Judicial
Cámara resuelve sin lugar a escrito presentado por abogado en caso “jesuitas”
La Cámara Tercera de lo Penal de la Primera Sección del Centro, resolvió el escrito presentado el 26 de febrero del 2019, por el abogado Arnau Baulenas Bardia, en calidad de querellante de Juan Antonio Ellacuría Beascoechea, quien es hermano del jesuita Ignacio Ellacuría Beascoechea (asesinado por militares salvadoreños durante la guerra civil).
El escrito fue presentado en el contexto de procedimiento recursivo, en virtud de tres apelaciones presentadas separadamente por los abogados Lisandro Quintanilla, en calidad de defensor de los procesados, los coroneles retirados Juan Orlando Zepeda Herrera y Francisco Elena Fuentes; el otro recurso fue interpuesto por los abogados Juan Héctor Larios y Eduardo Cardoza Rodríguez, defensores de general Rafael Humberto Larios López.
Y el último recurso fue planteado por el abogado José Mario Machado, defensor del expresidente Alfredo Félix Cristiani Burkard, contra el auto dictado por el Juzgado Tercero de Paz de San Salvador el 16 de abril del 2018, en la que se resolvió declarando sin lugar la excepción de cosa juzgada opuesta por los abogados Larios y Cardoza y, la excepciones de cosa juzgada y falta de acción opuesta por el abogado Quintanilla.
Asimismo, se declaró la nulidad absoluta del requerimiento fiscal presentado el 7 de diciembre del 2000 y de la audiencia inicial celebrada por el Juzgado 3° de Paz el 12 de diciembre del 2000, así como la resolución de la misma, consistente en el sobreseimiento definitivo, favorable a los procesados ya mencionados.
El abogado Baulenas Bardia, interpuso un escrito solicitando de conformidad al artículo 173 del Código Procesal Penal, Pronto despacho, ante la falta de pronunciamiento de la resolución que resuelva los recursos de apelación mencionados, solicitando a la Cámara que se admitiera el escrito presentado y que se resuelva los recursos de apelación, interpuesta por los defensores en contra de la resolución del 16 de abril del 2018.
Al respecto la Cámara resolvió declarar sin lugar la solicitud de pronto despacho realizada por Baulenas, manifestando diferentes motivos por los cuales se declaró no ha lugar, siendo uno de ellos “que se puede advertir que, el estudio, discusión y resolución del presente caso, conllevó inevitablemente la postergación necesaria, para que los pronunciamientos que corresponden, se estructuren conforme a la aplicación objetiva e integral del derecho, caso cuya dificultad requiere evidentemente mayor amplitud temporal, dado a lo extensivo de los puntos impugnados”, reza la resolución.
Por lo tanto la Cámara manifestó que se continúe con la liberación y resolución de las apelaciones del presente caso.
Judicial
Hombre acumuló una deuda de $7,550 tras 12 años sin pagar pensión alimenticia
El Juzgado Segundo de Instrucción de Santa Ana autorizó un acuerdo conciliatorio entre Juan Vicente G. y su hijo, en el proceso penal seguido en contra del imputado por el delito de incumplimiento de los deberes de asistencia económica.
Inicialmente, la deuda acumulada ascendía a $7,550. Sin embargo, el procesado acreditó un pago reciente de $750, por lo que el saldo pendiente se redujo a $6,800.
Durante la audiencia, el imputado manifestó que, debido a su situación económica, únicamente podía cancelar $3,600, monto que se comprometió a pagar en cuotas mensuales de $150 durante un plazo de dos años.
La propuesta fue aceptada por la víctima, quien ya alcanzó la mayoría de edad, así como por su madre, quien al momento de iniciar el proceso penal fungía como su representante legal. La progenitora expresó su conformidad con el acuerdo y señaló que durante la minoría de edad de su hijo asumió la totalidad de los gastos de manutención.
Según la acusación fiscal, el imputado y la madre de la víctima sostuvieron una relación sentimental de la que nació un hijo. Tras la separación de la pareja, cuando el niño tenía 6 años, la madre promovió un procedimiento de fijación de cuota alimenticia ante la Procuraduría General de la República (PGR), debido a la falta de apoyo económico por parte del padre.
El 31 de agosto de 2011, el imputado se comprometió a pagar una cuota alimenticia de $50 mensuales. No obstante, incumplió dicha obligación, acumulando una deuda de $7,550 por cuotas y aguinaldos no cancelados entre julio de 2012 y enero de 2024, motivo por el cual fue presentada la denuncia.
Judicial
Prisión para esposos por tráfico ilícito de drogas en San Miguel
La Fiscalía General de la República (FGR) informó que David Reynaldo Umaña y Carmen Beatriz Ortiz de Umaña fueron sentenciados a 13 y 10 años de prisión, respectivamente, por un caso relacionado con tráfico de drogas.
De acuerdo con el Ministerio Público, los esposos fueron capturados en enero de 2024 en San Miguel por agentes de la Policía Nacional Civil (PNC).
Las autoridades interceptaron a Umaña cuando realizaba una transacción de droga. Posteriormente, durante un registro realizado en su vivienda, fueron incautadas más porciones de cocaína y se procedió con la detención de Carmen Beatriz Ortiz de Umaña.
En su momento, la PNC informó que la cocaína incautada tenía un valor de $945.01.
La Fiscalía detalló que las condenas fueron impuestas por el Tribunal de Segundo de Sentencia de San Miguel.
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PNC El Salvador captura a dos personas con marihuana en La Libertad Costa







