Judicial
Fiscal general afirma que resoluciones de Sala son “de obligatorio cumplimiento”
El Fiscal General, Raúl Melara, recordó con publicaciones en sus cuentas de redes sociales que en El Salvador existe un Estado de derecho que contiene dentro de sí un sistema de pesos y contrapesos entre poderes públicos y al que todos los ciudadanos, incluidos los funcionarios, están obligados a someterse.
“La Sala de lo Constitucional (de la Corte Suprema de Justicia) es parte de ese sistema y por ende, sus resoluciones son de obligatorio cumplimiento”, señaló.
Advirtió, además, que la institución que administra “se mantendrá siempre como garante de la legalidad”.
Ayer los magistrados resolvieron que los decretos que ha emitido en las últimas cinco semanas la Presidencia de la República son inválidos en lo referente a la facultad que se ha arrogado de retener y llevar a centros de contención a los ciudadanos que violen la cuarentena domiciliaria actualmente vigente.
“Los actos del Poder Ejecutivo como decretos o reglamentos no tienen validez alguna para limitar derechos fundamentales”, indicó la Sala en una resolución de seguimiento de los hábeas corpus donde se aclara que las retenciones realizadas por el Gobierno son ilegales.
Los magistrados señalaron que solo una “ley formal” puede amparar las retenciones, es decir, un decreto emitido por la Asamblea Legislativa.
El Gobierno ha reiterado que ciertos decretos Ejecutivos en el ramo de Salud Pública facultan a los cuerpos de seguridad realizar retenciones de quienes violen la cuarentena.
Sin embargo, la Sala invalidó esa postura y le ordenó al director de la Policía Nacional Civil, Mauricio Arriaza Chicas, al Ministro de la Defensa, René Merino Monroy, y al Ministerio de Salud, Francisco Alabi, elaborar en “el plazo máximo de cinco días hábiles” un registro de las personas privadas de libertad por violación a la cuarentena.
Estos registros deben tener: datos de identificación de los retenidos, las condiciones en que fueron privadas de libertad (fecha, hora, lugar, motivos aducidos por la autoridad e identificación de quienes la realizaron), los lugares adonde fueron remitidos inmediatamente después de su privación de libertad y los lugares adonde fueron conducidos posteriormente.
Asimismo, la Sala ordenó al Ministro de Salud elaborar (en un plazo de tres días) la lista completa con nombres, cargos y centros de contención respectivos (ubicación o dirección, denominación y datos de contacto), de las personas que están administrando o que son responsables de cada uno de dichos lugares.
Después de esa resolución el presidente Nayib Bukele tuiteó que no iba acatar la resolución porque le estaba ordenando dejar morir a los salvadoreños.
Judicial
Prisión para sujetos que cometieron el delito de robo agravado
Cuatro personas identificadas como José Eliseo Mejía, Juan Rodolfo Mejía Hernández, Inmer Alexis Méndez Consuegra, y Oswaldo Eliseo Ávalos Hernández fueron encontrados responsables de haberle robado a una persona una fuerte cantidad de dinero en efectivo el pasado cinco de agosto del año 2024.
El fiscal del caso dijo que los cuatro sujetos interceptaron a la víctima cuando caminaba sobre la calle principal en cantón Pacun, del municipio de Santa Ana Centro.
Según la investigación los sujetos le dijeron que no lo quieren ver en la zona y le dieron 24 horas para irse o le quitarían la vida, luego lo lesionaron en diferentes partes de su cuerpo y le quitaron una fuerte cantidad y un celular.
Los sujetos huyen al escuchar que por la zona se acercaba un vehículo.
El Tribunal Primero de Sentencia de Santa Ana impuso la condena por el delito de robo agravado. Dichos sujetos no pertenecen a alguna mara o pandilla.
Judicial
Ordenan captura de red de jóvenes acusados de extorsionar a empresarios de la en La Libertad
En un esfuerzo conjunto entre la Fiscalía General de la República y la Policía Nacional Civil, se capturó a un grupo de jóvenes que, durante el año 2025, extorsionaron a un empresario del departamento de La Libertad.
