Judicial
Fiscal general afirma que resoluciones de Sala son “de obligatorio cumplimiento”
El Fiscal General, Raúl Melara, recordó con publicaciones en sus cuentas de redes sociales que en El Salvador existe un Estado de derecho que contiene dentro de sí un sistema de pesos y contrapesos entre poderes públicos y al que todos los ciudadanos, incluidos los funcionarios, están obligados a someterse.
“La Sala de lo Constitucional (de la Corte Suprema de Justicia) es parte de ese sistema y por ende, sus resoluciones son de obligatorio cumplimiento”, señaló.
Advirtió, además, que la institución que administra “se mantendrá siempre como garante de la legalidad”.
Ayer los magistrados resolvieron que los decretos que ha emitido en las últimas cinco semanas la Presidencia de la República son inválidos en lo referente a la facultad que se ha arrogado de retener y llevar a centros de contención a los ciudadanos que violen la cuarentena domiciliaria actualmente vigente.
“Los actos del Poder Ejecutivo como decretos o reglamentos no tienen validez alguna para limitar derechos fundamentales”, indicó la Sala en una resolución de seguimiento de los hábeas corpus donde se aclara que las retenciones realizadas por el Gobierno son ilegales.
Los magistrados señalaron que solo una “ley formal” puede amparar las retenciones, es decir, un decreto emitido por la Asamblea Legislativa.
El Gobierno ha reiterado que ciertos decretos Ejecutivos en el ramo de Salud Pública facultan a los cuerpos de seguridad realizar retenciones de quienes violen la cuarentena.
Sin embargo, la Sala invalidó esa postura y le ordenó al director de la Policía Nacional Civil, Mauricio Arriaza Chicas, al Ministro de la Defensa, René Merino Monroy, y al Ministerio de Salud, Francisco Alabi, elaborar en “el plazo máximo de cinco días hábiles” un registro de las personas privadas de libertad por violación a la cuarentena.
Estos registros deben tener: datos de identificación de los retenidos, las condiciones en que fueron privadas de libertad (fecha, hora, lugar, motivos aducidos por la autoridad e identificación de quienes la realizaron), los lugares adonde fueron remitidos inmediatamente después de su privación de libertad y los lugares adonde fueron conducidos posteriormente.
Asimismo, la Sala ordenó al Ministro de Salud elaborar (en un plazo de tres días) la lista completa con nombres, cargos y centros de contención respectivos (ubicación o dirección, denominación y datos de contacto), de las personas que están administrando o que son responsables de cada uno de dichos lugares.
Después de esa resolución el presidente Nayib Bukele tuiteó que no iba acatar la resolución porque le estaba ordenando dejar morir a los salvadoreños.
Judicial
Exempleado de banco enfrenta cargos por hurto informático: sustrajo más de $1,000 de cuenta de clienta en Santa Ana
El Juzgado Segundo de Paz de Santa Ana decretó instrucción formal con detención provisional contra Bryan Ariel Méndez Flores, de 26 años, acusado del delito de hurto por medios informáticos en perjuicio de una clienta identificada como Gladis P., y de forma subsidiaria contra la institución bancaria donde laboraba.
De acuerdo con la acusación fiscal, el imputado se valió de su posición como asesor comercial del banco para obtener datos de la víctima y realizar transacciones no autorizadas, logrando sustraer más de $1,000 en total.
Cómo ocurrieron los hechos
La investigación inició el 27 de mayo de 2024, cuando la Gerencia de Seguridad de la entidad financiera reportó irregularidades en la cuenta de la clienta: cambio de contraseña de banca en línea, registro de nuevos dispositivos y activación de clave dinámica, gestiones que la afectada negó haber solicitado o autorizado.
Las pesquisas internas revelaron que el número telefónico vinculado a los dispositivos pertenecía a Méndez Flores, quien había atendido personalmente a la clienta en al menos cuatro ocasiones.
Las cámaras de videovigilancia captaron el momento en que, el 22 de abril de 2024, la víctima entregó su tarjeta de débito al imputado para una gestión. En las imágenes se observa cómo este anotó datos de la tarjeta en un papel antes de devolvérsela.
Minutos después se registró un nuevo dispositivo para acceder a la banca en línea. Desde ese dispositivo se realizó una transferencia electrónica por $417.
Posteriormente, el 13 de mayo se registró otro dispositivo y se efectuaron dos retiros sin tarjeta de $250 cada uno en un cajero automático. La persona que realizó las operaciones utilizaba casco de motocicleta y mascarilla para evitar su identificación. Un tercer retiro por $200 se registró el 25 de mayo.
Al ser consultada, la clienta manifestó desconocer todas estas transacciones, por lo que el banco procedió a bloquear de forma definitiva la tarjeta, el usuario de banca en línea y los dispositivos vinculados.
Medidas judiciales
Tras las pruebas presentadas, el Juzgado Segundo de Paz de Santa Ana ordenó la detención provisional de Méndez Flores mientras se desarrolla la etapa de instrucción.

