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FGR dice que Mecafé y su familia, cercana al prófugo Mauricio Funes, se enriquecieron ilícitamente con $3 millones

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El empresario Miguel Menéndez Avelar, «Mecafé», expresidente del Centro Internacional de Ferias y Convenciones (Cifco.) y amigo personal del prófugo Mauricio Funes, enfrenta junto a su esposa y dos hijas, la última audiencia del juicio civil por enriquecimiento ilícito de $3,035,337.41.

Fiscales de la Unidad Anticorrupción en los alegatos finales han pedido a los magistrados de la Cámara Primera de lo Civil que los condene al finalizar la audiencia probatoria.

La Fiscalía General de la República ha solicitado que «Mecafé» regrese al Estado $2,823,281.11 que es la cantidad con la que se enriqueció ilícitamente y que fue detectada a través de 16 irregularidades consistentes en depósitos por medio de cheques y efectivo, inversiones, adquisición de cuatro vehículos, pago de tarjetas de crédito, adquisición de inmuebles y pago de préstamos.

Su esposa, Fátima Yanira Henríquez de Menéndez, debe regresar $59,760.95, por tres irregularidades y sus hijas, Fátima Yanira Menéndez de Baires, $128,833.43, mientras que Andrea Vanessa Menéndez Henríquez, $23,461.92.

Uno de los fiscales dijo a los magistrados que «el peritaje financiero hecho por los dos peritos acredita que el señor Menéndez Avelar y su grupo familiar han tenido un incremento patrimonial no justificado».

Según los fiscales «Mecafé» y su grupo familiar gastaban más de lo que generaban de ingresos. «El total de ingresos no era suficiente para cubrir su estilo de vida», dijo el fiscal en su exposición final.

Han presentado como prueba la declaración jurada de patrimonio que Menéndez Avelar presentó en la Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), certificación de la resolución de Corte Plena cuando ordenó iniciar el juicio civil, documentación bancaria sobre productos financieros de los demandados, documentación sobre los vehículos obtenidos y los peritajes financieros.

El juicio civil fue iniciado el 7 de enero de 2020, cuando Menéndez Avelar y su grupo familiar fueron demandados inicialmente por supuesto enriquecimiento ilícito de $2,366,950.18, pero con el peritaje financiero contable el monto se incrementó a $3,035,337.18.

La Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia les encontrara 29 irregularidades que no pudieron desvanecer y ese monto de dinero es señalado por la Fiscalía como un incremento patrimonial no justificado que no pudieron desvirtuar, según expuso un fiscal a los magistrados.

La Fiscalía ha solicitado que a los demandados se les aplique la Ley de Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos vigente desde el año 1959 que señala un régimen sancionatorio de multas para restituir al Estado lo que se ha adquirido indebidamente.

Los fiscales de la Unidad Anticorrupción han pedido que se tome en cuenta el artículo 20 de la normativa para que cuando la sentencia sea condenatoria, los responsables sin causa justa sean sancionados a restituir al Estado lo que hubieren adquirido indebidamente.

Además, debe hacerse valer el artículo 21 de dicha ley, para que el funcionario o empleado que sea encontrado culpable quedara inhabilitado para ejercer cualquier cargo público durante diez años.

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Prisión provisional para mujer acusada de estafar $57,283 con supuesto negocio de comida

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El Juzgado Cuarto de Paz de San Salvador ordenó detención provisional contra Patricia Lissette L. de I., de 53 años, acusada de estafa agravada en perjuicio de ocho personas. Según el requerimiento fiscal, el supuesto fraude asciende a $57,283.50, entregados como inversión en un negocio de distribución de comida preparada.

Los hechos investigados ocurrieron entre 2022 y 2026. De acuerdo con la acusación, la mujer ofrecía ganancias a quienes aportaran dinero al supuesto emprendimiento, una propuesta con la que habría convencido a las víctimas de entregar distintas cantidades.

La investigación señala que la imputada no pagaba los rendimientos prometidos y posteriormente interrumpía la comunicación con los afectados. La promesa de obtener ganancias y la posterior falta de contacto forman parte del mecanismo de engaño descrito en el expediente fiscal.

Durante la audiencia inicial, el juez consideró que existían indicios suficientes sobre el delito y la probable participación de la acusada, por lo que ordenó que el proceso continuara a la etapa de instrucción. La mujer permanecerá detenida provisionalmente mientras avanza el caso; esta resolución no constituye una condena.

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Cadena perpetua para cinco integrantes de La Mirada Loca Sureños 13 en San Miguel; otros cuatro reciben 45 años

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El Tribunal Primero contra el Crimen Organizado de San Miguel impuso cadena perpetua a cinco integrantes de la estructura criminal conocida como La Mirada Loca Sureños 13. Los condenados son Josué Odir Granados Zapata, identificado como cabecilla y palabrero encargado de zona, junto a los homeboys Edwin Omar Nájera Ventura, Carlos Humberto Velásquez Blanco, Eliú Ismael Pineda Portillo y Celso Alvarado Gálvez.

En el mismo proceso, el tribunal sentenció a 45 años de prisión a Carlos Alberto Hernández Vásquez, José Joel Castillo Guevara, Yesenia Guadalupe Segovia Guevara y Nicolás Arístides Montoya Ríos por el delito de agrupaciones ilícitas. La Fiscalía General de la República acreditó que los nueve imputados formaban parte de esta estructura que operaba principalmente en el distrito de San Miguel, en la zona oriental del país, y que mantenía atemorizada a la población.

La resolución se basó en las evidencias presentadas por la Fiscalía, que validó la pertenencia de los acusados a la organización. Algunos de los condenados a 45 años mantienen otros procesos judiciales pendientes.

La estructura La Mirada Loca Sureños 13 es una de las clicas de la Mara Salvatrucha que ha sido objeto de múltiples procesos judiciales en el departamento de San Miguel.

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Conductor de camión acusado por el fatal accidente en Los Chorros permanecerá en prisión provisional

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La Fiscalía General de la República (FGR) formalizó la acusación contra José Adán Ramos Gómez por los delitos de homicidio culposo, lesiones culposas y conducción peligrosa, tras el grave accidente ocurrido el pasado 2 de octubre en el kilómetro 18 de la carretera CA-1, en La Libertad Oeste, zona conocida como Los Chorros. Según las investigaciones, el conductor circulaba a excesiva velocidad y sin licencia cuando impactó contra varios vehículos, entre ellos un autobús de la ruta 202.
El siniestro dejó un saldo de cinco personas fallecidas, más de 12 lesionadas y daños materiales en al menos cinco automóviles. Las autoridades determinaron que la conducta imprudente del conductor fue determinante en la magnitud del accidente, que generó un fuerte impacto vial en la zona.
En la audiencia celebrada en el Juzgado Segundo de Paz de Colón, el juez resolvió que Ramos Gómez continúe en prisión provisional mientras avanza el proceso judicial. La medida busca garantizar la presencia del imputado y el desarrollo de las investigaciones correspondientes.
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