Judicial
FGR dice que Mecafé y su familia, cercana al prófugo Mauricio Funes, se enriquecieron ilícitamente con $3 millones

El empresario Miguel Menéndez Avelar, «Mecafé», expresidente del Centro Internacional de Ferias y Convenciones (Cifco.) y amigo personal del prófugo Mauricio Funes, enfrenta junto a su esposa y dos hijas, la última audiencia del juicio civil por enriquecimiento ilícito de $3,035,337.41.
Fiscales de la Unidad Anticorrupción en los alegatos finales han pedido a los magistrados de la Cámara Primera de lo Civil que los condene al finalizar la audiencia probatoria.
La Fiscalía General de la República ha solicitado que «Mecafé» regrese al Estado $2,823,281.11 que es la cantidad con la que se enriqueció ilícitamente y que fue detectada a través de 16 irregularidades consistentes en depósitos por medio de cheques y efectivo, inversiones, adquisición de cuatro vehículos, pago de tarjetas de crédito, adquisición de inmuebles y pago de préstamos.
Su esposa, Fátima Yanira Henríquez de Menéndez, debe regresar $59,760.95, por tres irregularidades y sus hijas, Fátima Yanira Menéndez de Baires, $128,833.43, mientras que Andrea Vanessa Menéndez Henríquez, $23,461.92.
Uno de los fiscales dijo a los magistrados que «el peritaje financiero hecho por los dos peritos acredita que el señor Menéndez Avelar y su grupo familiar han tenido un incremento patrimonial no justificado».
Según los fiscales «Mecafé» y su grupo familiar gastaban más de lo que generaban de ingresos. «El total de ingresos no era suficiente para cubrir su estilo de vida», dijo el fiscal en su exposición final.
Han presentado como prueba la declaración jurada de patrimonio que Menéndez Avelar presentó en la Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), certificación de la resolución de Corte Plena cuando ordenó iniciar el juicio civil, documentación bancaria sobre productos financieros de los demandados, documentación sobre los vehículos obtenidos y los peritajes financieros.
El juicio civil fue iniciado el 7 de enero de 2020, cuando Menéndez Avelar y su grupo familiar fueron demandados inicialmente por supuesto enriquecimiento ilícito de $2,366,950.18, pero con el peritaje financiero contable el monto se incrementó a $3,035,337.18.
La Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia les encontrara 29 irregularidades que no pudieron desvanecer y ese monto de dinero es señalado por la Fiscalía como un incremento patrimonial no justificado que no pudieron desvirtuar, según expuso un fiscal a los magistrados.
La Fiscalía ha solicitado que a los demandados se les aplique la Ley de Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos vigente desde el año 1959 que señala un régimen sancionatorio de multas para restituir al Estado lo que se ha adquirido indebidamente.
Los fiscales de la Unidad Anticorrupción han pedido que se tome en cuenta el artículo 20 de la normativa para que cuando la sentencia sea condenatoria, los responsables sin causa justa sean sancionados a restituir al Estado lo que hubieren adquirido indebidamente.
Además, debe hacerse valer el artículo 21 de dicha ley, para que el funcionario o empleado que sea encontrado culpable quedara inhabilitado para ejercer cualquier cargo público durante diez años.
Judicial
Pandillera del Barrio 18 condenada a 20 años de prisión por extorsión

El Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador impuso 20 años de prisión a Silvia Guadalupe Barahona Ramos, miembro de la pandilla Barrio 18, por el delito de extorsión agravada.
Según el informe judicial, Barahona llegó al negocio de la víctima exigiendo dinero bajo amenazas de atentar contra su vida o la de su familia. La persona entregó el dinero, pero de inmediato interpuso la denuncia.
La detenida fue capturada en el marco del Régimen de Excepción y actualmente enfrenta procesos por otros delitos.
Judicial
Mujer recibe 30 años de cárcel por no auxiliar a su recién nacido tras caer en fosa séptica en Cuscatlán

El Juzgado de Sentencia de Cojutepeque condenó a 30 años de cárcel a María Antonia Preza Hernández por el delito de homicidio agravado bajo la figura de comisión por omisión, luego de no auxiliar a su recién nacido tras caer en una fosa séptica.
Según la investigación fiscal, los hechos ocurrieron el 30 de marzo de 2024 en Monte San Juan, Cuscatlán Sur. La mujer, que estaba en labor de parto, no solicitó ayuda a sus familiares y tras el nacimiento de la bebé, no intentó salvarla, sino que limpió la escena y se retiró.
El cuerpo de la recién nacida fue descubierto tres días después por familiares. La autopsia del Instituto de Medicina Legal confirmó que la bebé nació con vida y que la causa de su muerte fue asfixia por obstrucción de vías respiratorias.
El tribunal consideró que Hernández incumplió con su deber de auxilio, tipificando su conducta como comisión por omisión, lo que derivó en la condena máxima impuesta por el Juzgado de Sentencia de Cojutepeque.
Judicial
Pastor evangélico es condenado por agresión sexual a menor en La Libertad

Rafael Antonio Gómez Castillo fue condenado a 12 años de prisión por agredir sexualmente a una niña de ocho años durante el 2024 en Sacacoyo, departamento de La Libertad.
Según las investigaciones de la Fiscalía General de la República (FGR), la víctima sufrió maltratos físicos y psicológicos de su madre, al punto que la dejaba varios días encerrada en la vivienda o abandonada en la calle.
«La menor buscaba refugio y comida en la casa de Rafael Gómez, por el lazo familiar; sin embargo, él se aprovechó de la situación y del vínculo que tenía con la niña para abusar de ella en reiteradas ocasiones», señaló la institución.
Ambos se desempeñaban como líderes religiosos de una iglesia de donde fueron expulsados tras darse a conocer los maltratados que ejercían contra la niña.
Los abusos a los que la víctima era sometida fueron denunciados ante las autoridades por otro familiar cercano.
«Gracias a los elementos de prueba documental, pericial y testimonial que presentó la FGR ante el Tribunal Segundo de Sentencia de Sonsonate, se logró demostrar la participación de los imputados en los hechos antes mencionados», informó el ministerio público.
Es así como como Gómez Castillo fue sentenciado por el delito de agresión sexual o menor o incapaz agravada en modalidad continuada.