Judicial
¡Condena insuficiente en Ciudad Delgado! 25 años de prisión por abusar de una mujer ebria y prenderle fuego en sus genitales
Un juez condenó a 25 años de prisión a Carlos Geovanni Castillo Clavel por el delito de feminicidio agravado en grado de tentativa, tras abusar sexualmente de una mujer en estado de ebriedad y luego rociarla con gasolina para prenderle fuego en Ciudad Delgado, San Salvador.
De acuerdo con la investigación de Centros Judiciales El Salvador (CJES), la víctima y el agresor se conocían desde hacía varios años. Los hechos ocurrieron en la madrugada del 26 de septiembre de 2025, en una vivienda de la colonia San Fernando, donde departían junto a una acompañante.
“Castillo Clavel, aprovechando que la víctima permanecía dormida, abusó de ella. Cuando esta recuperó el conocimiento e intentó retirarse, el agresor la detuvo por la fuerza, la amenazó con quemarla y luego roció gasolina sobre sus piernas y área genital, prendiéndole fuego con un encendedor”, detalló CJES.
La acompañante de la víctima despertó por los gritos, salió de la casa en llamas, pero regresó valientemente para rescatarla. La mujer sufrió quemaduras de segundo grado en el 25% de su cuerpo, lesiones compatibles con abuso sexual y permaneció hospitalizada más de un mes, con su vida en riesgo, según informes del Instituto de Medicina Legal (IML).
El Juzgado Especializado de Sentencia para una Vida Libre de Violencia y Discriminación contra las Mujeres de San Salvador consideró en su sentencia que el agresor ejerció violencia previa y violencia simbólica al atacar específicamente el área genital de la víctima. Sin embargo, la intervención oportuna de la tercera persona fue clave para evitar una tragedia fatal.
Esta condena ha generado cuestionamientos sobre la proporcionalidad de las penas en casos de extrema violencia contra las mujeres en El Salvador.
Judicial
Prisión para sujeto que asesinó al esposo de su amante en San Miguel
La Fiscalía General de la República (FGR) logró que Víctor Manuel Benítez Lazo fuera condenado a 25 años de prisión por asesinar al esposo de su amante en San Miguel.
El crimen por el que fue declarado culpable el empresario migueleño ocurrió el 7 de junio de 2025.
La investigación fiscal estableció que el procesado y Rubidia de los Ángeles Castro Zúniga -ya condenada-, mantenía una relación extramarital. Ambos planearon y ejecutaron el homicidio.

Castro Zúniga contrajo matrimonio con la víctima el 29 de marzo de 2025. El día del crimen, con engaños llevó a su esposo hasta una calle rústica que conduce al cantón El Pilón y Loma Larga, en La Unión, donde la mujer y el procesado le dispararon en la cabeza. Posteriormente trasladaron a la víctima hasta un negocio propiedad de Benítez Lazo, ubicado a inmediaciones del puente Luis de Moscos, en la ciudad de San Miguel.
En el lugar se percataron de que la víctima aún estaba con vida, por lo que la asfixiaron hasta causarle la muerte y luego la enterraron en una fosa clandestina.

La víctima fue reportada como desaparecida por su esposa el 10 de junio de 2025.
El 11 de julio de 2025, Castro Zúniga se sometió a un proceso abreviado en el Juzgado Segundo de Paz de San Miguel, donde fue sentenciada a 10 años de prisión por desaparición de personas y a 15 años por homicidio agravado. En total deberá cumplir 25 años de cárcel.
Benítez Lazo era el propietario de una empresa de venta de repuestos y fue condenado por homicidio simple por el Tribunal Primero de Sentencia del distrito de San Miguel.






