaccionó a la víctima para que consumiera la sustancia, lo que le provocó graves complicaciones de salud que posteriormente ocasionaron su fallecimiento. El caso fue investigado por las autoridades, que reunieron los elementos probatorios necesarios para demostrar la responsabilidad penal del acusado.
Las investigaciones también revelaron que la mujer había sido sometida a un ciclo constante de violencia física, psicológica y emocional por parte de Osegueda Rodríguez. Estos antecedentes fueron parte de los hechos examinados durante el proceso judicial y permitieron establecer el contexto de violencia en el que ocurrió el feminicidio.
La sentencia fue dictada por el Juzgado Especializado de Sentencia para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres de San Salvador, luego de valorar las pruebas presentadas por la Fiscalía. Con esta resolución, José Antonio Osegueda Rodríguez recibió una pena de 50 años de cárcel por feminicidio agravado, tras determinarse su responsabilidad en la muerte de su pareja.