La estructura estaba conformada por un menor de edad y Ana Gladis Lemus, Javier Alexander Zepeda Morales, Nayeli Yasenia Mejía Flores y Nelson David Inocente Leonor, quienes fueron capturados durante el operativo.

De acuerdo a las investigaciones, el menor de edad contactaba a la víctima vía telefónica para amenazar y exigir el pago de efectivo; las otras cuatro personas eran las encargadas de retirar el dinero exigido el quince de cada mes y dar seguridad en ese momento.
Posteriormente, el dinero recibido lo depositaban a cuentas bancarias y lo enviaban por remesas a través de farmacias y supermercados.
Los imputados fueron perfilados bajo entregadas controladas con cobertura policial.





A los imputados se les procesará por los delitos de agrupaciones ilícitas y extorsión agravada.
El operativo se desarrolló en los distritos de Jayaque y Colón en el departamento de La Libertad y de igual manera en San Antonio del Monte, jurisdicción de Sonsonate y se incautó abundante evidencia que fortalecerá el caso y la acusación contra los imputados.
Judicial
Condenan a 27 criminales por feminicidio y tentativa entre enero y marzo de 2026
Entre el 1 de enero y el 27 de marzo de 2026, un total de 27 criminales fueron condenados por feminicidio y tentativa de feminicidio, según informes de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y la Fiscalía General de la República (FGR).
De acuerdo con las autoridades, los Juzgados Especializados de Sentencia para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres impusieron penas de hasta 30 años por feminicidio y 50 años por feminicidio agravado, conforme a lo establecido en la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres (LEIV).
En uno de los casos, el Tribunal Quinto contra el Crimen Organizado de San Salvador condenó a 11 pandilleros de la 18 por el asesinato de tres mujeres. Los jueces aplicaron los artículos 45 y 46 de la LEIV, que establecen penas de entre 20 y 35 años, y de 30 a 50 años, respectivamente.
Las investigaciones fueron desarrolladas por diversas unidades fiscales con enfoque de género, garantizando la persecución penal de los delitos. Los procesos iniciaron en juzgados de paz y avanzaron hacia tribunales especializados, bajo reserva conforme lo establece la ley.
Durante los juicios, la Fiscalía presentó peritajes, pruebas documentales, testimonios, así como informes técnicos de geolocalización, registros de llamadas y evidencia dactilar que vinculan a los imputados con los hechos. Los jueces valoraron estos elementos para emitir las condenas.
Las autoridades señalaron que en varios casos se comprobó la existencia de violencia psicológica, verbal y física, así como contextos de vulnerabilidad en las víctimas. En crímenes vinculados a estructuras criminales, se determinó que los responsables ejercieron distintos tipos de violencia contra las mujeres.
Uno de los fallos más severos fue contra 11 pandilleros de la 18, quienes recibieron condenas de 50 años por cada feminicidio, acumulando penas superiores a los 400 años por múltiples delitos. Según la Fiscalía, los hechos corresponden a un triple feminicidio ocurrido en 2010 en Ilopango.
Entre los condenados se encuentran Alejandro Ernesto Rodríguez, sentenciado a 408 años de prisión; Juan Antonio Marroquín Portillo, a 205 años; Celestino Vásquez Benítez, a 195 años; y Douglas Alirio Alfaro Amaya, a 105 años. Asimismo, fue condenado Erick Saúl Villalobos, cabecilla nacional de la pandilla 18, a 144 años de cárcel.
En otros casos, un ciudadano nicaragüense fue condenado a 50 años de prisión por asesinar a su compañera de vida en San Miguel, mientras que en San Salvador, un hombre recibió 37 años de cárcel por intentar asesinar a su pareja, a quien le causó graves lesiones con arma blanca.
Además, en Ahuachapán, un hombre fue condenado a 50 años por el feminicidio agravado de su expareja, y en Santa Ana, otro imputado recibió 50 años por intentar asesinar a su excompañera de vida y a su hija de dos años.





